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    <title>El Eco de Tandil</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Tandil.</subtitle>
    <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
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            Castaño, otra vez condenado, ahora por abusar sexualmente de un joven con trastornos psíquicos
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                <![CDATA[El Eco Multimedios]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Fsr0gjRwQNI11HLU64dZ6V4GL_Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/b244fee8-casta%C3%B1o-2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Tal lo informado en estas páginas, ayer se ventiló el veredicto en torno al nuevo juicio que se llevó a cabo en los tribunales de Azul contra el abogado Claudio Castaño, a quien se le endilgó el delito “Abuso sexual con acceso carnal”.</p><p>En coincidencia con los lineamientos del fiscal Marcos Eguzquiza, el juez Luis María Surget dio por probado los hechos ventilados, sentenciando a Castaño a la pena de 8 años y 10 meses de prisión, condena que se suma a la que ya transita bajo arresto por el delito de estafas.</p><p>Como se detalló, el debate, el cual desde el Tribunal se dio carácter de reservado ante el delito en juzgamiento, transitó por tres audiencias en las que se escucharon los testimonios de los testigos citados para la ocasión, para luego arribar a los alegatos de las partes. Con la prueba expuesta, para el magistrado quedó suficientemente acreditado el delito y falló contra el polémico letrado.&nbsp;</p><p>Vale reseñar que la víctima que denunció el grave delito sufrido, presenta un cuadro psíquico vulnerable, lo cual oportunamente mereció su atención en el centro de Salud Mental, y actualmente sigue bajo tratamiento.</p><p>A más de seis años de iniciada la causa, el cuadro de la víctima no varió y se complejizó a la hora de ser notificado de que tenía que someterse el proceso que implicaba el debate oral. Incluso se procuró que prestara declaración de forma virtual, en pos de no hacerse presente en la sala de juicio, pero dichas circunstancias fueron rechazadas por el joven.</p><p>Al decir de las profesionales que intervinieron como peritos y también aquellas que forman parte del tratamiento de la víctima se confió a las autoridades judiciales que no podía afrontar una declaración de las citadas características, incluso a partir de ser notificado de la instancia evidenció trastornos psíquicos y psicológicos que desaconsejaron cualquier rigor procesal de esta naturaleza.&nbsp;</p><p>Así las cosas, el magistrado aceptó la propuesta del acusador y más allá de la resistencia de la defensa se incorporó el testimonio que oportunamente había dado al joven, lo que valió de prueba fundamental para robustecer la hipótesis del fiscal a la hora de pedir condena.&nbsp;</p><p>Los fundamentos</p><p>&nbsp;</p><p>Al decir del juez, los testimonios de las peritos intervinientes afirmaron que el relato de la víctima resultó verosímil y coherente, descartando alucinaciones o fabulaciones, echando por tierra el argumento expuesto por la defensa de que la víctima estaba loco, que pierde la noción, y que como ahora está pasando por un delirio místico bien podría haber delirado en ese momento una historia fantástica.</p><p>Sobre el testimonio cuestionado, para Surget surgió en forma clara del testimonio de la víctima, que se opuso reiteradamente a la relación sexual, manifestándoselo verbalmente y que lo ocurrido fue en contra de su voluntad, hasta que logró sacárselo de encima.</p><p>Se añadió que las especialistas fueron coincidentes en la imposibilidad que tuvo la víctima de reaccionar y evitar que el hecho se consume por su cuadro de base. Dieron cuenta también de la verosimilitud y de la coherencia de sus dichos y de la falta de animosidad contra el imputado, expresando que por el contrario, lo sobrevaloraba, atribuyéndole cualidades engrandecedoras.</p><p>Dieron cuenta también de porqué adoptó la conducta posterior al hecho, en la que voluntariamente lo acompañó a un comercio a comprar comida, lo que sólo se logra entender si se conoce la patología que padece, explicada con claridad en el debate.</p><p>El juez concluyó en que el relato de la víctima no resultó mendaz, ni se encontró teñido de animosidad contra el imputado.</p><p>Ya abordando la conducta de Castaño, el juez destacó que al conocerlo con anterioridad por haber sido su cliente, debía conocer las limitaciones de la víctima, que eran palmarias, pues una de las peritos explicó que si una persona hablaba con él, tal vez no se podía dar cuenta que era una persona psiquiátrica, pero sí vulnerable o influenciable.</p><p>También al momento de efectuarse la denuncia, (26 de julio), fueron halladas lesiones que se condicen con el abuso sufrido.</p><p>El magistrado también valoró como dato que refuerza la veracidad de los dichos de la víctima, la circunstancia de haber sostenido siempre su relato, contando iguales versiones a diversas personas y en diversos momentos y el correlato anímico que todos relataron haber observado en él, con sentimientos de enojo, culpa por haber ido, temor a represalias por considerar al victimario una persona con poder y mucha vergüenza.</p><p>Analizada toda la prueba en su conjunto, Surget se quedó con la certeza de que el denunciado conocía, por su relación del pasado, las dificultades que la víctima presentaba, y se aprovechó de ello, sabiendo que más allá de su superioridad física, no iba a poder defenderse del ataque.</p><p>Se comprobó también, al decir del fallo, &nbsp;que ambos concertaron un encuentro en el domicilio de Castaño, cada uno con una finalidad diversa, y que el mismo se concretó, tal como se acreditó con los testimonios de la víctima, los mensajes y audios que se enviaron por la aplicación Whatsapp, el recorrido observado en el celular de la víctima que el GPS registró, la descripción que realizó la víctima de la vivienda y de los objetos que tenía, que no pudo conocer en un encuentro anterior, ya que de los audios surgía que era la primera vez que iba, pues le preguntó que había en la dirección Alem 573, y también por las imágenes captadas por las cámaras que poseía la estación de Servicio Shell, ubicada a escasos metros del domicilio de Castaño que los muestra a ambos caminando juntos, sin otras personas a su alrededor, el día del hecho y en el horario posterior a su comisión, coincidiendo con la versión de la víctima.</p><p>&nbsp;</p><p>El caso</p><p>Más allá del carácter reservado del caso que impuso la justicia azuleña, el hecho cobró notoriedad oportunamente, incluso a partir de declaraciones del propio imputado, que tras la denuncia y consiguiente investigación habló de una relación sexual consentida.&nbsp;</p><p>Claramente que el Ministerio Público rechazó la hipótesis del abogado acusado, e insistió que quedó&nbsp;acreditado que el 11 de julio de 2016,&nbsp;&nbsp;momentos antes de las 22, el acusado abusó, haciendo uso de la fuerza física, mediante intimidación y en contra de su expresa voluntad a&nbsp;la víctima.&nbsp;</p><p>Según se informó sobre el suceso ventilado,&nbsp;&nbsp;previo citarlo a su domicilio de calle Alem&nbsp;al 500, el imputado le manifestó "vení vamos a hacer algo entre nosotros, vamos a la pieza a estar más cómodos,&nbsp;&nbsp;vamos a ver una película a la cama" y ante la oposición de la víctima, el&nbsp;acusado&nbsp;lo tomó de sus brazos conduciéndolo al dormitorio donde lo tomó del cuello, cerró la puerta y comenzó a forcejear para bajarle los pantalones al tiempo que le manifestó en forma intimidante "si no la querés pasar mal quedate quieto", atemorizando a la víctima dada su condición de abogado, e influencias y la posibilidad de que tuviera un arma de fuego en el lugar. Allí&nbsp;se produjo el abuso, hasta que&nbsp;la víctima&nbsp;logró zafarse de su atacante.</p><p>La primera condena</p><p>Sobre la situación de Castaño hasta ayer, cabe consignar que se encuentra detenido tras la resolución de Casación que&nbsp;ratificó el fallo en primera instancia que había fijado el juez del TOC 1 de Azul Gustavo Borghi, a propósito del juicio celebrado en septiembre de 2019, cuando Castaño fue sentado en el banquillo de los acusados por el delito de estafas a quienes eran sus clientes, delito por el cual fue condenado a la pena de 3 años y 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo y mismo tiempo de inhabilitación para ejercer como abogado. Ahora se le suma esta nueva condena que será computada en lo que respecta a su prisión.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Fsr0gjRwQNI11HLU64dZ6V4GL_Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/b244fee8-casta%C3%B1o-2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Ayer se conoció el fallo del tribunal azuleño que llevó adelante el nuevo juicio contra el controvertido letrado, actualmente alojado en la unidad penitenciaria por una condena por estafa. Ahora fue sentenciado a ocho años y diez meses de prisión por el abuso sexual que sufrió un joven vulnerable.]]>
