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    <title>El Eco de Tandil</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Tandil.</subtitle>
    <updated>2025-09-09T19:35:03+00:00</updated>
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            Optimización impositiva y planificación fiscal en el escenario pyme
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                <![CDATA[Yanina Lojo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xqm-X60nN-Kr4M3EVQvUKLoyk0g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2021/12/impuestos.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Dentro del contexto tributario de Argentina, caracterizado por cargas elevadas, normativa fluctuante y procesos de fiscalización cada vez más automatizados, la planificación fiscal se consolida como una herramienta esencial para las empresas.</p><p>No se trata solo de un recurso útil, sino de un mecanismo previsto y amparado por la ley, que permite optimizar la carga impositiva sin incurrir en prácticas evasivas. Este recurso debería integrarse de manera activa en el diseño financiero, en especial dentro del universo pyme, donde cada punto porcentual es determinante.</p><p>Sin embargo, la planificación fiscal todavía es vista con desconfianza y muchas veces resulta malinterpretada. Existe cierta tendencia, incluso en sectores institucionales, a asociar la organización tributaria con la evasión, como si buscar la opción más eficiente dentro de la legalidad constituyera una conducta sospechosa.</p><p>Esta percepción desalienta el ejercicio pleno de derechos, reproduce una cultura de temor fiscal y propicia decisiones ineficientes o apresuradas.</p><p>Desde una perspectiva técnica, planificar consiste en evaluar escenarios posibles conforme a la normativa vigente, anticipando consecuencias tributarias y adoptando decisiones informadas respecto de la figura jurídica adecuada, modalidad de facturación, localización de la actividad, aprovechamiento de incentivos o tratamiento fiscal de operaciones específicas.</p><p>Lejos de constituir un mecanismo de ocultamiento, la planificación fiscal es una práctica racional para organizar la economía de cualquier negocio.</p><p>En una economía donde los impuestos representan una porción considerable del ingreso neto, no planificar implica resignar rentabilidad y sumar riesgos que podrían evitarse.</p><p>Para el sector pyme, que a menudo percibe la presión fiscal como un obstáculo casi insalvable, la ausencia de una estrategia adecuada solo incrementa la exposición a costos imprevistos o malas decisiones.</p><p>Ejemplos prácticosLa implementación inteligente de estrategias tributarias puede marcar la diferencia en la sustentabilidad de una empresa pequeña o mediana. Algunos escenarios habituales ilustran su utilidad:</p><p>Elección de figura societaria: La forma jurídica seleccionada para operar impacta de manera directa en la carga impositiva. Un emprendimiento que inicia como persona humana puede pasar a SRL o SA sin un análisis profundo del efecto fiscal.</p><p>Una persona humana tributa Ganancias con escalas progresivas que pueden superar el 35%, mientras que una sociedad lo hace a una tasa fija del 35 por ciento.</p><p>Además, existe la posibilidad de deducir gastos, distribuir utilidades planificadamente o postergar el pago al no retirar dividendos, aspectos que solo son viables en estructuras societarias. Mantenerse como persona humana puede tener sentido si la facturación es limitada, pero la formalización otorga mayor orden y separación de patrimonios.</p><p>Ubicación y Convenio Multilateral: Las empresas con actividad en más de una jurisdicción suelen enfrentar desafíos derivados del Convenio Multilateral. No es raro que operen desde el interior pero figuren fiscalmente en CABA, accediendo a una alícuota del 5% de Ingresos Brutos frente a porcentajes menores en otras provincias.</p><p>Una adecuada planificación permite aprovechar beneficios fiscales propios de cada jurisdicción, evitar duplicaciones de tributos y minimizar riesgos de ejecución por parte de fiscos provinciales.</p><p>Momento de facturación y compras: El calendario fiscal determina la base imponible y la carga tributaria. Anticipar ventas a diciembre puede implicar gravar más ingresos, mientras que postergarlas a enero habilita un diferimiento lícito. En materia de IVA, la fecha de las compras decide cuándo se computan los créditos fiscales. Un manejo estratégico del timing, especialmente cerca del cierre del ejercicio, supone ahorros importantes y mayor eficiencia en la gestión de fondos.</p><p>Aprovechamiento de beneficios fiscales: Ley de Economía del Conocimiento, incentivos provinciales, exenciones para nuevas actividades y regímenes de promoción sectorial representan oportunidades desaprovechadas por desconocimiento o dificultades de gestión. La planificación fiscal supone relevar estos beneficios y adecuar la operatoria para acceder a ellos, optimizar recursos y potenciar la competitividad.</p><p>Reorganización societaria: Fusiones, escisiones y transformaciones empresarias pueden gestionarse dentro de las herramientas previstas en la Ley de Impuesto a las Ganancias, evitando cargas impositivas innecesarias. Escindir unidades de negocio, abrir nuevas sociedades o separar actividades permite controlar riesgos y distribuir beneficios, todo dentro del marco legal.</p><p>El papel estratégico del contadorEl profesional en ciencias económicas debe abandonar el rol meramente operativo para convertirse en asesor clave en estrategia fiscal. Su labor consiste en anticipar escenarios, comunicar opciones y acompañar la toma de decisiones desde una perspectiva técnica y ética.</p><p>La planificación fiscal requiere análisis profundo, documentación y, en muchas ocasiones, trabajo coordinado con abogados, especialistas y asesores financieros.</p><p>En un sistema donde la Agencia de Recaudación y Control Aduanero implementa fiscalización digital, cruza datos bancarios y aplica criterios de riesgo automático, la ausencia de planificación es sinónimo de desventaja competitiva.</p><p>Marco legal y consideraciones éticasLa planificación fiscal no debe confundirse con evasión ni utilización de estructuras artificiales. Todas las herramientas mencionadas están respaldadas por la normativa vigente y por el principio constitucional de legalidad impositiva.