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    <title>El Eco de Tandil</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Tandil.</subtitle>
    <updated>2026-06-24T22:50:50+00:00</updated>
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        <title>
            La Justicia intimó a la Anses a restituir la pensión por viudez de Cristina Kirchner
        </title>
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ozs7R6WskeY-k21wQD0O-pONlUc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/05/cristina_kirchner.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara Federal de la Seguridad Social intimó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) a restituir, en un plazo de diez días, la pensión por viudez que percibe Cristina Fernández de Kirchner por el fallecimiento del expresidente Néstor Kirchner.</p><p>La resolución, difundida este miércoles, lleva la firma de la jueza federal Karina Alonso Candis y establece que el organismo previsional deberá efectivizar el reintegro de los haberes "bajo apercibimiento de ejecución" en caso de incumplimiento.</p><p>El fallo aclara que la medida alcanza exclusivamente a la pensión derivada del fallecimiento de Néstor Kirchner. En cambio, la asignación vitalicia que le corresponde a Cristina Kirchner por haber ejercido la Presidencia de la Nación continúa suspendida en sede administrativa debido a la condena dictada en la causa Vialidad.</p><p>La decisión judicial se conoce luego de que, el pasado 11 de junio, Anses solicitara una caución real o personal como condición previa para concretar la devolución del beneficio. Según argumentó el organismo, la exigencia buscaba resguardar los fondos públicos ante la posibilidad de que la Corte Suprema revirtiera la medida cautelar que ordenó restituir la prestación.</p><p>El planteo de Anses se basó en el artículo 5 de la Ley 26.854, que prevé la constitución de garantías para cubrir eventuales daños y perjuicios derivados de una medida cautelar. De esta manera, el organismo pretendía contar con un respaldo económico que permitiera recuperar los fondos abonados en caso de que la resolución definitiva resultara desfavorable para la ex mandataria.</p><p>De acuerdo con estimaciones oficiales, la pensión reclamada por la actual titular del Partido Justicialista equivale a 38 haberes mínimos, lo que representa aproximadamente 15,3 millones de pesos mensuales.</p><p>Con esta nueva resolución, la Justicia avanzó en favor de la restitución del beneficio previsional vinculado a la condición de viuda del ex presidente, mientras continúa pendiente la situación de la asignación vitalicia correspondiente a su paso por la Presidencia de la Nación.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ozs7R6WskeY-k21wQD0O-pONlUc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/05/cristina_kirchner.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo previsional tendrá un plazo de diez días para reanudar el pago del beneficio correspondiente a la pensión por el fallecimiento de Néstor Kirchner. La asignación vitalicia como ex presidenta continúa suspendida.]]>
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                                                <category term="politica" label="Política" />
                                <updated>2026-06-24T22:50:50+00:00</updated>
                <published>2026-06-24T22:48:13+00:00</published>
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            La Justicia bonaerense avanza en la regulación del uso de inteligencia artificial
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/provincia/la-justicia-bonaerense-avanza-en-la-regulacion-del-uso-de-inteligencia-artificial" type="text/html" title="La Justicia bonaerense avanza en la regulación del uso de inteligencia artificial" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/provincia/la-justicia-bonaerense-avanza-en-la-regulacion-del-uso-de-inteligencia-artificial">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Vmy34V_m6ucUjbgbCZuhe1wOpDg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/palacio_de_justicia_bonaerense.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires dio un paso histórico en el proceso de modernización del Poder Judicial al poner en consulta pública un proyecto de reglamento destinado a regular el desarrollo y uso responsable de herramientas de inteligencia artificial (IA) en los tribunales bonaerenses. Además, dispuso la creación de una Comisión de Gobernanza y Uso de Inteligencia Artificial que tendrá a su cargo la supervisión y seguimiento de la iniciativa.</p><p>La medida busca establecer un marco institucional y jurídico para la incorporación progresiva de sistemas de IA en la administración de justicia, garantizando que su utilización se realice de manera segura, ética y respetuosa de los derechos fundamentales.</p><p>El proyecto, que permanecerá abierto a observaciones y sugerencias hasta el próximo 7 de agosto, constituye una experiencia inédita en el ámbito judicial argentino. Bajo la premisa de que “la función jurisdiccional es indelegable e insustituible”, la Corte busca evitar que las herramientas tecnológicas sustituyan el razonamiento humano en la toma de decisiones judiciales.</p><p>Según la resolución, magistrados, funcionarios, empleados judiciales, colegios profesionales, universidades y cualquier persona interesada podrán participar de la consulta pública a través de un formulario disponible en el sitio web oficial del máximo tribunal.</p>Los beneficios y riesgos de la IA<p>La Suprema Corte destacó que la inteligencia artificial ya se utiliza en distintos sistemas judiciales del mundo para tareas vinculadas a la gestión de expedientes, análisis de datos, sistematización de jurisprudencia y atención de usuarios. Sin embargo, advirtió que estas tecnologías también presentan riesgos, como la reproducción de sesgos, errores en los resultados o la generación de información inexacta.</p><p>En ese sentido, el futuro reglamento apunta a mejorar la eficiencia de los procesos judiciales y administrativos, facilitar el acceso a la justicia mediante la reducción de barreras tecnológicas, lingüísticas y geográficas, y brindar herramientas de apoyo a la labor jurisdiccional sin reemplazar la intervención humana.</p><p>El texto establece de manera expresa que ningún sistema de inteligencia artificial podrá asumir la toma de decisiones judiciales, la valoración de pruebas ni la elaboración de los fundamentos jurídicos que sustentan sentencias o resoluciones.</p><p>Asimismo, aclara que el uso de estas herramientas no exime a jueces, funcionarios ni agentes de la responsabilidad sobre el contenido, la validez y la legalidad de los actos en los que intervengan sistemas de IA. Por el contrario, deberán ejercer un control sustantivo y documentado sobre los resultados obtenidos.</p>Restricciones para proteger información sensible<p>Entre las disposiciones más relevantes, la Corte prohibió a sus integrantes utilizar chatbots de acceso gratuito o comercial, como ChatGPT, para procesar información judicial sensible o vinculada a investigaciones en curso.</p><p>La decisión se fundamenta en la necesidad de proteger datos personales y evitar que información confidencial pueda ser utilizada para el entrenamiento de modelos de inteligencia artificial fuera del control institucional.</p><p>De esta manera, la Suprema Corte bonaerense busca avanzar en la incorporación de nuevas tecnologías al sistema judicial, pero bajo reglas claras que preserven la transparencia, la seguridad de los datos y el rol irremplazable de las personas en la administración de justicia.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Vmy34V_m6ucUjbgbCZuhe1wOpDg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/palacio_de_justicia_bonaerense.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Suprema Corte puso en consulta pública un proyecto de reglamento para incorporar herramientas de IA en el ámbito judicial.]]>
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                                                <category term="provincia" label="Provincia" />
                                <updated>2026-06-24T22:04:12+00:00</updated>
                <published>2026-06-24T22:02:16+00:00</published>
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            La Corte bonaerense prohibió que la Inteligencia Artificial dicte sentencias o valore pruebas
