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    <title>El Eco de Tandil</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Tandil.</subtitle>
    <updated>2026-05-06T17:47:29+00:00</updated>
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            AFA: Claudio Tapia reclamó contra el fallo que frenó la apelación de su procesamiento
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/afa-claudio-tapia-reclamo-contra-el-fallo-que-freno-la-apelacion-de-su-procesamiento" type="text/html" title="AFA: Claudio Tapia reclamó contra el fallo que frenó la apelación de su procesamiento" />
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                <![CDATA[El Eco IA]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/vCooNzjCj8CgIEoF-AteVG6vjoI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/03/tapia_conmebol.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio Tapia, solicitó revocar una resolución de la Cámara en lo Penal Económico que impidió la continuidad de su defensa en la causa donde se encuentra procesado. El dirigente está acusado de no depositar en el plazo legal 19.000 millones de pesos correspondientes a aportes retenidos.</p><p>A través de un recurso de reposición, el abogado Luis Charro sostuvo que el tribunal aplicó una sanción basada en una ficción procesal. La semana pasada, la justicia declaró desierto el recurso de apelación de Claudio Tapia, cerrando la posibilidad de presentar nuevos argumentos contra el procesamiento, el embargo y la prohibición de salida del país dictada por el juez Diego Amarante.</p><p>La defensa argumentó que la sanción se apoya en la incomparecencia a una audiencia oral que no se celebra materialmente. Según el planteo, el esquema previsto en el artículo 454 del Código Procesal Penal fue modificado durante la pandemia y reemplazado por la presentación de escritos.</p><p>“No resulta jurídicamente admisible conservar las consecuencias propias del régimen anterior sobre una estructura procesal que ya no existe en los hechos”, subrayó el letrado.</p><p>&nbsp;</p><p>Para el representante legal de la Asociación del Fútbol Argentino, la resolución judicial implica un exceso de rigor formal que vulnera el derecho a defensa. Afirmó que no hubo desinterés, sino un error de interpretación en una secuencia confusa de audiencias reprogramadas. El escrito también invoca jurisprudencia de la Corte Suprema contra el ritualismo excesivo.</p><p>Por su parte, los jueces Roberto Hornos y Carolina Robiglio argumentaron que el cumplimiento de los términos es una garantía para las partes y asegura el principio de bilateralidad. Señalaron que la defensa no presentó el memorial en tiempo y forma, ya que la audiencia fue fijada para el 24 de abril y el escrito se entregó recién el 28 de abril.</p><p>La situación procesal de Claudio Tapia, el tesorero Pablo Toviggino y otros tres dirigentes sigue bajo revisión. La Cámara en lo Penal Económico fijó una nueva audiencia para el 11 de mayo. En tanto, el fiscal Claudio Navas Rial y la querella de ARCA buscan agravar la acusación por deudas vinculadas a retenciones por publicidad, postura respaldada por el fiscal Gabriel Pérez Barberá.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/vCooNzjCj8CgIEoF-AteVG6vjoI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/03/tapia_conmebol.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El presidente de la Asociación del Fútbol Argentino solicitó revocar la decisión que declaró desierto su recurso, argumentando que se basó en una ficción procesal.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-05-06T17:47:29+00:00</updated>
                <published>2026-05-06T17:44:43+00:00</published>
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            Un fiscal recurrió a la Corte Suprema para frenar el pago de la pensión de Cristina Kirchner
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                <![CDATA[El Eco IA]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4lYnLoYJuPOfevTFCwDLYH6uvOY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/florencia_kirchner.JPG" class="type:primaryImage" /></figure><p>La controversia sobre los beneficios previsionales de la expresidenta Cristina Kirchner sumó un nuevo capítulo judicial esta semana. El fiscal Juan Carlos Paulucci presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de la Nación con el objetivo de impedir que se reactive el pago de una de las prestaciones millonarias que la exfuncionaria percibía hasta noviembre de 2024.</p><p>Actualmente, se encuentra vigente una medida cautelar que restableció el pago de la pensión que cobra la exmandataria, y la reciente presentación del recurso no suspende dicho cobro. El monto en disputa incluye un adicional por zona austral, a pesar de que la expresidenta cumple prisión domiciliaria en su departamento porteño tras ser condenada en la causa Vialidad. Esta diferencia se discute en un expediente paralelo.</p><p>La decisión de Juan Carlos Paulucci, quien se desempeña como fiscal subrogante ante la Fiscalía General N° 1 de la Cámara de la Seguridad Social, se produjo luego de que la Sala III de la Cámara Federal de ese fuero rechazara, por mayoría, elevar el expediente a la Corte Suprema de la Nación. Tras la condena por administración fraudulenta confirmada por la justicia, la Anses había anulado en noviembre de 2024 tanto la pensión como la asignación vitalicia.</p><p>La semana pasada, la Cámara Federal de la Seguridad Social había rechazado el pedido de la Anses y del Ministerio Público Fiscal para que el máximo tribunal interviniera. La mayoría del tribunal entendió que la suspensión del acto contra la exfuncionaria no es un fallo sobre el fondo del asunto, sino que congela la medida de baja hasta que se dicte una sentencia definitiva.</p><p>Al analizar la posibilidad de revisar la medida, el juez Sebastian Eduardo Russo explicó que</p><p>“los pronunciamientos sobre medidas cautelares no constituyen sentencias definitivas o equiparables a tales, y por lo tanto no son susceptibles del recurso extraordinario federal”. El magistrado remarcó el carácter provisional de estas decisiones, aclarando que pueden modificarse en cualquier momento.</p><p>&nbsp;</p><p>Por su parte, el juez Juan A. Fantini Albarenque afirmó que</p><p>“la mera circunstancia de que una de las partes fuera la expresidenta de la Nación no resulta determinante a la hora de resolver sobre la admisión o no de un recurso extraordinario”.</p><p>No obstante, la fiscalía insistió en que el caso requiere la intervención urgente de la Corte Suprema de la Nación por los intereses públicos en juego, derivando ahora en la presentación del recurso de queja.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4lYnLoYJuPOfevTFCwDLYH6uvOY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/florencia_kirchner.JPG" class="type:primaryImage" /></figure>El fiscal Juan Carlos Paulucci presentó un recurso de queja ante el máximo tribunal para impedir que se reactive el pago de las prestaciones previsionales de la exmandataria.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-05-06T14:25:13+00:00</updated>
                <published>2026-05-06T14:25:07+00:00</published>
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            Aprobaron un protocolo para agilizar la donación de órganos en casos de muerte traumática
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/provincia/aprobaron-un-protocolo-para-agilizar-la-donacion-de-organos-en-casos-de-muerte-traumatica" type="text/html" title="Aprobaron un protocolo para agilizar la donación de órganos en casos de muerte traumática" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ILefaK6p0IAO6WAbO239NJKJiH4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/donacion.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Procurador General, Dr. Julio Conte-Grand, el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Dr. Sergio Gabriel Torres, el Ministro de Seguridad, Eduardo Javier Alonso, el Ministro de Salud, Nicolás Kreplak y el presidente del CUCAIBA, Francisco Leone, suscribieron un acuerdo de cooperación para optimizar los procesos de ablación y trasplante, garantizando la celeridad judicial y el respeto a las investigaciones penales.</p><p>Con el objetivo estratégico de salvar vidas y dotar de mayor previsibilidad a los procesos judiciales, se formalizó la aprobación del Protocolo de Actuación Integral en Procesos de Ablación de Órganos y/o Tejidos en Casos de Muerte Traumática.</p><p>Esta iniciativa surge de un trabajo articulado entre la Procuración General, la Suprema Corte de Justicia, el Ministerio de Seguridad y el CUCAIBA, en busca de mejorar la coordinación entre los distintos actores involucrados.</p><p>El nuevo protocolo armoniza lo establecido por la Ley Justina, Ley Nacional N° 27.447, y la Ley Provincial N° 15.419, con el Código Procesal Penal bonaerense. Su finalidad es resolver la histórica tensión entre la necesidad médica de una ablación inmediata y la preservación de pruebas en investigaciones de muertes violentas o sospechosas de criminalidad.