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                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2022-07-13T03:22:51+00:00</published>
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            Castaño fue condenado a 8 años de prisión por abuso sexual a un joven
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JDYWJaD5HcWNNTTFuNroWS_8Ods=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/Juicio-Casta%C3%B1o-28-08-2019-20.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Tal lo informado en ediciones pasadas, en el fuero penal azuleño, el abogado Claudio Castaño afrontó un nuevo juicio, en el que se está dirimiendo su responsabilidad penal por un grave delito. A más precisiones, se lo acusa de “Abuso sexual con acceso carnal”.</p><p>Ayer se conoció el veredicto del juez del TOC 1, quien compartió los lineamientos del acusador y sentenció a Castaño a 8 años y 10 meses de prisión, que se suma a la condena por la cual actualmente está detenido.&nbsp;</p><p>El debate, el cual desde el Tribunal se dio carácter de reservado ante el delito en juzgamiento, transitó por tres audiencias en las que se escucharon los testimonios de los testigos citados para la ocasión, para luego arribar a los alegatos de las partes.&nbsp;</p><p>Para el acusador, había quedado probada la materialidad del hecho como la responsabilidad del letrado, exigiendo consecuentemente que el controvertido abogado que sea condenado a 9 años de prisión.&nbsp;</p><p>Para la defensa, en tanto, planteó la nulidad de la imputación y exigió la absolución.</p><p>INFORMACION EN DESARROLLO</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JDYWJaD5HcWNNTTFuNroWS_8Ods=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/Juicio-Casta%C3%B1o-28-08-2019-20.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Tal lo informado en ediciones pasadas, en el fuero penal azuleño, el abogado Claudio Castaño afrontó un nuevo juicio, en el que se está dirimiendo su...]]>
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                <published>2022-07-13T00:22:00+00:00</published>
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            Pidieron 9 años de prisión para el abogado Castaño, acusado de abusar de un joven
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JDYWJaD5HcWNNTTFuNroWS_8Ods=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/Juicio-Casta%C3%B1o-28-08-2019-20.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se desarrolló en los tribunales de Azul un nuevo juicio contra el abogado Claudio Castaño, imputado por abusar sexualmente de un joven con problemas psiquiátricos. Para el fiscal quedó probado el hecho y su responsabilidad y pidió condena. La defensa alegó que la víctima no declaró en el debate y pidió su absolución.]]>
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                <published>2022-07-03T04:05:07+00:00</published>
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            Casación ratificó la condena al abogado  Claudio Castaño y quedó detenido
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/NeIJvgp8-WdEfYwAHSlfvp89F1A=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/Juicio-Casta%C3%B1o-28-08-2019-6.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Ayer por la tarde, una comisión de efectivos de la DDI de Azul por orden judicial se trasladó a la ciudad con un objetivo concreto: ir al domicilio del abogado Claudio Castaño y notificarlo de la resolución y proceder a detenerlo. Sin ofrecer resistencia, el letrado ofreció sus muñecas para las esposas y de allí al móvil policial con rumbo a la dependencia policial local y, más luego rumbo a la vecina localidad, desde donde la autoridad judicial junto al Servicio Penitenciario resolverá el destino de la estadía tras las rejas.</p>
<p>La novedad judicial no cayó por sorpresa para el mediático abogado, puesto que la semana pasada había sido notificado por la justicia azuleña sobre la resolución de Casación, quien ratificó la condena en primera instancia en su contra. Consecuentemente, la fiscalía, con sus argumentos a cuestas, peticionó que se haga efectiva la sentencia que ahora había quedado firme, solicitud que fue aceptada por el tribunal y procedió a librar la orden de detención ayer.</p>
<p>Sobre el fallo, por doble conforme, los dos magistrados de Casación ratificaron el fallo en primera instancia que había fijado el juez del TOC 1 de Azul Gustavo Borghi, a propósito del juicio celebrado en septiembre de 2019, cuando Castaño fue sentado en el banquillo de los acusados por el delito de estafas a quienes eran sus clientes, delito por el cual fue condenado a la pena de 3 años y 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo y mismo tiempo de inhabilitación para ejercer como abogado.</p>
<p>Los antecedentes</p>
<p>Tras protagonizar escándalos mediáticos y judiciales, ha sido merecedor de sanciones varias y suspensión de su matrícula, el letrado ahora debe afrontar la condena a prisión de cumplimiento efectivo, al aguardo de un juicio más delicado aún con eventuales consecuencias más severas, acusado de abuso sexual.</p>
<p>Como oportunamente se detalló en estas páginas,  el juicio por el cual Castaño fue llevado a debate a riesgo de que las causas –los delitos endilgados- prescribieran. Tras la sentencia condenatoria en primera instancia, ahora llegó la resolución del tribunal de alzada y así se confirmó la medida coercitiva.</p>
<p>Vale consignar que la sanción punitiva impuesta por el magistrado oportunamente no se quedó solamente con la prisión a cuatro años y ocho meses, más la inhabilitación para ejercer la profesión por el mismo tiempo. Con severidad, el fallo aludió también a otros condicionantes que dejaban al excéntrico abogado en una situación procesal incómoda como delicada.</p>
<p>Las obligaciones</p>
<p>Claudio Gustavo Castaño por este tiempo de libertad debió someterse a obligaciones tales como constituir domicilio especial dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires; presentarse el primer y tercer lunes de cada mes en la comisaría Primera de Tandil, debiendo manifestar cuál es su domicilio real, del que no podrá ausentarse por más de 48 horas sin conocimiento ni autorización previa de este Tribunal y comunicar las circunstancias que puedan imponerle una ausencia del domicilio por un término mayor.</p>
<p>También se le había fijado la  prohibición de mantener todo tipo de contacto con las víctimas y sus grupos familiares, y la prohibición de salir del país.</p>
<p>Los casos ventilados</p>
<p>Sobre el fallo del juez Borghi, se dio por acreditado que el sábado 5 de marzo de 2011, Castaño, abusando del desempeño de su profesión de abogado de la matrícula que hace presumir un conocimiento del Derecho, inexistente en la otra persona y aprovechándose de la situación de necesidad de Jorge Luis Deheza, quien se hallaba detenido en la Seccional Segunda de Policía desde las 5.30. aproximadamente, en virtud de haber cometido la contravención de incitación a la pelea, lo engañó al solicitarle la suma de 1500 pesos con el falso y supuesto pretexto de que debía remunerar al fiscal, juez o funcionarios intervinientes como condición necesaria para lograr su libertad por anticipado y que de lo contrario, siempre según el citado letrado, Deheza permanecería privado de la libertad durante varios días más en virtud de los feriados de los días lunes y martes siguientes (7 y 8 de marzo de 2011), cuando en realidad la detención de Deheza no podía fáctica, ni legalmente, prolongarse por más de algunas horas, siendo éste ardid o engaño desplegado por dicha persona de sexo masculino lo que condujo a Deheza, en la errada creencia de que las afirmaciones del letrado eran ciertas, a que se presentara el 5 de marzo de 2011 a alrededor de las 21 en el estudio jurídico del mencionado abogado, sito en General Paz 365, a los fines de definir ello, entregándole al mismo un monto de dinero inferior al pedido, quien lo recibió en su exclusivo beneficio.</p>
