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    <title>El Eco de Tandil</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Tandil.</subtitle>
    <updated>2026-03-19T23:15:15+00:00</updated>
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            Crean un registro para garantizar la atención médica de los monotributistas
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/u85om5JVuFNWzM7B7lAoHiQXWyU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/03/obras_sociales.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Superintendencia de Servicios de Salud publicó este jueves en el Boletín Oficial la Resolución 492/2026, que crea una sección especial en el Registro de Agentes de Salud destinada a entidades dispuestas a recibir afiliados monotributistas provenientes de obras sociales o prepagas dadas de baja por el organismo.</p><p>La inscripción en esta sección implica el compromiso expreso de incorporar a estos afiliados, garantizando la continuidad de su cobertura. Podrán inscribirse los Agentes del Seguro de Salud que se encuentren activos en el sistema, registrados conforme al artículo 69 bis del Decreto N° 1/2010 y que no estén sujetos a procedimientos de crisis.</p><p>La medida se enmarca en los criterios establecidos por el Decreto 1400/2001, que regula la distribución de beneficiarios cuando una entidad es dada de baja, y fija los parámetros para su reasignación entre los agentes que acepten incorporarlos.</p><p>Es importante destacar que esta disposición aplica exclusivamente a monotributistas. En el caso de los trabajadores en relación de dependencia, se mantiene el derecho a ejercer la opción de cambio a través de la web de la Superintendencia, pudiendo elegir libremente entre las entidades inscriptas en el Registro Nacional de Agentes del Seguro de Salud (RNAS).</p><p>El objetivo central es garantizar que los afiliados no pierdan en ningún momento su cobertura de salud. En este sentido, la Superintendencia continúa avanzando en el ordenamiento del sistema, promoviendo la competencia, la transparencia y la libertad de elección.</p>Mecanismos de control y garantías para los afiliados<p>La medida incorpora controles operativos e informáticos para que la reasignación de afiliados se realice de manera automática y segura, evitando interrupciones en la cobertura. El nuevo esquema de gestión, impulsado por la Superintendencia de Servicios de Salud y el Ministerio de Salud, exige el cumplimiento estricto de los requisitos legales antes de admitir nuevos afiliados y promueve herramientas de auditoría para monitorear el sistema.</p><p>La resolución destaca que, hasta ahora, el esquema vigente dificultaba la reasignación de afiliados monotributistas frente a situaciones de incumplimiento, liquidación o crisis en las entidades. Con este reordenamiento, el objetivo es que ningún monotributista quede sin servicios médicos en caso de baja de su agente de salud.</p><p>El establecimiento de este registro busca fortalecer la competencia entre las obras sociales, que deberán mejorar la calidad de sus prestaciones para mantener y atraer afiliados. Los usuarios, en tanto, contarán con mayor información y alternativas, lo que incrementa su seguridad ante eventuales cambios en la estructura de la cobertura médica en Argentina.</p><p>La medida representa un avance en la transparencia y el ordenamiento del sistema, garantizando que los monotributistas no pierdan en ningún momento su derecho a la atención sanitaria, según lo señalado por la Superintendencia de Servicios de Salud en la normativa publicada.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/u85om5JVuFNWzM7B7lAoHiQXWyU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/03/obras_sociales.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Es para las personas con monotributo afectadas por la baja de obras sociales. La resolución 492/2026 se publicó en el Boletín Oficial.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-19T23:15:15+00:00</updated>
                <published>2026-03-19T23:09:34+00:00</published>
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            Recategorización del Monotributo: ¿a quiénes alcanza y cómo se puede apelar?
