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    <title>El Eco de Tandil</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Tandil.</subtitle>
    <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
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            La Suprema Corte rechazó la nulidad del juicio a Jaureguiber
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                <![CDATA[Guillermo Liggerini]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/35HIbuJjCe4VRK9MgawnynQ8PPE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/06/suprema_corte.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Sigue el derrotero procesal del exfuncionario comunal condenado. Nuevos jueces convalidarán o no el juicio abreviado.]]>
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                                <category term="policiales" label="Policiales" />
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                <published>2024-06-06T10:07:01+00:00</published>
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            &quot;Estamos cansados de esperar&quot;, expuso el padre de Sebastián Simón a dos años de su muerte
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                <![CDATA[El Eco]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/la-ciudad/se-cumplen-tres-anos-de-la-muerte-de-sebastian-simon">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/CSTU7zt98LWKEhX391P1Q4u-MUg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2023/04/bandera_sebastian_simon_hito.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En el fondo de la charla con Marcelino Simón se escucha que llora un bebé. "Es mi nieto, nació el mismo día que Sebastián. Es lo único que me sostiene", le contó a El Eco de Tandil. Hoy se cumplen dos años de la muerte de su hijo, quien falleció horas después de ser atropellado por Luciano Jaureguiber, por entonces director de Espacios Verdes Públicos de la Municipalidad de Tandil.&nbsp;</p><p>Hoy, el exfuncionario goza de la libertad condicional, mientras la Suprema Corte analiza la apelación al juicio abreviado al que fue sometido Jaureguiber, y tras el cual obtuvo la excarcelación en marzo de este año.</p><p>"Estamos cansados de esperar", aseguró Simón, quien repitió insistentemente que “la Justicia tiene otros tiempos para los pobres".&nbsp;</p><p>Sebastián tenía 20 años cuando fue atropellado y era el más chico de ocho hermanos. “Trabajaba conmigo en las obras y me acompañaba a todos lados”, recuerda Marcelino.&nbsp;</p><p>La causa</p><p>En junio de este año, el fiscal general Marcelo Sobrino apeló la resolución del tribunal de alzada, que había desestimado el juicio abreviado por el que fue condenado Luciano Jaureguiber y ordenó realizar un nuevo debate.&nbsp;Además, declaró la inconstitucionalidad del artículo 402 que alude a las limitaciones del rol de la víctima en el proceso penal.&nbsp;</p><p>Con severas críticas a lo resuelto por los camaristas, el jefe de los fiscales realizó la presentación ante la Suprema Corte, a cuyos integrantes les pidió que dejen sin efecto la resolución de la Cámara de Apelación y Garantías de Azul y se revoque la misma.</p><p>Como oportunamente se informó, Jaureguiber había sido sometido a un juicio abreviado arribado entre las partes, las cuales acordaron una sentencia condenatoria. En ese momento, una reunión entre los familiares del joven asesinado con el fiscal José Ignacio Calonje terminó abruptamente cuando uno de los hermanos Simón comenzó a golpearlo.&nbsp;</p><p>A finales de marzo del corriente año, Jaureguiber finalmente recibió la excarcelación por parte de la Justicia.</p><p>Quien fuera declarado autor del delito de "Homicidio culposo agravado” y &nbsp;condenado a la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo y cinco años de inhabilitación para conducir, dejó de estar bajo arresto domiciliario y cesó el monitoreo electrónico que pesaba sobre su persona.&nbsp;</p><p>Dicha resolución fue apelada por el particular damnificado, cuestionando la calificación y consecuente pena acordada, lo que fue analizado por la Cámara y por mayoría no sólo avalaron la petición de los letrados de la familia Simón, sino que fueron por más, decretando la inconstitucionalidad de un artículo normativo que rige en el código.&nbsp;</p><p>Ahora, resta esperar esa decisión del máximo tribunal.</p><p>El hecho</p><p>El 5 de diciembre de 2021, Luciano Jaureguiber, por aquel entonces director de Espacios Verdes Públicos de la comuna, conducía el vehículo Volkswagen Gol Trend, por la calle Azucena entre Chubut y Misiones.Alrededor de las 4.20 atropelló a Simón, quien caminaba por la cinta asfáltica con un amigo, y nunca se detuvo a socorrerlo. La víctima fue trasladada por una ambulancia del SAME y falleció 24 horas más tarde en el Hospital Santamarina, pese al esfuerzo de los médicos.&nbsp;</p><p>De acuerdo a las pericias, el punto de impacto se produjo en la vía pública a 1,50 metros del cordón cuneta y la velocidad del automóvil fue, en promedio, entre los 66 a 68 kilómetros por hora. En paralelo, los análisis toxicológicos arrojaron resultados negativos.&nbsp;</p><p>De acuerdo a la crónica policial de aquellos días, Jaureguiber se entregó horas más tarde del episodio en la comisaría, actitud que generó todo tipo de especulaciones y fue motivo de investigación. En su declaración, el exfuncionario aseguró que no se dio cuenta de que había atropellado a una persona sino hasta la mañana, cuando notó las abolladuras en su auto.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/CSTU7zt98LWKEhX391P1Q4u-MUg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2023/04/bandera_sebastian_simon_hito.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El joven fue atropellado por el entonces director de Espacios Verdes Públicos del Municipio. La familia aguarda que la Suprema Corte se expida sobre la apelación al juicio abreviado que condenó al exdirector de Espacios Verdes por "Homicidio culposo agravado".]]>
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                                <category term="la-ciudad" label="La Ciudad" />
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                <published>2023-12-06T04:30:00+00:00</published>
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            Acusaron de gravedad institucional la resolución de la Cámara
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                <![CDATA[Guillermo Liggerini]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oao4K3gQH80KcqDD926EysFp0hk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2018/08/Sobrino-Marcelo-01-08-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El jefe de los fiscales presentó ante la Suprema Corte el recurso de apelación frente a la decisión que había tomado la Cámara de Apelaciones frente al juicio abreviado contra Luciano Jaureguiber, por la muerte de Sebastián Simón. Se habla de una “fundamentación errada y manifiestamente arbitraria”.]]>
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                <published>2023-06-07T10:08:34+00:00</published>
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            Con fuertes críticas a la Cámara, el abogado de Jaureguiber apeló a Casación
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                <![CDATA[El Eco Multimedios]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7oai_mzBbF8hQlpeR_ZTqVSgy34=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2021/12/tumini.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Al unísono de lo planteado por el fiscal general, el abogado del condenado Luciano Jaureguiber, doctor Luciano Tumini, hizo su propia apelación, en su...]]>
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                                <category term="policiales" label="Policiales" />
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            El derecho de la víctima a oponerse al juicio abreviado
