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    <title>El Eco de Tandil</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Tandil.</subtitle>
    <updated>2026-04-26T14:39:49+00:00</updated>
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            Presentaron un proyecto para reformar la justicia de menores bonaerense para adaptarla a la baja de la edad de imputabilidad
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/F3GNtEv-EPAflrP1S42CGk11uwc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/06/suprema_corte_pba.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Tras la decisión de bajar la edad de imputabilidad penal a los 14 años, se busca avanzar en la Provincia de Buenos Aires con una adaptación integral del Régimen Penal Juvenil. La iniciativa, contenida en un proyecto de ley presentado por el senador Guillermo Montenegro, pretende alinear el sistema provincial con los cambios impulsados a nivel nacional.</p><p>El legislador, quien se desempeñó como juez penal antes de su carrera política, explicó que la propuesta busca introducir un cambio de paradigma en el funcionamiento de la justicia de menores. Según detalló Guillermo Montenegro, el objetivo es dejar atrás un enfoque centrado en la tutela del menor para avanzar hacia uno basado en la responsabilidad penal, incorporando además un rol más activo para las víctimas dentro del proceso judicial.</p><p>El proyecto no deroga la normativa vigente, sino que propone una reconfiguración de la Ley 13.634 mediante la modificación e incorporación de diversos artículos. Uno de los ejes centrales es la reducción de la edad de imputabilidad, en sintonía con el esquema nacional. Entre los fundamentos, el senador advirtió sobre un incremento en los delitos cometidos por menores, señalando que en muchos casos actúan bajo la coordinación de adultos.</p><p>La propuesta legislativa menciona que esta problemática abarca hechos graves como robos con armas y homicidios, además de la utilización de adolescentes por parte de organizaciones criminales vinculadas al narcotráfico. Por ello, la iniciativa introduce cambios en el funcionamiento del fuero juvenil, medidas cautelares más estrictas y una mayor protección para quienes resulten víctimas de estos delitos.</p><p>Finalmente, el texto establece que la privación de la libertad será considerada como el último recurso. En los casos que así lo requieran, se contemplan penas máximas de hasta 15 años, las cuales deberán cumplirse en establecimientos especializados para adolescentes.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/F3GNtEv-EPAflrP1S42CGk11uwc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/06/suprema_corte_pba.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El senador Guillermo Montenegro presentó un proyecto de ley que propone un cambio de paradigma en el Régimen Penal Juvenil, priorizando la responsabilidad penal y el rol de las víctimas.]]>
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                                <category term="provincia" label="Provincia" />
                <updated>2026-04-26T14:39:49+00:00</updated>
                <published>2026-04-26T14:39:47+00:00</published>
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            Solicitaron modificar el Código Procesal Penal para impedir la excarcelación de motochorros
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BSSsVigvFizd9Q2Z-3VqM-9W5ZE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2023/12/hombre_asesinado_motochorros.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El senador del bloque de Unión por la Patria, Fernando Coronel, presentó un proyecto de ley en la Legislatura bonaerense con el objetivo de modificar el Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires para impedir la excarcelación de los denominados motochorros.</p><p>El legislador advirtió que en los últimos años se verificó un incremento de delitos cometidos mediante el uso de motos, especialmente en zonas urbanas. Según explicó, estas modalidades de arrebatos y asaltos callejeros presentan características de alta violencia, rápida ejecución y gran dificultad de intervención.</p><p>En los últimos años, y especialmente en zonas urbanas del Conurbano bonaerense se verificó un preocupante incremento de delitos cometidos mediante el uso de moto particularmente en modalidades de arrebatos, robos y asaltos callejeros, con características de alta violencia, rápida ejecución y gran dificultad de intervención</p><p>Coronel remarcó que este fenómeno agrava el riesgo para las víctimas y dificulta la labor preventiva y de enjuiciamiento por el ocultamiento de los autores y la eliminación de pruebas. En ese contexto, el senador propone modificar el artículo 171 del cuerpo legal para que se deniegue la excarcelación cuando existan indicios vehementes de que el imputado haya eludido la acción de la justicia o pueda entorpecer la investigación.</p><p>La iniciativa establece que el juez podrá considerar acreditados tales extremos cuando el imputado, al momento de su aprehensión, hubiera intentado sustraerse del accionar policial, evadir operativos de control o desobedecer el procedimiento, particularmente en casos de tenencia ilegítima de armas de fuego. Asimismo, el uso de motovehículos para facilitar el ataque o la huida podrá ser valorado como un indicio de riesgo de fuga.</p><p>Finalmente, el senador aclaró que el proyecto no modifica el régimen general de excarcelación ni el principio de inocencia, sino que busca dotar al sistema judicial de una herramienta clara para evitar decisiones contradictorias en torno a la libertad de personas imputadas por hechos que afectan gravemente la seguridad pública.</p><p>Esta reforma resulta necesaria, jurídicamente válida y oportuna, ya que contribuye a fortalecer la respuesta estatal frente a fenómenos criminales que afectan gravemente la seguridad pública</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BSSsVigvFizd9Q2Z-3VqM-9W5ZE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2023/12/hombre_asesinado_motochorros.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El senador Fernando Coronel presentó un proyecto de ley que busca limitar la libertad de los delincuentes que utilicen motocicletas para cometer asaltos o facilitar su huida.]]>
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                                <category term="provincia" label="Provincia" />
                <updated>2026-04-13T17:33:07+00:00</updated>
                <published>2026-04-13T17:32:07+00:00</published>
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            Berni aseguró que la baja de imputabilidad “no resuelve nada”
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/provincia/berni-aseguro-que-la-baja-de-imputabilidad-no-resuelve-nada" type="text/html" title="Berni aseguró que la baja de imputabilidad “no resuelve nada”" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1FiWA2He75S-Q8TjqKa-TU_YhPI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/10/berni.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El exministro de Seguridad provincial y actual senador bonaerense, Sergio Berni, cuestionó la media sanción al Régimen Penal Juvenil, que baja la edad de imputabilidad a 14 años. El exfuncionario de Axel Kicillof sostuvo que la iniciativa “no resuelve nada y solo agrava la situación”, al tiempo que planteó que el delito debe analizarse desde un enfoque distinto.</p><p>En primer lugar, Berni afirmó que la normativa aprobada en la Cámara de Diputados “es totalmente arbitraria” y cuestionó la decisión del Congreso. “Nadie, absolutamente nadie, de los 259 legisladores, pudo explicar por qué la edad es a los 14 años y no a los 13 o los 15. Es como una paritaria salarial: partimos la diferencia en el medio”, sostuvo el legislador bonaerense.</p><p>El dirigente provincial también rechazó el argumento del oficialismo nacional que vincula la pena con la edad del autor del hecho y cuestionó el eslogan “a delitos de adulto, penas de adulto”. En ese sentido, Berni sostuvo que el delito no tiene edad y afirmó que toda persona que incurre en un hecho penal debe ser sometida a una pericia psiquiátrica para determinar si comprendía la criminalidad de sus actos.</p><p>“Argentina está perdiendo la posibilidad de cambiar una ley totalmente arbitraria. Brasil, por ejemplo, tiene la edad de imputabilidad a los 12, Uruguay a los 13 y Chile a los 14. No hay un solo argumento neurofisiológico que justifique esa cifra”, remarcó Berni.</p><p>En la misma línea, el extitular de Seguridad sostuvo que la imputabilidad debe ponderar la capacidad real de una persona para afrontar un proceso penal justo, y precisó que tanto la Constitución, como el Código Penal fijan como finalidad la resocialización, motivo por el cual defendió la evaluación caso por caso.</p><p>Ante este panorama, Berni sostuvo que la decisión legislativa “no tiene propósito alguno” y que se trata de “un anuncio rimbombante” por parte de la gestión de Javier Milei. Al mismo tiempo, el representante de Fuerza Patria cuestionó que el proyecto no contemple mecanismos, presupuesto ni espacios concretos para avanzar en la reinserción social de los jóvenes.</p><p>Durante la entrevista, el exministro también recordó el crimen de Kim Gómez, ocurrido hace un año en La Plata, y vinculó el debate con ese antecedente. “Había dos menores, uno de ellos había sido detenido una semana antes por robo de automóvil y la Justicia lo devolvió a los padres. Terminó asesinando a la nena”, expresó.</p><p>Finalmente, Berni lanzó una advertencia sobre las consecuencias jurídicas y operativas de la norma y sostuvo que, tal como se está tratando, la ley podría entrar en conflicto con distintas legislaciones provinciales e incluso podría ser declarada inconstitucional.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1FiWA2He75S-Q8TjqKa-TU_YhPI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/10/berni.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El senador provincial Sergio Berni rechazó la baja de imputabilidad incluida en el Régimen Penal Juvenil y advirtió que puede generar conflictos jurídicos.]]>
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                                <category term="provincia" label="Provincia" />
                <updated>2026-02-13T17:30:07+00:00</updated>
                <published>2026-02-13T17:23:02+00:00</published>
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            Monteoliva: “Bajar la edad de imputabilidad es una necesidad fundamental para la Argentina”