</p><p>A través de esta normativa, se establecen plazos estrictos y responsabilidades claras para magistrados, fiscales, peritos médicos y fuerzas de seguridad.</p><p>Entre los puntos más destacados, se establece la prioridad y celeridad, ya que el Juez de Garantías deberá resolver la autorización de ablación en un plazo máximo de cuatro horas. También se fija la intervención fiscal, con un plazo de dos horas para que el Agente Fiscal emita su opinión sobre la viabilidad del procedimiento, asegurando que no se comprometa el examen autopsiano posterior. Además, se refuerza la coordinación pericial, garantizando que las autopsias de donantes tengan prioridad absoluta en las morgues policiales y facilitando la entrega del cuerpo a sus familiares sin demoras innecesarias.</p><p>Para el MPBA, este protocolo representa un avance fundamental en la gestión de las Investigaciones Penales Preparatorias, ya que la participación temprana del médico legista y la comunicación fluida con el CUCAIBA permiten actuar con sensibilidad humana sin descuidar el rigor técnico-científico.</p><p>El acuerdo marco incluye además un compromiso de capacitación permanente para todos los operadores involucrados, con el objetivo de que tanto el personal policial como los instructores judiciales y el personal sanitario compartan criterios y procedimientos estandarizados que reduzcan los tiempos de respuesta.</p><p>Con esta firma, la Provincia de Buenos Aires se posiciona a la vanguardia en materia de procuración de órganos, destacando que la coordinación interinstitucional es clave para garantizar el derecho a la salud de los pacientes en lista de espera y el acceso a la justicia para toda la sociedad.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ILefaK6p0IAO6WAbO239NJKJiH4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/donacion.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La medida fija plazos estrictos para la Justicia y busca compatibilizar la ablación con las investigaciones penales, con el objetivo de salvar vidas.]]>
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                                <category term="provincia" label="Provincia" />
                <updated>2026-05-05T23:15:05+00:00</updated>
                <published>2026-05-05T23:15:00+00:00</published>
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        <title>
            Buscan implementar incentivos fiscales para la inclusión laboral de personas con discapacidad
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/politica/buscan-frenar-la-eliminacion-de-incentivos-fiscales-para-la-inclusion-laboral-de-personas-con-discapacidad" type="text/html" title="Buscan implementar incentivos fiscales para la inclusión laboral de personas con discapacidad" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GTAEYPKxyKHRWpLZIKtMaU4Mj1M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/ley.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El gobierno nacional continúa avanzando con medidas que afectan la ley de Emergencia en Discapacidad. Mientras la discusión se traslada a la Corte Suprema de Justicia, el oficialismo envió al Congreso un proyecto de ley que elimina diversos derechos del colectivo, entre ellos, los beneficios fiscales para las empresas que promueven la inclusión laboral.</p><p>Ante este escenario, el diputado de Unión por la Patria, Cristian Andino, presentó una iniciativa que busca transformar la inserción de personas con discapacidad en el mercado de trabajo. El proyecto, acompañado por los legisladores Jorge Chica, Nancy Sand, Christian Zulli, Gabriela Pedrali, Pablo Todero y Jorge Araujo Hernández, fue remitido a las comisiones de Legislación del Trabajo, Discapacidad y Presupuesto y Hacienda.</p><p>La propuesta establece que el sector privado debe adoptar medidas concretas para garantizar la igualdad de oportunidades, integrando la inclusión como un componente estratégico de la Responsabilidad Social Empresaria (RSE). El texto abarca a todas las personas jurídicas y humanas que desarrollen actividades económicas en el país, con adaptaciones para micro, pequeñas y medianas empresas.</p><p>Entre las obligaciones para las compañías, se destaca la incorporación progresiva de personas con discapacidad a la plantilla de personal y la contratación de proveedores que gestionen unidades productivas inclusivas. Además, las empresas deberán contar con descripciones de puestos accesibles y protocolos de prevención frente al acoso y la discriminación.</p><p>Para fomentar estas prácticas, el proyecto introduce un régimen de incentivos. Las firmas que cumplan con los requisitos tendrán prioridad en contrataciones con el Estado nacional, acceso preferencial a financiamiento y una reducción del 50% en aportes y contribuciones patronales por los empleados con discapacidad.</p><p>Un punto fundamental de la iniciativa es que garantiza que el acceso al empleo formal no provocará la pérdida de la Pensión No Contributiva por Discapacidad (PNC), atendiendo un reclamo histórico del sector. Asimismo, se prevé la creación del Registro Nacional de Empresas Socialmente Responsables e Inclusivas para otorgar un sello oficial a las organizaciones cumplidoras.</p><p>Según los impulsores, la medida busca "transformar el paradigma de la inclusión laboral en la Argentina, pasando de la promoción voluntaria a la responsabilidad compartida y garantizando condiciones de igualdad real en el mercado de trabajo", tal como se detalla en el documento ingresado a la Cámara de Diputados.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GTAEYPKxyKHRWpLZIKtMaU4Mj1M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/ley.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El diputado Cristian Andino presentó un proyecto de ley que establece beneficios para las empresas que adopten políticas inclusivas y garantiza que el acceso al empleo formal no implique la pérdida de la pensión.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2026-05-02T20:20:05+00:00</updated>
                <published>2026-05-02T20:13:07+00:00</published>
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            La Corte bonaerense reclamó autarquía financiera y pidió cubrir vacantes en el Poder Judicial
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/provincia/la-corte-bonaerense-reclamo-autarquia-financiera-y-pidio-cubrir-vacantes-en-el-poder-judicial" type="text/html" title="La Corte bonaerense reclamó autarquía financiera y pidió cubrir vacantes en el Poder Judicial" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YQa-W1b6N3uYf27WTf8xj_pNLWg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/corte_suprema_bonaerense.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires presentó un proyecto para fortalecer el Poder Judicial, en el que reclamó autarquía financiera y la urgente cobertura de vacantes en distintos niveles del sistema judicial.</p><p>El planteo fue encabezado por su presidente, Sergio Torres, junto a los ministros Hilda Kogan y Daniel Soria, además del procurador general Julio Conte Grand, quienes expusieron la necesidad de avanzar en dos ejes centrales: el presupuesto y la designación de cargos pendientes.</p><p>Durante la presentación, Torres advirtió que el tribunal funciona con una integración incompleta desde hace años. “Este superior tribunal se encuentra inéditamente desintegrado”, sostuvo, al señalar que actualmente cuenta con solo tres miembros sobre los siete previstos por ley.</p><p>En ese sentido, remarcó que cubrir las vacantes no es una cuestión menor, sino una condición esencial para el funcionamiento institucional: implica garantizar la toma de decisiones estratégicas y el ejercicio pleno de las competencias del Poder Judicial.</p><p>El déficit no se limita a la Corte. Según se indicó, todavía quedan más de 200 cargos vacantes en el sistema judicial bonaerense, pese a que durante 2025 se concretaron más de 400 designaciones.</p><p>Otro de los puntos centrales del proyecto es la autarquía financiera. Desde el máximo tribunal sostienen que la dependencia del Poder Ejecutivo para la asignación de recursos condiciona su funcionamiento.</p><p>“No hay independencia judicial posible sin autarquía financiera”, afirmó Torres, al argumentar que la posibilidad de administrar su propio presupuesto es clave para garantizar un servicio de justicia eficaz.</p><p>Actualmente, cerca del 90% del presupuesto judicial se destina a salarios, lo que limita la capacidad de gestión y planificación del sistema.</p><p>Un mensaje político al Ejecutivo y la Legislatura</p><p>El proyecto, denominado “Fortalecimiento del Poder Judicial”, fue presentado con el respaldo de distintos sectores del ámbito judicial, como colegios de magistrados, abogados y la Asociación Judicial Bonaerense.</p><p>La iniciativa constituye también un mensaje hacia el gobierno provincial de Axel Kicillof y la Legislatura, a quienes se les pidió avanzar en consensos para resolver tanto la cuestión presupuestaria como la cobertura de cargos.</p><p>El planteo se da en un contexto de debate sobre la calidad institucional y el funcionamiento del sistema judicial, donde desde la Corte insisten en que la falta de integración y de autonomía económica impacta directamente en la eficiencia del servicio de justicia.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YQa-W1b6N3uYf27WTf8xj_pNLWg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/corte_suprema_bonaerense.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El máximo tribunal provincial presentó un proyecto de ley y advirtió que su actual integración “inéditamente desintegrada” afecta el funcionamiento institucional.]]>
