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    <title>El Eco de Tandil</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Tandil.</subtitle>
    <updated>2026-04-30T17:55:42+00:00</updated>
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            Suspendieron la ejecución de la cautelar por la Ley de Financiamiento Universitario
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/c-doGNr7OhuzJolOcNZ0JMDM4oI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/ley_de_financiamiento_universitario_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Juzgado Contencioso Administrativo Federal II dispuso en las últimas horas la suspensión, por el momento, de la ejecución de la medida cautelar que determina que el gobierno nacional debe cumplir en forma efectiva con la Ley de Financiamiento Universitario. La decisión judicial se basa en el tratamiento de un recurso interpuesto por el Ejecutivo ante la Cámara Federal, mientras se resuelve la cuestión de fondo.</p><p>Ante este escenario, fuentes del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) confirmaron que el próximo lunes 27 de abril apelarán la medida. Desde el organismo sostuvieron que la suspensión de la ejecución de la cautelar no rige hasta que la Corte Suprema de Justicia se expida, sino que primero debe intervenir la Cámara respecto del recurso presentado por el Poder Ejecutivo Nacional.</p><p>"No suspende la cautelar ni sus términos, sino la ejecución y, como dice: por el momento"</p><p>Desde el CIN aseguraron que la apelación ya está decidida. "Nosotros, en cualquier caso, como entendemos que la ejecución puede hacerse igual, vamos a apelar esto mientras esperamos la determinación de la Cámara respecto del pedido del PEN para ir a la Corte", afirmaron voceros de la institución. Cabe recordar que la semana pasada, ante el inminente vencimiento del plazo para entregar los fondos, el gobierno nacional recurrió a la Cámara Federal para intentar suspender la normativa.</p><p>Si el tribunal acepta el planteo oficialista, el caso será elevado al máximo tribunal del país. En caso de una negativa, el oficialismo no descarta avanzar con un recurso de queja. Este incumplimiento se suma a otros giros de fondos que el Gobierno mantiene frenados, como los destinados a discapacidad, el impuesto al combustible para las provincias, deudas con el Pami, subsidios a colectivos y los montos de coparticipación a la Ciudad de Buenos Aires dictaminados por la Justicia.</p><p>En este contexto de incertidumbre judicial, las comunidades educativas mantienen las medidas de fuerza con clases públicas y concentraciones. La actividad central será la Marcha Federal por la educación, la universidad pública y la ciencia nacional, convocada por el CIN para el próximo 12 de mayo con epicentro en la Plaza de Mayo. El reclamo central es el cumplimiento efectivo de la ley.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/c-doGNr7OhuzJolOcNZ0JMDM4oI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/ley_de_financiamiento_universitario_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Juzgado Contencioso Administrativo Federal II frenó temporalmente la medida que obligaba al Ejecutivo nacional a cumplir con el financiamiento de las casas de altos estudios, mientras el Consejo Interuniversitario Nacional prepara su apelación.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2026-04-30T17:55:42+00:00</updated>
                <published>2026-04-25T20:26:28+00:00</published>
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            La Justicia Federal frena artículos de la reforma laboral y ratifica los convenios de Comercio
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7qqujyQfiDynJHxwADvvtlVZIx4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/03/cavalieri.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) informó que el Juzgado Federal N° 2 de San Martín dictó una medida cautelar que suspende la aplicación de los artículos 131 y 133 de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802.</p><p>Esta resolución judicial, con una vigencia inicial de seis meses, garantiza la plena validez de los convenios colectivos suscriptos por la entidad, incluyendo el CCT 130/75 y sus acuerdos derivados, protegiendo así las condiciones laborales y los beneficios vigentes para los trabajadores del sector, indicó.</p><p>El fallo ordena al Estado Nacional abstenerse de aplicar las modificaciones que limitaban la ultraactividad de los convenios y establecían nuevos topes a los aportes sindicales.</p><p>De esta manera, la Justicia asegura la continuidad de todas las cláusulas convencionales y establece que las empresas deben mantener la retención y el depósito de las contribuciones solidarias pactadas, fundamentales para el funcionamiento de las organizaciones gremiales, señaló el gremio.</p><p>Y dijo que la medida judicial resulta clave para evitar un escenario de desfinanciamiento que pondría en riesgo la estructura operativa de los sindicatos y la prestación de servicios esenciales. Al frenar estos artículos, se asegura el sostenimiento de los beneficios sociales, las capacitaciones y la cobertura de salud que los trabajadores mercantiles reciben a través de sus delegaciones y de la obra social OSECAC.</p><p>Al respecto, el secretario General de FAECYS, Armando Cavalieri, señaló: “Este fallo es un acto de justicia que defiende la dignidad de los trabajadores mercantiles y nuestra autonomía para negociar. No vamos a permitir que, bajo la excusa de una modernización, se intente asfixiar a los sindicatos y recortar derechos históricos. Defender el financiamiento de nuestra institución es defender la salud de la familia de comercio y nuestra capacidad de diálogo para proteger el salario en todo el país”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7qqujyQfiDynJHxwADvvtlVZIx4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/03/cavalieri.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El fallo protege los convenios de FAECYS y garantiza el financiamiento sindical, según destacó el secretario general Armando Cavalieri.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-28T12:18:58+00:00</updated>
                <published>2026-03-28T12:16:11+00:00</published>
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            La Justicia rechazó la medida cautelar y hoy reanudarán las obras en Sarmiento al 1100
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mHeta19J1pCX6Sx3-VOMTZxaXps=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/calle_sarmiento_empedrado_5.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La polémica por el patrimonio urbano de Tandil sumó ayer un nuevo capítulo. La Justicia rechazó la medida cautelar que buscaba paralizar las obras de repavimentación de la calle Sarmiento al 1100, por lo que el Municipio retomará hoy las tareas para la finalización de la intervención en ese tramo como en el sector de Alsina al 700, comprendido entre Sarmiento y Mitre.</p><p>La resolución judicial se fundamentó en la falta de “verosimilitud del derecho” suficiente para interrumpir una obra pública en ejecución. Tras analizar los informes técnicos y la normativa, concluyó que las cuadras intervenidas -específicamente Sarmiento entre Santamarina y Alsina, y Alsina entre Mitre y Sarmiento- no cuentan actualmente con una declaración formal de protección patrimonial que impida su modificación por razones de seguridad vial o transitabilidad.</p><p>Tampoco se configura un peligro en la demora que, “ponderado con el interés público comprometido y con la naturaleza innovativa de la medida requerida, justifique paralizar y revertir una obra pública decidida y tramitada por la autoridad competente”.</p><p>Por lo tanto, resolvió “rechazar la medida cautelar solicitada (y a la que adhiere la Defensoría del Pueblo de la ciudad de Tandil), en tanto no se encuentran reunidos, con el grado de convicción propio de esta etapa preliminar, los recaudos exigidos por los artículos 22 y 23 del Código Procesal Contencioso Administrativo (Ley 12.008)”.</p><p>Alcance del control judicial</p><p>Al momento de resolver, la Justicia recordó que la definición y conservación del espacio público local es una competencia propia del Departamento Deliberativo y del Departamento Ejecutivo, según lo establecen los artículos 190 y 191 de la Constitución de la provincia de Buenos Aires.</p><p>En este sentido, el fallo subrayó que el control de los jueces debe recaer sobre la juridicidad y razonabilidad de los actos, pero no sobre la conveniencia u oportunidad de las políticas urbanas.</p><p>“No se advierte acreditada, con entidad suficiente, la existencia de una norma vigente que, aplicada a los tramos concretamente intervenidos, impida su remoción”, señala el escrito judicial.</p><p>Además, considera que una medida cautelar de este tipo afectaría el interés público al comprometer la seguridad vial y el cronograma de una obra con fondos presupuestarios definidos.</p><p>De esta manera, el Gobierno quedó habilitado para continuar con el plan de pavimentación previsto, mientras que las costas del proceso fueron impuestas “por su orden”, dada la naturaleza de la cuestión debatida que involucra intereses colectivos de la comunidad tandilense.</p><p>El proceso</p><p>La presentación judicial original del Ejecutivo, que constituye el informe previo previsto en el artículo 23 inciso 1 del Código Procesal Contencioso Administrativo (CPCA), defendía la legalidad del procedimiento administrativo y cuestionaba los fundamentos de la parte actora y de la Defensoría del Pueblo, que intervino como tercero voluntario.</p><p>En el escrito, el Ejecutivo había sostenido que los adoquines retirados “constituyen un testimonio histórico del proceso urbano”, pero aclaró que “no integran el patrimonio histórico cultural protegido de la ciudad” ni revisten carácter de patrimonio colectivo en sentido jurídico.</p><p>Además, se destacó que el tramo de Sarmiento comprendido entre 4 de Abril y Alsina no cuenta con declaración específica vigente que lo incorpore al régimen de tutela patrimonial y que las ordenanzas de 2004 y 2005 que reconocían al adoquinado como patrimonio histórico fueron derogadas en 2009 mediante la Ordenanza 11.400.</p><p>Actualmente, solo el adoquinado circundante a la Plaza Independencia posee protección normativa explícita a través del Plan de Desarrollo Territorial (PDT).</p><p>El Municipio también cuestionó formalmente la demanda, señalando “la dificultad que ha debido afrontar esta parte para articular una adecuada defensa, en virtud de las graves deficiencias formales e inconsistencias que presenta el escrito de demanda”.</p><p>Asimismo, advirtió que en el expediente no se acreditó personería sobre el colectivo “Vecinos Autoconvocados”, así como la ausencia de domicilio en la zona por parte de los impulsores de la medida cautelar.</p><p>La Defensoría del Pueblo había solicitado la “suspensión inmediata de toda obra o intervención que implique la remoción, alteración o sustitución del adoquinado histórico”, el mantenimiento del estado actual y, como medida definitiva, la restitución de todos los adoquines removidos a su emplazamiento original. Frente a ello, el Municipio sostuvo que no existe “derecho verosímil” que habilite la cautelar y que no se acreditó la existencia de un bien jurídicamente protegido.