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/c-IIYr5DFEJImShrZPZ42SH3S24=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/monteoliva.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La ministra de Seguridad Nacional, Alejandra Monteoliva, afirmó este lunes que el proyecto que la baja de edad de imputabilidad de los menores que delinquen, que se será tratado en el Congreso en sesiones extraordinarias, “es una necesidad fundamental para la Argentina”.</p><p>“El proyecto va a permitir abordar los delitos cometidos por los menores y la respuesta del Estado”, explicó la ministra y destacó: “En América Latina somos de los países con la edad de imputabilidad más alta”. Así lo expresó en declaraciones a Radio Rivadavia.</p><p>Monteoliva resaltó: "El proyecto toma en serio este tema por primera vez. Busca promover la reeducación de estos menores, porque no se trata de ponerlos en lugares en los mismos lugares de detención en los que están los adultos”.</p><p>“En America del Sur la mayoría de los países tienen la edad de imputabilidad entre los 13 y los 14 años”, subrayó y dijo que para no llevar menores a cárceles de mayores de edad “hay que tener los lugares adecuados, una exigencia en cuanto a la coordinación con todas las jurisdicciones”.</p><p>Monteoliva dijo que los menores son hoy “el combustible que tienen las organizaciones criminales para funcionar” y aseguró que el Estado debe actuar inhibiendo “el reclutamiento ante la certeza de habrá una sanción”.</p><p>Recalcó que a la hora de aplicar medidas punitivas “no es lo mismo matar o violar que un robo de una bicicleta”, y explicó que por eso el proyecto contempla “otras penas alternativas según el tipo de delito”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/c-IIYr5DFEJImShrZPZ42SH3S24=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/monteoliva.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>“En América Latina somos de los países con la edad de imputabilidad más alta”, dijo la ministra de Seguridad]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-02-09T19:15:09+00:00</updated>
                <published>2026-02-09T17:09:38+00:00</published>
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            El Gobierno anunció que endurecerá penas contra quienes provoquen incendios
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/el-gobierno-anuncio-que-endurecera-penas-contra-quienes-provoquen-incendios" type="text/html" title="El Gobierno anunció que endurecerá penas contra quienes provoquen incendios" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/c-IIYr5DFEJImShrZPZ42SH3S24=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/monteoliva.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva, anunció este viernes que el Gobierno avanzará en el endurecimiento de las penas contra quienes provoquen incendios forestales, ya sea por negligencia o de manera intencional, en el marco del nuevo Código Penal.</p><p>“Prender fuego no es un accidente. Es un delito. En esta Argentina, el que las hace, las paga”, afirmó la funcionaria a través de un comunicado.</p><p>La ministra remarcó que el 95 % de los incendios son consecuencia de la acción humana. En ese sentido, sostuvo que no habrá excusas para quienes atenten contra los bosques, los parques nacionales y las áreas protegidas del país.</p><p>El anuncio se produce en un contexto crítico por los incendios que afectan a la provincia de Chubut, donde aún permanecen focos activos en distintas zonas de la región cordillerana, particularmente en Puerto Patriada y en el Parque Nacional Los Alerces, donde brigadistas y equipos de emergencia permanecen desplegados realizando tareas de enfriamiento, control y monitoreo permanente.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/c-IIYr5DFEJImShrZPZ42SH3S24=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/monteoliva.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva, aseguró que el 95 por ciento de los incendios son consecuencia de la acción humana.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-01-23T21:05:03+00:00</updated>
                <published>2026-01-23T20:57:49+00:00</published>
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            Mano dura y más restricciones: así será el nuevo Código Penal de Milei
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/s8auIrGOa5DoEmRlm2A-zfwy5_c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/milei_cpac.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno de Javier Milei avanza en la redacción de un nuevo Código Penal que propone una reconfiguración del sistema punitivo argentino para “terminar con la impunidad”.</p><p>El anteproyecto se confeccionó con la intención de generar cambios en la legislación penal que pongan fin a lo que describe como “una tomada de pelo a toda la sociedad”.</p><p>En este sentido, la iniciativa propone cerrar la “puerta giratoria” que permite que personas condenadas “sigan delinquiendo una y otra vez”.</p><p>Entre otras modificaciones, la propuesta gubernamental endurece penas en un amplio abanico de delitos, elimina la prescripción en casos considerados especialmente graves y restringe los beneficios que hoy permiten reducciones o morigeraciones de condena.</p>Endurecimiento, imprescriptibilidad, restricciones: los puntos principales<p>El anteproyecto propone elevar mínimos y máximos en una amplia lista de delitos. “La pena de los delitos tiene que ser acorde al daño causado”, fundamenta el texto.</p><p>Entre los casos más relevantes, el homicidio simple subiría de 8–25 años a “una sanción de 10 a 30 años”, mientras que el homicidio agravado, ya con pena de prisión perpetua, incorpora nuevos supuestos, como cuando la víctima sea el Presidente o ministros, menores de 16 o mayores de 65, o hechos cometidos “en un lugar de concurrencia masiva mediante armas, automotores u otros elementos aptos para producir la muerte de un número indeterminado de personas”.</p><p>El endurecimiento también alcanza a delitos como lesiones, abuso de armas, omisión de auxilio y pornografía infantil. En este último caso, la pena pasaría de 3–6 años a “3 a 12 años”, con agravantes que elevan el mínimo a 4. Para la posesión con fines de distribución, la pena se ubica en “4 a 12 años de prisión”.</p><p>El capítulo sobre robos incorpora figuras específicas para modalidades como “motochorros”, “viudas negras” y la apropiación de dispositivos electrónicos. El robo simple, por ejemplo, aumenta de 1 mes–6 años a “3 a 8 años de prisión cuando se comete con fuerza en las cosas”, y a “3 a 10 años cuando se comete con violencia sobre las personas”.</p>Imprescriptibilidad de delitos graves<p>Una de las modificaciones más profundas es la eliminación de la prescripción para un conjunto amplio de conductas. El documento afirma que el castigo de delitos graves “no puede verse condicionado por el tiempo, porque implica un acto de injusticia con las víctimas”.</p><p>No prescribirán, entre otros, los homicidios agravados, abusos sexuales, grooming, producción y distribución de material de abuso sexual infantil, corrupción de menores, trata de personas, secuestro extorsivo, terrorismo y narcotráfico. “Independientemente de cuánto tiempo haya pasado, la Justicia va a poder investigar y responsabilizar al autor”, remarca el texto.</p>Prisión efectiva y restricciones a beneficios<p>El proyecto eleva mínimos penales para que una gran mayoría de delitos implique cumplimiento efectivo. Según el cálculo del Ejecutivo, “el 82% de los delitos serán de cumplimiento con prisión efectiva”.</p><p>Además, amplía la lista de delitos que ya no podrán obtener condena condicional, entre ellos “robos especialmente agravados” y la portación ilegal de armas.</p><p>La reforma también limita la liberación anticipada. Quedarán excluidos quienes tengan condenas por homicidio, robo seguido de muerte, robos con armas y delitos dolosos cometidos por funcionarios.</p><p>“Si entraste varias veces a prisión no se te puede liberar anticipadamente, porque claramente no aprendiste nada”, sostiene el documento al justificar la exclusión también de reincidentes.</p>Ejecución de la pena y otras reformas<p>Otro punto clave es que las condenas comenzarán a ejecutarse cuando el tribunal superior rechace el recurso extraordinario federal, evitando la espera de un pronunciamiento de la Corte Suprema.</p><p>También se establece que las condenas perpetuas “no tendrán límite temporal”, y que los funcionarios condenados por cualquier delito perderán automáticamente sus jubilaciones de privilegio.</p><p>El proyecto “robustece el marco de la legítima defensa” y amplía la participación de las víctimas en decisiones que puedan afectarlas, como la concesión de beneficios penitenciarios. Las modificaciones, dice el texto, buscan dejar en evidencia “la relevancia de la víctima en el proceso”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/s8auIrGOa5DoEmRlm2A-zfwy5_c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/milei_cpac.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La reforma eleva penas en delitos clave, vuelve imprescriptibles los más graves y limita beneficios para garantizar mayor cumplimiento efectivo.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2025-12-04T22:45:05+00:00</updated>
                <published>2025-12-04T22:37:28+00:00</published>
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            Las modificaciones en el Código Penal que impulsa el gobierno
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/las-modificaciones-en-el-codigo-penal-que-impulsa-el-gobierno" type="text/html" title="Las modificaciones en el Código Penal que impulsa el gobierno" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GekgFiX-h8xfV2bcLr3gCrfjZg8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/bullrich_adorni.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno impulsa una modificación en el Código Penal y, este lunes, desde la Casa Rosada, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la ahora exministra de Seguridad, Patricia Bullrich, presentaron el proyecto que busca endurecer las penas a delitos graves, principalmente vinculados a violencia sexual y corrupción.</p><p>"Un proyecto de país en serio necesita trascender la libertad del Gobierno de turno, que las políticas de seguridad estén talladas en piedra", expresó Adorni. "La reforma viene a poner orden, donde antes reinaba la barbarie, la doctrina es clara: el que las hace, las paga, se pone fin a la doctrina zaffaronista", sumó.</p><p>"No importa cuánto se escondan, serán perseguidos. Y para quienes delinquen en función pública, perderán la jubilación de privilegio", aseveró el jefe de Gabinete, y apuntó: "Poco a poco las calles dejarán de ser tierra libre para el crimen".</p><p>Patricia Bullrich, por su parte, sostuvo que "el Congreso va a tener una misión histórica", e hizo especial referencia a los cambios en delitos vinculados a la violencia sexual. "A partir de ahora los favorecidos van a ser la sociedad y las víctimas", describió Bullrich. "Los códigos no se cambian todos los días son cuerpos complejos; este cambio de doctrina tiene como objetivo fundamental que la Justicia llegue a tiempo, que las penas sean efectivas y que no se sientan insuficientes", precisó.</p><p>"Los chicos abusados sexualmente en cualquier contexto, familiar, escolar, no pueden denunciar, porque tienen enfrente a su padre, su abuelo, en consecuencia este delito es imprescriptible, es decir, si ese chico puede hablar 30 años después, ese delito se va a investigar", agregó Bullrich, y destacó el precedente que marcó el diseñador Roberto Piazza años atrás con su caso.</p>Los cambios más salientes<p>• Ejecución de las condenas: se buscará que se cumplan las penas completas.</p><p>• Las condenas a perpetua no van a tener límite temporal. Si se le suman los años, quienes cometan delitos graves pueden tener condenas muy altas.</p><p>• Cambios en el concepto de legítima defensa: cambiará la presunción en favor de quien se defiende. Las víctimas van a tener una posibilidad de intervenir en todo momento.</p><p>• El Código será aplicable a todas las provincias.</p><p>• Serán imprescriptibles los delitos graves y gravísimos, tales como homicidio agravado, abuso sexual en todas las modalidades, sustracción de menores, trata de personas, procesos contra organizaciones criminales, terrorismo, tráfico y contrabando de estupefacientes. Estas serán de cumplimiento efectivo y el 82% de los casos van a ser con prisión efectiva.</p><p>• Los funcionarios que sean condenados por delitos de corrupción no podrán acceder a su jubilación de privilegio.</p><p>• Suba en las penas de los homicidios: el homicidio simple pasaría de 25 a 30 años.</p><p>• De acuerdo a los agravantes dentro del delito de homicidio se tendrá en cuenta si se trata de un magnicidio, si matan a una autoridad de un instituto educativo, si las víctimas son menores de 16 años o adultos mayores.</p><p>• Imprudencias de tránsito: la pena actual es de 1 a 3 años, y agravada de 2 a 4. En el nuevo Código cambia de 2 a 6 años, simple, y agravada de 3 a 6 años.</p><p>• Para quienes porten armas sin el permiso correspondiente, va a haber una condena taxativa concreta.</p><p>• Cuando el condenado cumpla su pena o reciba salidas transitorias, la víctima será la primera en enterarse.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GekgFiX-h8xfV2bcLr3gCrfjZg8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/bullrich_adorni.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Manuel Adorni y Patricia Bullrich señalaron que el proyecto busca plantear un "cambio de paradigma".]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2025-12-01T22:10:03+00:00</updated>