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                <![CDATA[El Eco Multimedios]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ioB5RWgvBySUDsbKzblhivjeBPI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2023/05/pagliere_carlos_h.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Por Carlos P. Pagliere (h.)*</p><p>La siguiente escena es una de las tantas iguales que se ven en los tribunales bonaerenses: Sos víctima de un delito. Tal vez se metieron a robar en tu casa; tu pareja se puso violenta; vos o algún familiar sufrió un abuso sexual; o llorás la pérdida de un ser querido, ya sea a manos de un asesino o de un conductor temerario.</p><p>Nunca quisiste ni pensaste ser una víctima; pero ahí estás, sin remedio. Y nada podés hacer al respecto, salvo pedir justicia.</p><p>Arranca el proceso penal. Habiéndose juntado la prueba necesaria, se cierra la etapa de investigación y se eleva la causa a juicio. Ahora estás a la espera del debate oral y público, con la ilusión de que darán a tu victimario la pena que merece.</p><p>Pero un día te citan a tribunales, y el juez te notifica que en tu causa presentaron un juicio abreviado. “¿Qué es eso?”, preguntás. Y te explican: “Es un acuerdo entre el fiscal y el imputado (y su defensor), por el que pactan la pena a imponer en la sentencia”. Te la dicen (es el mínimo legal) y vos no estás para nada conforme.</p><p>“A mí nadie me consultó…”, balbuceás. Te responden que no es necesario preguntarte nada, porque el acuerdo es solamente entre el fiscal, el imputado y su defensor. Vos, que sos víctima, no participás. El juez agrega: “Pero aquí estoy para escucharte…” (la ley lo obliga, en realidad).</p><p>Abrigando una última esperanza, te hacés escuchar: “Lo que quiero decir es que me opongo al juicio abreviado…” y, seguidamente, pedís un debate oral y público para exigir una pena mayor a la pactada. Tenés tus razones: el delito es atroz; el daño causado es enorme; hay un montón de circunstancias agravantes; y tu victimario está lleno de antecedentes.</p><p>“Muy bien –dice el juez–, que conste en acta”. Lo mirás expectante y nada. Preguntás: “¿Eso significa que va a rechazar el juicio abreviado?”. “¡De ninguna manera!&nbsp;–se horroriza el magistrado–. La ley lo prohíbe”.</p><p>Y es cierto: el artículo 402 del Código Procesal Penal bonaerense prohíbe a las víctimas –o sus representantes– oponerse al juicio abreviado.</p><p>“¡Pero la pena es injusta!”,&nbsp;te quejás. “¡Usted es el juez! ¡Haga algo!”. El magistrado responde: “Lo siento mucho. Sin importar lo que digas, yo no puedo hacer nada: estoy atado de manos”.</p><p>Lo triste es que eso también es cierto. Si la pena acordada está dentro de la escala penal prevista para el delito, la ley procesal no permite al juez desestimar el juicio abreviado.</p><p>Vos te exasperás y gritás: “Si nada de lo que diga importa, ¿para qué me llamaron?”. Te responden: “Para cumplir con lo que manda la ley”.</p><p>Invariablemente, acabás desencajado y aullando: “¡Esto es un atropello! ¡Una canallada! ¡Una falta de respeto!”.</p><p>Y tenés toda la razón del mundo.</p><p>Estas escenas, tan indignantes e injustas, no sólo hacen descrédito y vergüenza a los miembros del Poder Judicial; sino que, además, generan situaciones de zozobra y violencia, que ya han derivado en agresiones verbales y físicas a funcionarios públicos.</p><p>Mal que nos pese, debido a una mala técnica legislativa, la Justicia Penal bonaerense destrata y maltrata a las víctimas. Y como nos corre sangre por las venas, a todos nos da mucha pena.</p><p>Porque una cosa es que, tras de un juicio –en que la víctima pudo oír, hablar, preguntar, responder, argumentar y alegar– no obtenga la sentencia pretendida; pero otra cosa, muy distinta, es que tenga que observar, pasivamente, cómo pactan a sus espaldas una pena hecha a medida de su victimario.</p><p>Antes de la Ley Provincial 15.232 (vigente desde enero de 2021), a la víctima no le informaban del acuerdo de juicio abreviado, ni la citaban para ser escuchada. Se enteraba de todo con el hecho consumado, cuando le notificaban la sentencia. Era cruel, sin dudas. Pero lo que ocurre hoy, es doblemente cruel: se la convoca para decirle que no se la tuvo en cuenta al pactar el juicio abreviado, y a la vez, para hacerle saber que diga lo que diga, tampoco le van a llevar el apunte.</p><p>Además de ser una falta de respeto y una pérdida de tiempo para la víctima, es una violación flagrante de sus derechos. Y es por eso, que la Cámara Penal de Azul (que integro), en la causa N° 45.415 “Jaureguiber, Luciano. Homicidio culposo. Tandil. Víctima: Jorge Sebastián Simón”, a través de mi voto –al que adhirió el Dr. Gustavo Agustín Echevarría–, declaró la inconstitucionalidad del artículo 402 del Código Procesal Penal bonaerense.</p><p>Es decir, con esta resolución –sin precedentes en la Justicia provincial–, la Cámara Penal de Azul habilita a la víctima de un delito oponerse al juicio abreviado, tanto por sí misma, como a través de su representante legal.</p><p>Gracias a este fallo, la víctima convocada para expedirse sobre el juicio abreviado ahora sí podrá emitir su oposición; y el juez deberá analizar si esa oposición es fundada y razonable, en cuyo caso rechazará el acuerdo entre el imputado y la fiscalía.</p><p>En definitiva, ahora el juez, si estima que –por fundadas razones– el monto de pena acordado resulta exiguo, o que no corresponde imponer una pena en suspenso (sino de efectivo cumplimiento), puede desestimar el juicio abreviado y ordenar que el proceso se resuelva sin pactos, en un juicio oral y público.</p><p>La importancia de este fallo de la Cámara Penal de Azul reside en que invalida –por inconstitucional– la norma procesal bonaerense más discriminatoria para las víctimas (el art. 402, CPP), colocándolas verdaderamente en un plano de igualdad frente a la ley.</p><p>Claro que esta resolución no es gratuita, ya que incrementará –algo más– la labor a todos los trabajadores judiciales. Pero ese esfuerzo adicional se lo debemos a las víctimas. Quienes sufren y están en dolor merecen ser escuchados en sus fundamentos y atendidos en sus reclamos.</p><p>Algunos operadores judiciales tienen sus lógicos reparos, porque la administración de justicia precisa de los juicios abreviados.</p><p>El sistema funciona así: como no hay recursos humanos ni medios materiales suficientes para que cada proceso se resuelva mediante un juicio oral; a fin de reducir la cantidad de debates, los fiscales ofrecen al imputado –mediante el juicio abreviado– una pena inferior a la que presumiblemente le correspondería luego del debate.</p><p>El problema es que la pena ofrecida, por ser más baja y benigna, no siempre es compartida por la víctima. Y los fiscales temen no poder firmar la cantidad de juicios abreviados necesarios para que la Justicia no colapse.</p><p>Afortunadamente, se trata de un miedo infundado.</p><p>Para empezar, hay muchos delitos que no tienen una víctima individualizable (por ejemplo, tenencia o comercialización de estupefacientes, tenencia o portación ilegal de armas de fuego, encubrimiento, etc.), por lo que en relación a ellos no habrá oposiciones al juicio abreviado.</p><p>Además, la experiencia judicial indica que no todas las víctimas asisten al ser convocadas, sea por miedo, ocupaciones personales o desinterés. Y de las concurrentes, sólo una parte se disconforma con la pena ofrecida. Número que se reduce drásticamente si la fiscalía explica adecuadamente las ventajas y desventajas del trámite escogido. Porque el juicio abreviado ofrece una pena menor, pero segura; en cambio un juicio oral tal vez derive en una pena mayor, pero el resultado siempre es incierto.</p><p>Luego de todos estos filtros, que de por sí son suficientes para sostener la gran mayoría de los juicios abreviados; el juez sólo podrá rechazar los remanentes (en que haya oposición), si la víctima formula sus reparos de modo fundado y razonable. Es decir, no basta con que la víctima diga que se opone al juicio abreviado o que no está conforme con la pena, sino que debe dar sus fundamentos, y éstos deben ser razonables.&nbsp;</p><p>A ello se suma que, ya de antemano, los fiscales bonaerenses –de cuyo compromiso y dedicación puedo dar fe– suelen tomarse el trabajo de consultar a la víctima previo a firmar un juicio abreviado. Y en caso de apreciar que ella tiene serios motivos para ir a un juicio oral, no optan por dicho trámite. Sabia precaución que, afortunadamente, disminuye los casos en que la víctima se ve en el trance de tener que concurrir a los estrados judiciales para oponerse al juicio abreviado.</p><p>En suma, la invalidez del artículo 402 del Código Procesal Penal bonaerense no ocasiona un peligro real de colapso judicial, pues una adecuada práctica tribunalicia reduce al mínimo los casos en que se verifica una oposición de la víctima; pero como ventaja saliente, nos brinda un necesario fusible que, en casos concretos y graves –como se verificó en la causa “Jaureguiber” que resolvió la Cámara Penal de Azul–, permite a las víctimas emitir una oposición fundada y razonable al juicio abreviado.