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                                <category term="provincia" label="Provincia" />
                <updated>2026-04-28T21:35:27+00:00</updated>
                <published>2026-04-28T21:32:41+00:00</published>
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            El Gobierno anticipó que la reforma laboral “terminará en la Corte”
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/el-gobierno-anticipo-que-la-reforma-laboral-terminara-en-la-corte" type="text/html" title="El Gobierno anticipó que la reforma laboral “terminará en la Corte”" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8wRFJp015x0BRy0D1ND8mfERsFE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/milei_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno nacional anticipó que la disputa por la reforma laboral se resolverá en la Corte Suprema de Justicia, en un contexto marcado por las presentaciones judiciales impulsadas por la Confederación General del Trabajo (CGT).</p><p>“La vigencia o no de la reforma laboral va a ser determinada por la Corte Suprema, ahí va a terminar”, afirmó un funcionario de primera línea del entorno del presidente Javier Milei, al referirse al futuro de la normativa.</p><p>En el oficialismo consideran que la estrategia judicial del sindicalismo es el único camino que le queda, aunque anticipan que el desenlace no será favorable para la central obrera cuando intervenga el máximo tribunal.</p><p>La tensión se incrementó luego de que la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declarara la semana pasada la validez de la reforma laboral, en el marco de la causa “Confederación General del Trabajo de la República Argentina / Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional s/ Acción Declarativa”.</p><p>En ese fallo, los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González resolvieron modificar el alcance de la apelación, lo que permitió que la normativa impulsada por el Gobierno recuperara su plena vigencia operativa, tras la medida cautelar que había suspendido 82 artículos.</p><p>Sin embargo, el conflicto judicial está lejos de cerrarse. Este lunes, la CGT recusó a ambos magistrados y solicitó la nulidad absoluta del fallo, al considerar que hubo prejuzgamiento sobre cuestiones de fondo vinculadas a los derechos laborales en discusión.</p><p>Además, la central obrera cuestionó particularmente a Pesino, al señalar un supuesto favorecimiento a la posición del Estado nacional, en paralelo a un pedido ante el Consejo de la Magistratura para que continúe en su cargo más allá de los 75 años, tal como lo establece la Constitución Nacional.</p><p>En el escrito presentado, la dirigencia sindical definió como “descalificable” la conducta del Estado, al sostener que promover la continuidad de un magistrado que falló a favor del oficialismo “constituye una conducta contraria a la ética” y una causa objetiva de apartamiento.</p><p>De esta manera, la disputa por la reforma laboral se encamina a una definición judicial de máxima instancia, en un escenario de fuerte confrontación entre el Gobierno y el movimiento obrero.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8wRFJp015x0BRy0D1ND8mfERsFE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/milei_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>En medio de la ofensiva judicial de la CGT, el oficialismo aseguró que la definición quedará en manos del máximo tribunal.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-04-27T22:10:08+00:00</updated>
                <published>2026-04-27T22:07:20+00:00</published>
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        <title>
            Con Kicillof al frente, la Provincia vuelve a la Corte por una deuda de Anses
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/politica/con-kicillof-al-frente-la-provincia-vuelve-a-la-corte-por-una-deuda-de-anses" type="text/html" title="Con Kicillof al frente, la Provincia vuelve a la Corte por una deuda de Anses" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lxgMBUb44WkUTF2qQT5J7NEGtwU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/kicillof_mdf.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El gobernador Axel Kicillof encabezará este martes una reunión en la Corte Suprema frente a representantes del Gobierno de Javier Milei en la que la Provincia reclama la devolución de $2,2 billones que Anses debe al sistema jubilatorio bonaerense. Es la segunda audiencia en esta causa, y en La Plata confían en tener una resolución favorable.</p><p>Se trata de la segunda audiencia, tras la del 17 de marzo, en la que ante el máximo tribunal se debate la constitucionalidad del DNU 280/2024 de Milei, que suspendió la trasferencia de fondos del Anses destinados a cubrir los déficits previsionales de las cajas provinciales no transferidas al Estado Nacional. Sin embargo, la nota en este segundo encuentro está dada por la presencia de Kicillof, quien regresó hace pocas horas de España.</p>Kicillof reclama fondos de Anses ante la Corte Suprema<p>En concreto, Provincia presentó la demanda en abril de 2024 para reclamar que Nación restableciera “las transferencias y las actualizaciones correspondientes” a la compensación por el déficit de las cajas jubilatorias reconocida en la ley 27.701. El reclamo acumulado, a valores actualizados, asciende a unos 2,2 billones de pesos.</p><p>En la primera audiencia, Anses argumentó que no contaba con información suficiente para calcular las transferencias adeudadas, y la Corte le dio 30 días para verificar si realmente le faltaba información o si la Provincia ya se la había remitido. El mismo día de esa reunión entre ambas partes, el Gobierno de Milei cambió al titular de la Anses: se fue Fernando Omar Bearzi y fue designado Guillermo Arancibia.</p><p>Más allá de contactos técnicos entre ambas jurisdicciones, la Provincia espera que tras el encuentro de este martes a las 11 la Corte dicte una cautelar que obligue a Nación a retomar los giros mínimos de subsistencia. Paralelamente, se inicia el camino judicial para definir la cuestión de fondo, algo que demandará varios meses.</p><p>Cabe recordar que la administración Kicillof inició otras demandas al Gobierno nacional, entre ellas, por el recorte de los fondos vinculados a la seguridad (Fondo de Fortalecimiento Fiscal), al transporte (Fondo de Compensación al Transporte del Interior) y a los salarios docentes (Fondo Nacional de Incentivo Docente).</p><p>El ministro de Economía bonaerense, Pablo López, resumió la magnitud del conflicto al señalar que las deudas totales ascienden a $15,6 billones y que desde la asunción de Milei la pérdida de recursos -entre deuda directa, obras paralizadas y caída de la recaudación- llega a $22,2 billones.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lxgMBUb44WkUTF2qQT5J7NEGtwU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/kicillof_mdf.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El gobernador estará presente este martes en la segunda audiencia ante el máximo tribunal por el reclamo de una deuda millonaria.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2026-04-20T21:40:58+00:00</updated>
                <published>2026-04-20T21:36:50+00:00</published>
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        <title>
            El Gobierno nacional presentó un per saltum ante la Corte Suprema: qué es
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/el-gobierno-nacional-presento-un-per-saltum-ante-la-corte-suprema-que-es" type="text/html" title="El Gobierno nacional presentó un per saltum ante la Corte Suprema: qué es" />