</p><p>Tras la decisión judicial de este lunes, el intendente Miguel Lunghi se reunirá en las próximas horas con los vecinos para notificar que la obra continuará, retomando las tareas pendientes en Sarmiento y en el sector de Alsina al 700, garantizando el cumplimiento de los procedimientos establecidos.</p><p>Con informes que respaldaron la presentación elaborados por la Dirección de Vialidad, la Coordinación de Patrimonio Cultural y Archivo Histórico, la Secretaría del Concejo Deliberante y la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, el Municipio le había solicitado al juez que rechazara la medida cautelar “con expresa imposición de costas a la contraria, en base a los fundamentos de hecho y de derecho”.</p><p>Reanudación de los trabajos</p><p>Tras la decisión de la Justicia de rechazar la medida cautelar que paralizaba las obras en las calles Sarmiento y Alsina, el Municipio confirmó que hoy se retomarán los trabajos para completar la repavimentación.</p><p>Desde la Dirección General de Vialidad informaron que hoy comenzarán con las tareas de preparación de la base en el tramo que faltaba completar en la calle Sarmiento y que mañana se colocará el hormigón en ese sector.</p><p>Además, adelantaron que el jueves se iniciarán las tareas de repavimentación en la calle Alsina entre Sarmiento y Mitre, por lo que desde las primeras horas de la mañana se restringirá la circulación vehicular en esa cuadra.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mHeta19J1pCX6Sx3-VOMTZxaXps=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/calle_sarmiento_empedrado_5.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Desestimó el pedido de vecinos al que adhirió la Defensoría del Pueblo para frenar la remoción de los adoquines.]]>
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                                <category term="la-ciudad" label="La Ciudad" />
                <updated>2026-03-12T20:45:11+00:00</updated>
                <published>2026-03-03T05:45:00+00:00</published>
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            Adoquines: Frentistas respaldaron la reanudación de los trabajos en Sarmiento al 1100
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mHeta19J1pCX6Sx3-VOMTZxaXps=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/calle_sarmiento_empedrado_5.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Antes del inicio del acto de apertura de sesiones ordinarias del Concejo Deliberante, el Municipio recibió la notificación judicial que resolvió favorablemente la apelación presentada ante la demanda de un grupo de vecinos autoconvocados, por lo que las tareas se reanudarán en las próximas horas. En ese marco, los vecinos que se encontraban movilizados por la suspensión de los trabajos celebraron la decisión en virtud de los trastornos ocasionados por una obra sin concluir.</p><p>El conflicto se originó &nbsp;cuando un sector de la comunidad interpuso un recurso legal para preservar el adoquinado de la arteria por su valor patrimonial. La Municipalidad apeló la medida invocando el interés público y la necesidad de modernizar la infraestructura urbana para soportar el flujo de tránsito actual.</p><p>Durante los días en que estuvo paralizada la obra, Sarmiento entre 4 de Abril y Alsina permaneció cerrada al paso vehicular, lo que generó malestar entre quienes residen y trabajan diariamente en la zona.</p><p>Un comerciante y vecino frentista cuya empresa se encuentra en la zona, Jordi Muñoz, expresó ante los micrófonos del ciclo radial “La Mañana” (104.1 Tandil FM, EcoTV y El Eco Streaming) su satisfacción por la noticia judicial, que llegó desde el Municipio poco antes del inicio del discurso del Intendente en el Concejo Deliberante.</p><p>“Nos da tranquilidad a todos los vecinos que veníamos siendo afectados por la interrupción de la obra”, celebró y, en virtud del debate ciudadano y las posturas que generó el tema, afirmó que “no se trata de elegir entre historia y progreso”, sino de “encontrar una forma de cuidar la identidad de la ciudad y no paralizar la vida cotidiana de quienes circulan por estas calles”.</p><p>Impacto de una intervención suspendida</p><p>Según explicó, la suspensión de los trabajos generó impacto directo en la cotidianeidad de las familias, más aún si se considera que la ejecución de la pavimentación comenzó el 10 de enero y se extendió por casi dos meses.</p><p>La expectativa de los vecinos es que la normalización del flujo vehicular ocurra con celeridad, dado que en la zona hay instituciones educativas de gran concurrencia de estudiantes y docentes. El inicio de las clases representaba una preocupación mayor para los frentistas, quienes anticipaban un caos circulatorio si las tareas persistían durante el transcurso del mes.</p><p>La funcionalidad</p><p>El empresario sostuvo que, si bien la identidad de Tandil está ligada a la piedra, las condiciones actuales de la arteria hacían insostenible el mantenimiento del adoquinado original.</p><p>Entre los argumentos, expuso el deterioro causado por el tránsito pesado al mencionar que en los últimos años, la proliferación de construcciones en el centro de la ciudad llevó a la circulación de unidades de gran porte por la arteria intervenida. Ese peso provocó el “deterioro” de la traza y el mantenimiento del adoquinado “es cada vez más costoso”, alertó.</p><p>La seguridad vial fue otro de los ejes del reclamo. Muñoz detalló que los días de lluvia o de humedad, el adoquinado mojado genera condiciones poco estables “impidiendo un frenado eficiente de los vehículos”.</p><p>Además, el estado irregular dificultaba el desplazamiento de personas mayores con bastones, usuarios de sillas de ruedas y padres con cochecitos de bebés.</p><p>Finalmente, advirtió sobre el uso indebido de las veredas por parte de ciclistas y motociclistas que, ante la “incomodidad” de transitar sobre los adoquines deteriorados, optaban por “subirse” por las rampas para discapacitados.</p><p>“Es complejo el tema”, argumentó y ratificó que “no estamos en contra de la preservación histórica”.</p><p>Preservación del patrimonio</p><p>En otro pasaje de la entrevista radial, planteó que la propuesta de los vecinos es avanzar en un “plan serio de protección de los adoquines” en sectores donde “tengan un valor histórico real”, como el área de la Plaza Independencia o el microcentro histórico.</p><p>Por eso, sugirió “instalarlos en algún lugar, poder hacer otra obra donde darles un valor y preservarlos” para darle otra función a ese material.</p><p>Para finalizar, Muñoz agradeció las gestiones al Municipio y ratificó que la medida judicial “nos trae tranquilidad a todos los vecinos” y “nos permite recuperar la normalidad en nuestra vida cotidiana”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mHeta19J1pCX6Sx3-VOMTZxaXps=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/calle_sarmiento_empedrado_5.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Uno de los vecinos aseguró que la decisión judicial “nos permite recuperar la normalidad en nuestra vida cotidiana”.]]>
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                <updated>2026-03-03T05:30:03+00:00</updated>
                <published>2026-03-03T05:30:00+00:00</published>
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            Rechazaron la medida cautelar y se retomará la obra de pavimentación en la calle Sarmiento
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jsjutSSChIrZFq-POP_6x4SOIpg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/calle_sarmiento_empedrado_9.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Municipio de Tandil recibió este lunes en horas de la mañana la notificación judicial que rechazó la medida cautelar que había suspendido la obra de pavimentación en la calle Sarmiento al 1100, por lo que los trabajos se retomarán de inmediato. La decisión judicial permitirá continuar tanto con la finalización de la intervención en ese tramo como en el sector de Alsina al 700, comprendido entre Sarmiento y Mitre.</p><p>La presentación judicial original del Ejecutivo, que constituye el informe previo previsto en el artículo 23 inciso 1 del Código Procesal Contencioso Administrativo (CPCA), defendía la legalidad del procedimiento administrativo y cuestionaba los fundamentos de la parte actora y de la Defensoría del Pueblo, que intervino como tercero voluntario.</p><p>En el escrito, el Ejecutivo había sostenido que los adoquines retirados “constituyen un testimonio histórico del proceso urbano”, pero aclaró que “no integran el patrimonio histórico cultural protegido de la ciudad” ni revisten carácter de patrimonio colectivo en sentido jurídico. Además, se destacó que el tramo de Sarmiento comprendido entre 4 de Abril y Alsina no cuenta con declaración específica vigente que lo incorpore al régimen de tutela patrimonial y que las ordenanzas de 2004 y 2005 que reconocían al adoquinado como patrimonio histórico fueron derogadas en 2009 mediante la Ordenanza 11.400. Actualmente, solo el adoquinado circundante a la Plaza Independencia posee protección normativa explícita a través del Plan de Desarrollo Territorial (PDT).</p><p>El Municipio también cuestionó formalmente la demanda, señalando “la dificultad que ha debido afrontar esta parte para articular una adecuada defensa, en virtud de las graves deficiencias formales e inconsistencias que presenta el escrito de demanda”. Asimismo, advirtió que en el expediente no se acreditó personería sobre el colectivo “Vecinos Autoconvocados”, así como la ausencia de domicilio en la zona por parte de los impulsores de la medida cautelar.</p><p>La Defensoría del Pueblo había solicitado la “suspensión inmediata de toda obra o intervención que implique la remoción, alteración o sustitución del adoquinado histórico”, el mantenimiento del estado actual y, como medida definitiva, la restitución de todos los adoquines removidos a su emplazamiento original. Frente a ello, el Municipio sostuvo que no existe “derecho verosímil” que habilite la cautelar y que no se acreditó la existencia de un bien jurídicamente protegido.</p><p>Tras la decisión judicial de este lunes, el intendente Miguel Ángel Lunghi se reunirá en las próximas horas con los vecinos para notificar que la obra continuará, retomando las tareas pendientes en Sarmiento y en el sector de Alsina al 700, garantizando el cumplimiento de los procedimientos establecidos.</p><p>Con informes que respaldaron la presentación elaborados por la Dirección de Vialidad, la Coordinación de Patrimonio Cultural y Archivo Histórico, la Secretaría del Concejo Deliberante y la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, el Municipio le había solicitado al juez que rechazara la medida cautelar “con expresa imposición de costas a la contraria, en base a los fundamentos de hecho y de derecho”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jsjutSSChIrZFq-POP_6x4SOIpg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/calle_sarmiento_empedrado_9.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La notificación llegó este lunes, luego de que el Ejecutivo local respondiera la demanda que paralizó los trabajos. En las próximas horas, el Intendente notificará a los vecinos de la zona.]]>