<p>Otra estafa</p>
<p>También dio por probado que entre los días 22 de junio y 9 de noviembre del 2011, Castaño, otra vez, intentó defraudar a Cesar Osvaldo Recroa, quien lo había contratado para que ejerciera su defensa técnica en el marco de una causa por daño y amenazas, en trámite ante la fiscalía 3, engañando a su representado –aprehendido en los autos de referencia-, al exigirle el 22 de junio de 2011 en horas de la mañana, en el edificio de Tribunales, la entrega de 2500 pesos, los cuales, siempre según el engaño desplegado por el letrado en perjuicio de su pupilo, debían serle entregados al Fiscal actuante, Luis Humberto Piotti y a su secretaria, la instructora judicial,  María Andrea Brogno, como remuneración a los fines de que Recroa recuperara su libertad, pues de lo contrario, sería trasladado a una Unidad Penitenciaria, reiterándole ese mismo pedido de entrega de dicha suma de dinero para esos destinatarios antes aludidos, el 9 de noviembre de 2011 en horario diurno, en la vía pública, más precisamente frente a la entrada al campo donde residía Recroa, sito en Cerro Chato, sobre la ruta Nacional 226, kilómetro 173, en el Partido de Tandil, no logrando consumar el ilícito descripto por razones ajenas a su voluntad, dado que la víctima decidió no abonar lo que le requería el citado abogado.</p>
<p>El tercer caso</p>
<p>Por último, también se encuentra legalmente acreditado que días previos al 11 de marzo de 2011, en horas de la tarde o de la noche, Castaño engañó a Luis Eduardo López y Luis Eduardo López (h), padre y hermano respectivamente de su defendido Eduardo Nicolas López en una  causa  por tentativa de homicidio, al solicitarles en su estudio la suma de 1500 pesos, con el falso y supuesto pretexto que debía remunerar a un funcionario policial u otro funcionario público, para lograr el retiro de la motocicleta que había sido entregada el 26 de febrero de 2011 a las 16.30, aproximadamente, en la Seccional Segunda para practicarle pericias dispuestas en el marco de la citada causa, dado que según lo expresado por el letrado a las víctimas, ese dinero servía para evitar los estorbos que se producirían por las supuestas irregularidades que dicho vehículo podría presentar en caso de ser detectadas por el personal policial, como por ejemplo la retención y envío de dicho rodado al corralón municipal y el pago de una multa para retirarla, efectuando para fortalecer el ardid o engaño descripto, al menos una llamada telefónica donde se comunicó o aparentó hacerlo, con un funcionario público a quien expresó cuestiones relativas a la entrega del rodado, seguido de lo cual les indicó que se dirigieran a esa Seccional Policial y que para retirarla, hablasen con el funcionario policial Moreno, por lo que este ardid o engaño desplegado, condujo a que Luis Eduardo López padre, en la errada creencia de que las afirmaciones del abogado eran ciertas, se presentara y le entregara al aludido profesional el monto de dinero pedido, quien lo recibió en su exclusivo beneficio.</p>
<p>Los agravantes</p>
<p>Limitándome exclusivamente a lo que fuera motivo de contradicción por las partes, Borghi valoró como agravantes su calidad de profesional de la abogacía al implicar una mayor conciencia del autor de la ilicitud de las conductas enrostradas, que revela una decisión más consciente contraria al Derecho; el aprovechamiento de sus especiales conocimientos del concreto ejercicio práctico de su profesión en materia penal y contravencional del que los damnificados carecían y de la situación de necesidad que éstos atravesaban por privación de algún bien preciado; la pluralidad de ilícitos ejecutados a diversas víctimas lo que generó mayor extensión del daño causado en relación a los bienes jurídicos protegidos que son la imagen del funcionario público que pretende desvirtuarse con la remuneración supuestamente destinada a él y el patrimonio de la víctima; el efectivo perjuicio patrimonial producido a Deheza y López y las reiteradas sanciones disciplinarias que registra, anteriores a estos hechos, por parte del Colegio de Abogados de Azul por su inconducta procesal.</p>
<p>Un juicio pendiente</p>
<p>Respecto a la situación procesal de Castaño, el abogado no solo ha quedado seriamente comprometido, y ahora detenido, por los hechos ventilados y ya juzgados con sentencia firme (doble conforme), aún aguarda por otro debate por otro hecho y con eventuales consecuencias más gravosas a la hora de medir la pena en expectativa que le cabe si recibiera otro revés judicial.</p>
<p>Se trata de una causa iniciada en 2017 por abuso sexual. Más precisamente fue denunciado por violar a un joven de 26 años con un cuadro psiquiátrico, quien  expuso en la Comisaría de la Mujer haber sido sometido sexualmente por el abogado.</p>
<p>Tras sustanciarse la prueba, el fiscal Marcos Eguzquiza imputó formalmente al letrado y por esos días pidió la detención, petición que no contó con el aval del Juzgado de Garantías, considerando  que el cúmulo de probatoria en aquel estadio del expediente aún resultaba inconsistente para adoptar una medida coercitiva (prisión) para un delito que no resulta excarcelable.</p>
<p>Por lo que se pudo confirmar en las últimas horas, el juicio por esta denuncia sufrió una nueva postergación, fijándose audiencia para el 21 y 22 de junio del 2022.</p>
<p></p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/NeIJvgp8-WdEfYwAHSlfvp89F1A=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/Juicio-Casta%C3%B1o-28-08-2019-6.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El controvertido letrado había sido sentenciado a prisión de cumplimiento efectivo en un juicio celebrado en 2019 por el TOC 1 de Azul. Ahora el Tribunal de alzada ratificó el fallo y ordenó la inmediata detención. Ayer fue apresado y permanecerá encarcelado por el delito de estafas contra quienes eran sus clientes.  Aún queda pendiente otro juicio en su contra, acusado de abuso sexual. ]]>
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                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2021-05-05T07:15:07+00:00</published>
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        <title>
            Quedó detenido el abogado  Castaño
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bOxHYLyb_Lp0jVdlZ-n31GC655A=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/Juicio-Casta%C3%B1o-28-08-2019-23.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En  las últimas horas, por orden del Tribunal Oral Criminal 1 de Azul, la policía procedió a la detención del controvertido abogado Claudio Castaño, quien deberá cumplir la pena que había fijado la justicia por un juicio celebrado en septiembre de 2019.</p>
<p>El abogado había arribado al debate acusado de defraudar a tres de sus clientes con el pedido de un dinero por fuera de los honorarios que serían para el pago de coimas tanto a funcionarios judiciales como policiales, en el marco de las causas en que estaban involucrados.</p>
<p>En efecto, el juez Gustavo Borghi, en coincidencia con lo que había postulado la fiscalía a cargo de Damián Borean, dio por probado los tres sucesos ventilados, independientemente de que en un par de ellos los propios damnificados cambiaron su postura en medio del debate en pos de beneficiar la situación de su otrora abogado.</p>
<p>Consecuentemente, resolvió condenar a Castaño a la pena de tres años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo y el mismo lapso de tiempo quedó inhabilitado para ejercer como letrado. A la vez, se le fijó una multa de 40 mil pesos por el “ánimo de lucro” al quedarse con dinero de las víctimas que, como oportunamente se indicó, confiaron dinero en tren de coimear a funcionarios judiciales y así mejorar la situación procesal que les cabía para instrucciones penales que pesaban sobre ellos. Hechos, circunstancias, que merecieron el comparendo tanto de los agentes judiciales como policiales que habían sido señalados como destinatarios de dichos sobornos, quienes negaron remuneración “extra” alguna como así también contacto bajo ese tenor con el polémico abogado.</p>