                <published>2025-12-01T22:03:33+00:00</published>
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            El Gobierno ratificó que enviará en los próximos días la reforma del Código Penal
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Qdp4ZuHAHRu6KkwltJAL29dKBjw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/reforma.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El proyecto “pondrá orden donde antes reinaba la barbarie” porque, según dijeron, garantizará un cambio de doctrina con el objetivo de que “las penas se agraven, la Justicia llegue a tiempo y se termine la puerta giratoria”.</p><p>En conferencia desde la Casa Rosada, Adorni destacó “el enorme aporte de Patricia Bullrich al restablecimiento del orden” como informó la Agencia Noticias Argentinas, y sostuvo que “cuando asumió como ministra la Argentina estaba sumida en un verdadero baño de sangre, los piqueteros eran dueños de la calle y ciudades como Rosario eran zonas liberadas para los narcoterroristas”.</p><p>Por su parte, Bullrich sostuvo que el nuevo Código Penal busca “dar vuelta la realidad de cuáles eran los más favorecidos: los delincuentes, los violadores y los asesinos; que la Justicia llegue a tiempo y que haya cumplimiento efectivo de las penas”.</p><p>Anticipó que el proyecto prevé el “agravamiento de las penas” y protegerá a quienes cumplen tareas fundamentales como el ámbito educativo, los chicos en las escuelas y las personas mayores.</p><p>Destacó que incorpora la figura de conducción imprudente —reclamo histórico de Madres del Dolor—, el abuso de armas y el concepto de legítima defensa, donde “la presunción va a estar siempre a favor de quién se defiende”.</p><p>Y aseguró que “las víctimas van a tener una posibilidad de intervenir en todo momento” y que, como consecuencia de las innovaciones, “el 82% de los delitos van a ser con prisión efectiva”.</p><p>Adorni y Bullrich también anunciaron el lanzamiento del Sistema de Alerta Temprana (Alertar), que notificará en tiempo real a la población ante desastres naturales, emergencias meteorológicas y advertencias de seguridad pública.</p><p>Con una inversión de 12 mil millones de pesos del FSU, permitirá enviar un mismo mensaje a todos los dispositivos móviles del área afectada, garantizando privacidad y anonimato, informó el Gobierno en un comunicado. NA</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Qdp4ZuHAHRu6KkwltJAL29dKBjw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/reforma.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la ministra de Seguridad saliente, Patricia Bullrich, ratificaron que el Gobierno enviará el proyecto de reforma del Código Penal, una de las iniciativas de segundo orden programadas por el Poder Ejecutivo.]]>
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                <updated>2025-12-01T23:35:03+00:00</updated>
                <published>2025-12-01T21:54:19+00:00</published>
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            El Gobierno busca eliminar la figura de femicidio del Código Penal
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/el-gobierno-busca-eliminar-la-figura-de-femicidio-del-codigo-penal" type="text/html" title="El Gobierno busca eliminar la figura de femicidio del Código Penal" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6u2Ez3p0tkPkGr9-y6-2C4uIv6M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/01/cuneo_libarona.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>Pese a las estadísticas alarmantes que arrojan que&nbsp;una mujer es asesinada en el país por razones de género cada 29 horas, el Gobierno trabaja en un proyecto, al que denominó&nbsp;“igualdad ante la ley”&nbsp;y que intentará impulsar en el Congreso a partir del 1° de marzo próximo, con el que buscará&nbsp;derogar el femicidio como agravante penal.</p><p>La presentación, confirmada por el ministro de Justicia,&nbsp;Mariano Cúneo Libarona,&nbsp;va en línea con el discurso que el presidente&nbsp;Javier&nbsp;Milei&nbsp;pronunció en el Foro Económico de Davos y que desató una fuerte polémica. Sin embargo, desde la Casa Rosada reconocen que difícilmente avance en el Congreso.</p><p>Cúneo Libarona&nbsp;confirmó la idea de&nbsp;eliminar la figura de femicidio del Código Penal Argentino&nbsp;y en ese sentido cuestionó al feminismo al sostener que “es una distorsión del concepto de igualdad”.&nbsp;</p><p>A través de su cuenta de X, el funcionario argumentó&nbsp;que la administración libertaria “defiende la igualdad ante la Ley consagrada en nuestra Constitución Nacional”.&nbsp;“Ninguna vida vale más que otra”,&nbsp;enfatizó, y agregó: “Como dijo el Presidente Javier Milei en Davos, el feminismo es una distorsión del concepto de igualdad que únicamente busca privilegios poniendo a una mitad de población en contra de la otra”.</p><p>La tipificación de femicidio como agravante fue incluida al Código Penal, contemplada&nbsp;en el artículo 80, inciso 11 tras la sanción de la ley 26.791, publicada en el Boletín Oficial el 14 de diciembre de 2012.&nbsp;Para Cúneo Libarona,&nbsp;durante años “han usado a la mujer para llenarse los bolsillos y desmedrar al hombre”.&nbsp;E insistió: “Sin importar nuestro sexo, somos todos iguales ante la Ley y merecemos la misma protección y respeto”.</p><p>El proyecto ya se trabaja bajo la mirada del asesor presidencial Santiago Caputo y María Ibarzabal Murphy, titular de la Secretaría de Planeamiento Estratégico.&nbsp;La idea es avanzar también en la derogación de la&nbsp;Ley de Identidad de Género (Nº 26.743), algunos aspectos de la&nbsp;Ley Micaela&nbsp;(Nº&nbsp;27499);&nbsp;el DNI no binario, implementado&nbsp;en 2021 a través del Decreto 476/2021;&nbsp;la&nbsp;Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para personas Travestis, Transexuales y Transgénero “Diana Sacayán – Lohana Berkins” (Nº 27.636);&nbsp;la&nbsp;Ley de Paridad Electoral en Ámbitos de Representación Política&nbsp;(Nº 27.412), como los puntos más salientes.&nbsp;</p><p>Resta conocer si, frente al femicidio, el Gobierno planteará eliminar el agravante que establece la pena de prisión perpetua para el hombre que mate a una mujer en un contexto de violencia de género (artículo 80 del Código Penal) o si irá más allá, eliminando también, por ejemplo, la reparación económica que la Ley Brisa estipuló para los hijos de las mujeres asesinadas.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6u2Ez3p0tkPkGr9-y6-2C4uIv6M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/01/cuneo_libarona.png" class="type:primaryImage" /></figure>Bautizado “igualdad ante la ley”, presentará un proyecto de ley en el período de sesiones ordinarias. También apuntan a los documentos no binarios y los cupos trans.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2025-01-24T20:46:06+00:00</published>
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            El gobierno envió a la Cámara de Diputados un proyecto para bajar la imputabilidad a 13 años
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SquV7BcCzkb6I2G-esxepuNIzM0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2016/09/CARCEL.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El gobierno giró a la Cámara de Diputados un proyecto que reduce la edad de imputabilidad a los trece años y establece un nuevo Régimen Penal Juvenil para los adolescentes que cometan delitos tipificados en el Código Penal, donde se establece una pena máxima de 20 años y se prohíbe la reclusión perpetua.</p><p>El oficialismo puntualiza que es necesario bajar la edad de imputabilidad ya que “los delitos cometidos por menores de 16 años quedan impunes. Esta circunstancia genera una situación de injusticia, que perciben tanto las víctimas como la sociedad en general. Es imperativo que nuestro sistema legal asegure que aquellos que cometen delitos sean responsables por sus acciones”.</p><p>Los ministros de Justicia, Mariano Cuneo Libarona y de Seguridad, Patricia Bullrich, habían anunciado el pasado 28 de junio que iba a mandar esta iniciativa ante el aumento de delitos cometidos por jóvenes menores de 16 años que es la edad establecida en el actual régimen penal.</p><p>El proyecto girado a la Cámara de Diputados fue firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y los ministros Bullrich y Cuneo Libarona.</p><p>Ahora, la iniciativa deberá ser analizada por las comisiones de Legislación Penal y de Justicia, que conducen Laura Rodríguez Machado (PRO-Córdoba) y Manuel Quintar (LLA-Jujuy), aunque se estima que no será sencillo ya que es un tema que divide las aguas dentro del Congreso Nacional.</p><p>El proyecto establece un régimen penal aplicable a las personas adolescente desde los 13 hasta los 18 años cuando fueran imputadas por un hecho tipificado como delito en el Código Penal.</p><p>A lo largo del proyecto se establece que no se le impondrá imponer al menor una pena por reclusión perpetua, siendo el máximo de la prisión de 20, aunque si la escala penal fuera más elevada, producto de la concurrencia real de varios hechos independientes.&nbsp;</p><p>En los fundamentos del proyecto, el Gobierno señala que “la situación de los menores en conflicto con la ley penal es uno de los graves problemas que hoy atraviesa la sociedad argentina y su abordaje requiere una solución integral que contemple no solo la cuestión punitiva, sino también medidas estatales que acompañen al adolescente luego, con el objeto de que obtenga un futuro con integración social y trabajo, comprensión y arrepentimiento por la conducta punible perpetrada”</p><p>“En este sentido, cabe destacar que la Ley N° 22.278, actual Régimen Penal de la Minoridad, sancionada en 1980, no responde a los principios reconocidos en la Constitución Nacional y en la legislación internacional, respecto del menor que ha infringido la ley penal”, agrega.</p><p>En ese sentido, el oficialismo destaca que “por ello que resulta indispensable sancionar una ley especial que regule la materia e incorpore los referidos principios, adecuada a nuestra realidad social"</p><p>Subraya que desde la sanción de la ley penal juvenil “el mundo, nuestra realidad, los adolescentes, su actuación y la comprensión de la criminalidad de sus actos han sufrido grandes cambios, lo que trae aparejada la necesidad imperiosa de practicar una reforma legislativa que se corresponda con la situación actual de los adolescentes - muchos de los cuales han sido incorporados a bandas criminales- y con las necesidades de la sociedad”</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SquV7BcCzkb6I2G-esxepuNIzM0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2016/09/CARCEL.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El oficialismo argumenta en que se debe bajar de 16 a 13 años la edad de imputabilidad para que no queden impunes estos delitos penales]]>