                </summary>
                                <category term="la-ciudad" label="La Ciudad" />
                <updated>2026-03-02T22:35:06+00:00</updated>
                <published>2026-03-02T16:43:05+00:00</published>
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        <title>
            El Municipio cumplirá la medida precautelar y suspende las tareas de extracción de adoquines
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/la-ciudad/el-municipio-cumplira-la-medida-precautelar-y-suspende-las-tareas-de-extraccion-de-adoquines" type="text/html" title="El Municipio cumplirá la medida precautelar y suspende las tareas de extracción de adoquines" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oF581exuWuNyQwwYoJ8D2CKN1ic=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/adoquines_sarmiento.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Municipio de Tandil informó que cumplirá la medida precautelar dictada por la Justicia y suspenderá de manera inmediata las tareas de extracción y recolocación de adoquines en las arterias que fueron objeto de denuncia.</p><p>La notificación fue emitida por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 del Departamento Judicial Azul, que dispuso, como decisión precautelar, que la comuna se abstenga de continuar con los trabajos hasta tanto se resuelva la medida cautelar principal.</p><p>En ese marco, el Municipio señaló que procederá a la suspensión inmediata de las tareas alcanzadas por la resolución judicial, al tiempo que adoptará las precauciones necesarias en la zona intervenida para resguardar la seguridad.</p><p>Según se detalló, distintas áreas municipales ya se encuentran trabajando en la elaboración del informe previo solicitado por el juez interviniente. Las dependencias técnicas avanzan en la recopilación y sistematización de la información vinculada a la obra ejecutada.</p><p>Desde el Ejecutivo local ratificaron que la intervención se realizó “conforme a la normativa vigente”, respetando los procedimientos administrativos previstos para la ejecución de obra pública y cumpliendo las instancias formales correspondientes. Asimismo, indicaron que los trabajos respondían a la necesidad de mejorar la circulación y las condiciones de seguridad vial en un sector de la ciudad con alta circulación diaria, donde además funcionan varios establecimientos educativos y transita el transporte público de pasajeros.</p><p>Finalmente, y ante la suspensión dispuesta por la resolución judicial, se recomendó a conductores y peatones circular con precaución en el sector de obra, respetando la señalización preventiva existente, ya que podrían registrarse inconvenientes derivados de una situación ajena a la planificación municipal.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oF581exuWuNyQwwYoJ8D2CKN1ic=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/adoquines_sarmiento.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La comuna acatará lo dispuesto y presentará un informe técnico mientras quedan detenidos los trabajos.]]>
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                                <category term="la-ciudad" label="La Ciudad" />
                <updated>2026-02-20T01:35:07+00:00</updated>
                <published>2026-02-19T23:13:27+00:00</published>
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        <title>
            Medidas cautelares favorecieron a dos trabajadoras de Tandil ante la amenaza de despido por parte del Estado nacional
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/la-ciudad/medidas-cautelares-favorecieron-a-dos-trabajadoras-de-tandil-ante-posibles-despidos-en-el-estado-nacional" type="text/html" title="Medidas cautelares favorecieron a dos trabajadoras de Tandil ante la amenaza de despido por parte del Estado nacional" />
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                <![CDATA[Luciana Mateo]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/la-ciudad/medidas-cautelares-favorecieron-a-dos-trabajadoras-de-tandil-ante-posibles-despidos-en-el-estado-nacional">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2ap0GUNxt52SG6FOTdcXgAwbyqw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/03/centro_de_referencia_tandil_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>&nbsp;]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2ap0GUNxt52SG6FOTdcXgAwbyqw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/03/centro_de_referencia_tandil_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Entidades gremiales presentaron medidas cautelares en el Juzgado Federal de Azul pidiendo la reincorporación de dos trabajadoras del exMinisterio de Desarrollo Social de la Nación. Según se conoció ayer, ambas mujeres fueron beneficiadas por la Justicia y deberán regresar a sus puestos de trabajo. “Logramos la primer cautelar sindical del país para revocar la disponibilidad", remarcaron desde ATE Tandil-Benito Juárez.]]>
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                                <category term="la-ciudad" label="La Ciudad" />
                <updated>2025-09-18T16:15:05+00:00</updated>
                <published>2025-09-15T09:00:00+00:00</published>
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        <title>
            &quot;Otro freno a la motosierra&quot;: ATE celebró una cautelar para garantizar la estabilidad laboral de una trabajadora
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/la-ciudad/otro-freno-a-la-motosierra-ate-celebro-una-cautelar-para-garantizar-la-estabilidad-laboral-de-una-trabajadora" type="text/html" title="&quot;Otro freno a la motosierra&quot;: ATE celebró una cautelar para garantizar la estabilidad laboral de una trabajadora" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8gODoXppgggqVTvIMHRjqpLkYSE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/08/ate.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) Tandil celebró una significativa victoria judicial que, según afirman, constituye "otro freno a la motosierra del Gobierno Nacional". El Juzgado Federal de Azul emitió una medida cautelar que ordena la inmediata exclusión de una representante sindical de la situación de disponibilidad. Esta resolución suspende los efectos de las decisiones previas dictadas por el Ministerio de Capital Humano y el Ministerio de Economía, garantizando así la estabilidad laboral de la trabajadora.</p><p>La decisión judicial, destacada por ATE, es considerada un "nuevo límite a las políticas de ajuste y vaciamiento del Estado, que buscan avanzar sobre los derechos de los trabajadores y trabajadoras". El fallo exige que el Estado asegure que la compañera mantenga su categoría, funciones y condiciones laborales en la misma jurisdicción y zona de actuación, reconociendo su estabilidad adquirida y su tutela gremial. Para el gremio, este "pronunciamiento representa un logro colectivo que trasciende lo individual, reafirmando que ningún trabajador con estabilidad y representación gremial puede ser objeto de medidas de disponibilidad".</p><p>Desde ATE, se enfatiza que este resultado demuestra que "la organización, la acción sindical y la unidad de los trabajadores son capaces de resistir y poner límites a la destrucción del Estado como garante de las políticas públicas". Asimismo, la seccional reafirmó su compromiso con la defensa de los derechos laborales: "Reafirmamos que continuaremos en la defensa irrestricta de cada puesto de trabajo, acompañando a nuestros afiliados y afiliadas frente a cualquier intento de ajuste o persecución. Con organización y lucha, seguimos de pie para frenar la motosierra".</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8gODoXppgggqVTvIMHRjqpLkYSE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/08/ate.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Juzgado Federal de Azul emitió una medida cautelar que ordena la inmediata exclusión de una representante sindical de la situación de disponibilidad.]]>
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                                <category term="la-ciudad" label="La Ciudad" />
                <updated>2025-09-12T21:25:02+00:00</updated>
                <published>2025-09-12T21:12:47+00:00</published>
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            Rechazan cautelar para que se le restituya la asignación vitalicia de exvicepresidente a Boudou
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/politica/rechazan-cautelar-para-que-se-le-restituya-la-asignacion-vitalicia-de-exvicepresidente-a-boudou" type="text/html" title="Rechazan cautelar para que se le restituya la asignación vitalicia de exvicepresidente a Boudou" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ju7MX7oTUh9qtMSnWc2Awg7be4E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/bodou.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La titular del Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 4, Ana María Rojas, rechazó el dictado de la medida cautelar -por considerar que no es la vía adecuada- que había solicitado el exvicepresidente Amado Boudou para que se suspendieran los efectos de las resoluciones dictadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) que establecieron que dejara de percibir la asignación mensual vitalicia por el ejercicio del cargo, por considerar que es un beneficio “jurídicamente incompatible para quien haya cometido un delito en ejercicio de la función pública, en perjuicio del Estado Nacional”, dada la condena que recibió en el denominado caso “Ciccone”.</p><p>De acuerdo con el sitio “Fiscales”, la decisión de la jueza fue dictada en línea con el dictamen de la fiscal interina de la Fiscalía Federal de la Seguridad Social Nº 1, Mariana Grinberg, quien había opinado que la petición del exfuncionario debe abordarse en un proceso ordinario y no en uno cautelar. La fiscal consideró que el caso resulta “procesalmente inadmisible en el marco estricto de análisis precautorio”, por cuanto “el contexto fáctico instalado en la causa no permite, al menos en el estado actual de análisis, avanzar sobre aspectos que se vinculan con el conflicto de fondo”.</p><p>La jueza analizó en su resolución los requisitos a los cuales deben ajustarse las medidas cautelares, tales como la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora y consideró que, en el caso, “la verosimilitud del derecho, implicará realizar un análisis de las normas jurídicas en juego y de ciertos aspectos fácticos requeridos por las normas citadas, que exceden las posibilidades acotadas de la presente acción cuyo objeto es la obtención de una medida cautelar”.</p><p>Rojas desestimó también el argumento sobre el requisito de la urgencia en la demora, dado que el fundamento del exvicepresidente sobre el “carácter alimentario de la prestación y la falta de ingresos para el sostenimiento propio y de su familia” se contradice con su inscripción como autónomo desde febrero de 2016, por lo que no logra demostrar “imposibilidad alguna para procurar sus propios ingresos”.</p><p>De acuerdo con el Ministerio Público Fiscal, Boudou había solicitado el dictado de una medida cautelar autónoma contra la Anses, a fin de que se suspendieran judicialmente los efectos de las resoluciones Resol-2025-1103, que revocó la pensión vitalicia que percibía como exvicepresidente de la Nación, y Resol-2025-95, que rechazó su recurso de reconsideración y nulidad contra aquella decisión.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ju7MX7oTUh9qtMSnWc2Awg7be4E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/bodou.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Según el organismo, el beneficio es “jurídicamente incompatible para quien haya cometido un delito en ejercicio de la función pública, en perjuicio del Estado Nacional”.]]>