</p><p>Los jueces de sentencia, por su parte, ahora tendrán que decidir sobre la procedencia de la oposición de las víctimas; pero es lo que hacen a diario: conceden o deniegan peticiones y planteos. Es su función. Y mejor es eso, que estar “atados de manos”.</p><p>Los imputados, por último, no perderán nada. Si por la oposición fundada y razonable de la víctima debieran ir a un debate, en definitiva, no deja de ser el modo natural de culminar todo proceso: a través de un juicio oral y público, luego del cual un juez imparcial habrá de dictar una sentencia justa.</p><p>Hay quienes afirman, maliciosamente, que el fallo es “populista” y que vendría a validar los deseos vindicativos de las víctimas. Semejante objeción no hace más que demostrar una pobreza de argumentos. Porque permitir que la víctima –por fundados y razonables motivos– acceda a un juicio oral y público, no es otra cosa que validar el acceso irrestricto a la justicia, que es un derecho constitucional del que gozamos todos los habitantes de la Nación.</p><p>Así las cosas, creo fervientemente que no existen fundamentos válidos para defender la vigencia del artículo 402 del Código Procesal Penal bonaerense. Esta disposición legal discrimina a la víctima de un modo cruento. La ignora y desoye deliberadamente. La coloca en una situación de evidente desventaja procesal. La somete a un “manoseo” injusto e inadmisible.</p><p>Todas las víctimas tienen derechos constitucionalmente consagrados que los operadores de Justicia debemos defender y garantizar. Incluso, aunque ello nos demande más trabajo (que se sumará al mucho que ya tenemos).</p><p>La pregunta es ¿qué vamos a escoger? ¿Nuestra propia comodidad o los derechos de las víctimas? ¿Y qué vamos a hacer? ¿Defender una norma injusta y cruel que discrimina a las víctimas, o declarar su invalidez?</p><p>La Cámara Penal de Azul ya tomó partido. ¿Qué harán los tribunales superiores de la provincia de Buenos Aires?</p><p>* Juez de la Cámara Penal de Apelaciones y Garantías del Departamento Judicial de Azul.</p><p>Autor del tratado “Nueva teoría del delito (paradigma voluntarista)” en 15 tomos; y de los libros “Cómo ganar un juicio por jurados” y “Homicidio insidioso”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ioB5RWgvBySUDsbKzblhivjeBPI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2023/05/pagliere_carlos_h.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Por Carlos P. Pagliere (h.)*La siguiente escena es una de las tantas iguales que se ven en los tribunales bonaerenses: Sos víctima de un delito. Tal v...]]>
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            La Cámara desestimó el juicio y anuló la sentencia contra Jaureguiber
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                <![CDATA[Guillermo Liggerini]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ukWo8J0ImffPlE_YLBlLfy_fIGM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/03/argeri_marcelo.JPG" class="type:primaryImage" /></figure>Por mayoría, la Cámara de Apelaciones de Azul hizo lugar al recurso interpuesto por el particular damnificado en representación de la familia Simón. A la vez, se declaró –de oficio– la inconstitucionalidad del artículo 402 del Código Procesal Penal bonaerense. Se desestimó el acuerdo de juicio abreviado; por lo que dictó la anulación de la sentencia dictada a Luciano Jaureguiber; y, en consecuencia, se dispuso que la causa, previo sorteo de juez hábil, prosiga por el trámite ordinario de juicio oral y público.]]>
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        <title>
            La defensa de Jaureguiber interpondrá un recurso ante el Tribunal de Casación tras anularse la sentencia
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7oai_mzBbF8hQlpeR_ZTqVSgy34=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2021/12/tumini.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Lo informó Luciano Tumini, abogado del exfuncionario comunal.]]>
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            Fuertes repercusiones en los operadores judiciales por la resolución de la Cámara
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                <![CDATA[Guillermo Liggerini]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qSm_SZG5uRa90I3xDSsjbD7kkYI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2023/05/pagliere.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>“Si juzgásemos al imputado sin su presencia o sin ninguna intervención en el debate, o si no le diéramos participación alguna en el juicio abreviado,...]]>
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            &quot;Lo único que se puede hacer es apelar el juicio abreviado&quot;
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/zSQFNnT6iFI3t6AwR2p5npXZLXY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/03/marcelo_argeri.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Luego de que se conociera la resolución de juez Arecha de dictarle la libertad condicional a Luciano Jaureguiber, el exfuncionario comunal condenado por el accidente vial en el que murió Sebastián Simón, Marcelo Argeri, abogado de la familia Simon, reveló que estaba previsto que eso ocurriera.</p><p>“Ese resultado lo tenía previsto desde el principio, era una de las posibilidades que había”, declaró Argeri en diálogo con el programa Buenas y Santas, que se emite por Tandil FM 104.1, y agregó: “Lo único que está hecho es la apelación de la sentencia del juicio abreviado que firmó el Ministerio Público con la defensa; es lo único que se puede hacer”.</p><p>En tanto, contó que tras la excarcelación de Jaureguiber dialogó con Marcelino, el padre de Sebastián, y reveló que “está muy dolido; hay que entender que es el padre de la víctima”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/zSQFNnT6iFI3t6AwR2p5npXZLXY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/03/marcelo_argeri.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Tras la excarcelación de Jaureguiber, el abogado de la familia Simon contó que tenía previsto que eso ocurriera.]]>
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                                <category term="la-ciudad" label="La Ciudad" />
                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2023-03-31T13:33:12+00:00</published>
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            Excarcelaron a Jaureguiber tras ser condenado en un juicio abreviado y pasar un año bajo arresto
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/policiales/excarcelaron-a-jaureguiber-tras-ser-condenado-en-un-juicio-abreviado-y-pasar-un-ano-bajo-arresto" type="text/html" title="Excarcelaron a Jaureguiber tras ser condenado en un juicio abreviado y pasar un año bajo arresto" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/MES49HaYNciWyLTVQ_xTY-ZCdMM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2018/08/Jaureguiber-Luciano-13-08.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Tras varios capítulos y la sumatoria incesante de fojas al expediente judicial, el exfuncionario municipal Luciano Jaureguiber finalmente recibió la excarcelación por parte de la Justicia.&nbsp;</p><p>De este modo, quien fuera declarado autor del delito de "Homicidio culposo agravado” y &nbsp;condenado a la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo y cinco años de inhabilitación para conducir por el incidente vial en el que perdió la vida Sebastián Simón el 5 de diciembre de 2021, dejará de estar bajo arresto domiciliario y en las próximas horas cesará el monitoreo electrónico que pesa sobre su persona.&nbsp;</p><p>El juez Guillermo Arecha, subrogante del Juzgado Correccional 1 de Tandil en reemplazo del doctor Pocorena, le otorgó este miércoles la inmediata libertad condicional conforme lo establece la ley y le endilgó una serie de reglas de conducta que Jaureguiber deberá cumplir hasta que se venza la condena. Al dictar sentencia, el juez Pocorena había ordenado “formar incidente de excarcelación por libertad condicional”, por lo que ya se especulaba que en ocho meses Jaureguiber podía recuperar su libertad, un plazo que finalmente resultó ostensiblemente&nbsp;menor.</p><p>En tal sentido, el abogado defensor, Luciano Tumini, informó que el encausado deberá observar ciertas normas de sujeción al proceso, como por ejemplo mantener el domicilio real y no ausentarse de la ciudad sin previo aviso; realizar un curso de educación vial; desarrollar tareas comunitarias cuatro horas por semana; y no consumir alcohol ni estupefacientes. Asimismo, la inhabilitación para conducir continúa vigente durante un lapso de cinco años.