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                <updated>2024-07-16T17:30:04+00:00</updated>
                <published>2024-07-16T17:30:00+00:00</published>
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            El gobierno presentará un proyecto para bajar a 13 años la edad de imputabilidad
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SquV7BcCzkb6I2G-esxepuNIzM0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2016/09/CARCEL.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno presentará en las próximas semanas el proyecto de una nueva Ley Penal Juvenil al Congreso para bajar a 13 años la edad de imputabilidad y, así, “evitar la impunidad de los crímenes cometidos por los menores”. Así lo informaron los ministros Mariano Cúneo Libarona (Justicia) y Patricia Bullrich (Seguridad) en conferencia de prensa, en la sede del ministerio de Seguridad.</p><p>De acuerdo señalaron los funcionarios nacionales, la iniciativa “combatirá el persistente crecimiento de la criminalidad juvenil”. “Es de público conocimiento que el crimen organizado se aprovecha de niños y adolescentes para delinquir sin restricciones, evadiendo así la responsabilidad penal”, agregaron.</p><p>La ministra Bullrich aseguró que este es un “día importante para el país para tantas familias que perdieron a sus hijos en manos de un menor. Ese menor después de un delito volvió a su casa como si nada hubiera pasado. Que no tengan condena es la peor condena como país”.</p><p>Remarcó asimismo que “venimos a cumplir con una sociedad que no quiere tener impunidad. A partir de ahora el delito y lo peor la muerte tiene consecuencias”. Explicó que ahora quedarán abarcados “los adolescentes de 13 a 18 años. Habrá sanciones a la persona mayor que actúe como instigador, que mandó a un menor a delinquir”</p><p>Uno de los temas que abordaron los ministros fue el de todos los proyectos que hasta ahora se enviaron al Congreso Nacional sobre la baja de la edad de imputabilidad. Según la ministra de Seguridad “hubo cientos de proyectos en el Congreso de distintos bloques y nunca se los quiso tratar. Les pedimos a los diputados y senadores elegidos en sus pueblos que por esos casos que tuvieron allí, que aprueben esta ley. Fue pedido por los argentinos, por la Corte Suprema y ahora por el Presidente”.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SquV7BcCzkb6I2G-esxepuNIzM0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2016/09/CARCEL.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Lo anunciaron de manera conjunta los ministros Mariano Cúneo Libarona (Justicia) y Patricia Bullrich (Seguridad) en conferencia de prensa. El objetivo, detallaron, es “evitar la impunidad de los crímenes cometidos por los menores”]]>
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                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2024-06-28T17:23:09+00:00</published>
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            El gobierno dio el primer paso en su intención de reformar el Código Penal
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YljZG4yr-Ho5SSV4KvJ8hVOLgmI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/03/cuneo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno dio el primer paso en su intención de reformar el Código Penal, una de las propuestas de campaña del presidente Javier Milei.&nbsp; &nbsp;</p><p>Luego de que el líder libertario subrayara en todo 2023 que "el que las hace las paga", el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, formalizó el miércoles la creación de una Comisión para la Reforma del Código Penal de la Nación a través de la Resolución 25/2024 publicada en el Boletín Oficial.&nbsp; &nbsp;</p><p>Ese grupo de trabajo tendrá a su cargo la "elaboración de un anteproyecto de ley de reforma y actualización integral del Código Penal de la Nación, que concentre toda la legislación penal en un único cuerpo normativo".&nbsp; &nbsp;</p><p>La comisión tendrá como miembros al propio Cúneo Libarona y a los doctores Jorge Eduardo Buompadre; Horacio Jaime Romero Villanueva; Julio César Báez; y Ricardo Ángel Basílico: todos actuarán en carácter ad honorem.&nbsp; &nbsp;</p><p>Para fundamentar la reforma y actualización del Código Penal, el ministro de Justicia advirtió que durante los 100 años de vigencia del cuerpo normativo se introdujeron gran cantidad de modificaciones "afectando seriamente a lo largo del tiempo su coherencia interna original".&nbsp; &nbsp;</p><p>"Asimismo, se han promulgado diversas leyes que incorporaron tipos penales sin integrarse al Código Penal de la Nación, lo que ha resentido la sistematicidad del régimen punitivo, e implica en la práctica apartarse del criterio de codificación unificada en materia penal, tal como lo determina el artículo 75, inciso 12 de la Constitución Nacional", planteó el funcionario nacional.&nbsp; &nbsp;</p><p>Tras recordar que en los últimos 20 años se registraron diversos intentos por abordar esa problemática, Cúneo Libarona remarcó que "subsiste la necesidad de lograr una adecuada sistematización y ordenamiento de toda la normativa penal, abordando las modificaciones necesarias".&nbsp; &nbsp;</p><p>"Dicha tarea deberá tener en consideración, por un lado, los instrumentos internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional, en los términos del artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, y por otro los avances en materia de integración regional del país, favoreciendo la armonización de la legislación en sus aspectos fundamentales a fin de promover y facilitar la cooperación entre Estados y la implementación de estrategias coordinadas, elementos de máxima importancia ante ciertas modalidades delictivas como la delincuencia transnacional organizada", manifestó.&nbsp;</p><p>Y agregó: "Resulta imprescindible que la normativa punitiva nacional sea adecuada a los compromisos asumidos en el plano internacional, en particular en lo atinente a la vigencia de la protección de los derechos humanos y de la persecución del terrorismo, del narcotráfico y la corrupción, y de lavado de dinero y ciberdelito".&nbsp; &nbsp;</p><p>El titular de la cartera judicial destacó los "valiosos proyectos presentados en los últimos años que merecen consideración, en especial los dos últimos en los que intervinieron los doctores Roberto Carles y Mariano Borinsky". (NA).</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YljZG4yr-Ho5SSV4KvJ8hVOLgmI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/03/cuneo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, formalizó el miércoles la creación de una Comisión para la Reforma del Código Penal de la Nación a través de la Resolución 25/2024 publicada en el Boletín Oficial. Ese grupo de trabajo tendrá a su cargo la "elaboración de un anteproyecto de ley de reforma y actualización integral del Código Penal de la Nación, que concentre toda la legislación penal en un único cuerpo normativo". ]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-03-02T03:00:15+00:00</updated>
                <published>2024-03-02T03:00:00+00:00</published>
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            Procedimientos de flagrancia  y cárcel, las consecuencias  por no cumplir el aislamiento
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/coronavirus/procedimientos-de-flagrancia-y-carcel-las-consecuencias-por-no-cumplir-el-aislamiento" type="text/html" title="Procedimientos de flagrancia  y cárcel, las consecuencias  por no cumplir el aislamiento" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/aNqcGWtjRRrObSu5OM9E7ThFnlo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2020/03/df63b6f9-gonzalez-guerra.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El texto del decreto presidencial que establece el aislamiento obligatorio producto de la pandemia declarada prevé consecuencias legales para quienes quebranten el mandato de resguardar la salud de toda la población. La medida, que en principio rige hasta el 31 de marzo inclusive, podría prorrogarse por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica.</p>
<p>En el artículo 2, se indica que durante la vigencia del aislamiento “las personas deberán permanecer en sus residencias habituales&#8221; y &#8220;deberán abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo y no podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, todo ello con el fin de prevenir la circulación y el contagio del virus Covid 19 y la consiguiente afectación a la salud pública y los demás derechos subjetivos derivados, tales como la vida y la integridad física de las personas”.</p>
<p>En tanto, especifica que, “quienes se encuentren cumpliendo el aislamiento dispuesto en el artículo 1, sólo podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos”.</p>
<p>El artículo 4 de la norma indica que “cuando se constate la existencia de infracción al cumplimiento del aislamiento o a otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal”.</p>
<p>Delito automático </p>
<p>Carlos González Guerra, abogado, doctor en Derecho Penal y docente universitario, en comunicación con el ciclo “Informadísimas” (ECO TV y 104.1 Tandil FM), explicó que desde su sanción en 1921 el Código Penal prevé varios artículos que tienden a castigar las conductas que ponen en peligro la salud pública, pero que no se han aplicado hasta el momento.</p>
<p>“Básicamente, se trata del artículo 205 que establece sanciones a aquel que incumple una norma de la autoridad competente. Se reprime con una pena de seis meses a dos años de prisión. Es bastante severo, sabemos que las penas inferiores a tres años no son de cumplimiento efectivo, pero basta con cualquier otra infracción para que sea de prisión efectiva”, detalló.</p>
<p>“Tenemos que reforzar esta idea de que hay que estar en casa y si no lo hacemos, cometemos un delito de forma automática. Cualquier persona, aunque esté en perfecto estado de salud, si sale a correr al Dique, por ejemplo, incurre en un delito formal. El sólo hecho de incumplir la norma implica la comisión del delito”, se explayó.</p>
<p>Además, el artículo 239, por su parte, determina que “será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.</p>
<p>Cómo deben proceder las fuerzas </p>
<p>El castigo por incumplir el decreto de cuarentena se ampara dentro de esta figura del código. Siempre depende de la construcción que se haga de una norma, en este caso el DNU del presidente Alberto Fernández. El letrado amplió que el aislamiento se trata es una medida intermedia, con el sustento legal y penal dentro de las pautas democrática normales. Si no da resultado, las autoridades podrían avanzar con el paso posterior, que es la declaración del Estado de Sitio, una figura constitucional mucho más restrictiva, que suspende el estado de derecho.</p>