                </summary>
                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2025-06-24T21:35:38+00:00</updated>
                <published>2025-06-24T21:31:37+00:00</published>
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            Casanello ordenó allanar el Ministerio de Capital Humano por los productos retenidos
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/casanello-ordeno-allanar-el-ministerio-de-capital-humano-por-los-productos-retenidos" type="text/html" title="Casanello ordenó allanar el Ministerio de Capital Humano por los productos retenidos" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/nacionales/casanello-ordeno-allanar-el-ministerio-de-capital-humano-por-los-productos-retenidos">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/sB2V0vh3nQp8Qhoya0gOYsObFc0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2023/12/pettovello.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El juez federal Sebastián Casanello ordenó hoy allanar el Ministerio de Capital Humano en el marco de la medida cautelar que obliga a la cartera a repartir las seis mil toneladas de alimentos retenidas en galpones.</p><p>Según consta en la orden judicial, la medida apuntó a "secuestrar documentación y computadoras que contengan información sobre la logística, stock y fechas de entrega" de la mercadería.</p><p>Desde el Ministerio de Capital Humano indicaron que, en el marco del allanamiento, se entregó un "back up de la computadora del director de logística de la secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y las órdenes de entrega emitidas a partir del 27 de mayo".</p><p>La orden dispuesta por el magistrado contra la cartera que conduce Sandra Pettovello fue dictada por el Juzgado Criminal y Correccional Federal 7.</p><p>"Entre los elementos presentados se encuentran los partes diarios recibidos por el personal de los depósitos de Villa Martelli y del Centro Operativo Tucumán, ubicado en Tafí Viejo en dicha provincia, con el detalle de stock, ingresos, salidas y estado de los alimentos", indicó Capital Humano.</p><p>Y agregó que también se facilitaron a la Justicia "las constancias del sistema informático S.U.M.A con los movimientos de alimentos en los depósitos y el acceso a diversas cuentas de correos electrónicos utilizados por empleados y funcionarios".</p><p>"Desde el inicio de esta administración, ha habido una clara disposición a transparentar y comunicar el trabajo que se viene realizando para que las familias vulnerables aumenten su poder de compra, poniendo como prioridad que las personas reciban asistencia con transferencias directas y terminando con la intermediación de las políticas sociales", indicó Capital Humano a través de un comunicado.</p><p>Manifestó la cartera que "está cumpliendo en tiempo y forma con el plan de distribución de alimentos" y recordó que "presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema para defender la división de poderes, marcando que el Poder Judicial no puede interferir en el diseño y ejecución de políticas públicas que son competencia del Ejecutivo".</p><p>La causa se inició por una denuncia penal que el dirigente de Frente Patria Grande Juan Grabois presentó contra Pettovello por incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y abuso de autoridad ante el desabastecimiento alimentario de los comedores comunitarios.</p><p>"Nuevo fallo contra la incumplidora serial Sandra Pettovello por dejar a los pibes sin comer y ocultar pruebas. Siguen jugando con el hambre de los chicos y delinquiendo alegremente", publicó Grabois en redes sociales tras hacerse pública la medida de Casanello.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/sB2V0vh3nQp8Qhoya0gOYsObFc0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2023/12/pettovello.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La medida apuntó a "secuestrar documentación y computadoras que contengan información sobre la logística, stock y fechas de entrega" de la mercadería.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-08-29T23:15:05+00:00</updated>
                <published>2024-08-29T23:14:58+00:00</published>
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        <title>
            La justicia dictó una medida cautelar para que Paula Strada sea reincorporada
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/la-ciudad/la-justicia-dicto-una-medida-cautelar-para-que-paula-strada-sea-reincorporada" type="text/html" title="La justicia dictó una medida cautelar para que Paula Strada sea reincorporada" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lhzh-U6XrZ-_kMS8O0dWTEGUiy4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/ate_despidos_asamblea_paula_trans_03_04_24.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Paula Strada es una de las trabajadoras de la Oficina de Anses que recibió una notificación de despido a fines de marzo, junto con otros tres trabajadores.&nbsp;Su caso es particular ya que se trata de la primera persona en Tandil en ingresar al organismo a partir de la Ley de Cupo Laboral Trans.&nbsp;</p><p>A dos meses de lo ocurrido, ninguno de los despedidos recibió noticias sobre su posible reintegro, a pesar de las múltiples medidas y manifestaciones de los sindicatos y sus compañeros, y algunas instancias de diálogo con el director regional del organismo Gonzalo Santamarina.&nbsp;</p><p>Finalmente,&nbsp;en las últimas horas, se presentó una medida cautelar que exige la reincorporación de Strada. La Justicia Laboral resolvió "hacer lugar a la medida peticionada" e intimó a Anses "para que dentro del plazo de tres días de notificada la presente resolución, reinstale a María Paula Strada en el puesto de trabajo, lugar y tareas normales, habituales y regulares".</p><p>El abogado de la trabajadora, Santiago Romay, ahondó en los detalles del recurso presentado, y explicó que aún no está confirmado que su defendida sea devuelta a su puesto en Anses.&nbsp;</p><p>Para contextualizar, recordó que en la gestión de Mauricio Macri se dieron también despidos masivos de empleados estatales “y después todos los que presentaron un amparo por esta razón, fueron reincorporados, teniendo que pagarle el Estado todos los meses que estuvieron sin cobrar el sueldo, lo cual le generó un costo enorme”.</p><p>Señaló que estos puestos tienen una “intangibilidad” que se debe a una protección que les ofrece la Constitución Nacional, “por eso después tienen que ser incorporados, porque para ser despedidos tienen que tener un sumario previo”.&nbsp;</p><p>“En el caso particular de Paula, ella tiene una protección extra que es ser parte de este cupo trans. Lo que yo le planteé y hablé con los abogados de Apops, que es el sindicato que llevó adelante la medida y que sacó la cautelar favorable, es que se apalancaran, que hicieran fuerza, sobre la situación especial que tiene Paula en virtud de ser parte de este colectivo sumamente vulnerado al cual se le da particularmente esta protección”, refirió.</p><p>En ello se basaron para solicitar la cautelar, que finalmente fue dictada por el juzgado interviniente. De todas formas, esto no quiere decir que la reincorporación ya esté garantizada, ya que el Estado puede apelar, y según el letrado, seguramente lo haga.&nbsp;</p><p>“Lo que sí es importante tener en cuenta, es que toda medida cautelar, cuando es apelada, es concedida a un solo efecto, que es el efecto devolutivo y no al doble efecto que es el devolutivo y suspensivo”, sostuvo Romay.</p><p>Esto quiere decir que por más que el Estado haga uso del recurso,&nbsp;esa reincorporación sigue teniendo efecto, por lo cual más allá de la apelación, Paula debería ser reincorporada a ANSES en los próximos días.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lhzh-U6XrZ-_kMS8O0dWTEGUiy4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/ate_despidos_asamblea_paula_trans_03_04_24.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El abogado de la trabajadora, Santiago Romay, ahondó en los detalles del recurso presentado.]]>
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                                <category term="la-ciudad" label="La Ciudad" />
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                <published>2024-05-30T21:35:15+00:00</published>
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            Tras una cautelar pedida hace 2 años, un juez de Azul convocó a una audiencia por el conflicto con IOMA
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6kxn70la54NO-D8rG-pk4KbXPLc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/05/gaston_argeri.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El próximo 16 de febrero, representantes de IOMA y afiliados deberán sentarse a negociar mejoras en la prestación de los servicios de salud con el juez Pablo Quaranta, titular del Juzgado Contencioso Administrativo de Azul.&nbsp;</p><p>La convocatoria se produjo a partir de una presentación realizada en mayo de 2021, firmada por cinco usuarios de la obra social &nbsp;y los abogados patrocinantes Mauricio D'Alessandro y Gastón Argeri, en la que solicitaban que se regularice la situación de los 24.000 afiliados de Tandil.</p><p>Seguidamente, el juez José Martín Zárate, a cargo del Juzgado Civil y Comercial Número 1 de la ciudad, rechazó la medida pero reconoció la emergencia, y aconsejó en ese entonces que las partes se reunieran dentro de un plazo de 60 días, algo que nunca ocurrió. El argumento para dictar la cautelar fue que las pruebas resultaron “no suficientes” para declarar una cautelar para todos los afiliados y que se convirtiera así en una acción colectiva.&nbsp;</p><p>Argeri apeló dicha determinación en los diferentes niveles y recientemente la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata declaró que la competencia pertenece en el Juzgado Contencioso Administrativo de Azul, que fijó la audiencia para mediados de mes. &nbsp;</p><p>Cuestión de competencia&nbsp;</p><p>En primera instancia, la Cámara de Apelación de Azul resolvió que el juez Zárate no era competente y envío al expediente al juzgado de Quaranta, quien lo rechazó. Ahora, luego de que se interpusiera un recurso para recurrir la decisión, la cámara marplatense devolvió la causa a Azul para su tratamiento. Todo este proceso llevó casi dos años y dilató la resolución del conflicto por esta vía.