&nbsp;</p><p>“Esto es un beneficio que se le otorga a toda persona que haya cumplido el tiempo que prevé la ley encontrándose detenido. De conformidad con la pena que le fue impuesta en este caso en particular, al haberse impuesto a una condena de tres años de efectivo cumplimiento, la ley establece que a los ocho meses de estar privado de su libertad personal puede gozar justamente de la libertad condicional”, expuso Tumini en diálogo con el programa “Cosas que Pasan” (ECO TV y 104.1 Tandil FM).</p><p>El cumplimiento de prisión&nbsp;</p><p>El exdirector de Espacios Verdes de la comuna fue detenido el 11 de abril de 2022 y al respecto, el letrado explicó que “efectivamente estuvo tres meses en la Unidad Penitenciaria de Barker y poco más de ocho meses, prácticamente un año en total, con arresto domiciliario, que a los fines de la ley penal se computa como encarcelamiento efectivo de la misma manera que se hubiese estado en una unidad penitenciaria”.</p><p>Por otra parte, ante la eventual apelación de la excarcelación, Tumini expuso que al menos hasta ayer no se había interpuesto ningún recurso. “De hecho, profesionalmente considero que, si bien obviamente están en toda la libertad de hacerlo siempre, esto es una cuestión meramente de tiempo y es lo que establece la ley”, manifestó el patrocinante de Jaureguiber.</p><p>En correlación, resaltó que el artículo 169 del Código Procesal Penal establece que, ante este tipo de penas, a los ocho meses el encausado debe recuperar la libertad, salvo que hubiese existido algún error en el cómputo.&nbsp;</p><p>“Él estuvo privado de su libertad, no existen mucho más motivos. Es decir, el presupuesto de la ley es ese y está cumplido, y por eso es que se le otorga la excarcelación. No es un capricho de ningún funcionario ni de nadie en particular, es simplemente lo que dice la norma”, completó.</p><p>El juicio abreviado&nbsp;</p><p>Vale recordar que en febrero último el juez interviniente en el caso, Carlos Alberto Pocorena, desestimó en un juicio abreviado la oposición que había interpuesto el particular damnificado respecto a la pena impuesta y ratificó que Luciano Jaureguiber resultó autor del delito de "Homicidio culposo agravado”, por lo cual fue sentenciado a la mencionada pena de 3 años de prisión de cumplimiento efectivo y 5 años de inhabilitación para conducir. &nbsp;</p><p>El acuerdo entre el juez correccional y el fiscal José Ignacio Calonje -quien instruyó la causa- para acceder a un juicio abreviado generó la contundente reacción de la familia de la víctima, que el pasado 13 de febrero se presentó en la sede local del Poder Judicial bonaerense para pedir explicaciones. El episodio derivó en una agresión física por parte de algunos hermanos del joven fallecido al representante del Ministerio Público Fiscal, que había viajado desde Azul para reunirse con la familia. Por el hecho se abrieron otros expedientes judiciales y el magistrado también mencionó el incidente en la sentencia.</p><p>No obstante, cabe consignar que los abogados Marcelo y Gastón Argeri, en representación de la familia Simón, consideraron que la punición era “irrisoria” y apelaron&nbsp;el fallo condenatorio, que quedó a instancia&nbsp; de la Cámara de Apelaciones y Garantías de Azul para su revisión.&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/MES49HaYNciWyLTVQ_xTY-ZCdMM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2018/08/Jaureguiber-Luciano-13-08.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El juez Arecha dictó la libertad condicional para el exfuncionario comunal condenado por el accidente vial en el que murió Sebastián Simón, ocurrido en diciembre de 2021. En febrero pasado, el Juzgado Correccional 1 de Tandil convalidó  el juicio abreviado y lo sentenció a tres años de prisión. Jaureguiber fue detenido en abril del año pasado y, ante este tipo de penas, a los ocho meses el encausado puede recuperar la libertad.]]>
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                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2023-03-31T10:04:40+00:00</published>
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            Dictaron la excarcelación para Luciano Jaureguiber
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/policiales/dictaron-la-excarcelacion-para-luciano-jaureguiber" type="text/html" title="Dictaron la excarcelación para Luciano Jaureguiber" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xH5hlXQS8mbQOt6Xl0nj1Sb3LAs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/07/jaureguiber_detenido_2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El exfuncionario comunal Luciano Jaureguiber, quien fuera declarado autor del delito de "Homicidio culposo agravado” por el cual fue condenado a la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo y cinco años de inhabilitación para conducir por el incidente vial en el que perdió la vida Sebastián Simón, finalmente recibió la noticia de la excarcelación por parte de la Justicia.</p><p>El abogado defensor del imputado, Luciano Tumini, informó que se deberán cumplir ciertas normas de sujeción al proceso, como por ejemplo mantener el domicilio real y no ausentarse de la ciudad, y que en las próximas horas le retirarán la tobillera electrónica. Asimismo, la inhabilitación para conducir continúa vigente.</p><p>“Esto es un beneficio que se le otorga a toda persona que haya cumplido el tiempo que prevé la ley encontrándose detenido. De conformidad con la pena que le fue impuesta en este caso en particular, al haberse impuesto a una condena de tres años de efectivo cumplimiento, la ley establece que a los ocho meses de estar privado de su libertad personal puede gozar justamente de la libertad condicional”, expuso Tumini en diálogo con el programa Cosas que Pasan, que se emite por Eco TV y Tandil FM 104.1.</p><p>En ese sentido, explicó que “él efectivamente estuvo tres meses en la Unidad Penitenciaria de Barker y poco más de ocho meses, prácticamente un año en total, con arresto domiciliario, que a los fines de la ley penal se computa como encarcelamiento efectivo de la misma manera que se hubiese estado en una unidad penitenciaria”.</p><p>Vale recordar que en febrero el juez interviniente en el caso, Carlos Alberto Pocorena, desestimó en un juicio abreviado la oposición que había interpuesto el particular damnificado respecto a la pena impuesta y ratificó que Luciano Jaureguiber resultó autor del delito de "Homicidio culposo agravado”, por lo cual fue condenado a &nbsp;la pena de 3 años de prisión de cumplimiento efectivo y 5 años de inhabilitación para conducir.</p><p>De todas maneras, Pocorena había ordenado “formar incidente de excarcelación por libertad condicional”, por lo que ya se especulaba que en ocho meses Jaureguiber podía recuperar su libertad.</p>No se presentó ningún recurso de apelación<p>Ante la eventual presentación de algún recurso de apelación por parte de los abogados de la familia Simón, a pesar de lo que trascendió, Tumini expuso que no se ha presentado nada.</p><p>“De hecho, profesionalmente considero que, si bien obviamente están en toda la libertad de hacerlo siempre, esto es una cuestión meramente de tiempo y que es lo que establece la ley”, manifestó el abogado de Jaureguiber.</p><p>En ese sentido, resaltó que la normativa establece que, ante este tipo de penas, a los ocho meses el imputado debe recuperar la libertad, salvo que hubiese existido algún error en el cómputo</p><p>“Él estuvo privado de libertad, no existen mucho más motivos. Es decir, el presupuesto de la ley es ese y está cumplido, y por eso que se le otorga. No es un capricho de ningún funcionario ni ni nadie en particular, es simplemente lo que dice la norma”, completó.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xH5hlXQS8mbQOt6Xl0nj1Sb3LAs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/07/jaureguiber_detenido_2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se dictó la excarcelación le retirarán la tobillera electrónica al exfuncionario municipal.]]>
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                                <category term="policiales" label="Policiales" />
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                <published>2023-03-30T13:42:09+00:00</published>
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            La declaración inverosímil, la llamada con el chofer de Lunghi y el intento por eludir su responsabilidad, en un fallo tan categórico como criticado