<p>Las fuerzas de seguridad tienen la facultad de actuar sobre una persona si la encuentran transgrediendo el aislamiento. “Se labra un acta y se los envía a su casa. Esto implica un delito en flagrancia, no hay que probar más nada. Corresponde un juicio muy breve de régimen de flagrancia, pero dentro de las restricciones imperantes, ahora la Justicia  funciona a través de los sistemas de turnos y guardias. En cuanto esto pase, va a haber una catarata de juicios”, explicó González Guerra.</p>
<p>En torno a los trabajadores exceptuados de permanecer en sus casas, el especialista expuso que “lo mejor es tener el medio de prueba que acredite que la persona está en una situación excepcional y por eso deambula en la calle. Si estoy saliendo con una urgencia a una farmacia no va a haber nadie que me certifique eso, hay que explicárselo al agente de seguridad que nos intercepte”.</p>
<p>Endurecimiento de controles </p>
<p>La ministra de Seguridad, Sabina Frederic, advirtió ayer que el presidente Alberto Fernández le pidió &#8220;inflexibilidad y severidad&#8221; con quienes rompan el aislamiento obligatorio por la pandemia de coronavirus, al tiempo que consideró que &#8220;debería haber más&#8221; personas a las que se les hayan iniciado causas penales.</p>
<p>&#8220;Van a aumentar los controles, a partir del día de hoy (por ayer) vamos a ser más inflexibles, como pide el Presidente&#8221;, señaló a medios nacionales la funcionaria, en la segunda jornada de aislamiento obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo para todo el país.</p>
<p>Consultada sobre la alternativa del estado de sitio si la situación empeora, la ministra deslizó que &#8220;está como posibilidad, se analizó y el Gobierno no cree que sea necesario. Va a depender del cumplimiento que hagamos todos de estas medidas&#8221;.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/aNqcGWtjRRrObSu5OM9E7ThFnlo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2020/03/df63b6f9-gonzalez-guerra.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Con la circulación restringida, quienes no puedan justificar su presencia en las calles serán infraccionados y podría caberles una sanción penal. Se espera que haya un aluvión de juicios cuando termine la cuarentena. Si bien el Gobierno nacional no considera necesario aún el estado de sitio, no se descarta esa opción si no da resultado el aislamiento obligatorio. ]]>
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                                <category term="coronavirus" label="Coronavirus" />
                <updated>2020-03-23T06:20:49+00:00</updated>
                <published>2020-03-22T06:43:38+00:00</published>
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            Controlaron 39 domicilios por cuarentena y hoy  empiezan a regir los puntos  sanitarios de acceso a Tandil
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/J5frhpNPEJ7_EVm8ddp0OJ2GrYA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2020/03/Atilio-Della-Maggiora.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Secretario de Protección Ciudadana, Atilio Della Maggiora reveló que están trabajando muy intensamente desde las distintas áreas comunales con un gran compromiso también de todas las fuerzas de seguridad policial, que están permanentemente a disposición del Municipio.</p>
<p>“Se han acercado en todo momento para pensar situaciones, delinear acciones y anticiparse a los problemas”, dijo destacando la labor y predisposición de todos los comisarios, de los jefes Distrital y Departamental, la Policía Local y las fuerzas descentralizadas, entre otros.</p>
<p>Las tareas que están realizando desde ese ámbito básicamente tienen que ver con el control de las medidas que se han dispuesto, de acuerdo a la explicación que brindó en el programa Tandil Despierta de EcoTV.</p>
<p>Entre esas determinaciones, algunas son derivadas del Decreto 260 que dispuso el sistema de aislamiento obligatorio, para lo que la semana pasada se han reunido y coordinaron los pasos a seguir en la implementación. Además, luego se elevó el proyecto de ordenanza sobre el perímetro sanitario en los accesos a la ciudad. “Este es un sistema de control intenso en los puntos estratégicos para detectar casos sospechosos en personas que presenten algún síntoma”, se explayó.</p>
<p>Cómo funciona el aislamiento obligatorio</p>
<p>De acuerdo a la explicación que brindó Della Maggiora,  el aislamiento obligatorio que concita la atención de los vecinos es fundamentalmente para aquellas personas que presenta alguna situación deriva de algún viaje al exterior.</p>
<p>En ese caso los vecinos canalizan inmediatamente esa inquietud a través de los contactos. Una vez que ese dato está en conocimiento de Salud y de Policía se activa un procedimiento de control que está a cargo de la Policía Local. Para esto el comisario Sergio Pekerley ha dispuesto un grupo de efectivos que tienen la tarea diaria para controlar los presuntos casos de violación de aislamiento domiciliario.</p>
<p>Hasta el lunes a la noche, que se ejercieron entre 18 y 19 controles, se han realizado 39 en total, que significa ir al domicilio que haya sido indicado. Los controles que se han hecho hasta ahora no han verificado quebrantamiento del aislamiento, o bien, se ha clarificado que no se encuadra dentro de la necesidad de cuarentena porque ya han transcurrido los 14 días recomendados.</p>
<p>“En todos los casos fueron personas que se reconocían en situación de cuarentena en sus domicilios”, explicó y aseguró que hasta el momento no han detectado procesos de violación de la cuarentena.</p>
<p>En caso de que alguien detecte que esas personas que fueron controladas luego salen de sus hogares, se debe proceder a efectuar una denuncia penal por incumplimiento.</p>
<p>Destinos y responsabilidad</p>
<p>Recordó que hasta el momento las zonas afectadas por la pandemia según la declaración del Poder Ejecutivo Nacional son la Unión Europea, Inglaterra, Irlanda del Norte, Estados Unidos, Corea, Japón, China e Irán, aunque ya se habló de incluir a Brasil y Chile en el listado.</p>
<p>“Toda medida preventiva que podamos adoptar, aun cuando la persona no haya viajado por las regiones aquejadas bienvenido sea”, sostuvo, alentándolas. Además, consideró como razonables que si alguien llega desde Brasil haga la cuarentena, como también en el caso de aquellos que hayan estado en algún punto turístico internacional, aunque haya sido en el país. “Eso sería un buen gesto individual que hace a la responsabilidad social”, aclaró.</p>
<p>Mencionó entonces las dos pautas básicas, que son reducir al máximo el contacto con otras personas, casi a nivel solamente familiar; y la otra de mantener la higiene.</p>
<p>En cuanto a la protección del personal policial, mencionó que cuentan con los instrumentos básicos, como guantes de látex y barbijos que es lo dispuesto.</p>
<p>“En los vecinos veo una actitud ambivalente”, consideró, mencionando que un alto porcentaje toma el tema con seriedad, se está cuidando y ha bajado el contacto social, pero también hay una parte que “interpreta que está de vacaciones”. “Esto es un problema, porque se mentaliza para salir, viajar o pasear que justamente son cosas que no están recomendadas”, advirtió.</p>
<p>Por otro lado, entendiendo que hay mucha incertidumbre, indicó que estos 14 días de suspensión en todos los aspectos son para “cuidarnos entre todos”, evitando la circulación para cortar la cadena epidemiológica. “Nos enfrentamos a situaciones desconocidas, hay que cuidarse, reducir actividad, es lo que mejor nos va a permitir superar el contexto de crisis”, insistió.</p>
<p>Los controles sanitarios</p>
<p>Perímetros de control sanitario en las rutas que serán puntos ubicado en cinco lugares estratégicos. Uno sobre la Ruta Nacional 226 viniendo desde Azul a la altura de la Provincial 30, y desde la 30 viniendo desde Rauch a la altura de 226.</p>
<p>Por otro lado, habrá un control en la intersección de las rutas 226 y 74, viniendo desde Ayacucho, mientras que otro se dispondrá a la altura del peaje de La Vasconia acaparando a la gente que ingresa de la zona oeste, siendo más seguro porque ya hay infraestructura. El quinto punto estará ubicado en el cruce Scarminachi, tomando toda la zona sur.</p>
<p>“Así se da una perimetral a todo el ingreso a la ciudad”, planteó. Asimismo, recordó que hará un sexto puesto sanitario en la terminal de Ómnibus que buscará controlar a todos los que arriben en micros.
En este sentido, cabe aclarar que Nación suspendió ayer y a partir del jueves la circulación de los colectivos de larga distancia. De todas maneras, como el Municipio dispuso que todas las combis o transportes que lleguen a la ciudad sí o sí arriben a la terminal, servirá para esos casos.</p>
<p>Constatar la fiebre</p>
<p>Las acciones preventivas en los distintos puntos de emergencia regirán mediante el control de temperatura, que será el único dato objetivo que podrán medir y para lo cual adquirieron unos instrumentos especiales para calcular sin necesidad de tener contacto directo con la persona. “Lamentablemente si lo está incubando, no se registrará la fiebre”, indicó, pero tampoco hay otra cosa.</p>
<p>Entre el personal policial y de salud que estará abocado a este desempeño, también se sumará la gente de la Cruz Roja y los chicos del Instituto Superior de Formación Técnica en enfermería. “Contamos con una cantidad de gente importante para poder atender una demanda que es desconocida, y tendremos que ir corrigiendo minuto a minuto en función del tránsito, la afluencia, entre otras evoluciones”, remarcó.</p>
<p>Números de contacto</p>
<p>4607 324: Este número es municipal y es atendido desde el área de Salud. Para hacer consultas o informar síntomas de coronavirus, o denunciar casos de cuarentena incumplidos.</p>
<p>101: La Policía también recepta denuncias de violación de aislamiento obligatorio</p>
<p>Las penas del Código Penal por no respetar las prohibiciones</p>
<p>Argentina enfrenta una emergencia sanitaria declarada por el Gobierno frente al expansivo avance del coronavirus. El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado en el Boletín Oficial dispone, entre otras medidas, una cuarentena obligatoria de 14 días para quienes lleguen al país desde los países más afectados por la pandemia. No es voluntario, y quienes lo incumplan serán responsables de la Comisión de un delito tipificado en los artículos 205 y el 202 del Código Penal.</p>
<p>El Gobierno se basó en el actual código penal para señalar las consecuencias que deberán afrontar quienes no acaten la letra del DNU. &#8220;Se prevén delitos específicos para quienes incumplan con esa medida, con penas que van hasta los 15 años de prisión y multa de hasta 100.000 pesos&#8221;, explicó a Clarín el juez de la Cámara de Casación Mariano Borinsky.</p>
<p>En el proyecto del nuevo Código Penal, redactado por una comisión presidida por Borinsky y cuya aprobación está pendiente en el Senado. &#8220;se establecen penas similares y se imponen multas actualizables (según el valor del recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación), que asciende a un máximo de 720.000 pesos (180 días multa) para quien propagare la enfermedad de forma imprudente&#8221;.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/J5frhpNPEJ7_EVm8ddp0OJ2GrYA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2020/03/Atilio-Della-Maggiora.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Desde Protección Ciudadana detallaron cómo es el trabajo en equipo que vienen realizando. Explicaron la ubicación y cómo funcionarán los puntos estratégicos. Reveló que la gente denuncia, pero hasta el momento no se constató incumplimiento de aislamiento. “En los vecinos veo una actitud ambivalente”, consideró Della Maggiora.