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/provincia/la-corte-bonaerense-prohibio-que-la-inteligencia-artificial-dicte-sentencias-o-valore-pruebas" type="text/html" title="La Corte bonaerense prohibió que la Inteligencia Artificial dicte sentencias o valore pruebas" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/provincia/la-corte-bonaerense-prohibio-que-la-inteligencia-artificial-dicte-sentencias-o-valore-pruebas">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XgtJb1GDHTm_dhlW13GmDQSSqq8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2016/05/SUPREMA-CORTE-FACHADA.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires puso en consulta pública un proyecto de reglamento para el desarrollo y uso responsable de herramientas de Inteligencia Artificial (IA) en el ámbito judicial. Como parte de esta iniciativa, se creó una Comisión de Gobernanza y Uso de Inteligencia Artificial, la cual tendrá a su cargo la supervisión del proceso.</p><p>Esta medida se enmarca en un plan de modernización tecnológica que busca establecer un marco institucional y jurídico para la incorporación progresiva de sistemas de IA, garantizando su utilización de manera segura, ética y respetuosa de los derechos fundamentales. El proyecto, que representa un paso sin precedentes para la justicia del país, estará sometido a una consulta participativa hasta el 7 de agosto.</p><p>Bajo la premisa de que “la función jurisdiccional es indelegable e insustituible”, el tribunal busca evitar que las herramientas tecnológicas reemplacen el razonamiento humano en la toma de decisiones judiciales. Según la resolución publicada, magistrados, funcionarios, agentes judiciales, colegios profesionales, universidades y demás interesados pueden presentar observaciones y sugerencias a través de un espacio específico habilitado en el sitio web de la Suprema Corte.</p>Reglas claras ante los riesgos<p>El tribunal destacó que la inteligencia artificial ya es utilizada en distintos sistemas judiciales del mundo para tareas como la gestión de procesos, el análisis de datos, la sistematización de jurisprudencia y la atención de usuarios. Sin embargo, advirtió sobre los riesgos asociados a estas tecnologías, entre ellos la posibilidad de reproducir sesgos, generar errores o producir contenidos inexactos.</p><p>Entre los objetivos del futuro reglamento figuran la mejora de la eficiencia en los procesos judiciales y administrativos, el fortalecimiento del acceso a la justicia mediante la reducción de barreras tecnológicas, lingüísticas y geográficas, y el apoyo a la labor jurisdiccional sin reemplazar el razonamiento ni la decisión humana.</p><p>La resolución subraya que la función jurisdiccional es “indelegable e insustituible” y establece que bajo ninguna circunstancia podrá delegarse en sistemas de inteligencia artificial la toma de decisiones judiciales, la valoración de pruebas o la elaboración del razonamiento jurídico que sustenta sentencias o resoluciones. Asimismo, dispone que el uso de estas herramientas no exime a jueces, funcionarios o agentes de la responsabilidad por el contenido, validez y legalidad de los actos en los que intervengan sistemas de IA, debiendo ejercer un control sustantivo y documentado sobre los resultados obtenidos.</p><p>Finalmente, la Corte le prohibió a sus integrantes el uso de chatbots de acceso gratuito o comercial, tales como ChatGPT, para tratar información judicial sensible o investigaciones en curso, ante el riesgo de que esos datos personales sean utilizados para entrenar modelos futuros fuera del control institucional.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XgtJb1GDHTm_dhlW13GmDQSSqq8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2016/05/SUPREMA-CORTE-FACHADA.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El máximo tribunal provincial presentó un proyecto de reglamento para regular el uso de herramientas de IA en el ámbito judicial, garantizando que la decisión final siga siendo humana.]]>
                </summary>
                                                <category term="provincia" label="Provincia" />
                                <updated>2026-06-24T16:03:22+00:00</updated>
                <published>2026-06-24T16:03:20+00:00</published>
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        <title>
            El fiscal pidió prisión efectiva para Lezica y Altamirano
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/policiales/el-fiscal-pidio-prision-efectiva-para-lezica-y-altamirano" type="text/html" title="El fiscal pidió prisión efectiva para Lezica y Altamirano" />
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                <![CDATA[Guillermo Liggerini]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/DgyG0FG6clOZw5bRCTZgPFOiDdQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/juicio_griselda_altamirano_11.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El acusador insistió en la coautoría funcional. Planteó una pena unificada de cinco años para Altamirano y tres para Lezica. La defensa reclamó no criminalizar la protesta y alegó la absolución.]]>
                </summary>
                                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                                <updated>2026-06-24T18:15:06+00:00</updated>
                <published>2026-06-24T09:33:50+00:00</published>
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        <title>
            Vestida de “burguesa”, Altamirano finalmente enfrentó  el juicio acusada de “coautora funcional” de los daños al Municipio
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/policiales/vestida-de-burguesa-altamirano-finalmente-enfrento-el-juicio-acusada-de-coautora-funcional-de-los-danos-al-municipio" type="text/html" title="Vestida de “burguesa”, Altamirano finalmente enfrentó  el juicio acusada de “coautora funcional” de los daños al Municipio" />
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                <![CDATA[Guillermo Liggerini]]>
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        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TTmPCduHlEST51XOnYNibVntDww=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/juicio_altamirano.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La dirigente y su expareja Jorge Lezica se sentaron en el sillón de los acusados. Los testigos. La estrategia de las partes.]]>
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                                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                                <updated>2026-06-24T02:25:04+00:00</updated>
                <published>2026-06-19T07:30:00+00:00</published>
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        <title>
            La Justicia avaló el cambio de domicilio de la AFA y anuló la intervención del Gobierno
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/la-justicia-avalo-el-cambio-de-domicilio-de-la-afa-a-pilar-y-anulo-la-intervencion-del-gobierno" type="text/html" title="La Justicia avaló el cambio de domicilio de la AFA y anuló la intervención del Gobierno" />
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                <![CDATA[El Eco IA]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZOjf9JY3UnEV0QmDS99ZKVpYUYg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/asociacion_del_futbol_argentino.JPG" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara Nacional en lo Civil avaló este miércoles el cambio de domicilio de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la provincia de Buenos Aires. Con esta resolución, el tribunal anuló la resolución del Ministerio de Justicia que había dispuesto la designación de veedores en la entidad que preside Claudio “Chiqui” Tapia.</p><p>En 2024, a través de una asamblea de representantes, la AFA determinó el traslado de su sede social a Pilar, inscribiéndola en dicha jurisdicción. Los camaristas Gabriel Rolleri, Maximiliano Caia y Juan Manuel Converset determinaron que el control de legalidad y las facultades de fiscalización sobre la entidad quedaron consolidados bajo el organismo provincial.</p><p>El fallo judicial declaró la nulidad de la Resolución Particular 140/26 emitida por la Inspección General de Justicia (IGJ) el 18 de febrero de 2026, así como también la nulidad de la RESOL-2026-128-APN-MJ, dictada el 16 de marzo de 2026 por el ministro de justicia de la nación, Juan Bautista Mahiques, que establecía una intervención por 180 días hábiles.</p><p>“Quedó definitivamente consolidado bajo este organismo el control de legalidad y las facultades de fiscalización sobre esta entidad”.</p><p>Los magistrados argumentaron que, una vez que la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bonaerense autorizó la inscripción del cambio de jurisdicción mediante la resolución 9000/2024, la IGJ perdió competencia para realizar inspecciones o cuestionar el domicilio declarado. Según el tribunal, someter a la entidad a un doble control de legalidad resulta incompatible con el sistema federal y los principios del derecho administrativo.</p><p>La medida de intervención, que había sido solicitada por la IGJ tras detectar irregularidades en el funcionamiento institucional y registral de la entidad, queda así desactivada tras el fallo de la Cámara Nacional en lo Civil.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZOjf9JY3UnEV0QmDS99ZKVpYUYg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/asociacion_del_futbol_argentino.JPG" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara Nacional en lo Civil convalidó el traslado de la sede social de la entidad deportiva y dejó sin efecto la designación de veedores dispuesta por el Ministerio de Justicia.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-06-18T15:00:06+00:00</updated>
                <published>2026-06-18T14:52:05+00:00</published>
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        <title>
            El Gobierno oficializó la flexibilización del proceso para designar jueces de la Corte Suprema