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/policiales/la-declaracion-inverosimil-la-llamada-con-el-chofer-de-lunghi-y-el-intento-por-eludir-su-responsabilidad-en-un-fallo-tan-categorico-como-criticado" type="text/html" title="La declaración inverosímil, la llamada con el chofer de Lunghi y el intento por eludir su responsabilidad, en un fallo tan categórico como criticado" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_oR3itA8p5IPuWmRPN0876o-vE8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/10/pericias_caso_simon_03_10_22_2_3.JPG" class="type:primaryImage" /></figure>En medio de las repercusiones por los alcances del juicio abreviado y la pena que se dictó al exfuncionario comunal por la muerte de Sebastián Simón, el fallo del juez expuso duros conceptos para con la conducta de Luciano Jaureguiber. Se aludió a una declaración inverosímil que buscó eludir su responsabilidad. “Lo único que le preocupó fue retirarse a toda velocidad, no comunicarse con la policía, ni con una ambulancia, justificando su conducta desaprensiva en su miedo a que le podrían haber arrojado con algún elemento para robarle, para luego comunicarse con el chofer del Intendente para pedirle colaboración”, acción que le valió la prisión preventiva.]]>
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                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2023-02-17T10:05:24+00:00</published>
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            La familia Simón apelará el fallo y su abogado lamentó que el juez aceptara la pena mínima
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/3ZHapO_aBwuBzQjT12amOH7sMp4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2023/02/marcha_sebastian_simon_4.JPG" class="type:primaryImage" /></figure><p>El abogado de la familia Simón, Gastón Argeri, habló con el programa Eco Noticias, que se emite por Eco TV y Tandil FM 104.1, y reconoció que esperaba que el juez Carlos Pocorena no aceptara la pena mínima pedida para Luciano Jaureguiber, quien protagonizó el accidente que le costó la vida a Sebastián Simón en diciembre de 2021. Como se anticipó ayer en estas páginas, la querella apelará el fallo.</p><p>“Nos opusimos a la condena, no nos podemos oponer al acuerdo”, resaltó Argeri, haciendo referencia al juicio abreviado que se había acordado. Dicha instancia fue objeto de polémica y la familia de la víctima se manifestó en contra de una pena “tan baja”.&nbsp;</p><p>En el acuerdo rubricado entre el fiscal José Ignacio Calonje y la defensa del acusado -ejercida por Luciano Tumini- se solicitó tres años de prisión más cinco de inhabilitación para conducir, lo cual corresponde a la pena mínima del delito en cuestión, calificado como homicidio culposo, que contaba con el agravante de la fuga en la carátula.&nbsp;</p><p>La conflictividad escaló a tal punto que el pasado lunes, en el marco de una movilización pública, las autoridades judiciales recibieron a la familia y el fiscal resultó agredido físicamente por uno de los hermanos del joven fallecido. A raíz de este episodio, se abrió una causa por “Lesiones y amenazas”.&nbsp;</p><p>Apelación</p><p>Al respecto, Argeri indicó que recurrirán a la Cámara de Azul y apelarán: “Tenemos un plazo de 20 días para interponer el recurso. Es una sentencia bastante extensa, pero creemos que la cantidad de años es insuficiente para el hecho que se cometió. El actuar del fiscal no nos convence”.</p><p>“Nosotros nos opusimos y obviamente esperábamos que Pocorena no lo aceptara, no lo confirmara, pero lo hizo”, lamentó y aseveró que “estamos trabajando con los pasos a seguir”.</p><p>Si bien evaluó que cualquier ciudadano puede protagonizar un siniestro con desenlace fatal, en este caso esgrimió que la situación se agravó porque el culpable se dio a la fuga y sostuvo que después del accidente luctuoso intentó "manipular la prueba”.</p><p>Asimismo, el letrado explicó que la pena endilgada habilita a Jaureguiber a pedir su libertad y explicó al respecto que “tres años de cumplimiento efectivo de condena te habilitan, a los ocho meses, a pedir la salida. Y él ya lleva diez, entonces podría pedirla; ya está en esa posibilidad”.</p><p>Vale recordar que el exdirector de Espacio Verdes de Tandil lleva diez meses detenido y cumple actualmente con la figura del arresto domiciliario.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/3ZHapO_aBwuBzQjT12amOH7sMp4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2023/02/marcha_sebastian_simon_4.JPG" class="type:primaryImage" /></figure>El abogado de la familia Simón, Gastón Argeri, habló con el programa Eco Noticias, que se emite por Eco TV y Tandil FM 104.1, y reconoció que esperaba...]]>
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                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2023-02-17T10:05:24+00:00</published>
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            El juez convalidó el juicio abreviado y  ratificó la pena de prisión al exfuncionario Jaureguiber
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xH5hlXQS8mbQOt6Xl0nj1Sb3LAs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/07/jaureguiber_detenido_2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Cuando aún repercuten las reacciones por el violento suceso que padeció el fiscal que acordó un juicio abreviado con la defensa de Luciano Jaureguiber,  acusado por la muerte de Sebastián Simón, ayer se conoció la resolución del juez que convalidó lo actuado como también la pena consensuada, a pesar de la resistencia de la familia de la víctima. Los fundamentos y aclaraciones del magistrado.]]>
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                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2023-02-16T10:04:11+00:00</published>
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            Caso Simón: se dio a conocer la sentencia
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1MnlAZ5cVJyeQPP_Bli_9RpkFbs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2015/03/poder-judicial1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Esta mañana, y en el marco del plazo establecido de cinco días transcurridos luego de la audiencia, el juez Carlos Pocorena dictó veredicto y sentencia, condenando a Luciano Jaureguiber -imputado tras la muerte de Sebastián Simón por el delito de homicidio culposo agravado- a la pena de 3 años de prisión de cumplimiento efectivo y 5 años de inhabilitación para conducir.&nbsp;</p><p>Además, el juez ordenó “formar incidente de excarcelación por libertad condicional”, debido a que el exfuncionario se encuentra legalmente habilitado para solicitarla.&nbsp;</p><p>El proceso se desarrolló sobre la base del juicio abreviado, una de las formas previstas por el Código Procesal Penal, en sus artículos N° 395 y siguientes: se trata de un acuerdo entre fiscal, imputado y defensa en el cual se establece la calificación legal del hecho y la pena pactada.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1MnlAZ5cVJyeQPP_Bli_9RpkFbs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2015/03/poder-judicial1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Esta mañana, y en el marco del plazo establecido de cinco días transcurridos luego de la audiencia, el juez Carlos Pocorena dictó veredicto y sentenci...]]>
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                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2023-02-15T20:45:47+00:00</published>
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        <title>
            El Colegio y la Asociación de funcionarios judiciales repudiaron las agresiones sufridas por el fiscal Calonje