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                <updated>2020-03-18T04:00:15+00:00</updated>
                <published>2020-03-18T03:50:16+00:00</published>
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            Detenciones en la vía pública
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/KMQ1w63oTkZMLbz93YQnMM00vRM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2018/02/web_policia.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Motivos por los que, según la ley, es posible detener a una persona</p>

1) Artículo 283 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN). Para que se lleve a cabo la declaración indagatoria. Máximo de detención: 24 horas. En ese plazo se debe tomar la declaración a la persona detenida.
2) Artículo 284 del Código Penal: Se podrá detener a quien “intentare cometer un delito”, “se fugue estando detenido”, “hubiera indicios vehemente de culpabilidad” y “haya peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación” (en este caso debe ser conducido ante un juez). Y también “en casos de flagrancia”, es decir, si ven al sujeto en el momento en el que comete el delito.
3) Ley 23.950: Establece la detención por averiguación de identidad. Los requisitos para detener a una persona en estos casos son: que haya circunstancias debidamente fundadas que hagan presumir que alguien hubiera cometido un delito o pudiere cometer y no acredite fehacientemente su identidad. La detención no podrá excederse por más de 10 horas y el detenido no podrá estar incomunicado.
4) Artículos 237, 238 y 239 del Código Penal: “Resistencia a la autoridad”. “Será reprimido con prisión de quince días a un año el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”. Esta es una de las figuras más usadas para detener a quienes se quejen por el accionar policial y las diversas interpretaciones pueden dar lugar a abusos y arbitrariedades.

<p>En los casos de los artículos 284 y de la ley 23.950 son detenciones sin orden judicial. Las normas mencionan como requisitos que deben existir “indicios vehemente de culpabilidad” en un caso (artículo 284) y en el otro (por averiguación de identidad) “circunstancias debidamente fundadas”.</p>
<p>Aunque la Constitución Nacional establece que, para detener a alguien, debe haber una orden de un juez la ley establece excepciones, que no deberían ser aprovechadas por la Policía para efectuar detenciones arbitrarias. Se puede pedir que el personal policial labre un acta en la que se deje constancia de la requisa sin orden judicial ni motivos de urgencia. Es posible también exigir la presencia de dos testigos del hecho.</p>
<p>Mochilas, DNI, dónde y cuándo pueden pedirlos y revisarlos</p>

Artículo 230 del Código Penal: Se regula la requisa por orden de un juez, siempre y cuando haya motivos suficientes para para presumir que se ocultan cosas relacionadas con un delito.
Artículo 230 bis: Se regula la requisa sin orden judicial. Los requisitos son que haya “circunstancias previas y concomitantes” que, “razonablemente y objetivamente” justifiquen una requisa.

<p>Para que la Policía  requise a una persona debe haber circunstancias objetivas que lo justifiquen. Esto quiere decir que en la ropa, en la mochila, campera o lo que lleve el sujeto, debe haber algún elemento que se vincule con un delito. No hay ley alguna que obligue a las personas a portar su documento de identidad, no llevarlo consigo no reporta una falta.</p>
<p>Las fuerzas de seguridad NO pueden requisar pertenencias en la calle o espacios públicos  si no hay objetivamente circunstancias que les permitan a los agentes  pensar que se trasladan elementos vinculados a la producción de algún delito.</p>
<p>Sólo en casos urgentes y con orden de un juez las fuerzas de seguridad pueden efectuar una requisa. O si chorrea algún líquido sospechoso, o si el identikit coincide con el de un prófugo por la zona, y siempre con orden del juez o fiscal.</p>
<p>Estas reglas pueden modificarse en caso de espectáculos masivos, estadios, recitales, teatros y demás por razones de seguridad. Es similar a los aeropuertos o terminales donde el cacheo es necesario y donde la tensión se resuelve para cuidar la vida de todos. Lo mismo en lugares donde es necesario combatir el terrorismo.</p>
<p>Derechos del detenido</p>
<p>Una persona detenida bajo estas circunstancias no puede permanecer incomunicada, tiene derecho a llamar a alguien de su confianza, no debe ser esposada ni demorada junto a otros presos con causas y sólo puede ser revisada por un médico. Mayores de edad no pueden estar detenidos más de 12 horas (en la Provincia) por averiguación de identidad.</p>
<p>Detenciones en la vía pública</p>
<p>El Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria es un mecanismo creado por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que a fines del año pasado presentó un informe ante ese organismo acerca de las detenciones arbitrarias.</p>
<p>En el informe se observó que en la Argentina se realizan detenciones policiales de forma discriminatoria, en perjuicio de niñas y niños de la calle, miembros y dirigentes de comunidades indígenas, migrantes, personas lesbiana, gay, bisexual, transgénero e intersexual (LGBTI). Además, muchas veces se prolongan “de la noche a la mañana, e incluso pueden durar todo un fin de semana”. Cuestionó especialmente las detenciones por averiguación de identidad ya que no hay ley alguna que obligue a las personas a portar su documento de identidad.</p>
<p>Si bien las autoridades suelen considerar estas detenciones como meras “retenciones”, el Grupo de Trabajo afirmó que constituyen privaciones de la libertad e instó al Estado a tomar todas las medidas necesarias para evitar detenciones arbitrarias y malos tratos. También recordó que todos los hechos de tortura y malos tratos tienen que ser investigados “de manera rápida, profunda e independiente” por el poder judicial.</p>
<p>Detenciones en contextos de protesta social y criminalización de los reclamos</p>
<p>El Grupo de Trabajo rechazó el protocolo para manifestaciones públicas que el Ministerio de Seguridad nacional quiso poner en vigencia en 2016, porque habría ampliado las facultades discrecionales de las fuerzas de seguridad y creado un riesgo mayor de detención arbitraria.</p>
<p>Indicó que hay un trato diferencial por parte de la justicia penal que afecta –además de las personas en situaciones de vulnerabilidad–, a indígenas, sindicalistas e integrantes de movimientos políticos y sociales que concurren a manifestaciones públicas.</p>
<p>Recordó que los Estados deben abstenerse de impedir o castigar el ejercicio de los derechos a la reunión pacífica y a la libertad de expresión. Señaló que los tipos penales como “corte de ruta”, “desobediencia” y “resistencia a la autoridad” son “intrínsecamente ambiguos y permiten un alto grado de discrecionalidad a las fuerzas del orden, sin suficientes salvaguardias para garantizar la protección contra la detención arbitraria”.</p>
<p>Personas con discapacidad psicosocial: internaciones con mecanismos de revisión deficientes</p>
<p>El Grupo de Trabajo expresó preocupación por el encierro indefinido de dos grupos de personas con discapacidad psicosocial: los llamados “pacientes sociales” que siguen internados en instituciones psiquiátricas fundamentalmente por la falta de trabajo y vivienda más que por razones de salud; y las personas que el poder judicial designa como “inimputables” por los delitos que han cometido y que son enviadas a centros psiquiátricos dentro del sistema penitenciario, por tiempo indefinido. En ambos casos, encontró que los mecanismos de revisión de su detención son ineficaces.</p>
<p>Para revertir esta situación el Grupo de Trabajo estableció que el Estado argentino debe redoblar los esfuerzos para proporcionar sistemas de apoyo comunitario a los denominados pacientes sociales, y revisar y aclarar el término “peligrosidad” en el artículo 34 del Código Penal para fijar un umbral claro para la recuperación de libertad de las personas internadas por haber cometido un delito. Además, instó a que se garantice la plena aplicación de las normas internacionales y la Ley Nacional de Salud Mental 26.657.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/KMQ1w63oTkZMLbz93YQnMM00vRM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2018/02/web_policia.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Procedimientos legítimos y arbitrarios según la ley ]]>
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                                <category term="instruyendo-al-ciudadano" label="Instruyendo al Ciudadano" />
                <updated>2019-08-21T07:27:06+00:00</updated>
                <published>2019-08-21T07:21:16+00:00</published>
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        <title>
            Un Código Penal para el siglo XXI
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                <![CDATA[Carlos González Guerra]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7JauUiMsRDYLhanOjZlzFFbS6bU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/04/C%C3%B3digo_Penal_de_la_Rep%C3%BAblica_Argentina.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En 2017 el presidente Mauricio Macri creó una Comisión Redactora pluralista, para que elaborara un anteproyecto de Código Penal, que reflejara los intereses de la sociedad argentina del siglo XXI y se adecuara a la Constitución y a la más moderna codificación penal.</p>
<p>A lo largo de casi 100 años el código de Moreno que teníamos que reformar, sufrió modificaciones que le hicieron perder la coherencia y la proporcionalidad, provocando discrepancias que incluso hacían dudar sobre qué es lo que está prohibido o no en el país.</p>
<p>La Comisión, que tuve el honor integrar en representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, trabajó con un equipo de 50 asesores ad-honorem durante 500 días, tuvo más de 100 reuniones de trabajo en todo el país, deliberó, discutió, escuchó a expertos y a las víctimas, tomó en cuenta el trabajo realizado por las 17 anteriores comisiones de reforma y recogió la opinión de ONGs y sugerencias de la sociedad a través de Justicia 2020.
El texto que acordamos tiene sistematicidad y coherencia, la mirada puesta en la víctima, perspectiva de género, da respuesta a nuevas modalidades delictivas, al uso de la tecnología e incorpora la responsabilidad de las personas jurídicas.</p>
<p>Tras un exhaustivo trabajo de investigación, decidimos agregar un libro con los delitos de genocidio, de lesa humanidad, de guerra, la desaparición forzada de persona y el crimen de agresión, con sus particulares disposiciones generales.</p>
<p>El proyecto endurece las penas contra el narcotráfico y la corrupción, suma el decomiso anticipado, busca sancionar a los responsables y recuperar los bienes sustraídos al Estado. Además aumenta las penas para la trata, el terrorismo y su financiamiento.</p>
<p>Reduce el margen de discrecionalidad de los jueces, especialmente en situaciones de vulnerabilidad. Incorpora la pena de prisión en detención domiciliaria, con el uso de dispositivo electrónico, fija criterios claros para su determinación y establece la actualización de las multas en días multa.</p>
<p>Introduce el delito de soborno entre privados, incluso para personas jurídicas; endurece la pena de los delitos contra la administración pública y amplía la figura del colaborador eficaz.</p>
<p>El cuerpo estuvo presidido por el camarista de la Casación Penal, Mariano Borinsky, e integrado por el fiscal Pablo Turano; los camaristas Guillermo Yacobucci, Carlos Mahiques y Patricia Llerena; el procurador general de Salta, Pablo López Viñals; y los secretarios letrados de la Procuración General de la Nación, Fernando Córdoba y de la Corte Suprema de Justicia, Patricia Ziffer. También Yael Bendel y Guillermo Soares Gache, en representación de los Ministerios de Desarrollo Social y de Seguridad.</p>
<p>Argentina se merece un Código Penal moderno, sistemático y coherente, que dé respuestas a la criminalidad compleja, a los reclamos de la sociedad y de participación a las víctimas.