<p>Cabe consignar al respecto, que también el magistrado ordenó restricciones de acercamiento respecto a aquellos presentados como víctimas y sus respectivas familias, bajo el espíritu de aquella ramificación que surgió en plena audiencia, cuando en un cuarto intermedio testigos denunciaron amenazas de parte del letrado tras lo que habían expuesto.</p>
<p>A la vez, el condenado debió fijar domicilio en la ciudad, acudir una vez por mes de la dependencia policial y no podía irse del país.</p>
<p>El viernes pasado, desde Casación se ratificó la sentencia citada, por lo que a pedido de la fiscalía se hizo efectiva la medida coercitiva. Así las cosas, una comisión de la DDI de Azul arribó a la ciudad y procedió a la detención de Castaño, quien por estas permanecía en la dependencia policial con destino a la ciudad vecina, a disposición del Tribunal y del Servicio Penitenciario, quien determinará la unidad penitenciaria donde será alojado.</p>
<p>&nbsp;</p>
]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bOxHYLyb_Lp0jVdlZ-n31GC655A=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/Juicio-Casta%C3%B1o-28-08-2019-23.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>En  las últimas horas, por orden del Tribunal Oral Criminal 1 de Azul, la policía procedió a la detención del controvertido abogado Claudio Castaño, q...]]>
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                <updated>2021-05-04T20:17:21+00:00</updated>
                <published>2021-05-04T20:17:21+00:00</published>
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            Tras la condena y a la espera del juicio por abuso, Castaño no puede acercarse a  los denunciantes y tampoco irse del país
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/policiales/tras-la-condena-y-a-la-espera-del-juicio-por-abuso-castano-no-puede-acercarse-a-los-denunciantes-y-tampoco-irse-del-pais" type="text/html" title="Tras la condena y a la espera del juicio por abuso, Castaño no puede acercarse a  los denunciantes y tampoco irse del país" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1NRmt0FN1Rsp33M8kVnYTifm-M8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/Juicio-Casta%C3%B1o-28-08-2019-7.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p></p>
<p>“Existió en los tres hechos un claro y puntual ardid del imputado Claudio Castaño para engañar a Jorge Luis Deheza, Cesar Osvaldo Recroa y Luis Eduardo López, en pos de la obtención de parte de ellos de la prestación económica consistente en la entrega de dinero en su beneficio (…). Las conductas ilícitas deben calificarse como Estafas mediante supuesta remuneración a jueces o empleados públicos”, rezó el veredicto del juez del TOC 1 de Azul Gustavo Borghi,  a la hora de sentenciar la suerte procesal del controvertido abogado.</p>
<p>Tras protagonizar escándalos mediáticos y judiciales, ha sido merecedor de sanciones varias y suspensión de su matrícula, el letrado ahora carga sobre sus espaldas una condena a prisión de cumplimiento efectivo, al aguardo de un juicio más delicado con eventuales consecuencias más severas, acusado de abuso sexual.</p>
<p>Tal se detalló durante la semana que pasó, se cerró el juicio por el cual Castaño fue llevado a debate a riesgo de que las causas –los delitos endilgados- prescribieran. Tras la sentencia condenatoria en primera instancia, se aguarda por la resolución del tribunal de alzada que, de confirmar el fallo, ordenaría la detención del abogado.</p>
<p>La sanción punitiva impuesta por el magistrado no se quedó solamente con la prisión a cuatro años y ocho meses, más la inhabilitación para ejercer la profesión por el mismo tiempo. Con severidad, el fallo alude también a otros condicionantes que dejaron al excéntrico abogado en una situación procesal incómoda como delicada de cara a su futuro próximo.</p>
<p>Las obligaciones</p>
<p>A los fines de asegurar el eventual futuro cumplimiento de la pena de prisión de efectivo cumplimiento, se le impuso a Claudio Gustavo Castaño las siguientes obligaciones: Constituir domicilio especial dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires; presentarse el primer y tercer lunes de cada mes en la comisaría Primera de Tandil, debiendo manifestar cuál es su domicilio real, del que no podrá ausentarse por más de 48 horas sin conocimiento ni autorización previa de este Tribunal y comunicar las circunstancias que puedan imponerle una ausencia del domicilio por un término mayor.</p>
<p>También se le fijó la “absoluta prohibición de mantener todo tipo de contacto con las víctimas y sus grupos familiares”, y la prohibición de salir del país, lo cual será comunicado a la Dirección Nacional de Migraciones; “todo ello en razón del aumento verificado de peligro cierto de frustración del proceso en relación a la sanción de privación de la libertad impuesta”.</p>
<p>Los casos ventilados</p>
<p>Este Diario accedió al fallo completo del juez Borghi, quien hizo un pormenorizado análisis de la prueba producida a lo largo del juicio ventilado y que promovió la sanción penal detallada oportunamente.</p>
<p>El juez dio por acreditado que el sábado 5 de marzo de 2011, Castaño, abusando del desempeño de su profesión de abogado de la matrícula que hace presumir un conocimiento del Derecho, inexistente en la otra persona y aprovechándose de la situación de necesidad de Jorge Luis Deheza, quien se hallaba detenido en la Seccional Segunda de Policía desde las 5.30. aproximadamente, en virtud de haber cometido la contravención de incitación a la pelea, lo engañó al solicitarle la suma de 1500 pesos con el falso y supuesto pretexto de que debía remunerar al fiscal, juez o funcionarios intervinientes como condición necesaria para lograr su libertad por anticipado y que de lo contrario, siempre según el citado letrado, Deheza permanecería privado de la libertad durante varios días más en virtud de los feriados de los días lunes y martes siguientes (7 y 8 de marzo de 2011), cuando en realidad la detención de Deheza no podía fáctica, ni legalmente, prolongarse por más de algunas horas, siendo éste ardid o engaño desplegado por dicha persona de sexo masculino lo que condujo a Deheza, en la errada creencia de que las afirmaciones del letrado eran ciertas, a que se presentara el 5 de marzo de 2011 a alrededor de las 21 en el estudio jurídico del mencionado abogado, sito en General Paz 365, a los fines de definir ello, entregándole al mismo un monto de dinero inferior al pedido, quien lo recibió en su exclusivo beneficio.</p>
<p>Otra estafa</p>
<p>También dio por probado que entre los días 22 de junio y 9 de noviembre del 2011, Castaño, otra vez, intentó defraudar a Cesar Osvaldo Recroa, quien lo había contratado para que ejerciera su defensa técnica en el marco de una causa por daño y amenazas, en trámite ante la fiscalía 3, engañando a su representado –aprehendido en los autos de referencia-, al exigirle el 22 de junio de 2011 en horas de la mañana, en el edificio de Tribunales, la entrega de 2500 pesos, los cuales, siempre según el engaño desplegado por el letrado en perjuicio de su pupilo, debían serle entregados al Fiscal actuante, Luis Humberto Piotti y a su secretaria, la instructora judicial,  María Andrea Brogno, como remuneración a los fines de que Recroa recuperara su libertad, pues de lo contrario, sería trasladado a una Unidad Penitenciaria, reiterándole ese mismo pedido de entrega de dicha suma de dinero para esos destinatarios antes aludidos, el 9 de noviembre de 2011 en horario diurno, en la vía pública, más precisamente frente a la entrada al campo donde residía Recroa, sito en Cerro Chato, sobre la ruta Nacional 226, kilómetro 173, en el Partido de Tandil, no logrando consumar el ilícito descripto por razones ajenas a su voluntad, dado que la víctima decidió no abonar lo que le requería el citado abogado.</p>
<p>El tercer caso</p>