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                <![CDATA[El Eco IA]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6kfadfl3HB899bEMSwF9M0WnYDA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/03/milei_4.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El per saltum es un recurso judicial extraordinario que permite llevar un caso directamente a la Corte Suprema, sin pasar por las instancias intermedias, como las cámaras de apelación. Se trata de una herramienta excepcional dentro del sistema judicial argentino, que solo puede utilizarse cuando el caso presenta una situación de gravedad institucional o requiere una resolución urgente por su impacto.</p><p>El Gobierno decidió recurrir a este mecanismo en el conflicto por la reforma laboral, luego de que un juez suspendiera más de 80 artículos de la norma tras un planteo de la CGT. El objetivo del recurso es acelerar los tiempos judiciales y evitar que el expediente pase por tribunales intermedios, de modo que el máximo tribunal intervenga de forma directa y defina el caso.</p><p>En este contexto, la Procuración del Tesoro solicitó que la Corte Suprema deje sin efecto la medida cautelar y restituya la vigencia de la ley mientras se resuelve el fondo del conflicto. El planteo oficial sostiene que la suspensión de una ley nacional por parte de un juez de primera instancia implica un problema institucional y afecta el principio de división de poderes, uno de los argumentos centrales para justificar el uso de este recurso.</p><p>Para que el per saltum avance, la Corte Suprema debe aceptar su tratamiento. En caso contrario, la causa continúa su trámite habitual en las instancias judiciales inferiores. De esta manera, el recurso se convierte en una vía directa y excepcional hacia el máximo tribunal, utilizada en casos puntuales donde se busca una definición rápida sobre temas de alto impacto político, económico o institucional.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6kfadfl3HB899bEMSwF9M0WnYDA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/03/milei_4.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El Poder Ejecutivo busca que el máximo tribunal intervenga de manera directa para dejar sin efecto la cautelar que suspendió más de 80 artículos de la normativa tras el planteo de la CGT.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-04-17T11:56:00+00:00</updated>
                <published>2026-04-17T11:55:50+00:00</published>
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        <title>
            La Corte Suprema propone cambios en la selección de jueces para reducir la incidencia política
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/politica/la-corte-suprema-propone-cambios-en-la-seleccion-de-jueces-para-reducir-la-incidencia-politica" type="text/html" title="La Corte Suprema propone cambios en la selección de jueces para reducir la incidencia política" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JVyciCQePMdjUNlMXoHedWSW6vM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/03/corte_suprema.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Corte Suprema de Justicia propuso una profunda reforma en el sistema de selección de candidatos a jueces federales y nacionales. El proyecto, que fue elevado para su análisis al Consejo de la Magistratura, tiene como objetivo central fijar un límite al margen de acción política en los criterios de evaluación de los postulantes.</p><p>El nuevo reglamento lleva la firma de los jueces Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Cabe destacar que el documento no cuenta con la rúbrica del presidente de la máxima instancia judicial, Horacio Rosatti, lo que evidencia un cambio en la dinámica interna del tribunal. La propuesta surge en un contexto donde el Consejo de la Magistratura se encamina a modificar su relación de fuerzas, con una mayor incidencia del oficialismo de La Libertad Avanza (LLA).</p>Criterios objetivos y transparencia<p>La iniciativa busca reducir la discrecionalidad mediante la implementación de un banco de preguntas y un sistema de corrección mediante multiple choice. Uno de los puntos más relevantes es la pérdida de peso de la entrevista personal, que históricamente fue un espacio de alta incidencia política. Con el nuevo esquema, esta instancia solo podrá otorgar un puntaje con un límite del diez por ciento del total, reduciendo al mínimo su capacidad de alterar el orden de mérito.</p><p>Asimismo, el reglamento introduce la obligatoriedad de realizar concursos anticipados, incluso antes de que se produzcan las vacantes. Esta medida pretende licuar la influencia del contexto político del momento en el que se desarrolla el proceso de selección y evitar que las vacantes prolongadas afecten el servicio de justicia.</p>Evaluación técnica y anonimato<p>El proceso evaluativo se dividirá en dos etapas para garantizar la objetividad. La primera instancia será de carácter general y técnico, con una calificación automatizada que medirá conocimientos sin discrecionalidad. La segunda etapa, de índole práctica, evaluará la capacidad de resolución de casos y la redacción de sentencias. Todo el sistema se apoyará en herramientas digitales que aseguren la trazabilidad y el anonimato de los postulantes para blindar el proceso frente a interferencias externas.</p><p>Además, se establece un sistema de evaluación de antecedentes tabulado, donde la formación académica, los promedios universitarios y la trayectoria judicial se ponderarán mediante métricas verificables. De esta manera, se busca sustituir las valoraciones subjetivas por indicadores claros, como el rendimiento académico en la carrera de grado. Si bien en el organismo existen otras 14 propuestas, esta acordada de la Corte Suprema de Justicia es de cumplimiento obligatorio para el cuerpo colegiado.</p><p>Finalmente, el proyecto fue comunicado a las Cámaras nacionales y federales de todo el país, así como a los Supremos Tribunales de Justicia de las provincias. Para su aprobación definitiva en el plenario del organismo, se requerirán mayorías agravadas, consolidando así la influencia de la Corte Suprema de Justicia sobre el proceso de selección en desmedro de la discrecionalidad de los consejeros.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JVyciCQePMdjUNlMXoHedWSW6vM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/03/corte_suprema.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Los jueces Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti presentaron un nuevo reglamento ante el Consejo de la Magistratura que busca limitar la discrecionalidad y priorizar criterios técnicos en los concursos.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2026-03-26T12:05:09+00:00</updated>
                <published>2026-03-26T12:04:15+00:00</published>
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            La Corte Suprema dejó firme la condena a Claudio Castaño por abuso sexual
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/la-ciudad/la-corte-suprema-dejo-firme-la-condena-a-claudio-castano-por-abuso-sexual" type="text/html" title="La Corte Suprema dejó firme la condena a Claudio Castaño por abuso sexual" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/la-ciudad/la-corte-suprema-dejo-firme-la-condena-a-claudio-castano-por-abuso-sexual">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Fsr0gjRwQNI11HLU64dZ6V4GL_Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/b244fee8-casta%C3%B1o-2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena contra el abogado Claudio Castaño por abuso sexual con acceso carnal a un joven que padece esquizofrenia, al rechazar una presentación de la defensa que buscaba revertir la sentencia.</p><p>Los hechos ocurrieron en 2016, cuando la víctima relató que fue llevada engañada a la casa del letrado y allí fue forzada sexualmente. Según su testimonio, no pudo defenderse ante las amenazas del abogado y por el temor que le generaba saber que en la vivienda había armas. Castaño negó las acusaciones y afirmó que las relaciones existieron pero fueron consentidas.</p><p>En 2022, el Tribunal Oral en lo Criminal N.º 1 de Azul lo condenó a 10 años y diez meses de prisión. Esa pena fue confirmada en 2023 por el Tribunal de Casación bonaerense. En septiembre de 2024, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires rechazó la queja interpuesta por la defensa.</p><p>La decisión de la Corte Suprema de la Nación dejó firme la condena también por incumplimiento de la acordada que regula las presentaciones ante ese tribunal, por lo que ya no quedan vías extraordinarias procesales disponibles para la defensa.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Fsr0gjRwQNI11HLU64dZ6V4GL_Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/b244fee8-casta%C3%B1o-2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El caso se remonta a 2016, cuando un joven denunció que fue llevado engañado a la casa del letrado y que allí fue forzado sexualmente.]]>
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                                <category term="la-ciudad" label="La Ciudad" />
                <updated>2026-02-27T20:05:06+00:00</updated>
                <published>2026-02-26T22:34:14+00:00</published>
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            Manaos deberá pagar 800 millones de pesos a un empleado