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/politica/el-gobierno-oficializo-la-flexibilizacion-del-proceso-para-designar-jueces-de-la-corte-suprema" type="text/html" title="El Gobierno oficializó la flexibilización del proceso para designar jueces de la Corte Suprema" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Fp4b9kHQoJGY9dk1q0VjPwB2kuE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/santiago_caputo.JPG" class="type:primaryImage" /></figure><p>El presidente Javier Milei reformó este martes el proceso de postulación de magistrados federales mediante la firma del Decreto 467/2026. La norma, publicada en el Boletín Oficial, modifica los decretos 222/2003 y 588/2003 con el objetivo de eliminar una serie de instancias administrativas previas a la nominación presidencial que, según el texto oficial, duplicaban etapas ya previstas en el procedimiento constitucional del Senado de la Nación.</p><p>El decreto, que lleva también la firma del ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, alcanza al proceso de designación de miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, del Procurador General de la Nación, del Defensor General de la Nación y de los jueces de tribunales federales inferiores, fiscales y defensores públicos.</p><p>La medida generó diversas interpretaciones respecto a un posible avance para cubrir las vacantes en la Corte Suprema, tras las jubilaciones de Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco. Desde el entorno de Mahiques admiten que el momento elegido para la medida propicia este tipo de lecturas.</p>La postura del Gobierno<p>El asesor presidencial Santiago Caputo se manifestó esta mañana a través de la red social X, donde expresó su adhesión a la normativa. Al respecto, sostuvo:</p>El método de nombramiento y designación de jueces ya cuenta con un proceso de transparencia y participación ciudadana. Son las audiencias públicas que se realizan en el Senado de la Nación en donde se encuentra el pueblo de cada provincia representado. Si tienen un problema con eso lo que hay que hacer es elegir mejores senadores. El pueblo no gobierna ni delibera sino a través de sus representantes.<p>Fuentes oficiales de la Casa Rosada indicaron que el ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti, mantuvo reuniones con el Presidente donde le propuso dos candidatos para completar la integración del máximo tribunal. Según información trascendida, Santiago Caputo vería con buenos ojos avanzar en esta dirección, en línea con la agilización que propone el nuevo decreto.</p><p>Desde el Ministerio de Justicia señalaron que el interés principal radica en reducir la burocracia para cubrir vacantes en juzgados, fiscalías y defensorías. Operadores judiciales del Gobierno calificaron el trámite actual como complejo, señalando que la revisión de pliegos puede realizarse correctamente a través del proceso establecido por el Senado.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Fp4b9kHQoJGY9dk1q0VjPwB2kuE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/santiago_caputo.JPG" class="type:primaryImage" /></figure>A través del Decreto 467/2026, el Poder Ejecutivo eliminó instancias administrativas previas para agilizar la nominación de magistrados federales y miembros del máximo tribunal.]]>
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                                                <category term="politica" label="Política" />
                                <updated>2026-06-16T20:42:54+00:00</updated>
                <published>2026-06-16T20:38:51+00:00</published>
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        <title>
            Triple femicidio en Florencio Varela: dictaron la prisión preventiva para &quot;Pequeño J&quot;
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/policiales/triple-femicidio-en-florencio-varela-dictaron-la-prision-preventiva-para-pequeno-j" type="text/html" title="Triple femicidio en Florencio Varela: dictaron la prisión preventiva para &quot;Pequeño J&quot;" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/soPFIotTwmmeJ1m6NJKmSxe1X1Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/pequeno.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Justicia Federal dictó el procesamiento con prisión preventiva para Tony Janzen Valverde Victoriano, conocido en el ámbito delictivo como “Pequeño J”. El sujeto está acusado de ser uno de los principales responsables del triple femicidio de Lara Gutiérrez, de 15 años, Morena Verdi y Brenda del Castillo, ambas de 20, ocurrido en la localidad bonaerense de Florencio Varela en septiembre de 2025.</p><p>La medida fue dispuesta el pasado viernes por el juez federal Jorge Ernesto Rodríguez, titular del Juzgado Federal N°2 de Morón. El magistrado consideró que existen pruebas suficientes para imputar a Valverde Victoriano como coautor de homicidio agravado por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas, con ensañamiento, alevosía y violencia de género en tres hechos, en concurso real entre sí.</p><p>De acuerdo con la reconstrucción judicial, se determinó que “Pequeño J” habría tenido una participación activa desde la planificación del hecho hasta la logística necesaria para captar y trasladar a las víctimas. Asimismo, se lo vincula con el aseguramiento del lugar donde las jóvenes permanecieron cautivas y con tareas de control y sometimiento dentro del inmueble donde finalmente fueron asesinadas.</p><p>En el documento judicial se sostiene que su accionar estuvo directamente relacionado con el desenlace fatal y que el acusado actuó con pleno conocimiento del plan común. Además, el magistrado remarcó que el imputado “aceptó la posibilidad - e incluso la finalidad - de provocar la muerte de las tres jóvenes”.</p><p>La situación judicial de Janzen Valverde se agravó durante los últimos meses. En un inicio, la Justicia había solicitado su extradición desde Perú por los cargos vinculados al triple homicidio. No obstante, posteriormente se requirió una ampliación de los delitos imputados a partir de nuevos elementos incorporados al expediente. En este marco, los investigadores comenzaron a profundizar distintas líneas que vinculan al acusado con una presunta organización criminal dedicada al narcotráfico a gran escala. A su vez, en la causa se incorporaron hipótesis relacionadas con posibles delitos de trata de personas, explotación sexual y eventuales maniobras de lavado de activos.</p><p>La causa continúa bajo la órbita de la Justicia Federal y permanece en la etapa investigativa. Con la detención de Valverde Victoriano, ya son 11 los imputados por el caso ocurrido el 19 de septiembre del año pasado en Florencio Varela.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/soPFIotTwmmeJ1m6NJKmSxe1X1Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/pequeno.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Justicia Federal procesó a Tony Janzen Valverde Victoriano por el crimen de tres jóvenes ocurrido en septiembre de 2025, vinculándolo además con una red de narcotráfico y trata de personas.]]>
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                                <updated>2026-06-13T12:30:01+00:00</updated>
                <published>2026-06-13T12:30:00+00:00</published>
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        <title>
            Una resolución de Casación ratificó la condena a dos municipales por abusar de una compañera
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/policiales/una-resolucion-de-casacion-ratifico-la-condena-a-dos-municipales-por-abusar-de-una-companera" type="text/html" title="Una resolución de Casación ratificó la condena a dos municipales por abusar de una compañera" />
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                <![CDATA[María Paula Rodriguez]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SCouGnV1ApkGniZUPNW7J6SG4i8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2021/05/inspeccion-general-juzgado-de-faltas-18-05-21-4.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Tras la sentencia en primera instancia y la confirmación de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Azul, quedó firme el fallo condenatorio por el delito de abuso sexual simple. Por el momento, Hugo Daniel Rey y Jorge Mauricio Palahi siguen en la planta permanente del Municipio de Tandil.]]>
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                                <updated>2026-06-08T20:15:05+00:00</updated>
                <published>2026-06-08T09:30:00+00:00</published>
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        <title>
            El docente agredido recibió el alta médico e interviene la Justicia tras la denuncia penal