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/QBEjqqaUd78047Gv826ezq3tVxs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/08/fiscal_calonje.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Tras el grave desenlace que tuvo la manifestación del jueves en torno al caso Simón y las críticas al juicio abreviado arribado entre las partes para acordar la pena al imputado, desde el Colegio de Magistrados departamental como de Amafutan salieron a solidarizarse con el fiscal agredido física y verbalmente, como así también referirse a la sensible situación que impera en materia de violencia en la sociedad y en su labor en particular.&nbsp;</p><p>Como se informó oportunamente, el fiscal José Ignacio Calonje fue blanco de golpes de puño cuando se aprestaba a mantener una entrevista con los padres y uno de los hermanos de Sebastián Simón, el joven que murió tras ser atropellado por un auto conducido por el exfuncionario comunal Luciano Jaureguiber, quien terminó imputado y detenido (actualmente bajo arresto domiciliario) por el delito tipificado como “Homicidio culposo por la conducción imprudente, negligente, y antirreglamentaria de vehículo automotor, agravado por haberse dado el conductor a la fuga y no haber intentado socorrer a la víctima”.</p><p>Precisamente dicha carátula habilitó al ministerio público arribar a un juicio abreviado con el defensor particular del acusado, acordando una pena de tres años de prisión y cinco de inhabilitación para conducir (el Código delimita una eventual condena de tres a seis años por la calificación optada).&nbsp;</p><p>La familia Simón se dijo sorprendida y molesta por el acuerdo, independientemente que sus abogados, los doctores Marcelo y Gastón Argeri, como particulares damnificados, &nbsp;habían participado de la audiencia en la que expusieron su oposición a la pena citada, quedando al aguardo de la definición del juez Correccional Carlos Alberto Pocorena, de quien se aguarda por su opinión al respecto en las próximas horas.&nbsp;</p><p>Repudio y solidaridad</p><p>“La violencia es el límite”, expuso la Asociación de Magistrados y Funcionarios de Tandil –Amafutan- quien expresó su más enérgico repudio a las agresiones físicas y verbales que sufrió el agente fiscal José Ignacio Calonje, junto al funcionario judicial Federico Ramos, haciéndoles llegar su solidaridad y acompañamiento.</p><p>Desde la Asociación actualmente presidida por el defensor oficial Diego Araujo, se señaló que “las decisiones adoptadas en el marco del ejercicio de la función judicial están sujetas -como todo acto de gobierno- a las críticas y cuestionamientos de la ciudadanía en general, como derivación del derecho a la libertad de expresión y de reunión a través de diversos mecanismos institucionales”.</p><p>A su vez, en el caso particular de las decisiones adoptadas por el Ministerio Público Fiscal y por la magistratura, se aclaró que los damnificados cuentan con las vías impugnativas y otras herramientas de participación previstas por el ordenamiento procesal penal bonaerense, y en particular con todos los derechos y garantías contemplados en la Ley de Víctimas 15.232.</p><p>Por ello, “aun entendiendo el dolor que comporta la pérdida de un ser querido, Amafutan reafirma el trascendental valor que para la sociedad tiene la actividad de magistrados y funcionarios, rechazando cualquier hecho de violencia cometido contra quienes desempeñan dicha tarea, entendiendo que por su propia naturaleza las agresiones físicas y acusaciones verbales infundadas, en nada contribuyen ni se condicen con la finalidad de la misma, esto es la resolución pacífica de conflictos aplicando la ley”.</p><p>Más adhesiones</p><p>Asimismo, desde el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Departamento Judicial Azul, también se expresó su enérgico repudio a la agresión de la que fuera víctima el fiscal en cumplimiento de sus funciones, en un hecho que “atenta contra la convivencia pacífica y respetuosa en el marco del Estado de Derecho”.</p><p>Desde el&nbsp; Colegio detallaron que “en todo el territorio provincial se registra un incremento de los actos de violencia contra magistrados y funcionarios, dentro y fuera de los tribunales. Es imperativo que las autoridades de todos los niveles del Estado tomen medidas urgentes para proteger a quienes deben adoptar decisiones trascendentes, por mandato de sus conciudadanos y de la Constitución Nacional”.</p><p>Cerrando, el Consejo Departamental de este Colegio hizo llegar su solidaridad al doctor Calonje ante este episodio lamentable.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/QBEjqqaUd78047Gv826ezq3tVxs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/08/fiscal_calonje.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Sendas entidades que aglutina a los trabajadores del sistema judicial salieron a solidarizarse con el fiscal agredido en la reunión con la familia Simón. Piden que se tomen medidas urgentes para proteger a quienes deben adoptar decisiones trascendentes.]]>
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                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2023-02-15T10:05:16+00:00</published>
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            La familia Simón se movilizó para reclamar justicia y terminaron agrediendo al fiscal Calonje
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                <![CDATA[El Eco Multimedios]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_c9zP0K6QpJa8v94MRv_uAQGJUM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2023/02/marcha_sebastian_simon_1.JPG" class="type:primaryImage" /></figure><p>La familia de Sebastián Simón, el joven atropellado en La Movediza en diciembre de 2021 por el exfuncionario municipal Luciano Jaureguiber, decidió manifestarse ayer para pedir que la causa sea elevada a juicio oral y no se atenúe la pena. Posteriormente, se reunieron con las autoridades judiciales que entienden la causa para abordar el tema, pero la tensión creciente derivó en una agresión física al fiscal José Ignacio Calonje, que se trasladó desde Azul para mantener el encuentro con los familiares.&nbsp;</p><p>La expresión pública surgió tras el acuerdo de la fiscalía y la defensa de realizar un juicio abreviado y condenar al imputado a la pena de tres años de prisión y cinco de inhabilitación para conducir. &nbsp;Después de la audiencia celebrada el pasado jueves, el titular del Juzgado Correccional 1 de Tandil, Carlos Alberto Pocorena, debe evaluar si hace lugar al pedido o si sugiere alguna modificación en la penalidad.&nbsp;</p><p>Asimismo, la familia del adolescente fallecido forma parte de la causa bajo la figura de particular damnificado, con la representación legal de Marcelo y Gastón Argeri. En contrapartida, se opusieron al monto de la condena y solicitaron que en el juicio abreviado se aplique la pena máxima, que es de seis años. Como la mencionada instancia tiene la&nbsp;anuencia del Ministerio Público Fiscal, la querella no puede rechazarlo pero sí tiene la facultad de pedir que se revea la penalidad y las condiciones del acuerdo.</p><p>La movilización&nbsp;</p><p>Frente a este panorama, los manifestantes se congregaron a media mañana en la explanada del Municipio, que amaneció vallado y fuertemente custodiado por la Policía y personal de Infantería. Desde ahí, casi un centenar de personas marchó al son de los redoblantes por las calles céntricas hasta la sede del Poder Judicial bonaerense, en Uriburu y 9 de Julio, con pancartas que clamaban: “Juicio oral y público”, “Máxima condena”, “Fiscal Ignacio Calonje corrupto” y “Justicia por Sebastián Simón”.&nbsp;</p><p>Vale reseñar que el caso fue objeto de numerosas controversias, movilizaciones y reclamos públicos a lo largo del tiempo, que incluyó un acampe en la vereda de la Municipalidad y la Plaza Independencia hasta que se logró la detención del acusado.&nbsp;</p><p>Así, al llegar a destino, mientras la columna de manifestantes permanecía sobre Uriburu interrumpiendo el tránsito y un cordón policial controlaba el perímetro del edificio judicial, Marcelino Simón y Haydeé Páez, padres de Sebastián, se reunieron con el juez Carlos Pocorena. Ante la insistencia, en horas de la tarde se trasladó hasta la ciudad el fiscal Ignacio Calonje, &nbsp;titular de la Unidad Funcional de Investigaciones de Delitos Especiales con asiento en Azul y mantuvo finalmente un encuentro con los familiares en el marco del caso.</p><p>La conversación subió de tono y, entre gritos, en un confuso episodio uno de los hermanos de la víctima le propinó varias trompadas al fiscal que debió ser socorrido primero por el agente fiscal Federico Ramos y más luego la policía, que logró abortar lo que se había transformado en una bataola, entre golpes y daños al material y equipos que había en la oficina.&nbsp;</p><p>Claramente se dio por terminada la reunión inmediatamente y si bien hubo un intento de detención en el lugar del agresor, finalmente la Justicia lo notificará &nbsp;de la apertura de una instrucción por lesiones y amenazas.