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lm2f7nAjg5nd7rnKr1FAe7_TREI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Febrero, mes de recategorización para los monotributistas y denuncias de aviso de cambios de categoría compulsivos por parte de ARCA. Pero la Oficina de Respuesta Oficial del Gobierno tildó de “falso” un artículo de Página 12 titulado “Recategorización ilegal a monotribustistas”, y que lleva por bajada el siguiente texto: “ARCA aplica una suba arbitraria de la cuota que perjudicaría a 4 millones de contribuyentes”.</p><p>En la respuesta del Gobierno a través de la red social X, dice el posteo, “en estos días circularon versiones que indican que ARCA estaría usando transferencias personales o movimientos familiares de billeteras virtuales para recategorizar monotributistas de manera ‘ilegal’. Esto es categóricamente FALSO”. Y sigue el texto, la desmentida oficial.</p><p>Lo cierto es que la recategorización del Monotributo es una obligación semestral que deben cumplir los contribuyentes adheridos al régimen simplificado. El trámite se realiza en febrero y agosto y consiste en evaluar si, de acuerdo con los parámetros de los últimos doce meses, corresponde mantener la categoría actual o modificarla. Para eso, explica ARCA, se toman en cuenta los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, la superficie afectada a la actividad y, en caso de corresponder, el monto de los alquileres devengados.</p><p>Pero en el texto publicado hoy por el Gobierno, se insiste en que “ARCA no utiliza transferencias personales (préstamos, regalos, propinas, dinero propio transferido entre cuentas, etc.) para recategorizar. Lo que se informa y se analiza son operaciones comerciales cobradas con tarjeta de crédito, débito o QR, tal como figura explícitamente en las notificaciones enviadas. Se miran cobros, no transferencias”.</p><p>En estos casos, dice ARCA, cuando se “detecta que un monotributista cobró por medios electrónicos más de lo que facturó, se envía una notificación y se otorgan quince días para justificar esos ingresos. Solo si no hay justificación, puede corresponder una recategorización. Además, la información sobre transferencias solo se reporta a partir de montos muy elevados: ARCA no recibe información de transferencias por debajo de 50 millones de pesos mensuales”.</p>Monotributo, la recategorización<p>El procedimiento de recategorización, siempre de acuerdo con la agencia de recaudación, se realiza de manera online a través del portal de Monotributo con clave fiscal. El sistema suele ofrecer una propuesta automática basada en la facturación registrada, lo que permite confirmar la categoría sugerida o modificar los datos si fuera necesario. Quedan exceptuados de recategorizarse quienes mantengan los mismos parámetros y aquellos contribuyentes que no hayan cumplido seis meses completos de actividad.</p><p>Pero, advierte la web, cuando el contribuyente no realiza el trámite en término o cuando el organismo detecta inconsistencias entre la categoría declarada y la información disponible -por ejemplo, movimientos bancarios o gastos superiores a los límites permitidos- la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) puede disponer una recategorización de oficio. Esta decisión se notifica en el Domicilio Fiscal Electrónico y detalla los fundamentos del cambio.</p><p></p>¿Cómo se puede apelar la recategorización del Monotributo?<p>Frente a esa situación, el monotributista tiene derecho a apelar. El primer paso es revisar la notificación recibida y verificar los motivos invocados por el organismo. Si considera que la recategorización no corresponde, puede presentar una apelación dentro de los quince días hábiles administrativos posteriores a la notificación. La presentación se realiza a través del servicio “Presentaciones Digitales”, ingresando con clave fiscal y seleccionando el trámite “Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término”.</p><p>Allí se debe fundamentar el reclamo de manera clara y precisa, explicando por qué los parámetros considerados no reflejan la realidad de la actividad. Es clave adjuntar documentación respaldatoria, como facturas emitidas, contratos, constancias bancarias u otros comprobantes que permitan demostrar el encuadre correcto.</p><p>Si el plazo de quince días ya hubiera vencido, aún es posible interponer un recurso fuera de término mediante la misma plataforma, aunque en este caso la situación procesal puede resultar más compleja. En cualquier caso, la revisión administrativa permitirá que el organismo analice nuevamente los datos antes de que la recategorización quede firme.</p><p>De no presentarse ningún recurso, la nueva categoría asignada de oficio quedará confirmada y el contribuyente deberá abonar el importe correspondiente a partir del período indicado en la notificación, con los ajustes que pudieran derivarse. Por eso, especialistas recomiendan controlar periódicamente el Domicilio Fiscal Electrónico y conservar ordenada la documentación de la actividad.</p><p>De nuevo al descargo oficial en la red X, “no se controlan transferencias personales hasta 50 millones de pesos, no se recategoriza por dinero familiar o movimientos entre cuentas, se controlan cobros comerciales no facturados, el proceso es el mismo de todos los años”. Y a modo de cierre, “ante cualquier duda, siempre recomendamos revisar la notificación recibida y consultar por los canales oficiales”.</p><p>El mes pasado ARCA publicó la tabla del monotributo que está vigente desde este mes, con valores incrementados en un 14,29% respecto de los del semestre anterior. El impacto que la suba tiene en cada monotributista respecto de lo pagado hasta enero depende de si, después de la recategorización, quedó en la misma categoría en la que ya estaba, o si se trasladó a otra más alta o más baja.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lm2f7nAjg5nd7rnKr1FAe7_TREI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Se trata de una obligación semestral que deben cumplir los contribuyentes adheridos al régimen. Se realiza en febrero y agosto.]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2026-02-26T21:55:09+00:00</updated>