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/policiales/el-docente-agredido-recibio-el-alta-medico-e-interviene-la-justicia-tras-la-denuncia-penal" type="text/html" title="El docente agredido recibió el alta médico e interviene la Justicia tras la denuncia penal" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/policiales/el-docente-agredido-recibio-el-alta-medico-e-interviene-la-justicia-tras-la-denuncia-penal">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ctO24ivg7hUCim7xQ-Hr4z4x7eI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/marcha_docente_agredido_san_jose_03_06_26_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>En medio de la sensible repercusión por la grave episodio de violencia desatado en un aula del Colegio San José, lo que llevó a convocantes movilizaciones de la comunidad educativa ayer por la mañana y en la antevíspera por la tarde, este Diario confirmó pormenores que hacen al estado de salud del docente agredido, &nbsp;como el derrotero judicial por venir para con el menor implicado.</p><p>De acuerdo a lo que se confió desde el círculo cercano al profesor de música Gastón Valdez, el docente ayer recibió el alta médico tras su internación en el Sanatorio Tandil, donde se constataron las delicadas lesiones sufridas en su rostro. Más precisamente se detalló una fractura maxilar superior.</p><p>Ayer pudo regresar a su domicilio y se aguarda el proceso de desinflamación para una futura intervención quirúrgica que requerirá el cuadro presentado.</p><p>A propósito de la herida sufrida en torno a los ribetes judiciales, por el parte médico legalmente se apunta al delito de “lesiones graves”.</p><p>También se confirmó que efectivamente se hizo la presentación judicial por la agresión citada. Más precisamente el padre del docente presentó la denuncia penal y recaló en la fiscalía del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil.</p><p>Cabe consignar que la fiscalía señalada no cuenta hace años con una fiscal titular (la doctora María de los Ángeles Marsiglio de jubiló), por lo que subrogan otros fiscales del fuero. En este caso, está a cargo del fiscal de Azul David Alejandro Carballo, titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio 2 del Departamento Judicial de Azul. Aunque tiene asiento principal en la vecina localidad, subroga y atiende causas penales, de responsabilidad juvenil y delitos conexos en Tandil y la región.</p><p>Respecto al proceso penal, recién instada la denuncia penal, y al tratarse de un menor de 17 años está comprendido en la eventual imputación del delito consignado bajo el proceso del Fuero Penal Juvenil (de 16 a 18 los jóvenes son imputables) siguiendo el mismo derrotero que con la justicia de mayores de edad.</p><p>Una vez avanzado el expediente, con recogimiento de testimonios y demás elementos de prueba, la instrucción derivará en sus respectivas conclusiones penales a saldar en un eventual suspensión de juicio a prueba y un debate oral no público, de acuerdo a lo que diriman las partes, léase entre acusador y defensor.</p>La comunidad educativa de Tandil se movilizó contra la violencia escolarEl caso<p>Como se informó en la edición pasada, el violento suceso ocurrió el pasado lunes, cuando el profesor de música sufrió la agresión de un golpe de puño propinado por un alumno de sexto año. La agresión ocurrió en medio de una clase y el docente permaneció internado &nbsp;hasta ayer.</p><p>De acuerdo a lo que pudo saber El Eco, el episodio ocurrió el lunes por la mañana dentro de un aula del Colegio San José, mientras se desarrollaba una clase de Música. En ese contexto, se indicó que un alumno del último año del nivel secundario golpeó al profesor en el rostro. Como consecuencia de la agresión, trascendió que el docente sufrió la grave lesión en su rostro.</p><p>En paralelo, comenzó a circular en redes sociales un video que mostró los instantes previos al hecho. En las imágenes se observaba un clima de fuerte tensión dentro del aula, con estudiantes protagonizando situaciones de descontrol. Incluso, uno de los jóvenes arrojó una silla en medio de la clase, reflejando el contexto en el que se habría desencadenado la agresión.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ctO24ivg7hUCim7xQ-Hr4z4x7eI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/marcha_docente_agredido_san_jose_03_06_26_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Actúa el Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil por el delito de “lesiones graves”. El docente está en su casa.]]>
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                                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                                <updated>2026-06-04T12:40:09+00:00</updated>
                <published>2026-06-04T09:31:47+00:00</published>
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            Revocaron la prisión condicional y ordenaron el decomiso de su camioneta por volver a manejar tras ser condenado
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/policiales/revocan-la-prision-condicional-y-ordenan-el-decomiso-de-su-camioneta-por-volver-a-manejar-tras-ser-condenado" type="text/html" title="Revocaron la prisión condicional y ordenaron el decomiso de su camioneta por volver a manejar tras ser condenado" />
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        <author>
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                <![CDATA[Guillermo Liggerini]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/MwdD1gk3cGvfEvtAA8xNMsvtSsI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/05/juicio_magali_19_05_22_3.JPG" class="type:primaryImage" /></figure>El automovilista quebrantó la inhibición legal por la cual había sido sentenciado. La hermana de la víctima lo grabó manejando.]]>
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                                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                                <updated>2026-05-30T13:15:09+00:00</updated>
                <published>2026-05-30T07:30:00+00:00</published>
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            La Justicia avanza con el decomiso de bienes de Cristina Kirchner y su familia
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/la-justicia-avanza-con-el-decomiso-de-bienes-de-cristina-kirchner-y-su-familia" type="text/html" title="La Justicia avanza con el decomiso de bienes de Cristina Kirchner y su familia" />
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                <![CDATA[El Eco IA]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/0Do7a5dPek8Hqe-g1MI0atYPjpA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/kirchner.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara Federal de Casación Penal ratificó el avance de la ejecución de bienes vinculados a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, sus hijos Máximo Kirchner y Florencia Kirchner, y otros condenados en la causa Vialidad. La decisión judicial rechazó los recursos extraordinarios presentados por las defensas, permitiendo la continuidad del proceso de recupero patrimonial.</p><p>El monto total a cubrir, tras la actualización realizada por peritos oficiales y el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema, supera los 684.990 millones de pesos. Ante la falta de pago por parte de los condenados, la Justicia procedió a avanzar con la ejecución de activos.</p>Los bienes alcanzados por el fallo<p>Entre las propiedades incluidas en la resolución se encuentra un inmueble sobre la Avenida 17 de Octubre al 800, en El Calafate, con una superficie de 6.001,64 metros cuadrados. Asimismo, el fallo alcanza a diez unidades inmobiliarias en la calle Mitre al 500, en Río Gallegos, cedidas anteriormente a los hijos de la exmandataria.</p><p>El listado también comprende inmuebles en 25 de Mayo al 200 y en Presidente Néstor Kirchner al 400, en la capital santacruceña, además de diversos terrenos en las inmediaciones de El Calafate. Entre los activos de mayor valor se destacan dos propiedades en el departamento Lago Argentino, con superficies de 44.106 y 87.046 metros cuadrados, respectivamente, junto al predio del Complejo Hotel Los Sauces.</p>El proceso judicial<p>La Justicia desestimó los planteos de la defensa que argumentaban que parte de los bienes pertenecían a los hijos de la ex presidenta por herencia o cesiones de buena fe. Los magistrados señalaron que existe una coincidencia temporal y vinculación económica entre los hechos investigados y el incremento patrimonial, lo que habilita el decomiso.</p><p>Con esta resolución, el Tribunal Oral Federal N° 2 quedó habilitado para iniciar las tareas de tasación, administración y eventual remate público de los bienes. Si bien la ex presidenta aún puede presentar un recurso de queja directa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, esta instancia no tiene efectos suspensivos sobre la ejecución patrimonial, por lo que el proceso continuará su curso.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/0Do7a5dPek8Hqe-g1MI0atYPjpA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/kirchner.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos de la expresidenta y sus hijos, habilitando la ejecución de activos para cubrir un monto superior a los 684.990 millones de pesos.]]>
                </summary>
                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-05-29T14:18:33+00:00</updated>
                <published>2026-05-29T14:14:13+00:00</published>
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        <title>
            “El argentino no tiene nada que ver”