<p>Por último, también se encuentra legalmente acreditado que días previos al 11 de marzo de 2011, en horas de la tarde o de la noche, Castaño engañó a Luis Eduardo López y Luis Eduardo López (h), padre y hermano respectivamente de su defendido Eduardo Nicolas López en una  causa  por tentativa de homicidio, al solicitarles en su estudio la suma de 1500 pesos, con el falso y supuesto pretexto que debía remunerar a un funcionario policial u otro funcionario público, para lograr el retiro de la motocicleta que había sido entregada el 26 de febrero de 2011 a las 16.30, aproximadamente, en la Seccional Segunda para practicarle pericias dispuestas en el marco de la citada causa, dado que según lo expresado por el letrado a las víctimas, ese dinero servía para evitar los estorbos que se producirían por las supuestas irregularidades que dicho vehículo podría presentar en caso de ser detectadas por el personal policial, como por ejemplo la retención y envío de dicho rodado al corralón municipal y el pago de una multa para retirarla, efectuando para fortalecer el ardid o engaño descripto, al menos una llamada telefónica donde se comunicó o aparentó hacerlo, con un funcionario público a quien expresó cuestiones relativas a la entrega del rodado, seguido de lo cual les indicó que se dirigieran a esa Seccional Policial y que para retirarla, hablasen con el funcionario policial Moreno, por lo que este ardid o engaño desplegado, condujo a que Luis Eduardo López padre, en la errada creencia de que las afirmaciones del abogado eran ciertas, se presentara y le entregara al aludido profesional el monto de dinero pedido, quien lo recibió en su exclusivo beneficio.</p>
<p>Las pruebas</p>
<p>Las precisas constancias que quedaron asentadas en el acta del debate a pedido del Ministerio Fiscal, ya de por sí definen la cuestión sobre si el acusado Castaño pidió o no dinero a las víctimas Recroa y López y en qué carácter. Así, en el primer caso dijo César Osvaldo Recroa que Castaño le pidió 1500 o 2500 pesos para darle al Fiscal Piotti para que le diera la libertad y él creyó que eso era así. Que no le pagó a Castaño esa plata que le pedía para Piotti ni sus honorarios porque su mujer averiguó en Fiscalía y le dijeron que no tenían que abonar nada a Piotti y Luis Eduardo López padre expresó que la plata que le pidió el abogado Castaño y oportunamente entregó, no era un adelanto de honorarios sino para pagarle a la policía a los fines de obtener el retiro de la moto por intermedio del citado Castaño.</p>
<p>Al decir del juez, eso ya dirime de manera “clara, puntual y contundente y ningún motivo hay para descreer de sus expresiones”, que los hechos sucedieron de esa manera. Asimismo se ven avaladas y robustecidas por otras pruebas absolutamente concordantes al respecto.</p>
<p>Los agravantes</p>
<p>Limitándome exclusivamente a lo que fuera motivo de contradicción por las partes, Borghi valoró como agravantes su calidad de profesional de la abogacía al implicar una mayor conciencia del autor de la ilicitud de las conductas enrostradas, que revela una decisión más consciente contraria al Derecho; el aprovechamiento de sus especiales conocimientos del concreto ejercicio práctico de su profesión en materia penal y contravencional del que los damnificados carecían y de la situación de necesidad que éstos atravesaban por privación de algún bien preciado; la pluralidad de ilícitos ejecutados a diversas víctimas lo que generó mayor extensión del daño causado en relación a los bienes jurídicos protegidos que son la imagen del funcionario público que pretende desvirtuarse con la remuneración supuestamente destinada a él y el patrimonio de la víctima; el efectivo perjuicio patrimonial producido a Deheza y López y las reiteradas sanciones disciplinarias que registra, anteriores a estos hechos, por parte del Colegio de Abogados de Azul por su inconducta procesal.</p>
<p></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1NRmt0FN1Rsp33M8kVnYTifm-M8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/Juicio-Casta%C3%B1o-28-08-2019-7.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Lo que dejó el juicio contra el abogado. Los argumentos del juez para condenarlo. Además de la condena a prisión e inhibición para ejercer como letrado, las imposiciones que está obligado a cumplir mientras aguarda por el otro juicio por abuso sexual. ]]>
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                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                <updated>2019-09-10T10:32:20+00:00</updated>
                <published>2019-09-08T07:05:11+00:00</published>
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        <title>
            Castaño fue condenado a prisión de cumplimiento efectivo y quedó inhabilitado para ejercer como abogado
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/policiales/castano-fue-condenado-a-prision-de-cumplimiento-efectivo-y-quedo-inhabilitado-para-ejercer-como-abogado">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jIQBKG_MhCLTDUyrnqZJq0AgWOs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/Juicio-Casta%C3%B1o-28-08-2019-5.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p></p>
<p>Ayer, al mediodía, como el juez Gustavo Borghi lo había pautado, se conoció su veredicto en torno al debate por el que se resolvió la responsabilidad penal del controvertido abogado Claudio Castaño, quien arribó al juicio acusado de defraudar a tres de sus clientes con el pedido de un dinero por fuera de los honorarios que serían para el pago de coimas tanto a funcionarios judiciales como policiales, en el marco de las causas en que estaban involucrados.</p>
<p>El magistrado, en coincidencia con lo que había postulado la fiscalía a cargo de Damián Borean, dio por probado los tres sucesos ventilados, independientemente de que en un par de ellos los propios damnificados cambiaron su postura en medio del debate en pos de beneficiar la situación de su otrora abogado.</p>
<p>Consecuentemente, resolvió condenar a Castaño a la pena de tres años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo y el mismo lapso de tiempo quedará inhabilitado para ejercer como letrado. A la vez, se le fijó una multa de 40 mil pesos por el &#8220;animo de lucro&#8221; al quedarse con dinero de las víctimas que, como oportunamente se indicó, confiaron dinero en tren de coimear a funcionarios judiciales y así mejorar la situación procesal que les cabía para instrucciones penales que pesaban sobre ellos. Hechos, circunstancias, que merecieron el comparendo tanto de los agentes judiciales como policiales que habían sido señalados como destinatarios de dichos sobornos, quienes negaron remuneración “extra” alguna como así también contacto bajo ese tenor con el polémico abogado.</p>
<p>Respecto a más medidas, el juez determinó órdenes de restricción de acercamiento respecto a aquellos presentados como víctimas y sus respectivas familias, bajo el espíritu de aquella ramificación que surgió en plena audiencia, cuando en un cuarto intermedio testigos denunciaron amenazas de parte del letrado tras lo que habían expuesto.</p>
<p>A la vez, el condenado deberá fijar domicilio fijo en la ciudad, acudir una vez por mes de la dependencia policial y no podrá irse del país (ya fue notificado Migraciones)</p>
<p>En cuanto al contradictorio relato de uno de los testigos, que buscó desligar al abogado y rectificó sus dichos en pleno juicio, como también lo había postulado la acusación, el juez dio traslado de las actuaciones para que investigue el posible delito de falso testimonio.</p>
<p>Cabe reseñar respecto a la sentencia condenatoria que el fiscal había pedido cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo y cinco años de inhabilitación para ejercer la profesión. La defensa, en tanto, consideró que no se había acreditado la responsabilidad penal de su colega-pupilo y que no se había demostrado el perjuicio económico para las presuntas víctimas, por lo que había planteado la absolución.</p>
<p></p>
<p>Hechos probados</p>
<p>Claramente el juez Borghi se inclinó por la hipótesis fiscal y si bien no se conocieron detalles de los fundamentos de la sentencia, para la figura penal que estaba en juego resultó un veredicto contundente, con la singularidad que se alude a una condena de cumplimiento efectivo, instancia que evidentemente será recurrida por la defensa pero que, una vez ratificado el fallo por el tribunal de alzada, Castaño deberá purgar la pena detrás de las rejas.</p>