                <published>2026-02-26T21:49:59+00:00</published>
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            Monotributo 2026: ARCA habilitó la primera recategorización del año
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rnyOvdGnIrd9Xdzk8MUNTcx6hXc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó la primera recategorización del Monotributo correspondiente a 2026. El trámite estará disponible hasta el próximo 5 de febrero y es obligatorio para todos los contribuyentes alcanzados por el régimen.</p><p>La recategorización define el monto de la cuota mensual que los monotributistas deberán abonar durante los próximos seis meses, en función de la facturación y otros parámetros registrados en los últimos 12 meses. Desde el organismo aclararon que el sistema mostrará de manera automática la categoría sugerida, aunque el contribuyente podrá modificar los datos si considera que no reflejan sus ingresos reales.</p><p>La habilitación del trámite se dio luego de que ARCA confirmara una actualización del 14,28% en los topes de facturación, las cuotas mensuales y otros parámetros del régimen, como los alquileres devengados. El ajuste responde a la inflación acumulada durante el segundo semestre de 2025 y tendrá impacto en los importes a pagar a partir de febrero.</p><p>Para determinar si corresponde un cambio de categoría, los monotributistas deben analizar la actividad desarrollada en los últimos 12 meses y comparar la facturación anual con los límites vigentes, además de otros factores como la superficie afectada a la actividad, el monto de los alquileres y el consumo de energía eléctrica. Si alguno de estos parámetros supera o queda por debajo de los valores de la categoría actual, corresponde realizar la recategorización.</p><p>El trámite se realiza de forma digital a través del portal Monotributo. Los contribuyentes deben ingresar con CUIT y clave fiscal, seleccionar la opción “recategorizarme”, revisar la categoría informada por el sistema, cargar la facturación de los últimos 12 meses, confirmar la nueva categoría e imprimir la credencial actualizada.</p><p>Con la actualización vigente desde enero, los nuevos topes de facturación anual van desde $10.277.988,13 para la categoría A hasta $108,35 millones para la categoría K. En paralelo, las cuotas mensuales totales, que incluyen impuesto integrado, aportes jubilatorios y obra social, registraron aumentos que oscilan desde los $42.386,74 en la categoría A hasta $1.381.687,90 para la categoría K en el caso de servicios.</p><p>Desde ARCA remarcaron que las modificaciones no son optativas y que la recategorización resulta clave para mantener la situación fiscal regularizada dentro del régimen simplificado.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rnyOvdGnIrd9Xdzk8MUNTcx6hXc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El trámite es obligatorio, estará disponible hasta el 5 de febrero y define la cuota mensual a pagar desde el próximo mes, tras la actualización por inflación del 14,28%.]]>
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                                <category term="instruyendo-al-ciudadano" label="Instruyendo al Ciudadano" />
                <updated>2026-01-16T17:40:04+00:00</updated>
                <published>2026-01-16T17:34:02+00:00</published>
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            Monotributo: hasta cuándo hay tiempo para recategorizarse
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/instruyendo-al-ciudadano/monotributo-hasta-cuando-hay-tiempo-para-recategorizarse" type="text/html" title="Monotributo: hasta cuándo hay tiempo para recategorizarse" />
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                <![CDATA[El Eco IA]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rnyOvdGnIrd9Xdzk8MUNTcx6hXc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los monotributistas argentinos que deban actualizar su categoría tienen plazo hasta el 5 de febrero para realizar la recategorización del Monotributo, el trámite semestral que permite ajustar la categoría de acuerdo con los ingresos, el consumo de energía, la superficie del local o los alquileres registrados en los últimos 12 meses.</p><p>La recategorización es obligatoria para quienes hayan tenido variaciones en sus parámetros de actividad durante el último año. Si los ingresos u otros indicadores superan o quedan por debajo de los límites de la categoría vigente, corresponde modificarla dentro del sistema de Monotributo de ARCA.</p><p>El procedimiento se realiza de manera online a través del portal de Monotributo, con CUIT y clave fiscal. ARCA incorporó además una opción simplificada que permite visualizar automáticamente la facturación anual del contribuyente, facilitando la evaluación del encuadre correcto.</p><p>En cambio, quienes no tengan que recategorizarse porque no registraron cambios relevantes en sus parámetros o porque llevan menos de seis meses de actividad, no están obligados a realizar el trámite y conservarán su categoría actual.</p><p>La recategorización semestral se efectúa siempre en febrero y agosto, tomando como referencia los ingresos y demás parámetros del año calendario inmediato anterior. La nueva categoría tendrá efecto durante los siguientes seis meses dentro del régimen simplificado. A partir de este período, el trámite también puede realizarse desde dispositivos móviles mediante la app ARCA Móvil o desde la web de Monotributo.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rnyOvdGnIrd9Xdzk8MUNTcx6hXc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El trámite es obligatorio si hubo cambios en los ingresos u otros parámetros durante el último año]]>