&nbsp;</p><p>“Decimos que no hubo solución, IOMA sigue sin cumplir. Tuvimos diferentes situaciones en este tiempo, en un momento la atención mejoró pero ahora está mal de nuevo, y no hay convenio con instituciones de salud ni profesionales”, expuso Argeri en comunicación con el programa radial “Cosas que pasan” (104.1 Tandil FM)&nbsp;</p><p>En relación a ello, el letrado indicó que a la audiencia deben asistir todos los que están implicados en el proceso, es decir, tanto los afiliados y su patrocinante, como personal de IOMA autorizado a tomar decisiones.</p><p>La audiencia se producirá en un punto álgido del conflicto entre la obra social de los empleados provinciales y su plantilla de afiliados, a raíz de los problemas suscitados en los últimos meses, que motivaron numerosos reclamos y movilizaciones.&nbsp;</p><p>En tal sentido, los afiliados tandilenses persisten con sus quejas &nbsp;ante la falta de cobertura de la prestadora, que tercerizó sus servicios con la mutual 23 de Diciembre y rescindió convenios con el Círculo Médico de Tandil, lo que generó la baja de profesionales.</p><p>“Queremos que se efectivicen cosas concretas, porque hay muchas &nbsp;cuestiones que eran críticas en ese momento y ahora todo es peor. Le exigimos a IOMA. Ahora, si se vincula con un tercero para prestar un servicio, no podemos intimar a este tercero. Por el déficit en el servicio no podemos responsabilizar a la mutual 23 de Diciembre”, explicó.&nbsp;</p><p>La negociación&nbsp;</p><p>Asimismo, detalló que existe una cuestión de fondo que impacta cuando se trata de IOMA y las resoluciones judiciales &nbsp;tienen efecto provincial y colectivo. En tanto, precisó que si una persona reclama ante la Justicia que una obra social no le cubre un medicamento hay otra celeridad, porque el magistrado puede decretar el otorgamiento del medicamento, declararse incompetente y girar la causa para que siga en otro juzgado. En sintonía, refirió que “se pueden generar discusiones pero la cautelar va a &nbsp;salir rápido porque es puntual, esto es un caso macro”.&nbsp;</p><p>En el caso de que ningún representante de la entidad bonaerense concurre a Azul el próximo 16 de febrero, Argeri solicitará &nbsp;al juez Quaranta que se expida al respecto. A su criterio, lo más recomendable sería mantener el fallo de Zárate para que en un plazo determinado se acuerde algo&nbsp; entre las partes bajo apercibimiento de tomar medidas.</p><p>“La posibilidad de sentarse a negociar está el 16 de febrero, si no sucede pediremos una resolución. Entiendo que el Círculo Médico e IOMA &nbsp;se encuentran trabajando en una negociación, veremos qué se expone en la audiencia, a lo mejor llegan con un convenio, pero lo que necesitamos son soluciones eficientes y expeditivas”, se explayó Argeri.</p><p>Frente a la imposibilidad de los afiliados de elegir o no aportar a la prestadora provincial, argumentó que es imprescindible que tengan una cobertura efectiva y enfatizó que avanzarán bajo esa premisa. “La salud es de carácter urgente”, cerró.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6kxn70la54NO-D8rG-pk4KbXPLc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/05/gaston_argeri.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El pedido efectuado por afiliados tandilenses en mayo de 2021 -que pretendía encauzarse en una acción colectiva- fue rechazado en primera instancia por el juez Zárate, que igualmente intimó a las partes a consensuar. Tras los problemas de competencia y las apelaciones, la causa cayó en el Juzgado Contencioso Administrativo de Azul, que fijó una audiencia para el 16 de febrero con el objeto de que se pueda garantizar una mejor atención.]]>
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                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2023-02-04T10:05:54+00:00</published>
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            Extendieron la prohibición de fumigar con agroquímicos en Tandil a menos de 500 metros de centros poblados
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/y0vA97zzAeSxQaydFQ46K9tcx2I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2020/04/d6a1b561-fumigaci%C3%B3n-la-porte%C3%B1a.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial 2 de Tandil, Francisco Blanc, prorrogó el viernes 28 de mayo el decreto que prohíbe fumigar desde el aire con agroquímicos a una distancia menor a dos mil metros y, en forma terrestre a una distancia menor a 500 metros. En ambos casos de lugares habitados, establecimientos escolares, centros de salud, establecimientos elaboradores de productos alimenticios, campo de bombeo o batería de pozos y cursos de agua.</p>
<p>La medida había sido tomada el 19 de octubre de 2020 por seis meses instando simultáneamente al Municipio de Tandil a que en el plazo de 60 días corridos conforme  una mesa de diálogo intersectorial para el manejo y disposición racional y responsable de agroquímicos, incluyendo su acopio y puntos de venta.</p>
<p>Cabe recordar que en diciembre el Municipio realizó una presentación ante dicha cautelar planteando que “se excede en las atribuciones” y argumentando que la resolución judicial avanza sobre los conceptos de la ordenanza, que rige para todo el partido.</p>
<p>Pedido de protección a la salud</p>
<p>“Dicha mesa no se conformó”, aseveraron desde la Junta Vecinal por un Ambiente Saludable respecto de la propuesta de diálogo, y denunciaron que tampoco han sido parte del proceso de discusión de la ordenanza para la regulación de aplicaciones que llevaron adelante a través de la Comisión de Producción, Trabajo y Medioambiente.</p>
<p>“Nuestro pedido de protección a la salud, con base en los principios de prevención y precaución ambiental, continúa sin ser atendido”, lamentaron.</p>
<p>En este sentido, los vecinos además criticaron que el proceso de discusión del borrador de ordenanza para la regulación de los agrotóxicos en Tandil se llevó a cabo a puertas cerradas, “sectorizando la comunicación” y sin construir un proceso participativo que favorezca a un diálogo democrático por parte de los concejales.</p>
<p>Oportunamente, desde la organización vecinal han juntado y presentado 46.000 firmas que acompañan el pedido por distancias de dos mil metros con base en el proyecto de ordenanza presentado en 2019 desde la Banca 21 por Graciela Canziani, de la Unicen.</p>
<p>Por otro lado, haciendo uso de la herramienta de acceso a la información pública ambiental, solicitaron contar con el borrador de ordenanza que presentó el concejal Ariel Risso sobre el cual está trabajando la Comisión, pero no han obtenido respuesta favorable hasta el momento.</p>
<p>Sin plazo</p>
<p>Ante la falta de acatamiento, la Defensora del Pueblo de Tandil, Paula Lafourcade, se presentó en el expediente denunciando el incumplimiento del Municipio a la demanda judicial y solicitando al juez lo intime a cumplir con ese mandato.</p>
<p>El juez Blanc ordenó, entonces, al ente municipal a informar el estado de dicho trámite. En la misma resolución el magistrado se declaró incompetente, ordenando la remisión del expediente a la Justicia en lo Contencioso Administrativa de Azul, decisión que desde la Junta apelarán por considerar “errónea”, ya que la demanda promovida es contra quienes arrojan agrotóxicos y no contra el ente municipal.</p>
<p>Como vecinos de Tandil aseguraron que saludan la extensión de una medida cautelar en resguardo de la salud de los niños y de toda la comunidad, e instaron al Municipio a velar por “su más estricto cumplimiento”.</p>
<p>La nueva resolución judicial no le pone plazo a la medida, por lo que podría interpretarse que es por tiempo indefinido o al menos hasta que se dicte una nueva ordenanza que proteja la salud de los habitantes del partido.</p>
<p>“¿Por qué en Tandil no se cumple la medida cautelar que dictaminó el Juez Blanc para protegernos de las constantes fumigaciones? ¿Por qué no se prioriza el cuidado de la salud, de nuestro entorno y la protección de las generaciones futuras?”, cuestionaron en un comunicados los vecinos que velan por un ambiente saludable para la ciudad y sus habitantes.</p>
]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/y0vA97zzAeSxQaydFQ46K9tcx2I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2020/04/d6a1b561-fumigaci%C3%B3n-la-porte%C3%B1a.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Transcurridos los seis meses que había dispuesto la cautelar, el Juez Blanc decretó la ampliación de la medida para el partido. Como inicialmente, la determinación judicial prohíbe la aplicación aérea de agroquímicos a menos de dos mil metros de lugares habitados, y a 500 metros de forma terrestre. La nueva resolución judicial no le pone plazo a la medida.]]>
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                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2021-06-09T03:56:54+00:00</published>
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            El Intendente visitó la  escuela de La porteña y  los vecinos lo interpelaron  por las fumigaciones
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UhyPBzo_LwdbiCxFwMyVn771u64=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2021/03/35086520-lunghi-la-porte%C3%B1a.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Esta semana, en el marco del inicio del ciclo lectivo presencial, el intendente Miguel Lunghi visitó la Escuela 33 del paraje La porteña, y miembros de la Junta Vecinal por un Ambiente Saludable Tandil aprovecharon la ocasión para dialogar con el jefe comunal acerca de la problemática de las fumigaciones en el territorio que, lejos de encontrar un punto de comunión, sigue generando controversias.</p>
<p>En concreto, los vecinos lo interpelaron sobre la medida cautelar ordenada por el juez Blanc que el Municipio no se dispone a cumplir y acerca de los agroquímicos presentes en el agua y suelo de las escuelas rurales del partido, entre otras cuestiones.</p>
<p>En contacto con El Eco de Tandil, Silvia Gómez, integrante de la agrupación, contó que el escenario en torno a la problemática sigue siendo “gris” y que las respuestas del mandatario fueron más bien evasivas y confusas. “Fuimos a hablar con él porque enviamos cartas al Consejo Escolar preocupados por ese tema, también al Hospital de Niños y se empezó un nuevo ciclo educativo sin ninguna respuesta”, señaló.</p>
<p>El incumplimiento de la cautelar </p>
<p>En medio de la visita al establecimiento, los miembros de la Junta Vecinal le preguntaron por la decisión comunal de desoír la medida extendida por el juez Francisco Augusto Blanc del Juzgado en lo Civil y Comercial 2 de Azul, con asiento en Tandil. Dicho instrumento jurídico entró en vigencia en octubre de 2020 y restringe por seis meses la distancia para aplicaciones de agrotóxicos. En el caso de las fumigaciones por vía aérea, puso un límite de 2 mil metros, y 500 para las terrestres.</p>
<p>En el mismo acto, también instó al Municipio a conformar una mesa de diálogo intersectorial y dio 270 días para la actualización de la ordenanza vigente. Ninguna de estas exhortaciones prosperó hasta el momento y el Ejecutivo pide entrar a la demanda como tercero interesado.</p>
<p>Al respecto, Gómez explicó que la postura de la comuna es que “se quede sin efecto la cautelar hasta que salga la nueva ordenanza que debe elaborarse y debatirse en el Concejo”.</p>