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[Guillermo Liggerini]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/policiales/el-argentino-no-tiene-nada-que-ver">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xTguuuOYtEj7whuX5f78YF3YoRY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/chilenos.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El proceso judicial en torno a la instrucción penal que derivó en las aprensiones de los sospechados del atraco en el domicilio del extenista tandilense Juan Martín Del Potro tuvo ayer un nuevo capítulo judicial en orden al procesamiento de los implicados.</p><p>Cual rige el rito procesal, se conoció que los tres apresados en Junín como el par e Retiro, ya cumplimentaron la diligencia de la audiencia 308 (declaración indagatoria) en la que fueron notificados de los delitos que se les imputa y se les concede el derecho a prestar declaración.</p><p>En dicha audiencia, los tres primeros en forma presencial y el resto en forma virtual, aconsejados por sus respectivas defensas se negaron a prestar declaración, menos el argentino apresado, quien se prestó a la indagatoria y clamó su inocencia.</p><p>Según confió ante los judiciales, Walter Damián D’Amelio (39), conoció al par de chilenos a través de una convocatoria por la aplicación UBER, para realizar un viaje, el cual concretó tal lo descripto oportunamente en el periplo que los investigadores lograron reconstruir a través de las cámara de monitoreo más el rastreo de las antenas de los teléfonos celulares de los hasta allí sospechados.</p><p>Por lo que trascendió de la pesquisa, efectivamente desde el inicio de la pista desandada, el argentino no estaba contemplado dentro de la gavilla relacionada al robo a Del Potro como los otros ilícitos ocurridos en el país del norte. Ante las pruebas hasta aquí recogidas y añadidas al expediente que ya comenzó a reunir varias fojas al volumen del expediente, sería muy probable que D´Amelio quede implicado con una carga delictiva de menor cuantía, léase la figura del encubrimiento.</p><p>Un dato más: si bien los otros dos chilenos apresados con él en Junín se atuvieron al derecho que les asiste de no declarar, sí ambos, a su turno y sus formas, se encargaron de aclarar que “el argentino no tiene nada que ver” (SIC). Lo que sumaría entonces a la coartada esgrimida.</p><p>Con respecto a los otros dos chilenos apresados cuando se aprestaban a subir al colectivo rumbo a la triple frontera desde Retiro, prestaron declaración vía video llamada, acto en el que también se negaron a hablar.</p><p>Si bien la investigación continúa en pos de seguir reuniendo material probatorio y eventuales responsabilidades de otras posibles personas a la hora de la logística de la banda, el interrogante en los judiciales deviene sobre cómo avanzará el proceso de los implicados en medio de un pedido de extradición de los chilenos sindicados como autores de atracos anteriores en Estados Unidos. Aún no se resolvió en ese sentido qué competencia prevalecerá sobre otra a la hora de iniciar las definiciones procesales por los acusados.</p><p>En el medio del interrogante, se conoció que en el país trasandino fue detenido otro ciudadano chileno, también buscado por los mismos delitos ocurridos en Miami.</p><p>Por lo pronto, a los cinco implicados se les dictó formalmente la detención, al aguardo del avance del expediente.</p>El caso<p>Como se vino informando, el esclarecimiento del atraco que se registró el viernes 15 de mayo en la casa de Juan Martín del Potro, cobró dimensiones inusitadas al confirmarse que actuó una banda internacional que se dedicaba a robar casas de deportistas de elite y que había tenido entre sus víctimas a Travis Kelce, figura de los Kansas City Chiefs del fútbol americano y pareja de la cantante Taylor Swift, entre otras estrellas de las disciplinas más populares en Estados Unidos.</p><p>La investigación derivó en un primer operativo, el sábado pasado, en la estación de Retiro (CABA), cuando la Policía Federal detuvo a Bastian Jiménez Freraut e Ignacio Zuñiga Cartes, ambos de nacionalidad chilena y sobre quienes pesaba una alerta roja de Interpol emitida por Estados Unidos y pedidos de captura vigentes por el delito de robo con intimidación de un Juzgado de Garantías de Santiago de Chile.</p><p>En tanto, el último domingo, con la colaboración de la DDI de Junín, se logró la aprehensión en esa localidad de otros dos ciudadanos chilenos –Alfredo Eduardo Espinoza Gallardo, de 23 años, y Rodolfo Esteban Cartes Escobar, de 35- y de un argentino identificado como Walter Damián D’Amelio, de 39 años.</p><p>En el operativo en Junín, en el marco de la causa que instruye la UFI 16 a cargo del fiscal Marcos Eguzquiza, se secuestraron un auto Fiat Cronos negro, cinco teléfonos, dos relojes y una cartera blanca; mientras que en un taller del barrio porteño de San Cristóbal se incautó un Chevrolet Astra bordó, que fue el vehículo que utilizó parte de la banda para cometer el robo en Tandil.</p><p>Por otra parte, se confirmó que en el marco de la pesquisa se intervinieron dos líneas telefónicas que estaban a nombre de otras personas y que eran utilizadas por dos chilenos sospechosos del atraco en la casa de Del Potro.</p><p>De acuerdo a informes oficiales, Patricia Lucas, madre del tenista, denunció el mismo viernes que entre las 17 y las 19 habían ingresado en su propiedad ubicada en la zona de Don Bosco, tras romper una ventana del living. En ese momento señaló que de una habitación de la planta baja le habían robado una cadena con una cruz y una alianza con la inscripción “Patri 23/12/1983”, todo de oro; y de otra dependencia de la planta alta, le faltó una raqueta de tenis marca Babolat blanca y amarilla y dos relojes fuera de funcionamiento, uno Swatch y otro Nike.</p><p>Al día siguiente, la damnificada amplió la denuncia y agregó que también habían sustraído aproximadamente mil dólares, un reloj, varias prendas de vestir, dos perfumes importados, varios aros de fantasía, un reloj Rolex, cadenas de oro, pulseras y medallas que eran premios obtenidos por Juan Martín del Potro en torneos de tenis.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xTguuuOYtEj7whuX5f78YF3YoRY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/chilenos.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Dictaron la detención de los cinco implicados en el robo al extenista. Sus declaraciones.]]>
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                                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                                <updated>2026-05-27T12:35:31+00:00</updated>
                <published>2026-05-27T09:30:52+00:00</published>
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        <title>
            Designaron una jueza subrogante en el Fuero Civil local
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/policiales/designaron-una-jueza-subrogante-en-el-fueron-civil-local" type="text/html" title="Designaron una jueza subrogante en el Fuero Civil local" />
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                <![CDATA[Guillermo Liggerini]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mdrTaeLMXJFQ9dZ7Bg7hOizub5E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/juzgado_civil.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>En una reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, se resolvió la designación de una jueza para el fuero Civil y Comercial tandilense, quien en la actualidad solo está funcionando con un titular (el Juzgado 3) ante las licencias –de distinta índole- de los magistrados José Zárate y Francisco Blanc.</p><p>En efecto, en los vistos de la resolución del máximo tribunal, se señaló que por lo dispuesto por la Ley 13.837 (mod. por Ley 14.008 y Ley 14.901), que implementó el Cuerpo de Magistrados Suplentes en el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, y considerando que el fuero Civil y Comercial del Departamento Judicial Azul sede Tandil tiene a sus dos órganos temporariamente vacantes, se designó a la doctora María Silvia Guidoni, actualmente asignada al Juzgado Civil y Comercial &nbsp;5 de Mercedes, pase a prestar funciones al Juzgado en lo Civil y Comercial 1 en la ciudad, a partir del 1 de julio del presente año.</p><p>Cabe consignar que la decisión devino de una solicitud de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Azul, quien planteó a la Secretaría de Planificación la designación de un juez del Cuerpo de Magistrados Suplentes, para atender el Juzgado en lo Civil y Comercial 1, con asiento en Tandil, “con motivo de las dificultades que se presentan para coordinar la subrogancia de ambos órganos con los jueces del fuero de la cabecera departamental”.</p><p>Vale señalar que las licencias de ambos magistrados tandilenses devienen de situaciones muy diferentes. En lo que concierne a José Zárate, quedó apartado de su cargo por la denuncia que pesa sobre sus rol en un litigio entre privados que está al aguardo del jury, por el cual días pasados se procedió a seleccionar a los legisladores que conformarán el juicio de enjuiciamiento.</p><p>Con respecto al doctor Francisco Blanc, titular del Juzgado 2, está con licencias prolongadas por motivos de salud.</p><p>Como oportunamente se informó con respecto a Zárate, su licencia forzada fue dictada por el propio proceso del jury, a partir de la denuncia del grupo inversor Miradores de Montecristo.</p><p>Licenciaron por 90 días a un juez tandilense investigado por presuntas irregularidades</p><p>Tal se expuso, si bien la suspensión de la Corte ya había culminado (era por 90 días), persiste la misma sanción administrativa, pero ahora de parte del propio jury, medida que no tiene plazo. En esa instancia, se le retiene el 40 por ciento de los haberes hasta tanto se resuelva su suerte en el proceso de enjuiciamiento, ya sea por destitución o restitución.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mdrTaeLMXJFQ9dZ7Bg7hOizub5E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/juzgado_civil.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Ante las licencias de los magistrados José Zárate y Francisco Blanc.]]>
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                                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                                <updated>2026-05-27T11:35:07+00:00</updated>
                <published>2026-05-27T08:00:00+00:00</published>
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            Robo a Del Potro en Tandil: cronología de la investigación que logró dar con la banda buscada por EE.UU.