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                                <category term="instruyendo-al-ciudadano" label="Instruyendo al Ciudadano" />
                <updated>2026-01-05T13:20:02+00:00</updated>
                <published>2026-01-05T13:14:36+00:00</published>
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            Monotributo 2025: cómo quedan las cuotas y facturación para diciembre
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/monotributo-2025-como-quedan-las-cuotas-y-facturacion-para-diciembre" type="text/html" title="Monotributo 2025: cómo quedan las cuotas y facturación para diciembre" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rnyOvdGnIrd9Xdzk8MUNTcx6hXc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó los valores del monotributo que regirán durante diciembre de 2025. Según el comunicado del organismo, las escalas y los montos de las cuotas mensuales se mantendrán sin cambios hasta febrero de 2026, cuando se aplicará una actualización automática basada en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado en los últimos seis meses.</p><p>ARCA recordó a los contribuyentes la necesidad de verificar su categoría vigente antes de efectuar el pago mensual, ya que el incumplimiento puede generar recargos, intereses y, en casos prolongados, la exclusión automática del régimen simplificado. Además, la falta de pago afecta el acceso a la obra social y los aportes previsionales, lo que puede derivar en la suspensión de servicios o pérdida de cobertura.</p><p>Escalas del monotributo en diciembre de 2025La facturación anual permitida para cada categoría es la siguiente:</p>Categoría A: $8.992.597,87Categoría B: $13.175.201,52Categoría C: $18.473.166,15Categoría D: $22.934.610,05Categoría E: $26.977.793,60Categoría F: $33.809.379,57Categoría G: $40.431.835,35Categoría H: $61.344.853,64Categoría I: $68.664.410,05Categoría J: $78.632.948,76Categoría K: $94.805.682,90<p>Estas escalas estarán vigentes hasta febrero de 2026, momento en que ARCA aplicará un nuevo ajuste por IPC.</p><p>Cuotas mensuales del monotributo en diciembreLos montos varían según la categoría y el tipo de actividad, e incluyen el impuesto integrado, los aportes previsionales y la contribución a la obra social:</p>Categoría A: $37.085,74Categoría B: $42.216,41Categoría C: Servicios $49.435,58 / Comercio $48.320,22Categoría D: Servicios $63.357,80 / Comercio $61.824,18Categoría E: Servicios $89.714,31 / Comercio $81.070,26Categoría F: Servicios $112.906,59 / Comercio $97.291,54Categoría G: Servicios $172.457,38 / Comercio $118.920,05Categoría H: Servicios $391.400,62 / Comercio $238.038,48Categoría I: Servicios $721.650,46 / Comercio $355.672,64Categoría J: Servicios $874.069,29 / Comercio $434.895,92Categoría K: Servicios $1.208.890,60 / Comercio $525.732,01<p>ARCA indicó que el pago debe realizarse antes del vencimiento mensual, ya sea a través de los canales digitales del organismo o de manera presencial en las oficinas habilitadas.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rnyOvdGnIrd9Xdzk8MUNTcx6hXc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Las escalas y cuotas permanecerán vigentes hasta febrero de 2026, y el organismo recordó la importancia del pago puntual para conservar la obra social y los aportes previsionales.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2025-12-01T15:30:06+00:00</updated>
                <published>2025-12-01T15:18:03+00:00</published>
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        <title>
            Milei desmintió la eliminación del monotributo y dijo que &quot;es momento de acelerar más&quot;
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9UMEVb1ArVWdrStFc6RMf5TsVCE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/milei_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El presidente Javier Milei salió este viernes a desmentir de manera tajante las versiones que circulaban sobre una eventual eliminación del monotributo dentro de la reforma tributaria que prepara el Gobierno. “Son mentiras y operaciones de delincuentes que usan la patente de periodistas”, afirmó el mandatario, en una intervención cargada de críticas hacia los medios de comunicación.</p><p>En diálogo con el canal de streaming Neura, Milei aseguró que los equipos técnicos trabajan simultáneamente en la reforma tributaria y en la modernización laboral, pero pidió “bajar la ansiedad” y esperar la presentación oficial de los proyectos. “Los proyectos van a estar cuando tengan que estar”, señaló, y sostuvo que la supuesta eliminación del monotributo es “una mentira inventada para generar ruido”.</p><p>Según el Presidente, las versiones se alimentaron porque su administración decidió cortar la pauta oficial a los medios. “Los medios son enemigos del Gobierno”, afirmó, al tiempo que se autodefinió como “la principal fuente de información” y reiteró que no se debe confiar en “periodistas mentirosos”.</p><p>Más temprano, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, también había rechazado las especulaciones e instó a “no decir cosas que no son” mientras no exista comunicación oficial sobre los cambios que se enviarán al Congreso.