&nbsp;</p><p>"Tras el hecho, los sacaron afuera pero no los detuvieron. Cuando estaban en la vereda los quisieron llevar a declarar. Si no están detenidos no pueden llevarlos. Les tomaron los datos y los van a notificar. Ahora está el fiscal en contra de la familia de la víctima. Calonje se hizo el soberbio y no los dejaba hablar, por eso se fueron caldeando los ánimos”, aseguraron desde los manifestantes. Versión diametralmente opuesta a la que trascendió luego desde la fiscalía que confiaron en que no hubo mayor intercambio de palabras y el hermano de Sebastián Simón empezó a insultar y lanzar golpes de puño sin más. &nbsp;</p><p>Pedido de justicia</p><p>En la previa de la movilización, Marcelino Simón conversó con El Eco de Tandil y expuso que no se sienten escuchados por la Justicia en su reclamo. Al respecto, esgrimió que “prácticamente hacen los arreglos que a ellos les convienen, llevamos cuatro meses pidiendo audiencia con el fiscal y no nos recibe”.&nbsp;</p><p>Asimismo, remarcó que quieren que el proceso judicial sea oral y público, y no que se arribe a la instancia abreviada. &nbsp;Jaureguiber fue detenido con prisión preventiva en abril del año pasado y luego de estar tres meses en el penal de Barker, el Juzgado de Garantías le otorgó el arresto domiciliario, que cumple en la actualidad. Si se aplica la condena de tres años, con el tiempo de cautiverio que ya lleva efectivizado más los beneficios que se le puedan conceder, en ocho meses recuperaría la libertad.</p><p>“Queremos que le den 4 o 5 años, con la prisión preventiva y esa condena, en 8 meses podría salir en libre. Tiene que cambiar la Justicia, esto no puede ser. Porque no tenemos un mango se supone que tenemos que agachar la cabeza y que mi hijo no descanse en paz”, señaló.&nbsp;</p><p>Para cerrar, el hombre sostuvo que "no estuvo ni dos meses adentro, nos toman el pelo. Yo hace más de cuatro meses que vengo pidiendo la audiencia con Calonje y nunca me atendió”, y completó: “Entonces si ellos quieren guerra, yo les voy a hacer la guerra. Tanto que se llenan la boca con el Tandil soñado y nadie dice nada; no tengo nada que perder, ya perdí a dos de mis hijos, voy a seguir y a ver dónde puedo ir a tocar la puerta”.&nbsp;</p><p>La instancia judicial&nbsp;</p><p>El hecho ocurrió el 5 de diciembre de 2021 cuando Luciano Jaureguiber, por aquel entonces director de Espacios Verdes Públicos de la comuna, conducía un vehículo Volkswagen Gol&nbsp;Trend, dominio AB521PF, por la calle Azucena entre Chubut y Misiones, en dirección a esta última.&nbsp;</p><p>Alrededor de las 4.20 atropelló a Simón, quien caminaba por la cinta asfáltica con un amigo, y nunca se detuvo a socorrerlo. La víctima fue trasladada por una ambulancia del SAME y falleció 24 horas más tarde en el Hospital Santamarina, pese al esfuerzo de los médicos.&nbsp;</p><p>En tanto, al elevarse a juicio la causa, el fiscal José Ignacio Calonje, quien instruyó el expediente caratulado como&nbsp;“Homicidio culposo por la conducción imprudente, negligente, y antirreglamentaria de vehículo automotor, agravado por haberse dado el conductor a la fuga y no haber intentado socorrer a la víctima”, y el doctor Luciano Tumini, patrocinante del acusado, consensuaron la concreción de un juicio abreviado con la pena mínima. La tipificación penal contempla una punición de tres a seis años de prisión y admite dicha modalidad, para no llegar a la instancia de un juicio oral y público.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_c9zP0K6QpJa8v94MRv_uAQGJUM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2023/02/marcha_sebastian_simon_1.JPG" class="type:primaryImage" /></figure>Familiares y allegados de Sebastián Simón, el joven que murió tras ser embestido en un accidente vial por Luciano Jaureguiber, marcharon desde el Municipio hasta la sede del Poder Judicial para pedir que la causa no se resuelva con el juicio abreviado y los tres años de prisión acordados por la fiscalía y la defensa. En este marco, los padres de la víctima mantuvieron sendos encuentros con el juez Pocorena y el fiscal Calonje, que se trasladó desde Azul. La tensión fue en aumento y uno de los hermanos de la víctima terminó golpeando al fiscal y sacado por la fuerza policial.]]>
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                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2023-02-14T10:04:59+00:00</published>
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            La Justicia evaluará si condena a Luciano Jaureguiber a tres años de prisión en un juicio abreviado
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/J8VRNqKLfV206RcNFLKwpORR4HE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/12/420ac895-poder-judicial-10-12-19-2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El expediente por la muerte de Sebastián Simón en un accidente ocurrido el 5 de diciembre de 2021 en La Movediza sumó un nuevo episodio, en vías de definir la situación judicial del imputado, el exfuncionario comunal Luciano Jaureguiber.&nbsp;</p><p>En una audiencia celebrada ayer, el juez Carlos Alberto Pocorena, a cargo del Juzgado Correccional 1 de Tandil, escuchó a las partes y deberá decidir si concede el pedido de la fiscalía y la defensa, de realizar un juicio abreviado con una pena de tres años de prisión o si se inclina por otra alternativa.</p><p>El fiscal José Ignacio Calonje, quien instruyó la causa caratulada como&nbsp; “Homicidio culposo por la conducción imprudente, negligente, y antirreglamentaria de vehículo automotor, agravado por haberse dado el conductor a la fuga y no haber intentado socorrer a la víctima”, y el doctor Luciano Tumini, patrocinante del acusado, consensuaron la concreción de un juicio abreviado con esa condena y la inhabilitación para conducir por cinco años. La tipificación penal contempla una pena de tres a seis años de prisión y admite dicha modalidad, para no llegar a un juicio oral y público.&nbsp;</p><p>En rigor, un juicio abreviado el fiscal acusa al imputado por un hecho y tipifica el delito, reclamando una pena. El imputado, por su parte, admite su participación y culpabilidad en el hecho en cuestión y puede aceptar la condena o negociarla.</p><p>La querella rechazó de plano la “escasa” pena propuesta por los otros actores. Aunque contemplan la alternativa de que se efectivice un juicio abreviado, enfocaron que la condena en ese caso debe ser mayor. Si Jaureguiber es sentenciado a tres años de cárcel, en ocho meses podría pedir la libertad.</p><p>En la actualidad, el acusado permanece bajo arresto domiciliario desde abril del año pasado, a la espera del debate judicial. En octubre se dio por cerrada la investigación por la muerte del joven y la requisitoria de elevación a juicio quedó en manos del Juzgado de Garantías, que dio traslado a las partes. Ahora, el Juzgado Correccional deberá determinar la suerte procesal del acusado. Asimismo, la familia del adolescente fallecido se presentó en la causa bajo la figura de particular damnificado, con la representación legal de Marcelo y Gastón Argeri.&nbsp;</p><p>Pena "irrisoria"</p><p>Gastón Argeri, abogado de la familia Simón, en comunicación con el programa radial “Buenas y Santas” (104.1 Tandil FM), manifestó su contundente rechazo al pedido de las partes y consideró que sentaría un precedente “preocupante”.&nbsp;</p><p>“La persona podría aceptar el hecho y se establece un pena de tres años. Recordemos que el imputado evitó que toda la prueba estuviera a disposición, manipuló los teléfonos, se entregó 10 horas después y por todo eso recibiría tres años de pena y en 8 meses puede pedir la libertad”, detalló.</p><p>Encuadrado en la Ley Provincial 15.232 que reconoce y garantiza los derechos de las víctimas del delito y violación a los derechos humanos, el magistrado escuchó a las partes en pos de reconocer y garantizar sus derechos, para evitar la revictimización y asegurar un acompañamiento efectivo durante el proceso.</p><p>En este marco, Pocorena tiene un plazo para definir si acepta o rechaza la petición de la fiscalía y la defensa. En caso de no aceptarla, la causa puede ir directamente a un juicio oral o el juez puede ofrecer modificar la penalidad del juicio abreviado, haciendo lugar al pedido del particular damnificado.&nbsp;</p><p>Al respecto, el letrado explicó que “es difícil oponerse a un juicio abreviado, pero sí a una pena tan irrisoria. El juez tiene competencia para no aceptar el pedido. La verdad es que tenemos una gran disconformidad con el fiscal, por todo lo que fue el accionar posterior al accidente del imputado”.&nbsp;</p><p>Asimismo, ponderó que “hay una situación que se vulneró” y que la concesión de este beneficio podría sentar un antecedente “preocupante” sobre la responsabilidad a la hora de conducir. &nbsp;</p><p>"En otros casos similares hubo juicios abreviados con mayores penas, creo que hay que medir con la misma vara todos los casos. Nosotros pedimos la pena máxima, pero el fiscal avala estos tres años y se vuelve toda la situación en contra”, sostuvo.