<p>“El Intendente nos dijo que ‘los de arriba lo están estudiando’ y que él no tiene nada que ver. Hicimos mucho ruido desde nuestro lugar para que el tema se trate con seriedad, pero lo que intenta es que no se cumpla con la medida. Vamos a pedir una prórroga de la cautelar porque en abril se vence”, compartió. También lamentó no tener la oportunidad de debatir el problema en una mesa intersectorial como la que prescribe la medida, espacio en el que sería posible generar un intercambio entre las diversas partes interesadas.</p>
<p>La evidencia científica </p>
<p>Ante la insistencia de los vecinos, Lunghi refirió que no hay estudios contundentes sobre los efectos nocivos de la aplicación de estos productos y anticipó que tiene que estudiar el tema.</p>
<p>“El juez por algo tomó la decisión. Nosotros presentamos estudios y evidencia científica que develan un daño genético en niños. Le preguntamos por la contaminación de los suelos y el agua, le hablamos del estudio de la Unicen realizado en 15 escuelas donde se hallaron 16 tipos de agroquímicos en el suelo y el agua, y dijo desconocerlo. Eso es rarísimo porque fue muy difundido”, detalló la mujer.</p>
<p>En efecto, el estudio en cuestión estuvo dirigido por la doctora Graciela Canziani y se presentó en 2019 en la Banca 21 del Concejo Deliberante. La misma profesional se encargó también de efectuar una presentación formal de la investigación ante las autoridades.</p>
<p>Cuestión de responsabilidades  </p>
<p>Por otra, parte, Gómez expuso que el jefe comunal desligó responsabilidades en la Provincia, esfera a la que pertenecen las escuelas, pero desde la Junta Vecinal sostuvieron que es potestad de la autoridad municipal hacer cumplir la orden judicial vigente para proteger la salud de la comunidad o que, en su defecto, se aplique la ordenanza imperante. Dicha normativa establece una zona de amortiguamiento de 150 metros alrededor de las escuelas rurales pero no habla de límites en las áreas adyacentes a viviendas y cursos de agua.</p>
<p>“Es responsabilidad  del Ejecutivo la aplicación de la normativa  y encima la están apelando. Hemos hecho muchas presentaciones en todos estos años por fumigaciones a cero metros de escuelas y pozos de agua, y nunca hubo una multa por parte del Municipio”, recordó.</p>
<p>Por último, reiteraron la necesidad de pensar en otros modelos de producción que sean amigables con el entorno y destacaron los puntos de vista expuestos en la Jornada de Agroecológica que el Estado local organizó la semana pasada con diferentes actores que hablaron de la posibilidad real y concreta de producir sin agroquímicos.</p>
<p>&#8220;En la jornada, los especialistas expresaron claramente que hay análisis económicos de los rendimientos que este tipo de modelo tiene. El cambio de paradigma productivo es la salida y tiene buenos resultados”, consideró.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UhyPBzo_LwdbiCxFwMyVn771u64=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2021/03/35086520-lunghi-la-porte%C3%B1a.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Los integrantes de la Junta Vecinal por un Ambiente Saludable Tandil aprovecharon la presencia del jefe comunal para mostrar su preocupación por el incumplimiento de la medida cautelar dictada por el juez Blanc en octubre del año pasado, que busca restringir las fumigaciones y exhorta a que el Ejecutivo convoque a una mesa intersectorial que aborde la problemática. ]]>
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                                <category term="la-ciudad" label="La Ciudad" />
                <updated>2021-03-08T18:03:06+00:00</updated>
                <published>2021-03-07T08:45:48+00:00</published>
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            Tandil y la responsabilidad “histórica” de dar respuesta al conflicto por el uso de agroquímicos
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1r38PFYNCCOZ6V39UxkcW_8kD4s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2020/12/a8ba6753-toledo-lopez.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>De un tiempo a esta parte las fumigaciones con agroquímicos han tomado relevancia en la ciudad, con denuncias por el indiscriminado uso y la amenaza que estos representan para el ambiente y la salud, además del tratamiento y revisión de la ordenanza de aplicación vigente.</p>
<p>En estos devenires, se han advertido conceptos que difunden una visión del agro “como negocio” y ante esto, como punto de partida, la especialista en Estudios Sociales Agrarios (Flacso), licenciada en Relaciones Internacionales (Unicen) e investigadora del Conicet, Virginia Toledo López, consideró necesario remarcar la importancia de ver también al agro como un espacio productor de alimentos sanos.</p>
<p>“En nuestro país se contabiliza que existen 2.544 explotaciones agropecuarias que realizan agricultura orgánica, diferenciando que 2.324 son agroecológicas y 409 de la agricultura biodinámica, según el Censo Nacional Agropecuario de 2018, en el que por primera vez se distinguen las formas de agricultura ‘ecológica’”, precisó.</p>
<p>Además, puso en consideración la experiencia desde hace 30 años de “La Aurora” en Benito Juárez, reconocida por la FAO, o la de Monte Callado en El Gallo, aquí en Tandil, sin dejar de lado las huertas comunitarias urbanas y periurbanas.</p>
<p>“Respecto del conflicto por el uso de agroquímicos, el derecho y la política ambiental, considerando el rol del Estado en Tandil especialmente, creo que es importante, en primer lugar, tener en cuenta la pirámide jurídica”, planteó, anteponiendo el resguardo a los derechos de los más vulnerables y a un ambiente sano.</p>
<p>En este aspecto, destacó que el Municipio tiene la responsabilidad “histórica” de dar una respuesta al conflicto por el uso de agroquímicos para el bienestar de las generaciones actuales y futuras.</p>
<p>Monocultivo, transgénesis y fumigaciones</p>
<p>Recordó que, desde que se aprobó el primer evento transgénico, en 1996, de soja resistente al herbicida glifosato, el modelo de agricultura industrial se expandió sobre vastos territorios, llegando a ocupar el 60 por ciento de la superficie sembrada. “Por eso se habla de monocultivo”, explicó.</p>
<p>También reveló que hoy son más de 60 los transgénicos aprobados para la comercialización de soja, “con la inminente aprobación del transgénico en el trigo, primero en el mundo, que presenta las características de resistencia a la sequía y tolerancia al herbicida glufosinato de amonio, cuyas características sin dudas hablan de un avance de la frontera simbólica y física, del agronegocio”.</p>
<p>A su parecer, esto resulta especialmente importante aquí en Tandil, puesto que la empresa que lo desarrolló acaba de anunciar la instalación de un proyecto que utilizará el rastrojo de trigo para elaborar bloques de construcción, “emprendimiento que a sí mismo se pinta de sustentable”, dijo, advirtiendo que la aprobación de este trigo sería una amenaza a la alimentación de los pueblos, la salud del ambiente y las personas.</p>
<p>Toledo López determinó que el aumento de las superficies implantadas con la agricultura industrial se relaciona íntimamente con “el aumento alarmante del uso de agrotóxicos, biocidas, también llamados fitosanitarios o agroquímicos en el proceso productivo”.</p>
<p>“Sopa química”</p>
<p>La experta estimó que en Argentina se utilizan más de 525 millones de litros de agroquímicos, aunque indicó que la cifra sólo es reconstruida a partir de datos brindados por la cámara de empresas que vende agroquímicos (Casafe).</p>
<p>Asimismo, puntualizó que la información respecto de la situación sanitaria de las poblaciones expuestas ha sido construida gracias a un incansable esfuerzo de las poblaciones afectadas y de profesionales de la ciencia digna a través de investigaciones de epidemiología critica. “Gracias a este esfuerzo conocemos impactos del creciente uso agroquímicos en la salud, como disruptores endócrinos, como causantes de daño del material genético, de desórdenes reproductivos tales como abortos espontáneos y malformaciones congénitas, trastornos respiratorios y epidérmicos, alergias, déficits neurológicos y neurocognitivos, estando también asociados a altos índices de cáncer”, advirtió.</p>
<p>También afirmó que en el país, recuperando un informe de la Auditoria General de la Nación realizado en 2012 ante el pedido de varias organizaciones sociales, la mayoría de la población continúa siendo víctima de “intoxicaciones silenciosas”, ante la escasez de registros sanitarios y la ausencia de controles respecto del uso de los agrotóxicos en el contexto de expansión del agronegocio.</p>
<p>Por esto es que reconoció imperante que haya más investigaciones públicas que permitan dar cuenta del daño a la salud y el ambiente. Recordó, en este marco, que Tandil cuenta con el informe de la Unicen que muestra la presencia de más de 16 agroquímicos en 15 escuelas rurales del partido. Además, mencionó a las poblaciones rurales de Iraola, María Ignacia (Vela) y Gardey que denuncian fumigaciones sistemáticas en sus espacios de vida; mientras que en La Porteña se probó la fumigación en el límite de la escuela, la que justamente dio lugar a la actual cautelar del juez Francisco Augusto Blanc.</p>
<p>“Los niños crecen en un entorno en el que persiste una sopa química, como bien se le dice a este experimento a cielo abierto en el que nos encontramos”, consignó y remarcó que hoy los estudios para aprobar estos agroquímicos consideran para calificar su efecto tóxico sólo a las dosis letales y no su proceso acumulativo y a lo largo del tiempo, derivada de la exposición crónica.</p>
<p>Sostuvo que es en este punto que se reconoce la incertidumbre, que también “es propia de muchos problemas ambientales contemporáneos”.</p>
<p>La política ambiental del país</p>
<p>Frente a esto, en nuestra legislación hay pistas que delinean, mediante una serie de principios, la política ambiental argentina, y que habilitan a pensar procesos como los de hoy en Tandil, que además se repiten en otros lugares de nuestro país.</p>
<p>Respecto del conflicto por el uso de agroquímicos, el derecho y la política ambiental, considerando el rol del Estado en Tandil especialmente subrayó importante, en primer lugar, tener en cuenta que la pirámide jurídica pone en su fundamento a los derechos y obligaciones reconocidos en la Constitución Nacional y en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.</p>
<p>En este sentido, rescató el especial resguardo a los derechos de los más vulnerables, en especial niñas, niños, trabajadores y mujeres, el derecho a un ambiente sano y la distribución de competencias que reserva al Estado nacional la capacidad de definir “contenidos mínimos” en materia de política ambiental.</p>
<p>Mientras tanto, manifestó que existen algunas regulaciones y cierta institucionalidad destinada al control y monitoreo del uso de agroquímicos, dentro de las cuales las autoridades sanitarias y ambientales poseen un lugar secundario, predominando un enfoque productivista “y mercantil” en las regulaciones en el tema. “Al no existir normas que regulen distancias de uso a nivel federal, estas facultades recaen en ámbito provincial y/o municipal. Al respecto, en nuestra ciudad existe la Ordenanza 12.316, y estamos ante un conflicto judicial por su violación”, aseveró.</p>