</p><p>En la misma entrevista, Milei aseguró que el oficialismo está en condiciones de avanzar con su paquete legislativo. “No voy a levantar el pie del acelerador, es el momento para acelerar más fuerte”, afirmó, convencido de que el Gobierno logrará los votos necesarios en Diputados y el Senado. Destacó el “trabajo fenomenal” del ministro del Interior, Diego Santilli, y aseguró que la pérdida de mayoría del peronismo en la Cámara alta facilita la estrategia del Ejecutivo: “Necesitan 37 para el quórum y hoy están en 28”.</p>Acuerdo con Estados Unidos<p>El mandatario también defendió el reciente acuerdo comercial con Estados Unidos, que describió como un paso clave para “profundizar la relación” bilateral y atraer inversiones. Aseguró que la economía argentina está “descapitalizada” y que ese pacto puede generar “un entorno de competitividad” que impulse la llegada de capitales extranjeros.</p><p>En materia cambiaria, Milei volvió a explicar el funcionamiento del esquema de bandas que su Gobierno utiliza como referencia. Según detalló, ese corredor cambiario —actualmente entre 1.000 y 1.400 pesos— se ajusta “al 1% mensual” y apunta a coordinar expectativas en un país que toma el dólar como guía para proyectar la inflación. “Las bandas se abren con el tiempo”, insistió.</p><p>El Presidente también vinculó el rumbo económico con la evolución del riesgo país. Anticipó que las reformas laboral, tributaria y del Código Penal que enviará al Congreso tendrán “un impacto muy importante” en ese indicador, lo que permitiría abaratar el financiamiento. “La tasa de interés va a colapsar por la caída del riesgo país”, pronosticó, aunque admitió que “los tiempos del mercado son los tiempos del mercado”.</p><p>Milei afirmó que el país “ya está en condiciones de tener acceso al mercado de capitales”, al sostener que el proceso de normalización fiscal empieza a ser reconocido por los inversores. Según explicó, desde el inicio de su gestión la deuda total se redujo en unos USD 50 mil millones, lo que —a su entender— mejora la percepción sobre la solvencia nacional. Mencionó además que empresas argentinas lograron colocaciones privadas a tasas del 8,5% y a plazos de hasta 12 años, algo que considera un síntoma del cambio de clima financiero.</p><p>El mandatario insistió en que el equilibrio fiscal es el ancla central del programa económico. Recordó que el Presupuesto 2026, que se debatirá en sesiones extraordinarias, respetará “a rajatabla” la meta de déficit cero y que todas las áreas del Estado ajustan su gasto en coordinación con el Ministerio de Economía.</p>Críticas al kirchnerismo<p>En otro tramo de la entrevista, Milei criticó la política económica del kirchnerismo, a la que calificó como un “peronismo reloaded” que “se consumió el capital” y generó expectativas negativas sobre el valor futuro de la economía. Desde su visión, ese deterioro empujó las tasas implícitas a niveles “infinitos” y elevó el riesgo país.</p><p>También repasó la situación del Banco Central, donde aseguró que su Gobierno desarmó pasivos remunerados para evitar una expansión monetaria “explosiva”. Según dijo, los pasivos se redujeron a USD 25 mil millones y la economía está hoy “muy poco monetizada”, lo que permite absorber dólares sin presionar sobre la emisión.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9UMEVb1ArVWdrStFc6RMf5TsVCE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/milei_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El presidente Javier Milei desmintió que el Gobierno evalúe eliminar el monotributo y acusó a sectores del periodismo de impulsar “mentiras y operaciones”.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2025-11-15T15:25:05+00:00</updated>
                <published>2025-11-15T12:56:43+00:00</published>
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            El Gobierno estudia eliminar el monotributo y trasladar a los contribuyentes al régimen general
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                <![CDATA[El Eco IA]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lm2f7nAjg5nd7rnKr1FAe7_TREI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno nacional prepara una ambiciosa reforma tributaria de cara a las sesiones extraordinarias que podría transformar por completo la estructura impositiva del país. Entre las propuestas que se analizan, sobresale la eliminación del monotributo, vigente desde 1998, y el traspaso de todos los pequeños aportantes al régimen general.</p><p>La iniciativa, impulsada por el presidente Javier Milei y el ministro de Economía, Luis Caputo, aún se encuentra en estudio, pero generó expectativa e incertidumbre en cámaras empresarias, profesionales independientes y economistas. La intención del Gobierno sería unificar los sistemas de tributación y “formalizar” la economía, bajo el argumento de que el monotributo se convirtió con el tiempo en un mecanismo que facilita la informalidad y la subdeclaración de ingresos. Si la reforma avanza en el Congreso, todos los monotributistas pasarían a ser autónomos.</p><p>Sin embargo, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, aclaró que “no hay una comunicación oficial sobre el contenido de la modernización laboral” y resaltó que cualquier afirmación sobre medidas no comunicadas oficialmente es “a priori falsa”.