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/policiales/cronologia-de-la-investigacion-que-logro-dar-con-la-banda-que-le-robo-a-del-potro-y-era-buscada-por-eeuu-y-chile" type="text/html" title="Robo a Del Potro en Tandil: cronología de la investigación que logró dar con la banda buscada por EE.UU." />
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                <![CDATA[María Paula Rodriguez]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/3wWD92MP6n96pDGQoVMTqOn-y6w=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/robo_a_del_potro.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Efectivos de la DDI de Azul llevaron a cabo la pesquisa entre el 16 de mayo, día del atraco en la casa del tenista, y el último sábado. Lograron la resonante detención de un grupo de delincuentes que robaba en casas de deportistas de elite. Sobre dos de los integrantes pesaban órdenes de captura internacional. Desde la identificación del auto en el que arribaron a Tandil hasta los dos operativos con cinco aprehendidos.]]>
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                                <updated>2026-05-27T12:35:26+00:00</updated>
                <published>2026-05-26T09:00:00+00:00</published>
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            La Justicia anuló las elecciones en la UOM, desplazó a Abel Furlán e intervino el gremio
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/politica/la-justicia-anulo-las-elecciones-en-la-uom-desplazo-a-abel-furlan-e-intervino-el-gremio" type="text/html" title="La Justicia anuló las elecciones en la UOM, desplazó a Abel Furlán e intervino el gremio" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JmhK3CBI6hqFxJoNqk0EZsrdRBM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/uom.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió este viernes anular las elecciones sindicales de la seccional Campana de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), realizadas entre el 2 y el 4 de marzo, así como la elección nacional de autoridades llevada a cabo el 18 de marzo. El tribunal dispuso, además, la intervención judicial del gremio.</p><p>La Sala VIII del tribunal, integrada por los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González, fundamentó la decisión en la falta de garantías de una elección confiable, segura y transparente en el proceso electoral de la localidad bonaerense. Según el fallo, la mecánica adoptada para el resguardo y recuento de votos durante los tres días de votación destruyó la objetividad del proceso y vulneró los principios de libertad y democracia sindical.</p><p>El conflicto tuvo su origen en la denuncia presentada por la Lista Naranja, encabezada por Angel Derosso, que representó a la oposición en la UOM Zárate-Campana. La agrupación impugnó el proceso ante la Junta Electoral el 3 de marzo, solicitando que la elección se realizara en una sola jornada. Sin embargo, la junta, alineada con Abel Furlán, extendió los comicios a 3 días y mantuvo las urnas bajo su custodia unilateral.</p><p>&nbsp;</p><p>La custodia unilateral de las urnas sin controles efectivos ni intervención de los fiscales de todas las listas sepultó cualquier presunción de legitimidad y transparencia del comicio.</p><p>&nbsp;</p><p>El tribunal consideró que las autoridades no notificaron formalmente a la oposición sobre el rechazo a sus pedidos y calificó como inaceptable e irrazonable la medida de permitir que los apoderados opositores pernoctaran en la sede para custodiar las urnas. Al invalidar la elección en Campana, la justicia determinó que el impacto fue directo en la conformación del Colegio Electoral que eligió a Abel Furlán como secretario general nacional, declarando nulo también dicho proceso.</p><p>Como consecuencia, el fallo ordenó el cese inmediato de Abel Furlán y de todos los funcionarios electos. La justicia designó al doctor Alberto Biglieri como interventor, otorgándole un plazo de 180 días para convocar a nuevos comicios que garanticen la transparencia y seguridad del sufragio.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JmhK3CBI6hqFxJoNqk0EZsrdRBM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/uom.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo invalidó los comicios del sindicato metalúrgico por graves irregularidades y ordenó la intervención judicial de la entidad.]]>
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                                                <category term="politica" label="Política" />
                                <updated>2026-05-22T19:35:07+00:00</updated>
                <published>2026-05-22T19:29:13+00:00</published>
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            La vacunación compulsiva de un niño tras dos internaciones que pudieron evitarse
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/la-ciudad/la-vacunacion-compulsiva-de-un-nino-tras-dos-internaciones-que-pudieron-evitarse" type="text/html" title="La vacunación compulsiva de un niño tras dos internaciones que pudieron evitarse" />
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                <![CDATA[Guillermo Liggerini]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/la-ciudad/la-vacunacion-compulsiva-de-un-nino-tras-dos-internaciones-que-pudieron-evitarse">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/PaZYs9LCwYATXSWNrMw30fyh6HU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/juzgado_de_familia_2_4.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Como se informó en estas páginas el Juzgado de Familia &nbsp;2 de Tandil dispuso la inoculación obligatoria de un niño de seis años, luego de que sus progenitores incumplieran reiteradamente con el calendario nacional de vacunación y el menor sufriera dos internaciones por patologías prevenibles. La medida, que incluyó el auxilio de la fuerza pública, se fundamentó en la primacía del interés superior del niño y el riesgo sanitario que la omisión representaba para la comunidad local.</p><p>Este Diario tuvo acceso al expediente en el cual se fundamentó la citada resolución que oportunamente citó el director de Atención Primaria de la salud comunal, a la hora de referirse a la importancia del cumplimiento del calendario de vacunación.</p><p>Ordenaron la vacunación compulsiva de un menor</p><p>La resolución trascendental para la salud pública local ordenó que un equipo sanitario más personal del Servicio Local y de la Comisaría de la Mujer se traslade a la vivienda de la familia para recibir las dosis obligatorias de su esquema sanitario.</p><p>Según consta en las fojas judiciales, la decisión se tomó tras constatar que los padres desoyeron sistemáticamente las intimaciones judiciales previas y las advertencias de los organismos de salud.</p><p>El detonante principal de la medida fue el delicado historial clínico del niño durante el año pasado, cuando debió ser asistido en urgencias por cuadros que la medicina preventiva contempla en su calendario oficial.</p><p>La controversia legal que se replica a lo largo y a lo ancho del país con jurisprudencia en tal sentido, tuvo su punto de inflexión luego de que se acreditara que el niño solo contaba con algunas dosis correspondientes al primer año de vida. Ante la negativa expresa de los progenitores, quienes manifestaron su postura ante las autoridades sanitarias y el Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño, la justicia decidió priorizar el derecho a la vida y a la salud por sobre la potestad de los padres.</p>Las alarmas<p>El dictamen judicial puso especial énfasis en la vulnerabilidad a la que fue expuesto el menor durante el transcurso de 2025. Según el informe elaborado por el Sistema Integrado de Salud Pública, el niño ingresó en dos oportunidades al Servicio de Emergencias médicas por patologías de gravedad. La primera de ellas se trató de un cuadro de neumonía, mientras que la segunda fue por tos convulsa, una enfermedad que es directamente prevenible mediante la vacunación oportuna.</p><p>Estos episodios clínicos fueron considerados por el Juzgado como una prueba irrefutable de la negligencia en el cuidado del niño. En sus considerandos, el fallo resaltó que la decisión de los padres no solo afectó la integridad física del pequeño, sino que además implicó un riesgo para la comunidad y comprometió la eficacia del régimen de vacunación oficial adoptado por el Estado nacional y el provincial.</p><p>La recurrencia de estas enfermedades, en un contexto donde el acceso a las vacunas es gratuito y obligatorio, motivó la intervención directa de la Asesoría de Incapaces.</p><p>El asesor de Incapaces, en su dictamen, concluyó de manera tajante que ante el incumplimiento persistente de los progenitores correspondía disponer el traslado compulsivo del niño. Esta sugerencia fue recogida por la justicia, que entendió que el Estado no puede ser espectador ante un trato negligente que pone en peligro la supervivencia y el desarrollo del menor, tal como lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño en sus artículos 3, 6 y 24.</p>La negativa parental<p>La resolución judicial abordó la tensión entre la autonomía de la voluntad de los padres y la intervención estatal. En este sentido, se explicó que el obrar de los progenitores quedó fuera de la órbita del ámbito de reserva del artículo 19 de la Constitución Nacional, ya que su decisión perjudicaba derechos de terceros y el bienestar general. Al tratarse de una cuestión de salud pública, el comportamiento de los padres quedó sujeto a la "interferencia estatal" plasmada en el plan de vacunación nacional.</p><p>El fallo citó jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires para sostener que la negativa de los padres habilita al Estado a disponer la vacunación compulsiva atento al riesgo que implica no solo para el niño, sino para el resto de la población. La obligatoriedad de las vacunas, regulada por la Ley Nacional 27.491 y la Ley Provincial 10.393, fue el marco normativo que permitió al juzgado ordenar el cumplimiento del esquema sanitario de manera forzosa.