<p>Profundizando, se refirió a que el principio de congruencia, que afirma que la legislación provincial y municipal referida a lo ambiental deberá corresponderse con la ley general 25.675, que establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sostenible en Argentina.</p>
<p>Hizo hincapié luego en el debate que se encendió en Tandil a raíz de la medida cautelar que fijó por seis meses una distancia de exclusión para las pulverizaciones terrestres a 500 metros y de 2000 metros para las aéreas de escuelas, poblados, cursos y pozos de agua.</p>
<p>La responsabilidad de generar bienestar</p>
<p>“La medida cautelar también recuerda la competencia local en materia de protección de derechos fundamentales como el ambiente sano y convierte a la causa por las fumigaciones en las escuelas rurales en lo que es una causa de incidencia colectiva”, estimó Toledo López.</p>
<p>Asimismo, señaló que la medida se suma a los más de 70 fallos favorables, “algunos ya emblemáticos” como el de los barrios Ituzaingó Anexo en Córdoba y el de San Jorge en Santa Fe, y otros recientes como el de Pergamino, que han limitado las fumigaciones en escuelas y movilizado el derecho humano al agua y la protección integral de derechos de los niños.</p>
<p>“No obstante, desde las principales cámaras y grupos que nuclean al sector productivo, desde las empresas proveedoras de agroquímicos y semillas, así como -y alarmantemente- desde ciertas voces  del gobierno, se ha sustentado una posición que defiende intereses y ganancias sectoriales, ninguneando la evidencia sobre los impactos negativos sobre la salud humana y el ambiente, así como los principios de precaución y prevención en la política ambiental”, lamentó.</p>
<p>A su entender, el Municipio de Tandil, tanto desde el Poder Ejecutivo como desde el Legislativo, tiene la oportunidad y la responsabilidad histórica de dar una respuesta al conflicto por el uso de agroquímicos para el bienestar de las generaciones actuales y futuras, y el ambiente sano.</p>
<p>Para esto propuso valorar los aportes que han sido alcanzados desde distintos medios por parte de las comunidades afectadas y la comunidad científica local, puntualmente, los estudios de la Universidad del Centro y el proyecto de ordenanza presentada el año pasado por Banca 21, “y así atender las demandas en el campo de la salud y la protección a biodiversidad y las poblaciones vulnerables, así como también escuchar las voces de las experiencias productivas, económicas y educativas locales vinculadas a la agroecología”.</p>
<p>“Creo que es momento para la construcción de un Tandil más saludable y se necesita que el Municipio ejerza una política ambiental para el bienestar y el ambiente sano, para beneficio de las mayorías, con especial resguardo de las fumigaciones y fundada en los Derechos Humanos y la agroecología”, concluyó.</p>
<p>&nbsp;</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1r38PFYNCCOZ6V39UxkcW_8kD4s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2020/12/a8ba6753-toledo-lopez.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Virginia Toledo López, especialista en estudios sociales agrarios, se refirió a los derechos, el Estado y el conflicto por las fumigaciones en la ciudad. Reparó en las políticas ambientales y explicó la “pirámide jurídica”. Priorizó los derechos de los más vulnerables y un ambiente sano. Reveló que en Argentina se usan más de 525 millones de litros de agroquímicos.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2020-12-09T19:09:03+00:00</updated>
                <published>2020-12-08T06:03:02+00:00</published>
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            El Municipio avanzó contra la cautelar y realizó una presentación en la causa por las fumigaciones
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/AWrAc9Kzw1v1TBSAu735pMbqinA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/04/Curcio-Andres-04-04-19-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La causa que se inició el año pasado a instancias de una denuncia que presentó la Junta Vecinal por un Ambiente Saludable sumó un nuevo capítulo al conocerse la presentación que realizó días atrás el Municipio, tercero interesado en la disputa judicial contra productores agrícolas del partido de Tandil por la aplicación de agroquímicos.</p>
<p>La Secretaría de Legal y Técnica del Gobierno comunal presentó el viernes 20 ante el juzgado Civil y Comercial 2, a cargo del doctor Francisco A. Blanc, un escrito por medio del cual planteó que la medida cautelar que restringe a 2000 metros las aplicaciones aéreas y 500 para las terrestres, excedía el marco de las facultades del Poder Judicial.</p>
<p>El planteo apunta a que “la pretensión de los actores, al solicitar que se suspenda la aplicación de los agroquímicos por encima de lo dispuesto por la ordenanza, debió haber sido canalizada mediante una acción de impugnación o inconstitucionalidad de la normativa”, argumentó el titular de la dependencia comunal, Andrés Curcio.</p>
<p>Esa acción, en efecto, tramita en otro fuero, concretamente en el Contencioso y Administrativo. En ese caso, el Municipio tendría que haber sido el demandado, sostuvo.</p>
<p>En esta causa, donde vecinos demandan a productores “y no al Municipio”, una cautelar que se dicte debería haber afectado a esas partes. Sin embargo, “haber dado el alcance a todo el partido de Tandil, modificando el contenido de la ordenanza, implica una afectación de algo que es facultad de Concejo Deliberante”.</p>
<p>Entonces, si lo que se pretende es modificar la ordenanza en cuanto a los artículos que regulan la actividad (metros permitidos para aplicar las pulverizaciones, la categoría de agroquímicos que se pueden aplicar y demás aspectos), “debería haberse discutido en el seno del Concejo”, planteó.</p>
<p>Con esta medida, el Gobierno comunal pide al juez que se declare incompetente, que le dé intervención al Juzgado en los Contencioso y Administrativo y a partir de allí “discutir la validez de la ordenanza”.</p>
<p>“Una cuestión política”</p>
<p>Para el secretario de Legal y Técnica, “el hecho que una causa entre dos particulares tenga como consecuencia una cautelar que afecte a todo el partido de Tandil o a una ordenanza que tiene el mismo alcance, independientemente de los sujetos, podría replicarse en otro expediente”.</p>
<p>Allí, en una causa entre dos particulares, “uno de ellos pide una cautelar para todo el partido y esa práctica sucesivamente realizada implicaría modificar ordenanza por órdenes judiciales y eso no puede pasar”.</p>
<p>“Si el particular, en su pretensión, está demostrando que quiere modificar una ordenanza, es una cuestión política no justiciable, no se puede dilucidar en una causa”, aclaró el funcionario.</p>
<p>Por el contrario, esa intención es necesario canalizarla en el Concejo Deliberante, que es el órgano con competencia legislativa, “o en el fuero que corresponda por la acción, que no es un Juzgado Civil y Comercial en una causa por daños y perjuicios”.</p>
<p>A modo de ejemplo, Curcio citó como hipotético caso qué sucedería si durante la vigencia de la cautelar una persona de otra localidad arrienda un campo en Tandil y comienza a regirse bajo los conceptos que incorpora la ordenanza. “No tiene por qué conocer que, en una causa entre privados, un juez dictó una cautelar y por lo tanto, estaría en infracción. Eso denota que la medida no puede ser dictada abiertamente en la causa donde el Municipio no es parte y no se mandó a suspender la ordenanza”, argumentó el abogado.</p>
<p>El debate en el Concejo </p>
<p>En simultáneo a esta discusión, la Comisión de Producción del Legislativo se encuentra en pleno proceso de estudio y reformulación de la ordenanza que rige la aplicación de fitosanitarios.</p>
<p>En ese marco, los integrantes del espacio mantienen reuniones con distintos actores, que hacen su aporte con miras a enriquecer el debate y avanzar en las modificaciones del texto sancionado hace algunos años.</p>
<p>En ese intercambio, aún sigue sin definirse la cantidad de metros que deben tenerse en cuenta para realizar las pulverizaciones.</p>
<p>Por otro lado, Curcio marcó como otra particularidad de la cautelar la referencia a la conformación de una mesa de intercambio intersectorial “para la aplicación, manipulación, traslado y disposición racional y responsable de agroquímicos, incluyendo su acopio y puntos de venta, ponderando tanto la protección del medioambiente y la salud de los habitantes como el desarrollo de la actividad”.</p>
<p>Desde su perspectiva, este planteo también podría constituir un exceso en las atribuciones del Poder Judicial, dado que observan que “no puede decir con quién se deben juntar” los concejales para la elaboración de una ordenanza.</p>
<p>“Los ciudadanos eligen a sus representantes para que dicten las normas”, enfatizó y aclaró que vale a modo de sugerencia“, pero no necesariamente tendría que ser acatada porque los concejales son 20 y representan a todas las fuerzas políticas elegidas por el pueblo”.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/AWrAc9Kzw1v1TBSAu735pMbqinA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/04/Curcio-Andres-04-04-19-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Municipio realizó una presentación ante la cautelar que otorgó el juez Francisco A. Blanc. Planteó que se excede en las atribuciones con la medida que dictó hace más de un mes. Argumentó que la resolución judicial avanza sobre los conceptos de la ordenanza, que rige para todo el partido. ]]>
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                <updated>2020-12-09T07:16:41+00:00</updated>
                <published>2020-12-08T05:36:27+00:00</published>
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            La Junta Vecinal por un Ambiente Saludable consideró un “avance” la cautelar que restringe la fumigaciones en Tandil
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/y0vA97zzAeSxQaydFQ46K9tcx2I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2020/04/d6a1b561-fumigaci%C3%B3n-la-porte%C3%B1a.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El grupo de ciudadanos concentrados en la junta vecinal tandilense, celebró la medida cautelar que dictó el juez Blanc y que está vigente desde el lunes 19 de octubre, y destacaron que esperan ser convocados por el Municipio para conformar la mesa de diálogo intersectorial que propuso el magistrado, para seguir profundizando en la problemática.</p>
<p>Se trata, en detalle, de la resolución del juez el Francisco Augusto Blanc, del Juzgado en lo Civil y Comercial 2 de Azul, con asiento en esta ciudad, que dictó una medida cautelar que da lugar por seis meses al pedido que ejercieron desde la Junta Vecinal por un Ambiente Saludable en una denuncia asentada en diciembre de 2019, y limitó la distancia de las fumigaciones a 2000 metros para las aplicaciones aéreas y 500 metros para las terrestres.</p>
&#8220;El juez dictó por seis meses una ​restricción pero la distancia pautada está lejos de los 1095 metros​ cuadrados que la
evidencia científica alerta como esencial para resguardar el daño genético en niños y niñas. Lejos de ser una solución, presenta similitudes con la ordenanza que se creó recientemente en la vecina comunidad de Benito Juárez&#8221;, explicaron.