</p>Qué podría contener la reforma tributaria:Eliminación del monotributo: desaparición total del régimen simplificado y traspaso automático de los contribuyentes al sistema de autónomos.Nuevas escalas para autónomos: se establecería una escala mensual entre $100.000 y $500.000, permitiendo deducir gastos personales. Respecto del IVA, se fijaría un umbral mínimo equivalente a la Categoría F del monotributo, unos $3 millones mensuales.Cambios en el Impuesto a las Ganancias: implementación de un mínimo no imponible único, equivalente al salario promedio proyectado para 2025, alrededor de $1,7 millones, con el objetivo de simplificar la estructura del tributo.Nuevo régimen de empleo: reducción de aportes y contribuciones patronales para nuevos vínculos laborales, trabajadores que estuvieron fuera del mercado al menos seis meses y exmonotributistas que se incorporen al régimen general, buscando incentivar la contratación y reducir el costo laboral formal.<p>Durante la Conferencia Anual de FIEL, el ministro Caputo profundizó sobre el espíritu de la reforma, aclarando que aplicar todos los cambios de manera inmediata “rompería el ancla fiscal”. Entre los tributos “distorsivos” que se planea reducir o eliminar gradualmente se encuentran Ingresos Brutos, el Impuesto al Cheque, retenciones al agro y Ganancias a las empresas.</p><p>Caputo remarcó que, si bien estos impuestos generan distorsiones, hoy resultan “muy caros para eliminarlos”, por lo que su reducción formará parte de un proceso escalonado acompañado de reformas laborales que alivien la estructura productiva.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lm2f7nAjg5nd7rnKr1FAe7_TREI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La reforma tributaria que prepara Javier Milei y Luis Caputo busca unificar sistemas impositivos y simplificar la estructura fiscal, aunque aún genera incertidumbre en distintos sectores.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2025-11-14T17:00:04+00:00</updated>
                <published>2025-11-14T16:51:12+00:00</published>
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            Obra social y monotributos
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/ecotv/obra-social-y-monotributos" type="text/html" title="Obra social y monotributos" />
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                <![CDATA[Eco TV]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/DuTz5DqgvMOeOqA0VrplhgcQHW4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/10/paula_lafourcade.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Paula Lafourcade, Defensor del Pueblo hablando sobre el tema en Plataforma Magazine]]>
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                <updated>2025-10-02T19:35:06+00:00</updated>
                <published>2025-10-02T14:59:08+00:00</published>
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        <title>
            Paso a paso: cómo recategorizarse en el monotributo en julio 2025
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                <![CDATA[Roger Rotonda]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Z_6wSMg8lH9bhU1BjwSrsHRFFJ0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/arca.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció que, como consecuencia de la inflación del 1,6% registrada en junio por el INDEC, se aplicará un ajuste del 15,1% en los límites de facturación del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributo). La medida alcanza a todas las categorías del sistema y tendrá impacto desde el 1° de julio.</p><p>Aunque aún no se publicaron oficialmente los nuevos topes, fuentes del organismo adelantaron que se darán a conocer “durante la tarde o mañana”, mientras que ya está habilitado el proceso de recategorización correspondiente al semestre. Los monotributistas podrán realizar el trámite entre el 15 de julio y el 5 de agosto, ya sea a través del sitio web oficial o mediante la app ARCA Móvil.</p>Recategorización de julio 2025: quiénes deben realizarla<p>La recategorización semestral es obligatoria para aquellos contribuyentes cuyos ingresos superen o queden por debajo de los límites establecidos para su categoría actual. No deben realizar ningún cambio quienes:</p>Mantienen la misma categoría.Tienen menos de seis meses de actividad.<p>ARCA explicó que el sistema calcula automáticamente el monto facturado en los últimos 12 meses, y en base a eso, sugiere la categoría correspondiente. Si el valor coincide con los ingresos reales, el contribuyente solo deberá confirmar. En caso contrario, puede editar la información manualmente.</p>Topes estimados por categoría a partir de julio 2025<p>Aunque falta la confirmación oficial, estos serían los ingresos brutos anuales máximos estimados para cada categoría, tras aplicar el ajuste del 15,1%:</p>CategoríaIngresos Brutos Anuales (estimados)A$8.992.303,81B$13.180.324,12C$18.486.912,04D$22.922.075,91E$26.964.647,78F$33.811.349,99G$40.429.934,69H$61.349.408,43I$68.671.174,55J$78.610.082,11K$94.817.415,32<p>&nbsp;</p>Paso a paso: cómo hacer la recategorizaciónIngresar al Portal Monotributo con clave fiscal.Seleccionar la opción “Recategorización”.Verificar los datos y topes de la categoría actual.Ingresar el monto facturado en los últimos 12 meses.Confirmar o editar la información mostrada.Aceptar la nueva categoría sugerida por el sistema.Imprimir la nueva credencial.<p>En los próximos días se espera que ARCA publique oficialmente las escalas actualizadas y ofrezca una guía definitiva para quienes deban realizar el trámite.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Z_6wSMg8lH9bhU1BjwSrsHRFFJ0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/arca.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Tras un IPC mensual del 1,6%, ARCA ajustará un 15,1% los límites de facturación y habilitó el período de recategorización hasta el 5 de agosto.]]>