<p>Asimismo, queda pendiente la opinión de la Suprema Corte, a donde recayó un planteo de Castaño en procura de la suspensión a juicio del debate que igualmente el juez azuleño impulsó habida cuenta que de extenderse las etapas recursivas se corría serio riesgo de que la causa prescribiera.</p>
<p>El desenlace de esta saga judicial resultó la antesala de un juicio por venir, cuando el mismo juez determine la responsabilidad penal del mismo abogado con la misma defensora, esta vez con una imputación mucho más gravosa: abuso sexual.</p>
<p>Como se vino detallando en ediciones pasadas y tal lo supo reproducir en el alegato final el fiscal, las causas se iniciaron en el 2011, a partir de un denuncia de un hombre –aquí testigo- que confirmó haber sido víctima de una estafa y así se plasmó en el expediente, aunque más luego en su ampliación y lo expuesto en el recinto del Tribunal distó de aquellas apreciaciones. Más bien todo lo contrario. Negó que se haya sentido estafado por Castaño.</p>
<p>Su radical cambio de postura frente al juez le valió el reproche acusatorio, quien pidió que se investigue al contradictorio declarante por la comisión del delito de falso testimonio, solicitud que fue aceptada ahora en el fallo del magistrado.</p>
<p>El caso en cuestión ventiló que efectivamente el testigo le entregó parte del dinero que le había pedido Castaño en pos de mejorar la situación procesal, vía pago de coimas a agentes judiciales.</p>
<p>Como el propio Borean lo expuso, se trataba de una causa por una contravención. Léase que más allá del debido asesoramiento legal (en el expediente contaba ya con la intervención de un defensor oficial) su situación procesal -estaba aprehendido- no iba a perdurar por mucho tiempo. Su liberación era cuestión de horas. Empero, Castaño le pidió dinero más allá de los honorarios para despojarlo de dicha aprehensión, coima mediante a los agentes judiciales.</p>
<p>En ese tren se tomó nota del comparendo precisamente de los funcionarios judiciales que negaron de manera tajante haber tenido contacto alguno con el letrado y, mucho menos, el tenor de las presuntas conversaciones, acerca de recibir dinero para facilitar la situación del reo.</p>
<p>Para el resto de las acusaciones, quedó en claro el arreglo espurio al que fue sometido la otra de las víctimas de parte del ardid de Castaño, a la hora de pedirle dinero para coimear a un policía que tenía en custodia en la Seccional Segunda la motocicleta que se le había secuestrado, en el marco de una pesquisa por intento de homicidio.</p>
<p>También en este caso se puso en relevancia la creíble versión del papá del testigo, quien traído a juicio ratificó que efectivamente había tomado conocimiento sobre el pedido de dinero para los funcionarios judiciales y policiales.</p>
<p>Ya sobre la tercera maniobra, y la más contundente a la hora de calibrar el caudal probatorio, la pareja de testigos redundó en su credibilidad que ratificó sin titubear que fue extorsionada por Castaño. Más bien se trató de una tentativa puesto que finalmente no entregaron dinero alguno.</p>
<p>Como se detalló, todo se destapó cuando la propia mujer se apersonó en la sede judicial para entrevistarse con el fiscal Luis Piotti y pedirle un plan de pagos para la coima requerida. Lo que despertó la reacción judicial con la apertura de la causa en cuestión.</p>
<p>Sobre los testigos, se subrayó que fueron coherentes en tiempo, modo y lugar, como así también dejaron en evidencia la falta de animosidad contra el imputado.</p>
<p>Como lo supo exponer Borean y ahora ratificado por el juez Borghi, resultaron tres maniobras fraudulentas con un mecanismo común, sin dejar de señalar que no hubo ningún acuerdo espurio entre las partes involucradas para perjudicarlo, más bien lo contrario.</p>
<p>Insistió en que el letrado se aprovechó de la situación desfavorable que atravesaban los clientes en plenos procesos, con el aditamento del desconocimiento que estos tenían sobre los mecanismos judiciales. En síntesis, quedó sentenciado por defraudación –tres hechos- en concurso real, uno en grado de tentativa, con la condena ya descripta.</p>
<p>&nbsp;</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jIQBKG_MhCLTDUyrnqZJq0AgWOs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/Juicio-Casta%C3%B1o-28-08-2019-5.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Para el juez del TOC 1 de Azul, el abogado defraudó a sus clientes que arribaron al juicio como víctimas. Fue condenado a tres años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo. También quedó inhabilitado por el mismo tiempo para ejercer como letrado y deberá pagar una multa por 40 mil pesos. Las restricciones. El fallo en primera instancia fue recurrido por la Defensa. ]]>
                </summary>
                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                <updated>2019-09-07T10:45:13+00:00</updated>
                <published>2019-09-05T10:53:08+00:00</published>
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        <title>
            Condenaron a Castaño a prisión por estafar a sus clientes y quedó inhabilitado para ejercer como abogado
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JDYWJaD5HcWNNTTFuNroWS_8Ods=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/Juicio-Casta%C3%B1o-28-08-2019-20.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Según este Diario pudo confirmar de fuentes judiciales, el juez Gustavo Borghi del TOC 1 de Azul, que presidió el debate en torno a las acusaciones contra el polémico abogado Claudio Castaño, dio por acreditados los hechos enrostrados por la fiscalía y falló contra el imputado. Lo sentenció a la pena de tres años y ochos meses de prisión de cumplimiento efectivo y el mismo lapso de tiempo para ejercer como letrado. Asimismo, se le fijó una multa de 40 mil pesos por el perjuicio económico padecido por las víctimas estafadas, quienes resultaban sus clientes en sus respectivas causas penales.</p>
<p>A la vez, el magistrado, además de otras medidas restrictivas,  ordenó enviar copia de las actuaciones a la fiscalía competente para investigar el posible delito de falso testimonio en el que habría incurrido uno de los testigos que, en una de las audiencias, negó y rectificó lo que oportunamente había pronunciado en el expediente y mereció una de las tres imputaciones contra el abogado.</p>
<p>Cabe consignar que se trata de un fallo en primera instancia por lo que se desprende que será recurrido, léase que no quedó firme, por lo que el cumplimiento de la condena quedó supeditado a definiciones procesales en tribunales de alzada. Asimismo, queda pendiente aún en la Corte un recurso con el que había insistido la defensa respecto a la suspensión de juicio que, en este caso, no fue considerado por el Tribunal azuleño a la hora de considerar que era pertinente iniciar el debate frente al riesgo de que la causa prescribiera.</p>
<p>Noticia en desarrollo</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JDYWJaD5HcWNNTTFuNroWS_8Ods=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/Juicio-Casta%C3%B1o-28-08-2019-20.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Pasado el mediodía, desde el Tribunal Criminal 1 de Azul trascendió el veredicto en torno al juicio contra el controvertido abogado, acusado de estafar a sus clientes con pedido de dinero para coimear a funcionarios judiciales y policiales. Para el magistrado, fueron acreditados los hechos y lo sentenció a tres años y ocho meses de prisión y la misma cantidad de tiempo de inhabilitación para ejercer como letrado. La condena en primera instancia es la antesala del próximo debate por una causa de abuso sexual.]]>
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                <updated>2019-09-04T17:35:44+00:00</updated>
                <published>2019-09-04T17:33:34+00:00</published>
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            Pidieron prisión e inhabilitación para ejercer como abogado y Castaño alegó su inocencia
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jIQBKG_MhCLTDUyrnqZJq0AgWOs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/Juicio-Casta%C3%B1o-28-08-2019-5.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>&nbsp;</p>

			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			
			
				
			