</p><p>En este contexto, la justicia determinó que el derecho de todo niño al disfrute del más alto nivel posible de salud es una obligación que el Estado debe garantizar. La resolución subrayó que ningún niño debe verse privado de la atención médica y las medidas sanitarias preventivas necesarias para reducir la mortalidad infantil, un compromiso que Tandil ratifica a través de su Sistema Integrado de Salud Pública.</p>El operativo sanitario y policial<p>Para dar cumplimiento a la medida, el juzgado ordenó que el pasado 8 de mayo, a las 7.30 horas, se llevara a cabo un operativo en el domicilio de los involucrados. El procedimiento fue diseñado para ser lo menos traumático posible para el menor, por lo que se dispuso que el personal policial actuara sin uniforme y en compañía de un equipo Interdisciplinario especializado en niñez.</p><p>La orden judicial facultó a los efectivos de la Comisaría de la Mujer y la Familia a utilizar la fuerza pública, allanar el domicilio e incluso solicitar los servicios de un cerrajero en caso de ser estrictamente necesario para cumplir con la diligencia. El objetivo final fue el traslado del niño, en compañía de al menos uno de sus padres, a la sede del Centro de Salud Comunitaria, donde el personal de salud procedió a la aplicación de las vacunas correspondientes a su edad.</p><p>Finalmente, el juzgado ordenó que se labraran las actuaciones correspondientes y se diera vista nuevamente al asesor de Incapaces y al Servicio Local para continuar con el seguimiento del caso.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/PaZYs9LCwYATXSWNrMw30fyh6HU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/juzgado_de_familia_2_4.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El fundamento legal ante la negativa parental.  El historial clínico que alertó el caso.]]>
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                                                <category term="la-ciudad" label="La Ciudad" />
                                <updated>2026-05-22T19:25:07+00:00</updated>
                <published>2026-05-22T09:30:00+00:00</published>
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        <title>
            Escuelas: “Lo que puede empezar como broma o una

exigencia de notoriedad termina en un delito penal”
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exigencia de notoriedad termina en un delito penal”" />
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                <![CDATA[María Paula Rodriguez]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/DLuGLsb0jvH_2E9BYemgQy0R_E0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/leonel_calles_y_daniela_urdampilleta_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>A partir de las situaciones conflictivas por los retos en las redes sociales y la aparición de amenazas en escuelas de todo el país –incluida Tandil-, Amafutan (Asociación de Magistrados y Funcionarios de Tandil) y Jefatura Distrital de Educación se unieron para brindar charlas en instituciones educativas que lograron una buena recepción por parte de los estudiantes y las familias. El cronograma de encuentros se inició hace quince días y restan otras dos semanas para finalizar las visitas a distintos establecimientos.</p><p>Ayer, en “Tandil Despierta” (Eco TV y 104.1 Tandil FM), Leonel Calles, defensor oficial en el Fuero Penal Juvenil e &nbsp;integrante de Amafutan, y la jefa distrital de Educación, Daniela Urdampilleta, compartieron sus miradas sobre la problemática y destacaron la iniciativa como una herramienta más de prevención.</p><p>En principio, explicaron que las charlas se gestaron luego del caso que sacudió a Rosario, y las situaciones de amenazas e ingreso de alumnos con armas a escuelas del país.</p><p>“Si bien las escuelas tienen un ambiente que tratamos que sea pacífico, hay algunas cuestiones que suceden en la escuela como suceden en la sociedad. La escuela es el espejo en algún sentido o reflejo de lo que sucede, y empezamos a trabajar con la organización y armamos un cronograma de charlas en las diferentes escuelas para chicos y chicas”, expuso la jefa distrital.&nbsp;</p><p>Calles precisó que comenzaron hace 15 días, luego de que un exdirectivo de Comercio lo convocara para dialogar con los alumnos, en una experiencia que tuvo buena repercusión. “Nos empezaron a llamar de otras escuelas para ver si podíamos dar charlas. En ese momento hablé con el presidente de Amafutan, el doctor Diego Araujo, y la idea fue no hacerlo de manera individual sino institucionalizarlo”, contó.</p><p>De este modo, los funcionarios judiciales y las autoridades de educación se reunieron. “Tuvimos una recepción excelente en Jefatura y en tres días teníamos un cronograma de casi un mes de charlas en las distintas escuelas, inclusive ellos nos pudieron unificar escuelas más chicas para no tener que ir a todas”, señaló el defensor del Fuero Penal Juvenil.</p>Prevención con información<p>El defensor oficial, que está a cargo de los conversatorios, manifestó que la propuesta apunta “sobre todo a la prevención en el uso de las redes sociales. Generalmente arranco las charlas explicando qué es el Fuero Penal Juvenil, cómo funciona, les digo qué consecuencias trae porque hay un mito popular de que los chicos que están en conflicto con la Ley Penal no tienen ninguna consecuencia y esto no es así”.</p><p>Calles apuntó a informar sobre el funcionamiento de la Justicia Penal Juvenil, que a partir de septiembre bajará la edad de imputabilidad a los 14 años. “Arranco las charlas diciéndoles a los chicos que mi intención no es sermonear ni amenazar sino informarles y expresarles las consecuencias que puede traer lo que en principio puede parecer una broma. No solamente desde lo personal, una causa penal, sino también desde lo institucional, porque hay que ver todo el movimiento que se hace respecto de una amenaza hasta saber si realmente es una simple amenaza o broma, o una amenaza real”, expuso.</p><p>El defensor reparó en “todo el dispositivo que se pone en marcha” teniendo en cuenta que “las escuelas tienen protocolos, la policía tiene protocolos y el Poder Judicial también, y el costo que eso implica”.</p><p>En tanto, compartió que &nbsp;“mi reflexión y mi ejemplo, tal vez burdo, es decirles que a nadie se le ocurre llamar a una ambulancia en broma, porque en otro lugar de la ciudad puede estar una persona necesitándola y hasta puede morir por el no uso de esa ambulancia. Lo mismo pasa con un delito falso o una broma de amenazas: se moviliza a la policía, al Poder Judicial y estos operadores que están abocados a eso no pueden hacerse cargo de delitos que realmente están sucediendo como puede ser un robo”.</p><p>El letrado alertó que estos mensajes que aparecieron en escuelas configuran “un delito y más grave de lo que la gente piensa porque se habla de amenazas. Y cuando el sujeto pasivo del delito es una persona o dos o varias pero son determinadas, es el delito de amenazas. Cuando es indeterminado y es a la sociedad, es otro delito que es intimidación pública”.</p><p>Por este motivo, insistió con que “lo que puede empezar como una broma o como una exigencia de notoriedad –hay muchos chicos que lo hacen por adquirir notoriedad- termina en un delito penal que, como sabemos, tiene sus consecuencias, en este momento para chicos de entre 16 y 18 años y a partir de septiembre, lamentablemente, desde los 14 años va a tener consecuencias jurídicas”.</p>&nbsp;Otra herramienta<p>Por su parte, la doctora en Educación Daniela Urdampilleta expuso que “en la Provincia tenemos una actualización de la guía de situaciones de conflicto del 2023, que incluyó otro tipo de conflictos que antes no estaban incorporados, entre ellos las cuestiones tecnológicas”, y señaló que se logró a partir de un trabajo interministerial.</p><p>“Lo que siempre pedimos es que la guía sea una herramienta de trabajo para los padres, las madres, para las familias, para los chicos, las chicas. La guía tiene que ser un instrumento también porque informa, contextualiza y cuida, porque nosotros somos una institución fundamentalmente de enseñanza y de cuidado”, subrayó sobre una de las herramientas para trabajar en estos casos, que opera con otras como los acuerdos de convivencia institucionales.</p><p>En paralelo, aclaró que “por supuesto que ante este tipo de situaciones, nosotros estamos atentos desde el primer momento, porque cada situación al instante se comunica a las inspecciones y a mí, somos un equipo que trabaja desde Jefatura hacia las escuelas. Esto es una insistencia muy grande que se hace, a veces hay situaciones que no se leen como conflicto y ahí suceden muchas a partir de lecturas individuales”.</p><p>Respecto a las acciones, definió que “somos un sistema jerárquico y un sistema que intenta ser orgánico. A veces suele suceder que la gente no comunica a tiempo; no lee -por eso las miradas son colectivas- y esto ocasiona muchas situaciones de conflicto”.</p>Una sociedad “complejizada”<p>Por otra parte, Daniela Urdampilleta destacó la experiencia de las charlas. “No hemos tenido mala receptividad. Por el contrario, los chicos están muy interesados, muy ávidos de saber y están muy ávidos a que les digamos vamos a parar un poquito con el celular. Hay una buena recepción de la ocupación por la preocupación”.</p><p>En paralelo, planteó el contexto de “una sociedad que está complejizada y muchas de las cuestiones que nos están pasando es por esto de que la ley funciona medio individual a veces. Cada uno decide qué es ley a veces, entonces la ley está para decir hasta acá. En ese trabajo que es duro porque está muy desdibujada, la gente cree a veces que la decisión que toma es la correcta, entonces tenés un montón de conflictos porque vos estás tratando de encuadrarte mínimamente en una norma. Los encuadres son muy complejos en este momento”.</p><p>Si bien apuntó a la tendencia de los niños y adolescentes a intentar correr los límites de forma constante, advirtió que “no quiero adjudicar toda la responsabilidad a la familia. Los chicos no están atravesados solo por las familias, están atravesados por las redes, por identificaciones que muchas veces no parten de la familia, parten de modelos agresivos, de modelos violentos. De hecho, tenemos múltiples ejemplos de situaciones donde no se conversa, son situaciones más agresivas. La familia cumple un rol muy importante, pero hay que acompañarla porque también está complejo para las familias”.