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/manaos-debera-pagar-800-millones-de-pesos-a-un-empleado" type="text/html" title="Manaos deberá pagar 800 millones de pesos a un empleado" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/nacionales/manaos-debera-pagar-800-millones-de-pesos-a-un-empleado">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pWF72hZ_dTx57CsOZEqzGRkyo4Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/07/manaos.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Suprema Corte de Justicia de Mendoza asestó un golpe financiero a la empresa Refres Now S.A., fabricante de la gaseosa Manaos, al confirmar una condena por despido que obliga a la firma a desembolsar más de 800 millones de pesos a un exdistribuidor.</p><p>Si bien el máximo tribunal provincial admitió parcialmente un recurso extraordinario y recalculó a la baja la cifra inicial, que rondaba los 1.500 millones, ratificó la existencia de una relación de dependencia no debidamente registrada y la responsabilidad de la compañía en el distracto laboral.</p><p>La controversia legal tuvo su origen en la ciudad de San Rafael, donde la Cámara Segunda del Trabajo determinó que el demandante, quien se desempeñó como distribuidor en las provincias de Mendoza, San Juan y La Pampa, mantuvo un vínculo laboral con la empresa entre los años 2013 y 2022.</p><p>Según consta en el expediente, el trabajador logró acreditar irregularidades en la registración de su contrato durante gran parte del período analizado. La sentencia original consideró probada la existencia de un "vínculo de dependencia no debidamente registrado", lo que derivó en una condena inicial de alto impacto para el sector empresario.</p><p>Al revisar las actuaciones, los ministros de la Corte, Omar Palermo, Mario Adaro y Norma Llaster, decidieron reformular la sentencia dictada en la causa "Refres Now SA p/ Despido". Con la nueva resolución, el tribunal dispuso que la empresa deberá abonar al trabajador la suma de $223.419.076,66 en concepto de capital y $584.257.217,06 por intereses calculados al 11 de abril de 2025. El fallo aclara que el monto total de $807.676.293,72 se establece "sin perjuicio de los intereses que continúen devengándose hasta el efectivo pago".</p><p>A pesar de confirmar la condena principal, el máximo tribunal introdujo modificaciones técnicas en los rubros indemnizatorios. En particular, la Corte rechazó parcialmente la demanda en lo referido a la indemnización prevista en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), vinculada a la entrega de certificados laborales.</p><p>Este rubro, que ascendía a $34.796.852,75, fue desestimado por los magistrados al evaluar la correcta aplicación del derecho. Asimismo, el fallo determinó que los intereses para los ítems rechazados se calculen conforme a la tasa prevista en la Ley 9041.</p><p>La resolución judicial adquiere relevancia no solo por la envergadura de la empresa -productora también de las marcas Villa Manaos, Placer, Bichi y Fernandito- sino por la magnitud de la cifra en un contexto de debate sobre la reforma laboral.&nbsp;</p><p>La Corte evitó reabrir la discusión sobre los hechos ya probados en la instancia anterior y se centró en la estructura económica de la liquidación. Al respecto, el tribunal sostuvo la metodología de cálculo para la obligación principal, subrayando que la responsabilidad de la firma por el despido incausado se mantiene firme a pesar de los ajustes realizados en la cuantificación final.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pWF72hZ_dTx57CsOZEqzGRkyo4Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/07/manaos.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Tras revisar el fallo de cámara, el máximo tribunal provincial ajustó los rubros indemnizatorios por la desvinculación de un distribuidor de la firma.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-02-14T15:20:19+00:00</updated>
                <published>2026-02-14T15:17:05+00:00</published>
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        <title>
            La determinación de cubrir vacantes en la Corte, entre las prioridades del Gobierno
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/cARkMc1UoBao2c2IswyrZ0pgQzY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/corte.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Entre las prioridades del Gobierno Nacional para este 2026, figura con particular centralidad la determinación de cubrir los cargos vacantes en el Poder Judicial y la necesidad de completar la Corte Suprema de Justicia, según reveló una fuente oficial a la Agencia Noticias Argentinas.</p><p>“La idea primero es cubrir, después debatiremos si avanzamos con la ampliación”, sostuvo un funcionario al tanto ante esta agencia respecto a los planes de ampliar a siete miembros el Máximo Tribunal que hasta entonces funciona con tres.</p><p>Lo cierto es que la compleja situación institucional producida por la ausencia autoridades titulares entre jueces, fiscales y defensores federales ante la falta de designaciones complejiza el normal funcionamiento de la justicia por lo que el Poder Ejecutivo se prepara para resolver a partir del mes de marzo.</p><p>De esta forma, en los planes del Ministerio de Justicia que comanda Mariano Cúneo Libarona, hasta -por lo menos- el mes de marzo, tiene en carpeta varios nombres para sumar a la nómina que encabeza Horacio Rosatti y compone Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.</p><p>Entre las posibilidades, hay quienes admiten que entre la lista de posibles figuran varios nombres de juezas mujeres para reemplazar a Elena Highton de Nolasco, quien presentó su renuncia en 2021.</p><p>Asimismo, el oficialismo sigue de cerca los apoyos en la Cámara de Senadores, que deberá aprobar con dos tercios de los presentes las dos propuestas que envíe el presidente Javier Milei. Pese a que un sector argumenta que la jefa de bloque de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, cuenta con un piso de 44 voluntades, otros cuestionan esa cifra.</p><p>“Eso no es real. Patricia sabe mucho de política, pero nadie tiene 44 votos. Lo destituiría a Milei”, ironizó una fuente involucrada en la negociación, y agregó: “Podemos juntar fácilmente y sin esfuerzo 35. Con algunos acuerdos de algún bloque pequeño podemos tener 46. Estamos a dos”.</p><p>Consultados sobre la posibilidad de negociar con el bloque que responde a la vicepresidenta Cristina Kirchner, desde la administración libertaria sostuvieron que las propuestas conquistaran los respaldos necesarios sin la necesidad de tener que tender puentes.</p><p>“Cuando los senadores ven que la persona va a ingresar lo van a votar. A Rosenkrantz lo votaron muchos kukas”, precisaron.</p><p>El futuro de la conducción del ministerio de Justicia también abre debates. Por un lado, existen quienes aseguran que con la salida de Cuneo Libarona, quien anticipó sus deseos de dejar la función pública, la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, madura planes para designar a su sucesor, lo que incluiría una renovación también en la Secretaría de Justicia que hoy ocupa Sebastián Amerio. El alfil de Santiago Caputo oficia de ministro en las sombras.</p><p>La versión es resistía por cierto sector del ecosistema libertario que asegura que es el propio Amerio el que se encuentra en la búsqueda de un nombre que se ajuste al sillón que ocupa el mediático abogado. Si bien sonó el nombre de Guillermo Montenegro, exintendente de General Pueyrredón y legislador bonaerense, hay quienes postulan que la conducción de la cartera debiera ser ocupada por un perfil más joven, lo que calificaron como “un recambio necesario para la sociedad”.</p><p>De esta definición surgirán las propuestas para completar las dos vacantes en la Corte Suprema y la celeridad para cubrir los cargos en el Poder Judicial que contribuyan al normal desarrollo de los procesos hoy afectados por las ausencias. Sean quien lo conduzca, el accionar figura, en rojo, en la lista de pendientes del Ministerio de Justicia.</p><p>Si hay movimiento de piezas tendrá lugar después de marzo. Hasta entonces, el Gobierno Nacional aplaca las diferencias internas y se ordena detrás del paquete de leyes, con particular interés en la Reforma Laboral, qué esperan sancionar este febrero. (NA).</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/cARkMc1UoBao2c2IswyrZ0pgQzY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/corte.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La situación institucional producida por la ausencia autoridades titulares entre jueces, fiscales y defensores federales ante la falta de designaciones complejiza el normal funcionamiento de la justicia. El Poder Ejecutivo se prepara para resolver este tema a partir del mes de marzo.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-02-09T05:00:03+00:00</updated>
                <published>2026-02-09T05:00:00+00:00</published>
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        <title>
            Se abrió el jury contra el juez Zárate y se resolverá su suspensión
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/policiales/se-abrio-el-jury-contra-el-juez-zarate-y-se-resolvera-su-suspension" type="text/html" title="Se abrió el jury contra el juez Zárate y se resolverá su suspensión" />