&nbsp;</p><p>El hecho</p><p>El 5 de diciembre de 2021, Luciano Jaureguiber, por aquel entonces director de Espacios Verdes Públicos de la comuna, conducía el vehículo Volkswagen Gol&nbsp;Trend, dominio AB521PF, por la calle Azucena entre Chubut y Misiones, en dirección a esta última.&nbsp;</p><p>Alrededor de las 4.20 atropelló a Simón, quien caminaba por la cinta asfáltica con un amigo, y nunca se detuvo a socorrerlo. La víctima fue trasladada por una ambulancia del SAME y falleció 24 horas más tarde en el Hospital Santamarina, pese al esfuerzo de los médicos.&nbsp;</p><p>De acuerdo a las pericias, el punto de impacto se produjo en la vía pública a 1,50 metros del cordón cuneta y la velocidad del automóvil fue, en promedio, entre los 66 a 68 kilómetros por hora. En paralelo, los análisis toxicológicos arrojaron resultados negativos.&nbsp;</p><p>De acuerdo a la crónica policial de aquellos días, Jaureguiber se entregó horas más tarde del episodio en la comisaría, actitud que generó todo tipo de especulaciones y fue motivo de investigación. En su declaración, el exfuncionario aseguró que no se dio cuenta de que había atropellado a una persona sino hasta la mañana, cuando notó las abolladuras en su auto.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/J8VRNqKLfV206RcNFLKwpORR4HE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/12/420ac895-poder-judicial-10-12-19-2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El fiscal Calonje y la defensa acordaron un juicio abreviado con una pena de tres años en la causa que se instruyó por la muerte de Sebastián Simón, el adolescente de 19 añosa atropellado por el exfuncionario público. De concederse el pedido, en ocho meses el imputado -que cumple arresto domiciliario- quedaría en libertad. Los abogados de la familia Simón se opusieron a una pena tan baja y esperan que el Juzgado Correccional 1 revea la penalidad.]]>
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                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2023-02-10T06:30:00+00:00</published>
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            Se dio por concluida la pesquisa por la muerte de Sebastián Simón y elevan la causa a juicio
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_oR3itA8p5IPuWmRPN0876o-vE8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/10/pericias_caso_simon_03_10_22_2_3.JPG" class="type:primaryImage" /></figure>Para el fiscal, ya no quedaron más pruebas para incorporar al expediente y elevó la requisitoria a juicio la causa en la que resulta imputado el exfuncionario municipal Luciano Jaureguiber, actualmente bajo arresto domiciliario. Los argumentos de la acusación. Las conclusiones de los peritos tras la reconstrucción del hecho. El testimonio del amigo de Sebastián Simón que caminaba por calle Azucena hasta encontrar la muerte.]]>
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                <published>2022-10-22T10:04:33+00:00</published>
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            Para el abogado de Jaureguiber, el peritaje del teléfono ratifica que “no quiso entorpecer la investigación&quot;
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/0jUdYV0eYuhEMCVXijDCYzOZO1s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/02/tumini_luciano.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Mientras se espera por la elevación a juicio de la causa contra el exfuncionario municipal Luciano Jaureguiber por la muerte de Sebastián Simón en el barrio La Movediza en diciembre de 2021, el informe con los resultados del peritaje del teléfono del imputado llevó a la defensa a considerar que la causa por posible&nbsp;comisión de encubrimiento por las comunicaciones que mantuvo con integrantes del Gobierno quedaría desestimada.&nbsp;</p><p>Para el abogado defensor del exdirector de Espacios Verdes Públicos, Luciano Tumini, el expediente que tramitó en paralelo a la instrucción por el hecho quedaría descartado al no quedar acreditado el vínculo con funcionarios comunales luego del hecho en beneficio del imputado, aún con el propio Roberto Pérez, coordinador técnico operativo de la Secretaría Privada.</p><p>La causa por encubrimiento se inició en función de las sospechas que generaron en torno a los mensajes con el funcionario municipal, que fueron materia de investigación. Con este informe, “tendría que cerrarse porque no existe ninguna prueba que involucre a un funcionario municipal”, dijo, y aclaró que “no hubo ningún imputado”, por lo que no dictará un sobreseimiento.</p><p>A la espera de avances en la causa que lleva adelante el fiscal de la Unidad Funcional de Investigaciones Especiales, José Ignacio Calonje,&nbsp;Jaureguiber se encuentra bajo arresto domiciliario.</p><p>Aquello que “se venía diciendo”&nbsp;</p><p>En diálogo con El Eco Multimedios, Tumini se refirió a los últimos avances en la instrucción y a la novedad respecto al informe que se anexó al expediente que fue elaborado por un experto en comunicaciones sobre el celular del imputado.</p><p>En efecto, puso énfasis en señalar aquello que “se venía diciendo desde un primer momento” en relación a que “no hubo comunicaciones de ningún tipo con ningún funcionario municipal tendiente a beneficiar su situación respecto del hecho en el cual estuvo involucrado”.</p><p>Asimismo, ratificó que la conclusión a la que arribó el perito fue que “no hay mensajes borrados”, que “refiere que sí hay comunicaciones previas al hecho, todas vinculadas a cuestiones de trabajo con distintos funcionarios de la órbita municipal, pero nada en forma posterior al hecho en sí mismo”.</p><p>A excepción del contacto que mantuvo con Roberto Pérez, que “tuvo en su condición de amigo y allegado, a quien le solicitó un consejo sobre qué hacer y qué pasos tomar de forma personal, pero nada que tuviera que ver con las funciones o el cargo que pudieran llegar a cumplir ninguna de las personas con las que se comunicó”, aseguró el abogado.</p><p>“Fue el único intercambio que mantuvo con Pérez”, en el que “no deja entrever ningún favorecimiento hacia su calidad de imputado y posible autor del hecho que está investigando”, sentenció.</p><p>En ese sentido, el letrado ratificó las declaraciones de su defendido en cuanto a que “no realizó ningún acto que pudiera llegar a entorpecer la investigación ni a beneficiar su condición”, y repasó sus dichos respecto a que “no había pretendido influir de ninguna manera en los pasos procesales que se pudieran llegar a tomar”.</p><p>En tanto, las sospechas en torno al contacto con integrantes del Gobierno de Miguel Lunghi fueron uno de los motivos que derivados en el pedido de prisión. Al respecto, Tumini planteó que no modifica la realidad procesal de su defendido, que se encuentra con arresto domiciliario, pero insistió en que los resultados de los peritajes sobre el teléfono celular podrían derivar en que se desestime el encubrimiento.</p><p>Medidas de prueba pendientes&nbsp;</p><p>En otro pasaje de la entrevista, Tumini evitó arriesgar un posible plazo en el que pueda concretarse la elevación a juicio, que dependerá de conclusión de las medidas instructorias “para acreditar el hecho como la autoría penalmente responsable de quien está imputado”.</p><p>No obstante, apuntó que “todas las pruebas que ha instruido hasta el momento ya están realizadas”, aunque se refirió a un pedido presentado por la defensa que aún no fue respondido.</p><p>En detalle, se trata de un peritaje mecánica que apunte a un estudio visual en cuanto a la luminosidad que había en la calle en la cual ocurrió el hecho. Ante la falta de “medios técnicos”, aguardan novedades para poder llevarlo adelante con la Universidad Nacional del Centro, a través de la Facultad de Arte.&nbsp;</p><p>Se trata de un estudio “muy particular y concreto”, que requiere equipos específicos con los que la unidad académica cuenta, por lo que adelantó que lo solicitará nuevamente.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/0jUdYV0eYuhEMCVXijDCYzOZO1s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/02/tumini_luciano.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El abogado Luciano Tumini se refirió al informe sobre el teléfono del exfuncionario comunal imputado por la muerte de Sebastián Simón. Dijo que la prueba cerraría la denuncia por encubrimiento, que derivó en una causa paralela. No obstante, sostuvo que no modifica su situación procesal.]]>
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                <published>2022-08-24T03:42:03+00:00</published>
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