Asimismo, en vísperas de la noticia sobre el logro de la cautelar, informaron que los vecinos siguen denunciando que sufren intoxicaciones por fumigaciones a menos de 500 metros de sus viviendas. Ante esta posibilidad, la agrupación instó a que se denuncien estas situaciones de vulneración de derechos y libertades. &#8220;Si no se denuncia, para la Justicia nunca pasó&#8221;, argumentaron.

La posibilidad del diálogo  

Además, expusieron que &#8220;Blanc también instó al Municipio a conformar una mesa de diálogo intersectorial pero,
¿cómo se hace para mediar entre envenenados y envenenadores? La medida pauta 270 días para actualizar la ordenanza de agroquímicos vigente. ​Acompañaremos con nuestra participación este diálogo al que el juez ha llamado, y pedimos además que el Municipio convoque a participar de esta mesa intersectorial a las organizaciones sociales del ámbito de la niñez, la salud y la educación, así como también organizaciones ambientales y productores ecológicos del Partido de Tandil&#8221;.

Por último, desde la organización ciudadana, expresaron que &#8220;nos parece también muy importante que se estimulen políticas de Estado para la promoción de formas de producción como la agroecología, que no dependen del uso de agroquímicos, plaguicidas, biocidas o agrotóxicos, y que permiten además generar una respuesta que atienda a las necesidades económicas, manteniendo la actividad productiva y generando trabajo, propiciando un entorno de salud y cuidado
ambiental&#8221;.
<p>&nbsp;</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/y0vA97zzAeSxQaydFQ46K9tcx2I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2020/04/d6a1b561-fumigaci%C3%B3n-la-porte%C3%B1a.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El grupo de ciudadanos concentrados en la junta vecinal tandilense, celebró la medida cautelar que dictó el juez Blanc y que está vigente desde el lun...]]>
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                <updated>2020-10-27T18:06:22+00:00</updated>
                <published>2020-10-28T02:05:05+00:00</published>
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            Se dictó una medida cautelar que restringe por seis meses  la distancia de fumigaciones
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/y0vA97zzAeSxQaydFQ46K9tcx2I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2020/04/d6a1b561-fumigaci%C3%B3n-la-porte%C3%B1a.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Ayer se dio a conocer el dictamen que el juez el Francisco Augusto Blanc del Juzgado en lo Civil y Comercial 2 de Azul, con asiento en esta ciudad, resolvió este 19 de octubre. Se trata de una medida cautelar que da lugar por seis meses al pedido que ejercieron desde la Junta Vecinal por un Ambiente Saludable en una denuncia asentada en diciembre de 2019.</p>
<p>Allí, realizaron una demanda judicial a productores agrícolas del partido de Tandil, cuyas prácticas perjudicarían la salud de los habitantes y del ambiente.</p>
<p>Luego de desestimar la presentación y que los agrupados ampliaran la denuncia, el magistrado se expidió favorablemente por un lapso de tiempo determinado “teniendo en consideración los resultados aportados por el estudio llevado a cabo por la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires (con repercusión mediática en El Eco de Tandil el 18 de junio), así como la trascendencia periodística que han generado algunos de los hechos denunciados encontrándose reunidos los presupuestos de las medidas cautelares, en función de las facultades otorgadas por los artículos 240, 1710 y 1713 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y art. 32 Ley 25.675”.</p>
<p>Así, como primera medida dispuso recordar que se encuentra prohibida la fumigación aérea con agroquímicos a una distancia menor a 2.000 metros de centros poblados, por lo que “cautelarmente y por el plazo de seis meses y hasta tanto en la etapa pertinente de este proceso de acerque prueba adecuada para resolver en definitiva” resolvió varias cuestiones relacionadas a la aplicación de agroquímicos.</p>
<p>Si bien no es exactamente lo que los vecinos piden, Silvia Gómez, una de las voceras del grupo, la celebró y señaló que es “mucho más protectora de lo que está vigente”. La misma precisó que la nueva medida tiene que ver con que cambió la persona que asesora al Juez.</p>
<p>La resolución</p>
<p>En primera instancia, como se mencionó arriba, puso en conocimiento que se encuentra prohibida la fumigación aérea con agroquímicos a una distancia menor a 2.000 metros de centros poblados, lugares habitados, establecimientos escolares, centros de salud, establecimientos elaboradores de productos alimenticios, campo de bombeo o batería de pozos y cursos de agua.</p>
<p>Asimismo, dictó suspender “toda actividad de fumigación terrestre con agroquímicos” en el partido de Tandil a una distancia menor a 500 metros de lugares habitados y todos los enumerados en el párrafo anterior.</p>
<p>Respecto del tránsito de maquinaria de fumigaciones por zona urbana, tanto de vehículos autopropulsados (mosquitos) como de tanques cisternas arrastrados por otros vehículos, quedó atado a lo dispuesto en el artículo 34 decreto 499/91, que indica que los equipos no podrán circular por centros poblados salvo en casos de extrema necesidad, aunque sí conseguirán hacerlo sin carga, limpios y sin picos pulverizadores.</p>
<p>Además, para esto se considera lo expresado en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal 12316 que prohíbe el descarte o abandono de envases de cualquier producto químico o biológico, de uso agropecuario y/o forestal y de cualquier otro elemento usado en aplicaciones agrícolas y/o urbanas; así como también se restringe la limpieza de todo equipo utilizado para fumigar y el tránsito de máquinas de aplicación de dichos productos que no se encuentren descargadas, en ausencia de picos pulverizadores y perfectamente limpias.</p>
<p>Conformar una mesa de diálogo</p>
<p>En un último punto, Blanc instó al Municipio a que en el plazo de 60 días corridos conforme una mesa de diálogo intersectorial para la aplicación, manipulación, traslado y disposición racional y responsable de agroquímicos, incluyendo su acopio y puntos de venta, ponderando tanto la protección del medio ambiente y la salud de los habitantes como el desarrollo de la actividad.</p>
<p>Esto, ligado a que el Honorable Concejo Deliberante local proponga “en el plazo máximo de 270 días pautas para la actualización de la Ordenanza Municipal 12.316 o eventualmente, se proyecte el dictado de una nueva normativa en la materia”.-</p>
<p>Finalmente, sin perjuicio del llamado abierto que pudiera hacerse, expresó que deberán citarse a dicha mesa “al menos” al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), al Consejo Escolar, a las Facultades de Agronomía, de Ciencias Exactas, de Ciencias de la Salud y de Ciencias Veterinarias de la Unicen, Asociaciones de Productores Rurales, vendedores de insumos, aplicadores terrestres, profesionales y entidades gremiales.</p>
<p>La resolución fue comunicada a distintas instituciones y organismos públicos, entre ellos la Municipalidad de Tandil, para que efectúen el contralor de las medidas adoptadas y dispongan las necesidades que se consideren.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/y0vA97zzAeSxQaydFQ46K9tcx2I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2020/04/d6a1b561-fumigaci%C3%B3n-la-porte%C3%B1a.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Es una medida favorable para los vecinos que demandaron a productores agrícolas por prácticas perjudícales para la salud y el ambiente. La restricción es de 2000 metros para las aplicaciones aéreas y 500 para las terrestres. También instó al Municipio a conformar una mesa de diálogo intersectorial y dio 270 días para la actualización de la ordenanza vigente.]]>
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                <updated>2020-10-23T10:42:45+00:00</updated>
                <published>2020-10-21T07:30:09+00:00</published>
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