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                <![CDATA[Guillermo Liggerini]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YZHp8ofWP38Al2J89mAjbBwV9y0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/04/allanamiento_juez_zarate.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El jurado conformado por la fuerte denuncia contra los magistrados habilitaron el caso de José Zárate. No así con su par Francisco Blanc, sobre quien se dispuso seguir investigando.]]>
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                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                <updated>2025-11-05T08:15:02+00:00</updated>
                <published>2025-11-05T08:15:00+00:00</published>
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            La Corte Suprema ordenó avanzar contra Camioneros por el bloqueo a una empresa
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/politica/la-corte-suprema-ordeno-avanzar-contra-camioneros-por-el-bloqueo-a-una-empresa">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8E6JKxI1kAYALWkV0yYRr6muL2U=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2015/05/pablo-moyano.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Corte Suprema de Justicia ordenó hoy avanzar en el juicio por un bloqueo que había llevado adelante en 2021 el sindicato de Camioneros de Hugo y Pablo Moyano en la sede de una empresa por un reclamo de encuadramiento laboral de sus empleados.</p><p>Los sindicalistas habían sido sobreseídos cuando el caso había sido elevado a juicio oral, pero ahora los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti hicieron lugar al pedido del empresario afectado y avalaron el avance de la causa.</p><p>Carlos Dos Reis, en nombre de la empresa Química Oeste, denunció que el 10 de mayo de 2021 apareció ante el depósito de la firma un grupo de unas diez personas que se bajaron de 3 autos particulares y colocaron allí una bandera que llevaba inscripto “Sindicato de Camioneros Delegación Monte Grande”.</p><p>Al mismo tiempo, dijeron: "De acá no sale nadie, acá no se mueve nadie, hoy no van a trabajar", mientras impedían la salida a los camiones y el ingreso de los empleados a la empresa. Luego llegaron más manifestantes y se instalaron en el lugar.</p><p>Al día siguiente, llegaron al depósito de Química Oeste más camiones con contenedores y también se les impidió el ingreso, como también a “una cantidad importante de clientes que llegaban con sus transportes para retirar la mercadería”, comentó el empresario Dos Reis.</p><p>El bloqueo siguió durante días impidiendo el normal funcionamiento de la empresa hasta el 18 de mayo al mediodía, cuando la policía bonaerense formó un cordón para permitir la entrada y salida de camiones, y la protesta se levantó ese mismo día por la noche.</p><p>El empresario hizo la denuncia penal por extorsión, turbación de la propiedad e impedimento del trabajo contra los manifestantes, que, según la empresa, procuraban tener el número suficiente de representantes para poder elegir un delegado propio.</p><p>Para la abogada denunciante, María Florencia Arieto, se trató de “un reclamo laboral inventado”. Según se afirmó, el bloqueo sindical le ocasionó a Química Oeste una pérdida de “varios millones de pesos por día” y al sector petrolero, un promedio de 2 millones de dólares por la falta de insumos.</p><p>En la causa fue imputado Néstor Fabián Arévalo, secretario general de la Delegación Monte Grande de Camioneros, junto a Fernando Emmanuel Arzola, Aldo Guerrero Wertel, Ulises Reinaldo Rodas, Miguel Ángel Acosta, Sergio Javier Pogonza, Roberto Casal, Humberto Castaño y otros empleados de "Química Oeste S.A.” por llevar adelante comportamientos violentos y amenazantes, con un plan previamente delineado, en la puerta de la empresa, sostuvo la fiscalía.</p><p>El 18 de octubre de 2022, el Juzgado de Garantías N° 2 de Lomas de Zamora rechazó el sobreseimiento solicitado y concedió la elevación a juicio en los términos requeridos por el Ministerio Público Fiscal.</p><p>Pero la defensa apeló y la Sala I de la Cámara Nacional de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora resolvió revocar el auto de elevación de las actuaciones juicio y sobreseer totalmente a los imputados por entender que no se había demostrado la existencia de conductas violentas y amenazantes tendientes a turbar la posesión.</p><p>El caso llegó a la Corte Suprema de Justicia, a través de un recurso extraordinario federal en queja, en donde se insistió en que se había realizado una interpretación arbitraria en relación al ejercicio del derecho a huelga que, a su vez, implicaba la afectación de derechos constitucionales: el derecho a trabajar, a ejercer la industria lícita y a la inviolabilidad de la propiedad privada.</p><p>En ese contexto, el máximo tribunal resolvió hacer lugar al recurso y con esta decisión, el caso debería volver a avanzar hacia el juicio oral.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8E6JKxI1kAYALWkV0yYRr6muL2U=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2015/05/pablo-moyano.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La protesta fue contra Química Oeste en 2021 y le generó la pérdida de "varios millones de pesos por día".]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2025-09-03T22:10:05+00:00</updated>
                <published>2025-09-03T21:59:22+00:00</published>
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        <title>
            La Corte Suprema avaló el impuesto mínimo al tabaco y falló contra Tabacalera Sarandí
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                <![CDATA[Roger Rotonda]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XCR9zavD3yuU56GY0udVDVXAztU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/08/pablo_otero.avif" class="type:primaryImage" /></figure><p>En un fallo clave para la política fiscal y sanitaria del país, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este jueves a favor del Estado en la disputa con Tabacalera Sarandí al validar el impuesto interno mínimo al tabaco establecido por la ley 27.430. La decisión deja sin efecto un fallo anterior de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que había declarado inconstitucional dicho tributo.</p><p>Con este fallo, la Corte ordena que todas las empresas tabacaleras, incluida Tabacalera Sarandí, cumplan con el pago del impuesto mínimo, una medida que busca equiparar la carga impositiva entre compañías y reducir el consumo de cigarrillos, en línea con recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).</p><p>La causa enfrentaba desde hace años al Estado con Tabacalera Sarandí, presidida por Pablo Otero —conocido como el “Señor del Tabaco”—, quien había cuestionado la constitucionalidad del tributo al considerar que perjudicaba especialmente a sus marcas de cigarrillos más económicos, como Red Point, West, Master y Kiel.</p><p>En 2022, la Cámara había fallado a favor de Sarandí al considerar que la norma generaba trato desigual y favorecía a las multinacionales. Sin embargo, la AFIP y Massalin Particulares apelaron ante la Corte, que ahora dio por válida la medida, al reflexionar que definir impuestos y establecer mínimos es una potestad del Congreso, no del Poder Judicial, salvo en casos de arbitrariedad evidente, lo que —según los jueces— no ocurrió.</p><p>El fallo también remarcó que el impuesto al tabaco no tiene solo una finalidad recaudatoria, sino que también responde a objetivos extrafiscales, como el cuidado de la salud pública. En ese sentido, citó la jurisprudencia y recomendaciones de la OMS que respaldan el aumento de impuestos como la herramienta más efectiva para desalentar el consumo.</p><p>Además, la Corte desestimó el intento reciente de la empresa de desistir del juicio alegando su intención de acogerse a un plan de regularización, al considerar que no cumplió con los requisitos legales correspondientes.</p><p>El tribunal —integrado en esta causa por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, y los conjueces Mariano Llorens, Patricia Moltini y Mario Boldú— también cuestionó que la Cámara haya basado su fallo en argumentos alejados del marco legal, como referencias a “grandes tabacaleras” y “realidades de mercado” sin el respaldo jurídico necesario.</p><p>Así, la Corte cerró una prolongada batalla judicial y consolidó el uso de la política tributaria como una herramienta legítima de salud pública, reforzando la idea de que el Estado está habilitado —e incluso obligado— a adoptar medidas para proteger a la población, aun si eso implica restricciones o costos para ciertos sectores económicos.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XCR9zavD3yuU56GY0udVDVXAztU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/08/pablo_otero.avif" class="type:primaryImage" /></figure>El máximo tribunal revocó un fallo que había declarado inconstitucional el tributo y reafirmó la potestad del Congreso para aplicar medidas fiscales con fines de salud pública.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2025-08-15T13:25:02+00:00</updated>