</p><p>Incluso la Corte Suprema de Justicia ha avalado el derecho de los contribuyentes a organizar lícitamente sus actividades para cubrir el menor costo posible.</p><p>En definitiva, la planificación fiscal representa una forma responsable y profesional de ejercer el derecho a tributar conforme a la ley. En un país donde los impuestos pueden definir la supervivencia empresarial, optimizar la carga tributaria es indispensable.</p><p>Las pymes motor productivo argentino, necesitan tanto políticas racionales como asesoramiento especializado, y la planificación no debe ser privilegio de grandes empresas, sino herramienta al alcance de quienes deciden actuar con previsión y legalidad.</p><p>La autora es Contadora Pública, especializada en tributación y docente UBA</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xqm-X60nN-Kr4M3EVQvUKLoyk0g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2021/12/impuestos.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Dentro del contexto tributario de Argentina, caracterizado por cargas elevadas, normativa fluctuante y procesos de fiscalización cada vez más automati...]]>
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                <published>2025-09-09T19:31:55+00:00</published>
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            Exportadores de bienes: el oasis de dólares
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                <![CDATA[Yanina Lojo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZVRMLH_ZBmuX3iNyhzSEX0AV6Jo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2023/12/exporta.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En los últimos días, mucho se ha hablado de la remonetización de la economía en dólares y se barajan múltiples alternativas. Sin embargo, hay una que no se ha mencionado que ya se ha implementado para algunos exportadores y que podría ayudar aún más al sector exportador argentino.</p><p>En el contexto actual en que mucho se habla sobre la circulación de dólares en la economía, nos encontramos que en los últimos días se han mencionado una infinidad de alternativas que están en la mesa, aunque ninguna con confirmación oficial. Pero hay una de la que no se habla y que podría además ayudar a los exportadores. ¿Cuál es? Implementar para las exportaciones de bienes un sistema similar al ya existente para la exportación de servicios cuando estos son realizados por personas humanas.</p><p>Pensemos lo siguiente: el esquema actual obliga a los exportadores a cobrar, ingresar y liquidar las divisas correspondientes a las ventas que realizan al exterior. Inclusive en el caso de aquellos productos que han recibido el beneficio de la reducción de alícuotas de derechos de exportación, cuando realizan la DJVE deben ingresar el 95% de las divisas a los 15 días hábiles de realizada la DJVE si no pierden el beneficio.</p><p>Sin embargo, desde hace tiempo a los exportadores de servicios, no en todos los casos, pueden ingresar los dólares al país correspondiente al cobro de estos servicios, pero no tienen que liquidarlos. Esta flexibilización, que aplica para personas humanas, ha sido vista con buenos ojos por la autoridad monetaria, ya que progresivamente el Banco Central ha ido aumentando el límite por el que no necesitan liquidar de USD 12.000 a USD 36.000 desde este año. Este monto, que es por año calendario por persona humana y por la totalidad de las entidades, les da la posibilidad a los exportadores de ingresar los cobros a sus cuentas en dólares para luego disponer de los mismos y utilizarlos en la economía.</p><p>Entonces, por qué no pensar un esquema similar para quienes venden bienes al exterior. Que puedan ingresar sus cobros a sus cuentas en dólares, sin tener que liquidarlos y poder utilizarlos para pagar operaciones tanto en la economía local como para el comercio exterior.</p><p>Obviamente que, por el otro lado, hay quienes indicarían que esto afectaría las reservas del Banco Central y presionaría el tipo de cambio al alza porque se reduciría la oferta de dólares en el Mercado único y libre de cambios. Sin embargo, podría autorizarse como se hizo para los servicios con un tope máximo o para casos especiales, como se hace para los pagos de importaciones. Por ejemplo, empresas exportadoras de bienes con certificado Mi PyME.</p><p>Por otro lado, muchas de estas empresas tienen que importar, por lo cual podrían usar estos mismos dólares para pagar las operaciones de importación. Se podría permitir que en esos casos las empresas compensen, y cancelen en simultáneo, sin tener que contar con autorización del BCRA las obligaciones. A la vez, aquellas empresas que no son importadoras podrían usar esos dólares para transaccionar en la economía.</p><p>Para los exportadores esta medida significaría un fuerte apoyo, y una manera de ayudarlos a competir a nivel internacional sin tocar el tipo de cambio, y en línea con la simplificación del comercio exterior.</p><p>Claramente, el aumento de competitividad de los exportadores se traduce en mayores ventas, por ende, más producción, más empleo, más inversión. Si los exportadores producen más, van a demandar más insumos, lo que implica que compren en la economía local mayor cantidad de bienes intermedios o materia prima. Si las empresas venden más, se obtienen mejoras en los costos, y aunque los precios no bajen –que es lo que todos los consumidores desean-, por lo menos no aumentarán con la misma velocidad.</p><p>Y si a lo anterior sumamos alguna ventaja impositiva vinculada a pagar o transaccionar con dólares, el círculo se va completando. Pero más aún sería una señal de confianza que los actores económicos valorarían rápidamente y a la que responderían de manera muy positiva.</p><p>El comercio exterior es parte del círculo virtuoso de la economía. Y hoy podría brindar más aún de lo que ya le están permitiendo brindar.</p><p>La autora es licenciada en Comercio Exterior</p>]]>
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                <updated>2025-05-19T18:49:28+00:00</updated>
                <published>2025-05-19T18:47:01+00:00</published>
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