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                                <category term="instruyendo-al-ciudadano" label="Instruyendo al Ciudadano" />
                <updated>2025-07-17T14:01:24+00:00</updated>
                <published>2025-07-17T13:55:24+00:00</published>
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        <title>
            Monotributo y Ganancias: actualización de las escalas, mínimo no imponible y cuotas
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/economia/monotributo-y-ganancias-actualizacion-de-las-escalas-minimo-no-imponible-y-cuotas" type="text/html" title="Monotributo y Ganancias: actualización de las escalas, mínimo no imponible y cuotas" />
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        <author>
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/economia/monotributo-y-ganancias-actualizacion-de-las-escalas-minimo-no-imponible-y-cuotas">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Z_6wSMg8lH9bhU1BjwSrsHRFFJ0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/arca.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El tope de facturación anual para los monotributistas se elevará hasta $ 9 millones en la categoría más baja y de $ 82 a 95 millones en la más alta. Además, las cuotas mensuales de todas las categorías aumentarán entre un 15,3% y un 15,6%.</p><p>Esta actualización del límite de facturación está vinculada con el dato de inflación del primer semestre del año, que el Indec dará a conocer esta tarde de lunes. Ese índice también servirá para actualizar el “mínimo no imponible” y las escalas del impuesto a las Ganancias.</p><p>A través de su cuenta de X, el subsecretario de Prensa de la Presidencia, Javier Lanari, comparó el nuevo tope en dólares: según dijo, la categoría más alta pasará a equivaler unos 74.500 dólares anuales, frente a los 6.300 dólares de diciembre de 2023.</p><p>Con el aumento, la categoría A pasará de $ 32.221 a algo más de $ 37.000 mensuales. La categoría B subirá de $ 36.679 a poco más de $ 42.000. Lo mismo ocurrirá progresivamente con el resto de las categorías. Los nuevos valores estarán vigentes desde agosto hasta enero de 2026.</p><p>Una vez que ARCA publique las nuevas tablas, los monotributistas podrán realizar la recategorización, que estará habilitada hasta el 5 de agosto. No deberán realizar ningún trámite quienes permanezcan en la misma categoría ni quienes lleven menos de seis meses de actividad.</p><p>La recategorización se realiza cada seis meses y toma en cuenta la actividad de los últimos doce meses. Si hubo variaciones en los ingresos, el alquiler del local, la superficie afectada o el consumo eléctrico, hay que ingresar con clave fiscal y actualizar la categoría. Si no se hace, se interpreta que no hubo cambios. En caso de omisión o error, ARCA puede recategorizar de oficio al contribuyente.</p><p>En el caso de los asalariados del Impuesto a las Ganancias, el mínimo no imponible pasará de los actuales $ 2,3 millones a $ 2,6 millones brutos para un trabajador soltero sin hijos. En el caso de un casado con dos hijos pasará de $ 3 millones a casi $ 3,5 millones.</p><p>También los trabajadores de este segmento tendrán como beneficio el incremento de las deducciones, como puede ser el gasto de alquileres, el personal doméstico y las cuotas de escuelas y universidades, según consigna Ambito. La escala más baja del impuesto es del 5%. Le siguen en incremento progresivo 9%, 12%, 15%, 19%, 23%, 27%, 31% y 35%.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Z_6wSMg8lH9bhU1BjwSrsHRFFJ0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/arca.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La actualización está vinculada con el dato de inflación del primer semestre del año, que el Indec dará a conocer esta tarde de lunes.]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2025-07-14T21:31:44+00:00</updated>
                <published>2025-07-14T21:28:59+00:00</published>
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        <title>
            Actualización de Ganancias y Monotributo: todo lo que tenés que saber
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/instruyendo-al-ciudadano/actualizacion-de-ganancias-y-monotributo-todo-lo-que-tenes-que-saber" type="text/html" title="Actualización de Ganancias y Monotributo: todo lo que tenés que saber" />
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[Roger Rotonda]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/instruyendo-al-ciudadano/actualizacion-de-ganancias-y-monotributo-todo-lo-que-tenes-que-saber">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_2TnrcdKEP0hNZLkJq37dcLDRJw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/07/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Este lunes, con la publicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de junio por parte del Indec, se activará la actualización automática de las escalas y deducciones del impuesto a las Ganancias y del Monotributo. También se definirá el ajuste que recibirán jubilados, pensionados y beneficiarios de la Anses a partir de agosto.</p><p>La actualización, prevista por la reforma fiscal aprobada en 2024, se realiza en dos etapas cada año —enero y julio— y toma como referencia la inflación acumulada en cada semestre. Según estimaciones de consultoras privadas, el índice de junio se ubicaría cerca del 2%, lo que dejaría un incremento del 15,56% para el período enero-junio.</p>Cambios en Ganancias<p>El nuevo valor impactará sobre el mínimo no imponible, las deducciones personales y las escalas del tributo. Para trabajadores solteros sin hijos, el mínimo mensual ascendería a $2.640.703, mientras que para casados con dos hijos alcanzaría $3.466.800.