&nbsp;</p><p>En ese punto, la máxima autoridad de Educación en el distrito analizó que “Tandil sigue siendo una comunidad de vecinos en términos de mirar a la cara, todos nos conocemos, tenemos mucho cuidado con esto de las trayectorias, de mirar a la cara, de enfrentar las situaciones como se deberían enfrentar que es con el cuerpo, con la conversación y armando lazo”.</p><p>Como contrapartida, manifestó que “acá hay un tema complejo con las redes que es que hacen de alguna manera fragmentar el lazo. Eso que las comunidades han construido que es el lazo con el otro se corta porque la red permite decir cosas que en la cara no dirías, porque no es lo mismo en la cara que cuando me lo decís, y sos un nombre anónimo y te das el lujo de decir cualquier cosa”.</p><p>Para finalizar, señaló que la convocatoria “me parce que las comunidades la toman bien en términos de construyamos juntos. Nosotros les pedimos a las familias que ayudemos, construyamos juntos, pidámosle a la escuela que arme talleres, que vaya la gente a charlar, que nos juntemos, y siempre charlar significa códigos de comunicación. Si no volvemos a esta instancia que es compleja, que es construir lazo y conversar sobre las cosas, ahí estamos en un problema”.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/DLuGLsb0jvH_2E9BYemgQy0R_E0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/leonel_calles_y_daniela_urdampilleta_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Amafutan y Jefatura Distrital de Educación están llevando adelante charlas en instituciones educativas para concientizar sobre las amenazas que se registraron en establecimientos. Leonel Calles, defensor en lo Penal Juvenil, sostuvo que “es un delito mucho más grave de lo que la gente piensa”. Tras la buena recepción del alumnado, Daniel Urdampilleta evaluó la importancia del diálogo cara a cara para reconstruir el lazo que las redes sociales rompen desde el anonimato.]]>
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                                <updated>2026-05-20T06:30:05+00:00</updated>
                <published>2026-05-20T06:30:00+00:00</published>
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            Los fundamentos judiciales para vacunar compulsivamente a un niño a pesar de sus padres
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                <![CDATA[Guillermo Liggerini]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/RzfuNkEaIDRqxa7E-U7Dv-xtAbo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/juzgado_de_familia_2_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Respecto a la resolución judicial señalada por el funcionario comunal, vale señalar que ya hay jurisprudencia en el asunto, con fallos de la propia Corte al respecto. Incluso en el fuero de Familia local, en el 2015 ya la jueza Silvia Monserrat había fallado por el caso de un recién nacido, con fundamentos que se replicaron ahora con su par Ramiro Saralegui.</p><p>Según este Diario pudo constatar, dichos fundamentos señalaron oportunamente que la controversia “se debate en autos se centra entre la obligatoriedad de las vacunas, la autoridad de los padres y la posibilidad de que ante el incumplimiento de estos últimos de que sus hijos accedan a la inmunidad que aquéllas otorgan se pueda solicitar y decidir su aplicación compulsiva, es decir el interés superior del niño. No pudiendo tampoco obviar que el Plan de Vacunación Obligatorio Nacional y Provincial es también un programa que previene y garantiza el derecho a la salud de la comunidad en su conjunto, por lo que también se encuentra en juego el interés común”.</p><p>Al decir de los magistrados, la cuestión no puede circunscribirse al alcance de la responsabilidad parental o a la autonomía de la voluntad, o al derecho a la privacidad o al derecho de tomar decisiones en un grupo familiar.</p><p>“Ningún derecho es absoluto, mucho menos un derecho-deber como es el ejercicio de la responsabilidad parental”.</p><p>Al respecto se alegó que “considerar al hijo como un sujeto de derecho nos modifica el foco de nuestra atención, porque si hubiera conflicto entre el deseo e interés de los padres y el deseo e interés del niño, este último debe prevalecer.</p><p>Si este niño tuviera edad y madurez suficiente, ejercería por si, su derecho a ser oído, pero acá, debido a su corto tiempo de vida, ese derecho, al no poder ser ejercido per se, y resultando evidente el posible conflicto de intereses, entre lo que los padres desean con relación a la vida y al derecho a la salud de su hijo, y lo que su hijo pudiera pretender para sí, ese derecho a ser oído debe ser ejercido por su representante promiscuo, el &nbsp;Asesor de Incapaces”, señala la resolución.</p><p>En dicho caso, se agregó que “el escaso tiempo que disponemos nos condiciona también en cuanto a que esta decisión, debe necesariamente, ser tomada in audita parte, porque no hacerlo importará que la petición devenga en abstracto”.</p><p>Por lo expuesto, el juez resolvió “suplir la voluntad de los progenitores quienes se han negado a firmar el consentimiento informado para el Hospital Ramón Santamarina pueda cumplir en tiempo y en forma con el plan de vacunación obligatorio, disponiendo que debe el efector de salud dar estricto cumplimiento a la legislación vigente que ha estatuido el mencionado el Plan de Vacunación Obligatorio por entender que la negativa de los progenitores en el marco del derecho deber del cuidado personal de su hijo afecta el interés superior del niño, y pone en riesgo el bienestar general de la población (Preámbulo de la Constitución Nacional, artículo 3 de la Convención de los Derechos del Niño)”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/RzfuNkEaIDRqxa7E-U7Dv-xtAbo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/juzgado_de_familia_2_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Corte ya había fallado al respecto. Antecedente en el 2015 en Tandil.]]>
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                                                <category term="la-ciudad" label="La Ciudad" />
                                <updated>2026-05-20T18:35:06+00:00</updated>
                <published>2026-05-20T05:45:00+00:00</published>
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            Karina Milei quedó bajo la mira judicial por una polémica contratación millonaria
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                <![CDATA[El Eco IA]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-mzCu7XTj7AqeuVZLkSez003z_o=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/03/karina_milei.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Justicia federal le exigió al Gobierno nacional que entregue de forma inmediata el expediente completo de una millonaria licitación firmada por la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei. El contrato, valuado en 700 millones de pesos, tenía como objetivo tercerizar el mantenimiento preventivo y el riego de los espacios verdes en la Casa Rosada y la Quinta de Olivos.</p><p>La medida surge tras una denuncia que encendió las alarmas por una presunta maniobra de competencia simulada entre empresas vinculadas. El fiscal federal Ramiro González tomó la iniciativa y le solicitó al juez Sebastián Ramos que requiera toda la documentación de la licitación pública N° 23-0005-LPU26, con el fin de determinar si existieron irregularidades en el proceso administrativo.</p>Presuntas irregularidades en la contratación<p>El centro de la polémica radica en una supuesta estafa para inflar precios. Según el expediente, al llamado se presentaron las firmas La Mantovana de Servicios Generales SA y Grub SA como si fueran rivales comerciales. Sin embargo, ambas compañías integrarían el mismo espacio empresarial, denominado Grupo Buena Vista SA.</p><p>Este dato cuenta con el respaldo técnico de un dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, emitido en septiembre de 2024. La encargada de llevar el caso a los tribunales fue la diputada Marcela Pagano, quien apuntó directamente contra la funcionaria nacional por los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, negociaciones incompatibles con la función e incumplimiento de los deberes de funcionario público.</p>La postura de la fiscalía<p>Para no dar pasos en falso, el fiscal Ramiro González mantuvo una postura cautelosa en su dictamen. Allí aclaró que, dado que se desconoce el estado actual de la licitación cuestionada, es necesario requerir información vinculada al trámite antes de analizar el impulso de la acción penal y posibles imputaciones.</p><p>En su denuncia, Marcela Pagano sostuvo que la Secretaría General de la Presidencia, en su rol de autoridad convocante, tenía la obligación de verificar la independencia económica de los oferentes. Según la legisladora, el Gobierno avaló</p><p>"una ficción licitatoria destinada a aparentar competencia donde no la hay"</p><p>lo que calificó como una trampa administrativa para perjudicar el patrimonio del Estado.</p><p>Una vez que las fojas del contrato aterricen en el despacho del juez Sebastián Ramos, el Ministerio Público definirá si finalmente imputa a Karina Milei y desencadena una investigación a fondo sobre los negocios vinculados a la Presidencia.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-mzCu7XTj7AqeuVZLkSez003z_o=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/03/karina_milei.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El fiscal federal Ramiro González solicitó el expediente de un contrato de 700 millones de pesos destinado al cuidado de espacios verdes tras una denuncia por presunta competencia simulada entre empresas.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-05-19T17:35:07+00:00</updated>
                <published>2026-05-19T17:29:16+00:00</published>
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