<p>Cual paradoja del destino que supo forzar, en vísperas del Día del Abogado,  Claudio Castaño dirigió sus últimas palabras frente al juez Gustavo Borghi, quien tendrá entre sus manos resolver un veredicto frente a lo visto y oído en las cuatro audiencias que ventilaron las tres imputaciones que pesan sobre las espaldas de un letrado que, esta vez,  abandonó las estridencias para arroparse con una postura adusta, queriendo mostrar templanza,  y con la voz entrecortada se dijo inocente, no sin antes enredarse en conceptos sueltos sobre su rol y su misión por una profesión que abrazó y que se eligieron mutuamente.</p>
<p>Antes, el fiscal Damián Borean, primero, y la defensora Adriana Hernández, después, desplegaron sus respectivos alegatos con sólidas argumentaciones. Para la acusación fueron probados los hechos y merecen el reproche penal por la figura delictiva de defraudación (dos hechos y una en grado de tentativa), peticionando en consecuencia cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo, más la inhabilitación por cinco años para ejercer como abogado.</p>
<p>Asimismo, frente el perjuicio patrimonial que sufrieron las víctimas por las citadas estafas, consideró que debía ser multado con 45 mil pesos.</p>
<p>A modo adicional, el fiscal no obvió señalar sobre lo denunciado por los testigos de la antevíspera, acerca de la denuncia por amenazas sufridas por el mismísimo Castaño a la salida del edificio judicial.</p>
<p>Si bien no hacían al objeto del proceso en debate, Borean consideró que el juez debía expedirse sobre lo ocurrido y que todo lo ventilado en el recinto fuese trasladado a la fiscalía interviniente para investigar el delito que se añadió en medio del juicio.</p>
<p>La defensa, por su parte, alegó la inocencia de su pupilo y colega, exigiendo la absolución de culpa y cargo, no sin antes intentar derribar una y cada una de las imputaciones expuestas. Ahora el magistrado, más precisamente el miércoles de la semana que viene, al mediodía, dictará sentencia sobre el entuerto planteado.</p>
<p>La acusación</p>
<p>Se arribó casi a las 10 cuando el juez le dio lugar al fiscal para que desplegara su alegato final. Borean recogió el convite y anticipó que su intervención se iba a extender ante la profusa información que se contó por las tres causas en pugna y en la obligación de ser puntilloso para no dejar dudas sobre el delito que se estaba discutiendo y la responsabilidad penal del acusado.</p>
<p>Reseñó que las causas se iniciaron en el 2011, a partir de un denuncia de un hombre –aquí testigo- que confirmó haber sido víctima de una estafa y así se plasmó en el expediente, aunque más luego en su ampliación y lo expuesto en el recinto del Tribunal distó de aquellas apreciaciones. Más bien todo lo contrario. Negó que se haya sentido estafado por Castaño.</p>
<p>Empero, el fiscal se quedó con aquella primera impresión, con la primera declaración para ser más exactos. Consideró que efectivamente el testigo le entregó parte del dinero que le había pedido Castaño en pos de mejorar la situación procesal, vía pago de coimas a agentes judiciales.</p>
<p>Cabe consignar –así lo hizo Borean- que se trataba de una causa por una contravención. Léase que más allá del debido asesoramiento legal (en el expediente ya contaba ya con la intervención de un defensor oficial) su situación procesal -estaba aprehendido- no iba a perdurar por mucho tiempo. Su liberación era cuestión de horas. Empero, Castaño le pidió dinero más allá de los honorarios para despojarlo de dicha aprehensión, coima mediante a los agentes judiciales.</p>
<p>Al respecto, Borean recordó el comparendo precisamente de los funcionarios judiciales que negaron de manera tajante haber tenido contacto alguno con el letrado y, mucho menos, el tenor de las presuntas conversaciones, acerca de recibir dinero para facilitar la situación del reo.</p>
<p>Borean puso especial relevancia en la nueva tesitura que tuvo el testigo a la hora de negar los hechos y, en otras escenas, mostrarse olvidadizo. Subrayando que se expusieron llamadas y mensajes de texto en los que quedaron reflejadas aquellas diligencias entre abogado y cliente más allá de lo legal, refiriéndose a la necesidad de aportar un extra.</p>
<p>Para el acusador, sobraban los motivos para creer en la primera exposición que dio forma a la denuncia y no la nueva versión, que evidentemente, a consideración del fiscal, tenía que ver con la influencia que ejerció el letrado para con quien mantiene una relación amistosa.</p>
<p>No olvidó citar a la expareja del testigo, quien sí fue precisa en recordar que efectivamente ella acompañó a su novio al estudio de Castaño con la intención de entregarle un dinero con destino de coima para agentes judiciales.</p>
<p>A criterio del fiscal, frente a las fragantes contradicciones y confuso relato del presentado como víctima, el hombre incurrió en un falso testimonio, por lo que peticionó al juez que procediera en consecuencia con la apertura de una investigación.</p>
<p>Entre olvidos y ratificaciones</p>
<p>El alegato prosiguió con la otra imputación, con otra víctima que, como la anterior, también prefirió cambiar el tono de su primera intervención frente al expediente y ahora, frente al juez, mostrarse olvidadizo y sin ganas de incriminar al abogado que lo supo asesorar cuando estuvo implicado en una causa.</p>
<p>Para Borean quedó en claro el arreglo espurio al que fue sometido la víctima de parte del ardid de Castaño, a la hora de pedirle dinero para coimear a un policía que tenía en custodia en la Seccional Segunda la motocicleta que se le había secuestrado, en el marco de una pesquisa por intento de homicidio.</p>
<p>Allí también el fiscal arremetió contra el rol del abogado cuestionado. Afirmando que fue mendaz a la hora de inferir a su cliente que había tenido comunicaciones telefónicas con funcionarios judiciales y con el propio uniformado en pos de mejorar la situación procesal como la liberación de la moto.</p>
<p>También en este caso la acusación puntualizó sobre la creíble versión del papá del testigo, quien traído a juicio ratificó que efectivamente había tomado conocimiento sobre el pedido de dinero para los funcionarios judiciales y policiales.</p>
<p>Ya sobre la tercera maniobra, y la más contundente a la hora de calibrar el caudal probatorio, Borean fue categórico a la hora de ahondar sobre la credibilidad de la pareja que sí ratificó sin titubear que fueron extorsionados por Castaño. Más bien se trató de una tentativa puesto que finalmente no entregaron dinero alguno.</p>
<p>Como se detalló, todo se destapó cuando la propia mujer se apersonó  a la sede judicial para entrevistarse con el fiscal Luis Piotti y pedirle un plan de pagos para la coima requerida. Lo que despertó la reacción judicial con la apertura de la causa en cuestión.</p>
<p>Sobre los testigos, se subrayó que fueron coherentes en tiempo, modo y lugar, como así también dejaron en evidencia la falta de animosidad contra el imputado.</p>
<p>Ya en el análisis general de los sucesos expuestos, para Borean resultaron tres maniobras fraudulentas con un mecanismo común, sin dejar de señalar que no hubo ningún acuerdo espurio entre las partes involucradas para perjudicarlo, más bien lo contrario.</p>
<p>Insistió en que el letrado se aprovechó de la situación desfavorable que atravesaban los clientes en plenos procesos, con el aditamento del desconocimiento que éstos tenían sobre los mecanismos judiciales.  En síntesis, acusó el delito de defraudación –tres hechos- en concurso real, uno en grado de tentativa.</p>
<p>Como atenuantes,  apeló al buen concepto que goza al abogado a partir de la abrumadora exposición que se hizo al respecto en el debate y la carencia de antecedentes penales. Como agravantes, el tratarse de un profesional del derecho que se aprovechó de sus conocimientos específicos en materia penal para engañar a sus clientes, la pluralidad de los hechos más las reiteradas sanciones disciplinarias que lleva consigo el controvertido abogado, incluso actualmente con la matrícula suspendida por el Colegio de Abogados hasta nuevo aviso.</p>
<p>Para la defensa, no hubo delito</p>
<p>Como era de esperar, la defensora Hernández  no compartió la valoración de la prueba con la que alegó el fiscal, no sin antes detenerse en la ramificación del juicio que aludió a las amenazas denunciadas por testigos.</p>