El Gobierno envió el proyecto. Ahora el Congreso hará su aporte, ampliará el debate y asumirá la responsabilidad de su tratamiento y sanción.</p>
<p>*El autor se desempeña como director general de Política Criminal en materia de Justicia y Legislación Penal del Ministerio de Justicia de la Nación. Integró la comisión especial para la reforma del Código Penal. Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7JauUiMsRDYLhanOjZlzFFbS6bU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/04/C%C3%B3digo_Penal_de_la_Rep%C3%BAblica_Argentina.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>En 2017 el presidente Mauricio Macri creó una Comisión Redactora pluralista, para que elaborara un anteproyecto de Código Penal, que reflejara los int...]]>
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                                <category term="opinion" label="Opinión" />
                <updated>2019-04-04T14:21:54+00:00</updated>
                <published>2019-04-04T14:21:54+00:00</published>
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        <title>
            Código Penal, la normativa para el siglo XXI
        </title>
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/interes-general/codigo-penal-la-normativa-para-el-siglo-xxi">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yQOx7SeIOHZHuEra_QeMblBMQuE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/03/069D8241-0371-4989-89F8-3995A432C786.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El presidente Mauricio Macri envió al Congreso Nacional el proyecto de ley para la reforma del Código Penal. Desde el Poder Ejecutivo informaron que la iniciativa busca lograr una adecuada sistematización y ordenamiento de toda la normativa penal en un único cuerpo legal.</p>
<p>El Código Penal reúne todas las acciones que son consideradas delitos y las penas que les corresponden. A través del tiempo se han sumado leyes accesorias, que establecen otros delitos y que no están contemplados dentro del actual reglamento. El texto original, escrito en 1917 y sancionado en 1921, tiene vigencia en todo el país. Si bien tuvo más de 900 reformas parciales, nunca se realizó -como en este caso- una reestructuración integral.</p>
<p>El trabajo comenzó en marzo de 2017, cuando el Gobierno nacional creó una comisión de expertos para analizar un anteproyecto que actualice el Código Penal. Como presidente de la Comisión para la Reforma fue designado el juez de la Cámara Federal de Casación Penal Mariano Borinsky. Participaron juristas, académicos y funcionarios del Ministerio de Justicia de la Nación. El organismo trabajó ad honorem durante 500 días y en julio de 2018 culminó la tarea.</p>
<p>Entre los integrantes de la Comisión Redactora, el organismo contó con la presencia del tandilense Carlos González Guerra, quien se desempeña como director nacional de Política Criminal en materia de Justicia y Legislación penal. El abogado, es Doctor en Derecho Penal y profesor en la Universidad Austral.</p>
<p>En diálogo con El Eco Multimedios, el profesional brindó detalles acerca de los puntos más relevantes que conforman la nueva estructura del reglamento que cuenta con más de 500 artículos y que ya fue girado a la Comisión de Asuntos Constitucionales para su tratamiento.</p>
<p>-¿Cuáles fueron los motivos que impulsaron esta reforma?</p>
<p>-Debemos partir de la base que actualmente contamos con un Código que atiende a las problemáticas y que tipifica cuestiones que ocurrían hace cien años y por supuesto, en todo este tiempo la sociedad cambió significativamente. Si uno se remite, por ejemplo, a las conductas, hay muchas de ellas que no existían (como el ciberdelito) o que en la actualidad tienen otra valoración, como es el caso de la protección del ambiente que hoy puede ser alcanzada por una intervención penal.</p>
<p>Otro de los motivos que impulsaron la necesidad de articular una reforma integral es que nuestro Código recibió muchos parches, más de 900 reformas que a lo largo de los años intentaban modificar delitos puntuales y esto generó la ruptura en la sistematicidad y en la proporcionalidad de las penas. Los constantes cambios que trataron de responder a una dinámica social en determinado momento, hicieron que se elevaran las penas de algunos delitos y así se fue descompensado el sistema punitivo.</p>
<p>-¿Por qué se envía en este momento al Congreso teniendo en cuenta que es un año electoral?</p>
<p>-Esto fue un trabajo sumamente arduo. Más de 50 personas estuvimos debatiendo de manera muy intensa, recorriendo todas las provincias, recibiendo aportes de todo tipo. Hay que tener en cuenta que somos la comisión número 18 que encara este trabajo y que las 17 anteriores nunca salieron del Poder Ejecutivo de la Nación. El momento en sí, entendemos que es difícil, pero hay una particularidad que tiene este anteproyecto y es que, a diferencia de las leyes normales, no pierde estado parlamentario, por lo que el Congreso deberá dilucidar en qué momento estarán dadas las condiciones para iniciar el debate. Incluso, la versión que se envió al Congreso es la redacción pura de lo que se estipuló dentro de la comisión y ni el ministro Germán Garavano ni la ministra Patricia Bullrich cambiaron una coma de lo que está escrito. El organismo fue muy plural en materia ideológica a tal punto, que hubo muchos temas que no pudimos consensuar y tuvieron que ser determinados por el voto de la mayoría. Siempre la discusión estuvo centrada en los aspectos técnicos y es muy importante que ya se haya presentado.</p>
<p>-El Régimen Penal Juvenil no está incluído en el proyecto, ¿esta discusión quedará fuera de agenda?</p>
<p>-No va a quedar fuera de agenda pero, por lo general, este tipo de normativa debe ser contemplada de otra manera y de hecho, la trabajó una comisión independiente a la que integro. Hay que entender que los sistemas juveniles van y deben ir por fuera, porque se basan en una lógica distinta y porque tienen la sanción penal como último recurso. Hoy existe un importante número de herramientas previas para llegar a la solución del conflicto antes de una resolución punitiva. Es conveniente que la discusión se dé por fuera del Código Penal y que los técnicos encargados de la redacción de estas normas tengan un perfil diferente al nuestro para abordar la problemática desde otros ámbitos sin tener que ser evaluado solamente por juristas.</p>
<p>-La posibilidad de incorporar nuevos delitos o de aumentar penas a los existentes advierte la necesidad de una mejora en la cuestión penitenciaria, ¿esto está contemplado?</p>
<p>-Cuando se trabaja en una norma penal hay que mirar lo técnico sin dejar de ver la realidad. El sistema penitenciario, tanto a nivel provincial como federal, ha sido declarado en emergencia debido a que creció de manera exponencial la población carcelaria, pero esto no tiene que ver con que el régimen sea más punitivo ahora que antes, sino que se han creado herramientas que permiten agilizar los procesos. La Ley del Arrepentido, los juicios unipersonales o la Ley de Flagrancia, por citar algunos ejemplos, hicieron que el sistema sea más ágil y las causas se resuelven más rápido. </p>
<p>Hay algo que está muy mal hace años y que de a poco se está corrigiendo, y es la proporción que existe entre los detenidos que están condenados y los que están procesados. Hoy por hoy en el país, a nivel global, tenemos un 54 por ciento de personas condenadas y un 46 por ciento que aún está en prisión preventiva, por lo que mientras continúa la investigación, se encuentran encarceladas. Esta es la razón por la cual el sistema penitenciario está descompensado y colapsado. </p>
<p>Por eso se está estudiando la incorporación de nuevas alternativas, aunque muchas de ellas generan bastante reacción en la sociedad. Un ejemplo claro es la implementación de tobilleras electrónicas. Personalmente, considero que si alguien está en prisión preventiva sólo por el riesgo de fuga, es razonable que se pueda aplicar este método de control mientras está en su domicilio. Distinto es el caso del que está en la cárcel bajo esta figura porque obstaculiza la investigación. Creo que de esta manera, podríamos solucionar muchos casos de personas que se encuentran en una prisión al aguardo de una sentencia definitiva. </p>
<p>Dentro del anteproyecto del nuevo Código, nosotros contemplamos que no sólo la prisión preventiva sino incluso las condenas leves puedan ejecutarse de esta manera.</p>
<p>-Tal vez por la misma impronta que imprime el Gobierno, algunos sostienen que este es un Código que apela a la mano dura, ¿cuánto hay de cierto en esto?</p>
<p>-En este aspecto, voy a utilizar una reflexión del ministro Garavano. No creo que sea una normativa de mano dura, sino de mano justa. Estamos yendo por el medio y lo cierto es que si uno hace un paneo de todas las inquietudes que recepcionamos desde los foros de discusión que se pusieron en práctica a través de Justicia 2020, hay gente que solicitaba mucha dureza en algunas penas y otras personas que pedían bastante menos. Desde nuestro lugar hemos podido compensar y equilibrar esas solicitudes. Entre las 12 personas que integramos la comisión no logramos a veces ponernos de acuerdo, pero en un marco de pluralidad y de la búsqueda de la mejor sanción que se podía establecer, finalmente conseguimos articular una posición intermedia.</p>
<p>-Uno de los temas que más debate propiciaron tanto en la calle como en el recinto legislativo durante 2018 fue el aborto. En relación a esto, ¿qué postura se tomó?</p>
<p>-Ha sido el tema sin duda de mayor discusión y en efecto, las anteriores comisiones que debatieron sobre la temática quedaban trabadas en este punto y por ello, no pudieron enviar los anteproyectos al Congreso. Desde el primer día en que se puso en marcha el trabajo de la comisión hasta el último, se discutió sobre el aborto y no logramos obtener una idea consensuada, por lo que optamos por una postura intermedia. </p>
<p>Cuando nosotros terminamos de elaborar este proyecto aún estaba en el Congreso el debate por la legalización del aborto. Nosotros abordamos y resolvimos sobre el aspecto técnico, pero como el tema es tan sensible debido al impacto moral, religioso, filosófico, etc., creemos que debe ser debatido por los legisladores. En concreto, mantuvimos la tipificación entendiendo que es delito, pero ampliamos las causales de exculpación (el Estado no culpa, pero castiga) basadas en el riesgo de la vida para la madre y en la salud, física y mental, agregado que fue muy discutido por el ala celeste que está en contra de este concepto. Otro de los apartados aclara que se exculpa el aborto cuando el embarazo sea producto de una violación (abuso sexual). La exculpación alcanza a todos, tanto para quien asiste a realizarse la práctica como para quien la ejecuta. Además, se introdujo como excepción, la posibilidad de que el juez interviniente exima de pena incluso cuando no haya una causal de exculpación. Simplemente, cuando una causa llega al juzgado, el magistrado debe evaluar la naturaleza del hecho, los motivos, la actitud posterior y todas las circunstancias que llevaron a una mujer a tomar la decisión de abortar. Allí el sistema penal le dice al juez que debe poner una pena, aunque según su interpretación puede no ponerla. En el resto del Código Penal el juez está obligado a imponer una penalización. Más allá de lo que establece el anteproyecto, nosotros insistimos en que el debate definitivo se tiene que dar en el Congreso. </p>
<p>Los puntos salientes de la reforma</p>
<p>Para la elaboración del anteproyecto, los integrantes de la Comisión para la Reforma del Código Penal de la Nación estudiaron los proyectos anteriores, el derecho comparado, Convenciones Internacionales y Jurisprudencia. </p>
<p>Visitaron distintas provincias para el intercambio de pareceres y escucharon a las distintas Organizaciones No Gubernamentales, asociaciones que nuclean a las víctimas o familiares de víctimas de hechos delictivos.</p>
<p>Además se efectivizaron canales de comunicación por medio del Programa Justicia 2020 a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, para que los ciudadanos puedan expresar sus preocupaciones e inquietudes. </p>
<p>Con base en estos encuentros y a unas 80 reuniones plenarias, lograron incorporar cartorce nuevos Títulos al Libro II y se creó un Libro III.</p>
<p>Entre algunas de las novedades que contiene, se remarcan:</p>
<p>Decomiso en favor del Estado: </p>
<p>Abarca todas las cosas o bienes que hayan servido de instrumento o medio en la comisión del hecho y de los que constituyan el producto, provecho o la ganancia, directos o indirectos del delito, cualesquiera que sean las transformaciones que hubiere podido experimentar tanto para personas físicas como jurídicas.