                <published>2025-08-15T13:19:41+00:00</published>
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        <title>
            La Corte falló en contra del &quot;Señor del Tabaco&quot; y deberá pagar una deuda de US$1.000 millones
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/la-corte-fallo-en-contra-del-senor-del-tabaco-y-debera-pagar-una-deuda-de-us1000-millones" type="text/html" title="La Corte falló en contra del &quot;Señor del Tabaco&quot; y deberá pagar una deuda de US$1.000 millones" />
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            <name>
                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/nacionales/la-corte-fallo-en-contra-del-senor-del-tabaco-y-debera-pagar-una-deuda-de-us1000-millones">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wEU1VB86lEzbtCtll88u_JB4hLY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/pablo_otero.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Corte Suprema de Justicia le dio un durísimo golpe judicial a Tabacalera Sarandí y a su dueño, Pablo Otero, conocido como el "Señor del Tabaco". Por unanimidad, el máximo tribunal declaró constitucional el impuesto mínimo al tabaco y, en consecuencia, la empresa deberá pagar una deuda de más de 1.000 millones de dólares que acumuló con el fisco desde 2018. La información fue revelada por los periodistas Lucía Salinas y Nicolás Diana del diario Clarín.</p><p>El fallo, que contó con la firma de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y tres conjueces, desestimó todos los argumentos de la empresa, que se había amparado en cautelares judiciales durante años para no pagar el tributo.</p>Los argumentos de la Corte<p>El eje central de la decisión de la Corte fue que Tabacalera Sarandí no pudo probar que la ley que estableció el impuesto mínimo fuera "irrazonable" o afectara su derecho a la propiedad. Los jueces sostuvieron que el Poder Judicial no debe evaluar los impactos económicos de los impuestos, ya que eso es una facultad de los otros poderes del Estado.</p><p>Además, el fallo remarcó que los impuestos son un "valioso instrumento de regulación" y que es "razonable que el Estado alcance a determinadas actividades con un tributo diferenciado", en este caso, con una finalidad de salud pública para desalentar el consumo de cigarrillos. La Corte calificó la presentación de la empresa como "desprovista de sustento fáctico y jurídico consistente".</p>Una Pyme que factura 800 millones de dólares<p>El caso se inició en 2018, cuando Tabacalera Sarandí se presentó en la Justicia para no pagar el impuesto mínimo, argumentando que era una pequeña Pyme y que el tributo le impedía competir. Sin embargo, gracias a no pagar ese impuesto, la empresa pasó de tener el 5,6% del mercado en 2016 al 38,4% en 2023. El propio Otero admitió en una entrevista que su compañía facturaba 800 millones de dólares al año.</p><p>En su fallo, la Corte también rechazó una última maniobra de Otero, quien la semana pasada intentó ganar tiempo informando que se había acogido a un plan de pagos, sin presentar ninguna documentación que lo acreditara.</p><p>Con esta decisión, se pone fin a una larga disputa judicial que le permitió a Otero consolidar su poder en el mercado del tabaco a base de no pagar impuestos. Ahora, deberá afrontar una deuda que, según las estimaciones, supera los 1.000 millones de dólares.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wEU1VB86lEzbtCtll88u_JB4hLY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/pablo_otero.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El tribunal declaró constitucional el impuesto mínimo a los cigarrillos. El fallo obliga a Pablo Otero, de Tabacalera Sarandí, a saldar la millonaria deuda.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2025-08-14T22:45:02+00:00</updated>
                <published>2025-08-14T22:38:46+00:00</published>
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        <title>
            La Justicia le permitió a Cristina Kirchner usar el balcón con “prudencia”
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/la-justicia-le-permitio-a-cristina-kirchner-usar-el-balcon-con-prudencia" type="text/html" title="La Justicia le permitió a Cristina Kirchner usar el balcón con “prudencia”" />
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            <name>
                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
            </name>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UuknhDmso2Zdd0UdqC4sQkQcgZU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/cristina_kirchner_en_el_balcon.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Justicia permitió que la expresidenta Cristina Kirchner pueda salir al balcón de su casa en San José 1111, en el barrio de Constitución, durante el cumplimiento de su condena de seis años en arresto domiciliario. Sin embargo, los jueces le pidieron que actúe con “prudencia y el sentido común” para evitar que se altere la tranquilidad del barrio.</p><p>Kirchner había pedido que se aclare si dentro de las reglas de conducta que debe cumplir se le permitía salir al balcón, donde se congregan a diario centenares de fieles seguidores.</p><p>Los jueces Jorge Gorini y Rodrigo Gimenez Uriburu dijeron: “Debemos recordar (aunque resulte ocioso) que el tribunal no ha vedado a la señora Cristina Elisabet Fernández de Kirchner, en principio, el uso y goce de ningún espacio específico de la arquitectura del inmueble en el que habita”.</p><p>“Se espera de la solicitante el criterio, la prudencia y el sentido común suficientes para discernir en qué contexto el uso del balcón resultará una acción inocua y en cuál podrá implicar una perturbación para la tranquilidad y la convivencia pacífica del vecindario y sus habitantes (única y exclusiva situación que se pretende proteger con la regla de conducta en cuestión)”, señaló el tribunal.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UuknhDmso2Zdd0UdqC4sQkQcgZU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/cristina_kirchner_en_el_balcon.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Los magistrados advirtieron sobre los alcances y el impacto de sus apariciones.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2025-06-19T20:14:45+00:00</published>
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            Los próximos pasos formales de la defensa de Cristina Kirchner
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/politica/los-proximos-pasos-formales-de-la-defensa-de-cristina-kirchner" type="text/html" title="Los próximos pasos formales de la defensa de Cristina Kirchner" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wyCblU_gq8rLN8bV9P2Do6ksIak=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/cristina_beraldi.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El abogado Carlos Beraldi, defensor de Cristina Fernández de Kirchner,&nbsp;criticó con dureza la&nbsp;resolución de la Corte Suprema&nbsp;que dejó firme&nbsp;la condena en su contra&nbsp;por administración fraudulenta en el causa Vialidad, al tiempo que adelantó los pasos a seguir en la estrategia judicial de la expresidenta.</p><p>Tras cuestionar con dureza el accionar del máximo tribunal por supuestas anomalías en el proceso de decisión, Beraldi confirmó que&nbsp;la defensa ya presentó un pedido formal&nbsp;para que Cristina cumpla la condena en&nbsp;arresto domiciliario.&nbsp;Esto se basa en lo dispuesto por la ley para personas mayores de 70 años -la exmandataria tiene 72- y en las condiciones específicas de seguridad que le corresponden por haber sido jefa de Estado.</p><p>En ese sentido, explicó que&nbsp;la defensa concentrará sus esfuerzos en lograr que se otorgue el arresto domiciliario. Además, advirtió que la resolución sobre ese pedido&nbsp;permitirá evaluar si los jueces involucrados “van a actuar como un tribunal de justicia&nbsp;o si se van a encolumnar en esta idea de que se le puede hacer cualquier cosa al peronismo”.</p><p>Cristina pidió que el arresto domiciliaria sea en el&nbsp;edificio de la calle San José, donde vive actualmente y donde el martes saludó desde el balcón a los militantes que la acompañaron después de la resolución del máximo tribunal. Los abogados plantearon&nbsp;“razones de seguridad personal” por haber sido presidenta. Señalaron que en ese rol tuvo&nbsp;“información de carácter secreto o bien confidencial”,&nbsp;por lo que debe tener una custodia especial de la Policía Federal. En esa misma línea, el pedido de prisión domiciliaria recordó el intento de homicidio.</p><p>La ex presidenta también solicitó que&nbsp;no se le coloque una tobillera electrónica para cumplir la prisión domiciliaria.&nbsp;Se trata de un dispositivo que controla los movimientos del detenido y que se activa en caso que viole el lugar de detención. La defensa sostuvo que Cristina cuenta con custodia de la Policía Federal las 24 horas, lo que garantiza que no se va a fugar ni a violar la detención domiciliaria.