<p>La doctora dijo haberse retirado junto a su colega y pupilo del edificio y que incluso le acercó hasta su casa y que no advirtió situación similar alguna. Es más, se ofreció como testigo en la venidera causa de ser necesario.</p>
<p>Ya adentrándose en las imputaciones, subrayó que para que exista un delito requerían que las víctimas hayan concretado una retribución patrimonial, situación que aquí no quedó demostrado. Nada fue probado, al decir de la defensa.</p>
<p>Discrepando con el criterio fiscal, subrayó que no podía prevalecer una declaración sobre otra, acerca de los dichos en el expediente y lo ahora expuesto en la sala de debate. Asimismo, señaló que el primero de los testigos presentado como víctimas nunca dijo sentirse estafado y que negó haber entregado dinero alguno al abogado.</p>
<p>Así, ahondaría sobre el ejercicio de la profesión del derecho, acerca de cobrar los honorarios y, en algunas oportunidades, de forma informal, o a modo de adelanto por un asesoramiento, lo que no implicaba una extorsión para entregar dinero a judiciales a modo de coima.</p>
<p>Remarcó sobre la contundencia del relato escuchado en el debate del testigo que corrigió una y cada una de las expresiones que habían sido volcadas al expediente cual denuncia y que ahora eran echadas por tierra, a partir de su retractación.</p>
<p>No obvió mencionar sobre los dichos de la expareja de la citada  víctima que, en definitiva, resultaba una testigo de oídas, por lo que debía restarse importancia sobre lo que pudo aportar.</p>
<p>Hernández fue tajante en aseverar que ninguno de los testigos traídos al juicio fueron víctimas. En algunos casos resultaron deudores del abogado por la oportuna asistencia brindada y, en otros solo dieron dinero en carácter de honorarios. Así, no existía la figura del perjuicio económico, ergo, no había delito alguno.</p>
<p>Ya sobre la pena requerida, la abogada consideró exagerada en el hipotético caso de que existiera algún reproche penal por endilgarle a su representado, considerando que Castaño siempre estuvo a derecho, asistió a las audiencias y requisitorias que fue citado y nunca entorpeció el proceso.</p>
<p>Tampoco obvió contrarrestar sobre el agravante de las sanciones disciplinarias del Colegio de Abogados, al calificar como un despropósito que fuera suspendida la matrícula sin sentencia firme.</p>
<p>Al respecto, el fiscal Borean pidió luego aclarar sobre la acotación, sosteniendo que las sanciones disciplinarias que él aludió en los agravantes aludían a otras circunstancias previas a las causas ahora debatidas.</p>
<p>Así, se cerrarían los alegatos y finalizaba la cuarta y última audiencia al aguardo del miércoles al mediodía, cuando el juez Borghi dé a conocer su veredicto sobre un litigio que estuvo al borde de la prescripción, y que, en el fondo, pareció la antesala del debate por venir, aquel que alude a la imputación por abuso sexual.</p>
<p>Sin fecha confirmada, el mismo juez, la misma defensora y el mismo acusado, con otro fiscal (Marcos Eguzquiza), se verán las caras por un delito mucho más gravoso que, de resultar con un veredicto condenatorio, llevaría a la cárcel al abogado.</p>
<p>Castaño, el personaje y la persona</p>
<p>Tomándose del derecho que le asiste, con la aclaración del juez de que no se trataba de una nueva declaración, Castaño cerró el juicio aludiendo que se iba a despojar del “personaje” y del abogado para hablar como persona, como Claudio Castaño.</p>
<p>Aludió a sus ideas políticas pero que en el ejercicio de la profesión terminó siendo “un socialista”, al tener cuenta los dichos de varios testigos que esgrimieron cómo fueron asesorados por él sin contraprestación monetaria alguna.</p>
<p>Apelando al espíritu olímpico, dijo que su vida se rigió en “no ir por el oro ni por la plata, si no por el bronce, por trascender en la profesión”, para luego apelar a una frase tanguera que de algún modo le servían como metáfora de lo que vivido con estas causas: “Aprendí a cuidar los zapatos andando de rodillas”.</p>
<p>“Ni mi madre ni mi padre saben distinguir entre el hijo y el personaje que creé y ahora me ha llegado el momento de advertir que el personaje montado me está haciendo mal, porque “el Claudio Castaño hombre, tiene principios, tiene límites”.</p>
<p>Dijo haber aprendido a ser esclavo de sus silencios, como también aprendió a “cultivas la templanza y la fortaleza”.</p>
<p>En sus zigzagueantes postulados, con argumentos enrevesados y frases en latín cual estandartes, Castaño destacó su admiración por los actores judiciales azuleños en detrimento de lo que ocurre en Tandil, aunque afirmando su buen concepto a pesar de las diferencias políticas del defensor oficial “de justicia legítima” (por Diego Araujo) y no dejando de señalar que hoy aquí, el dedo acusador –el fiscal- era un ahijado de Esteban Righi (exProcurador de la Nación). Un comentario que poco hacía a lo que se ponía en juego sobre su futuro procesal.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jIQBKG_MhCLTDUyrnqZJq0AgWOs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/Juicio-Casta%C3%B1o-28-08-2019-5.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Ayer, en los alegatos, el fiscal dio por probados los hechos enrostrados al controvertido letrado y pidió que sea condenado a cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo, cinco años de inhabilitación para ejercer la profesión más 45 mil pesos de multa. Para la defensa, no se acreditó la responsabilidad penal y no hubo perjuicio económico para las presuntas víctimas, por lo que solicitó la absolución. Castaño, se “despojó del personaje” y cerró el debate apelando a su honestidad. ]]>
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                <updated>2019-08-30T07:28:20+00:00</updated>
                <published>2019-08-29T07:28:40+00:00</published>
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            El fiscal pidió 4 años de prisión efectiva y 5 años de inhabilitación para Castaño
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/e2cmgtsEZBx9VrbuSElcXBt6xKY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/2846485f-img-20190828-wa0024.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Se realizó este miércoles la cuarta audiencia prevista en torno al juicio contra el abogado Claudio Castaño, en el que fiscal Damián Borean solicitó la pena de 4 años de prisión de cumplimiento efectivo y 5 años de inhabilitación como abogado.</p>
<p>Nuevos testigos ratificaron que fueron estafados por Castaño y tras declarar denunciaron que sufrieron amenazas</p>
<p>Pasadas las 9.45 comenzó la audiencia en el TOC1 de Azul a cargo del juez Gustavo Borghi. Claudio Castaño, afronta tres imputaciones por presunta defraudación. Se lo acusa de pedirle dinero a quienes eran sus clientes para coimear a jueces, fiscales y policías, en pos de un presunto beneficio en la situación procesal. Fueron precisamente sus pupilos y familiares quienes oportunamente declararon en la instrucción confirmando la especie, lo que llevó a las imputaciones al controvertido letrado que, además, aguarda por otro juicio (fue postergado hasta nuevo aviso) con un delito más gravoso: está acusado de abuso sexual contra un joven con problemas psiquiátricos.</p>
<p>Dos clientes de Castaño que lo habían incriminado ahora negaron los hechos o no los recordaban</p>
<p>En tanto, la defensora oficial Adriana Hernández, solicitó la absolución de la causa por entender que no se probaron los delitos por los cuales era imputado Castaño.</p>
<p>El polémico abogado Castaño comenzó a afrontar su primer juicio con testimonios que lo complicaron en la primera audiencia</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/e2cmgtsEZBx9VrbuSElcXBt6xKY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/08/2846485f-img-20190828-wa0024.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se realizó este miércoles la cuarta audiencia prevista en torno al juicio contra el abogado Claudio Castaño, en el que fiscal Damián Borean solicitó l...]]>
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                <updated>2019-08-28T12:25:44+00:00</updated>
                <published>2019-08-28T12:15:37+00:00</published>
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