Además, se prevé la posibilidad de decomisar los bienes anticipadamente y de manera definitiva y antes de la condena penal para todos los delitos en caso que se verifiquen ciertas condiciones, ya sea el sujeto activo involucrado una persona física o jurídica.
</p>
<p>Libertad condicional restringida: 
Imposibilidad de acceder a la libertad condicional para los reincidentes y para los condenados por delitos dolosos (homicidio agravado, abuso sexual agravado, secuestro extorsivo, etc.).

Medidas de seguridad luego de la condena:
Se incorpora el seguimiento socio judicial como una medida de seguridad posterior al cumplimiento de la pena hasta 10 años luego de cumplida la pena.</p>
<p>Colaborador eficaz:
Se mantiene la figura del colaborador eficaz (o arrepentido) para los delitos de narcotráfico, delitos aduaneros, terrorismo, corrupción de menores, privaciones ilegales de la libertad agravadas, trata de personas, soborno trasnacional, asociación ilícita y delitos de corrupción.</p>
<p>Violencia de género:</p>
<p>Se establece a la violencia de género como una circunstancia agravante de la pena que obliga al juez a imponer una pena dentro del tercio superior de la escala penal que corresponda para cada delito.</p>
<p>Reincidencia:
Se mantiene el instituto de la reincidencia para los delitos dolosos y se consagra el principio de reincidencia real según el cual se considerará reincidente a una persona cuando cumpla el mínimo de la pena de prisión prevista en el Código Penal y no cuando el condenado termine de cumplir el total de la pena impuesta.</p>
<p>Tenencia y portación ilegal de armas de fuego:
Se elevan las escalas penales para los delitos de tenencia y portación de armas de fuego de uso civil y de guerra, fijando la pena mínima en 3 años y 6 meses de prisión. Se prevé el tráfico ilegal de armas (nacional) con penas de 5 a 10 años de prisión.

Pornografía infantil:
Se mejora el tipo penal de grooming, ampliándolo a cualquier medio comisivo y previendo una escala penal más grave (con una pena máxima de 5 años de prisión), en consonancia con el aumento de la escala penal para los abusos sexuales simples (cuya máximo de la escala penal también fue elevado a 5 años de prisión).
Se tipifica la conducta de quien produzca, financie, ofrezca, comercie, publique, facilite, divulgue o distribuya por cualquier medio pornografía infantil, con penas de hasta 6 años de prisión y se prevé como delito la mera tenencia de pornografía infantil.</p>
<p>Agresiones en manifestaciones públicas:
Se incorpora como delito la conducta de quien en ocasión de una manifestación o concentración de personas, arrojare cuerpos contundentes o proyectiles contra otra persona de manera tal que pusiere en riesgo su integridad física, con una pena de hasta 2 años de prisión.
El máximo de la escala penal se eleva a 3 años de prisión cuando los cuerpos contundentes o proyectiles estén dirigidos a un miembro de las fuerzas de seguridad pública en el ejercicio de su función cargo o condición.</p>
<p>Delitos contra la seguridad del tránsito y medios de transporte:
Se tipifica la conducta con pena de hasta 3 años respecto de quien por cualquier medio detenga o entorpezca la marcha de un medio de transporte público o, sin autorización, detenga o entorpezca la marcha de un medio de transporte privado.</p>
<p>Delitos viales:</p>
<p>Se decidió la incorporación de dos delitos de peligro abstracto sancionados con pena de inhabilitación de 6 meses a 3 años y multa que tipifican la conducción a una velocidad superior en sesenta kilómetros por hora a la máxima permitida reglamentariamente y la conducción bajo los efectos de estupefacientes o con determinado nivel de alcohol en sangre.
Correlativamente, se tipifica la conducta del conductor que se niegue a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.</p>
<p>Corrupción:
Se prevé un aumento sustancial de las escalas penales respecto de los delitos de corrupción, en especial, de los delitos de cohecho (pasivo y activo), soborno transnacional, enriquecimiento ilícito, con escalas penales que van de 4 a 12 años de prisión de cumplimiento efectivo.</p>
<p>Enriquecimiento ilícito:
Se amplía el sujeto activo del delito de enriquecimiento ilícito (actualmente es sólo para funcionarios públicos) a todos aquellos sujetos obligados por ley a presentar declaraciones juradas patrimoniales, como son, por ejemplo, los titulares de obras sociales.</p>
<p>Terrorismo y financiamiento:
Se incorporan nuevas figuras en forma autónoma relacionadas con el terrorismo en un nuevo título que contiene los siguientes delitos: asociaciones ilícitas terroristas (con pena de 5 a 20 años de prisión, y una pena mínima de 10 años de prisión para los jefes u organizadores), acogimiento, reclutamiento, adoctrinamiento y entrenamiento de terroristas (con penas de hasta 15 años de prisión).
Se incluye un agravante genérico que eleva todas las escalas penales al doble de la pena cuando algún delito se cometa con fines terroristas, llegando a la prisión perpetua.
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<p>Narcotráfico y estupefacientes:</p>
<p>Se aumentan las escalas penales de 5 a 20 años de prisión para los eslabones más peligrosos de la cadena del narcotráfico.
Además, se aumenta el mínimo de la pena del tráfico de estupefacientes a 6 años de prisión cuando se trate de pasta base de cocaína (PACO).
Se agrega una nueva figura penal vinculada con la organización internacional dedicada al narcotráfico con pena de hasta 25 años de prisión para los jefes u organizadores de esta clase de organizaciones.</p>
<p>Trafico de sangre, órganos y manipulación genética:
Se incorporan los delitos de clonación reproductiva y creación de híbridos con fines de reproducción humana con penas de hasta 6 años de prisión. También se prevén los delitos de tráfico ilegal de órganos y delitos contra el régimen de transfusiones de sangre.

Delitos contra el ambiente:
Se sancionan los delitos de contaminación y otros daños graves al ambiente con pena de hasta 5 años de prisión, multa e inhabilitación tomando como parámetro la legislación nacional y provincial en la materia.
Se establecen agravantes, con pena de hasta 10 años de prisión cuando el hecho se cometiere mediante la utilización de residuos peligrosos, sustancias tóxicas o prohibidas, o cuando se provocare un peligro para la salud humana.
Se incorporan los delitos contra la biodiversidad y contra la fauna silvestre u otros animales, con pena alternativa de hasta 3 años de prisión o multa.
A su vez, se prevén los delitos de maltrato y crueldad contra los animales, con pena alternativa de hasta 4 años de prisión o multa. También se prevé el delito de sustracción o comercialización maliciosa de recursos genéticos.</p>
<p>Delitos en el deporte:
Se prevé un incremento del mínimo de la escala penal en dos tercios para los delitos de homicidio, lesiones, robo, tenencia y portación de armas de fuego cuando se cometan en el ámbito deportivo.
Además, se incorporan nuevos tipos penales, tales como el impedimento de un espectáculo deportivo, causar riesgo de aglomeración o avalancha, la distribución y venta no autorizada de entradas, la corrupción en el deporte, así como también el régimen penal para la prevención y control del dopaje en los espectáculos deportivos.</p>
<p>Delitos informáticos:
Se incorporan nuevos delitos informáticos: robo y hurto informático, daño informático, fraude informático, acceso ilegal a datos informáticos y &#8220;porno venganza&#8221;.
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<p>Delitos de genocidio, lesa humanidad y desaparición forzada de personas:
Se incorporan los delitos del Estatuto de Roma (genocidio, lesa humanidad, desaparición forzada de persona, crímenes de guerra y agresión) al Código Penal en un nuevo Libro Tercero que establece las reglas generales aplicables a esta clase de delitos, tales como la imprescriptibilidad de la acción penal, la imposibilidad de indulto o amnistía, la jurisdicción universal, la imposibilidad de libertad condicional, entre otras.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yQOx7SeIOHZHuEra_QeMblBMQuE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/03/069D8241-0371-4989-89F8-3995A432C786.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>A más de cien años de su redacción, el anteproyecto que contempla una reestructuración integral de la herramienta jurídica fue remitido al Congreso. El abogado tandilense Carlos González Guerra, integrante de la Comisión de Reforma, especificó los alcances de la nueva normativa que endurece algunas penas y tipifica nuevas conductas. El aborto, en el eje del debate, seguirá siendo punible.
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                <updated>2019-04-02T08:06:34+00:00</updated>
                <published>2019-04-01T06:45:00+00:00</published>
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