</p><p>Respecto a la&nbsp;inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, indicó a C5N que, al tratarse de una sentencia firme, las instancias nacionales ya se encuentran agotadas. En ese marco,&nbsp;anticipó que se analiza recurrir ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que prevé mecanismos especiales para situaciones urgentes. Según precisó, una eventual resolución de ese organismo podría dar lugar a la presentación de un recurso de revisión en la justicia argentina, con el fin de aplicar de forma inmediata los efectos del pronunciamiento internacional.</p><p>El abogado&nbsp;advirtió que ese proceso insumirá tiempo&nbsp;y que quienes promovieron la condena&nbsp;“saben que de esta manera sacan a Cristina de la cancha, al menos en términos electorales, durante un tiempo”. Sin embargo, explicó que, de prosperar el reclamo ante la CIDH, se abriría una vía legal para revertir la inhabilitación.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wyCblU_gq8rLN8bV9P2Do6ksIak=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/cristina_beraldi.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El abogado defensor Carlos Beraldi denunció irregularidades y confirmó el pedido de prisión domiciliaria para la expresidenta.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2025-06-11T19:32:27+00:00</updated>
                <published>2025-06-11T19:28:37+00:00</published>
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        <title>
            La Corte Suprema confirmó la condena a Cristina Kirchner a seis años de prisión
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/la-corte-suprema-confirmo-la-condena-a-cristina-kirchner-a-seis-anos-de-prision" type="text/html" title="La Corte Suprema confirmó la condena a Cristina Kirchner a seis años de prisión" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/v7ZpPFxNkLNg5DA1uDPPE8GY9NY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/cristina_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Corte Suprema de Justicia dejó firme ayer la condena a seis años de prisión para la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, al rechazar por unanimidad los recursos presentados por la defensa de la exmandataria en la causa por irregularidades en la adjudicación de 51 obras públicas viales en la provincia de Santa Cruz.</p><p>El máximo tribunal, integrado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó cada uno de los argumentos del recurso de queja presentados por la exmandataria y sostuvo que “el debido proceso ha sido salvaguardado” y que “la encausada obtuvo una sentencia fundada en ley”.</p><p>Además, se ratificó su inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, por lo que la exmandataria no podrá ser candidata a diputada bonaerense por la Tercera Sección electoral en las elecciones legislativas del 7 de septiembre.</p><p>La Corte también dejó firme la absolución por el delito de asociación ilícita, al desestimar el recurso del Ministerio Público por considerarlo “inadmisible” según el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial.</p><p>Según el fallo, “las sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida”, además de remarcar que Fernández Kirchner “relegó la ventaja económica para la administración pública por la ventaja económica para intereses particulares”.</p><p>La condena incluye también al empresario Lázaro Báez, al exsecretario de Obras Públicas José López y otros exfuncionarios.</p><p>En diciembre de 2022, el Tribunal Oral Federal 2 había sentenciado a Fernández de Kirchner por administración fraudulenta y ordenado el decomiso de $84.835 millones, al considerar probado un esquema que favoreció a las empresas de Báez durante los gobiernos kirchneristas.</p><p>La defensa de la exPresidenta planteó numerosos cuestionamientos sobre la imparcialidad del tribunal y la valoración de las pruebas, pero la Corte concluyó que esos planteos no lograron demostrar arbitrariedad ni violaciones a garantías constitucionales.</p><p>En sus fundamentos, la Corte rechazó los argumentos sobre supuesta parcialidad de los jueces y consideró que las críticas de la defensa fueron una “reedición” de argumentos ya descartados por instancias inferiores.</p><p>“No resulta una refutación suficiente sostener un criterio interpretativo distinto”, señalaron los ministros.</p><p>La decisión de la Corte agota las vías ordinarias de apelación y deja firme una condena histórica que sella un capítulo central en la relación entre el poder político y la Justicia en la Argentina. (NA).</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/v7ZpPFxNkLNg5DA1uDPPE8GY9NY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/cristina_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El máximo tribunal, integrado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó cada uno de los argumentos del recurso de queja presentados por la exmandataria. Los magistrados consideraron que “el debido proceso ha sido salvaguardado” y que “la encausada obtuvo una sentencia fundada en ley”.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2025-06-11T02:00:18+00:00</updated>
                <published>2025-06-11T02:00:00+00:00</published>
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            Vialidad: la Corte le pidió al Procurador que analice la condena a Cristina por corrupción
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/politica/vialidad-la-corte-le-pidio-al-procurador-que-analice-la-condena-a-cristina-por-corrupcion" type="text/html" title="Vialidad: la Corte le pidió al Procurador que analice la condena a Cristina por corrupción" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jbVEveJM9TeJh3MqDfZ3IVZrofs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/11/cristina.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La&nbsp;Corte Suprema de Justicia&nbsp;dio un paso importante para decidir el futuro de Cristina Fernández de Kirchner. Le envió al Procurador General de la Nación,&nbsp;Eduardo Casal, el expediente sobre su condena por corrupción en la causa Vialidad para que dictamine si corresponde revisar&nbsp;la pena&nbsp;de 6 años o agravarla a 12 años de prisión.</p><p>El fallo de la Corte definirá, además, si es que la expresidenta queda imposibilitada de ser candidata para ocupar cargos públicos.</p><p>Si bien la opinión del procurador no es vinculante, si es necesaria para que el máximo tribunal pueda expedirse. Suele hacerlo con cierta celeridad, sobre todo teniendo en cuenta la gravedad del caso. Y, en la mayoría de las veces, sus resoluciones después van en sintonía con el máximo tribunal. &nbsp;</p><p>La Corte, con la integración de los tres jueces, será en definitiva la responsable de analizar los recursos de queja que presentaron todos los condenados en el caso Vialidad, como también el del fiscal general Mario Villar, que reclamó una pena mayor para la expresidenta.</p><p>Las presentaciones se formularon después de que la Cámara Federal de Casación Penal rechazó las apelaciones a la decisión de confirmar la sentencia condenatoria por el delito de&nbsp;administración fraudulenta en perjuicio del Estado, con un daño ocasionado que se estimó en&nbsp;85.000 millones de pesos.&nbsp;La acusación representa una pena de&nbsp;seis años de cárcel.</p><p>Si la Corte confirma la condena, la expresidenta deberá cumplirla la pena en prisión y no podrá ser candidata de por vida. Como tiene más de 70 años&nbsp;podría solicitar cumplir la pena en prisión domiciliaria, una opción contemplada por la legislación.</p><p>La resolución sobre la&nbsp;inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos&nbsp;podría ser clave para el futuro del peronismo, ya que el sector más alineado con el kirchnerismo había comenzado a barajar la posibilidad de que Cristina se postule a legisladora provincial en Buenos Aires, el 7 de septiembre.</p><p>Sin embargo, es posible que el máximo tribunal le envíe en los próximos días al jefe de los fiscales otros planteos que entiende, deben ser analizados por él. Uno de ellos es de la defensa de la exmandataria que considera que la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal&nbsp;no abordó sus principales reclamos:&nbsp;arbitrariedad en la sentencia, gravedad institucional y temor parcialidad.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jbVEveJM9TeJh3MqDfZ3IVZrofs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/11/cristina.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Deberá pronunciarse sobre el pedido del fiscal, que planteó ampliar a 12 años la condena. Luego el tribunal decidirá si confirma o no la pena, que podría inhabilitarla como candidata.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2025-04-16T21:38:54+00:00</updated>
                <published>2025-04-16T21:36:41+00:00</published>
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