</p><p>Cabe aclarar que la actualización se aplicará a los ingresos devengados a partir del 1° de julio. Quienes hayan cobrado parte de su salario sin el nuevo ajuste lo verán reflejado en la liquidación anual, salvo que finalicen su vínculo laboral antes de fin de año, en cuyo caso se hará en la liquidación final.</p><p>Como los sueldos de julio ya fueron liquidados sin contemplar las nuevas escalas, el impacto se notará recién en los salarios de agosto.</p>Nuevas escalas del Monotributo<p>El Monotributo también sufrirá modificaciones en sus topes de facturación, cuotas mensuales, aportes jubilatorios y a obra social, entre otros parámetros.</p><p>Con el ajuste del 15,56%, los nuevos límites de facturación anual quedarían así:</p>CategoríaLímite actualNuevo límiteA$7.813.063,45$9.028.776,12B$11.447.046,44$13.228.206,87C$16.050.091,57$18.547.485,82D$19.926.340,10$23.026.878,62E$23.439.190,34$27.086.328,36F$29.374.695,90$33.845.398,58G$35.128.502,31$40.594.497,27H$53.298.417,30$61.591.651,03I$59.657.887,55$68.940.654,85J$68.318.880,36$79.949.298,14K$82.370.281,28$95.187.097,05<p>&nbsp;</p><p>En cuanto a las cuotas mensuales, también se actualizarán: para la categoría A, por ejemplo, subirían de $32.221 a $37.237,85; y en la categoría B, de $36.679 a $42.386,25.</p>Recategorización obligatoria<p>Durante julio, todos los monotributistas deberán realizar la recategorización semestral obligatoria, incluso si no registraron cambios en sus ingresos, superficie afectada a la actividad, consumo eléctrico o alquileres.</p><p>Quienes no cumplan con este trámite en tiempo y forma podrán ser recategorizados de oficio por ARCA y podrían recibir multas de hasta el 50% del impuesto no ingresado.</p><p>La recategorización estará habilitada a partir del martes 15 de julio y tomará como referencia los últimos 12 meses de actividad. Aquellos con menos de un año de antigüedad deberán estimar sus ingresos en base al promedio mensual.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_2TnrcdKEP0hNZLkJq37dcLDRJw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/07/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Con la inflación semestral estimada en 15,56%, se actualizan las escalas de Ganancias y los topes del Monotributo. Los cambios se aplican desde el 1° de julio.]]>
                </summary>
                                <category term="instruyendo-al-ciudadano" label="Instruyendo al Ciudadano" />
                <updated>2025-07-14T14:24:35+00:00</updated>
                <published>2025-07-14T14:09:37+00:00</published>
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        <title>
            Monotributo 2025: cómo inscribirse, requisitos y cuánto se paga
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/instruyendo-al-ciudadano/monotributo-2025-como-inscribirse-requisitos-y-cuanto-se-paga" type="text/html" title="Monotributo 2025: cómo inscribirse, requisitos y cuánto se paga" />
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        <author>
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                <![CDATA[Roger Rotonda]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/instruyendo-al-ciudadano/monotributo-2025-como-inscribirse-requisitos-y-cuanto-se-paga">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6jTZJ2-ryTvVKWAe2nAEjLsoqyk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ya permite que nuevos contribuyentes se den de alta en el Monotributo, un régimen simplificado pensado para trabajadores independientes, pequeños comerciantes y profesionales.</p><p>Este sistema permite abonar una cuota fija mensual que incluye aportes jubilatorios, obra social e impuestos. Sin embargo, no todos pueden acceder: hay requisitos clave que deben cumplirse.</p>Requisitos principales<p>Para ingresar al Monotributo, los contribuyentes deben cumplir con las siguientes condiciones:</p>No superar los $68.000.000 de ingresos brutos anuales.No tener más de tres unidades de explotación o inmuebles.No haber hecho importaciones de bienes o servicios en el último año.Contar con CUIT y clave fiscal.Cómo darse de alta<p>El trámite se realiza en el portal oficial de ARCA. Los pasos son:</p>Ingresar con CUIT y clave fiscal.Seleccionar el servicio "Monotributo" y hacer clic en "Darse de alta".Indicar el tipo de trabajo (independiente, en cooperativa o promovido).Completar datos de actividad: fecha de inicio, rubro, ingresos estimados y detalles del local si corresponde.Declarar la situación como aportante (si es trabajador activo, jubilado, en relación de dependencia, etc.).Elegir una obra social.Verificar todos los datos antes de confirmar.Cuánto se paga por mes<p>El monto mensual varía según la categoría, que depende de los ingresos anuales y si la actividad es comercial o de servicios.</p><p>A medida que aumentan los ingresos, también lo hace el impuesto, los aportes previsionales y el valor de la obra social. Además, el total a pagar es distinto si se trata de comercio o prestación de servicios.Estas son las categorías del monotributo disponible durante este mes, con sus ingresos brutos y valores de pagos mensuales:Categoría A</p>Ingreso bruto: $7.813.063,45Impuesto integrado: $3.633,98Aporte previsional: $11.871,01Obra social: $16.716,32Total a pagar: $32.221,31Categoría BIngreso bruto: $11.447.046,44Impuesto integrado: $6.904,57Aporte previsional: $13.058,11Obra social: $16.716,32Total a pagar: $36.679Categoría CIngreso bruto: $16.050.091,57Impuesto integrado: $11.871,01 (servicios) o $10.901,95 (comercio de bienes)Aporte previsional: $14.363,92Obra social: $16.716,32Total a pagar: $42.951,25 en el caso de servicios y $41.982,19 para el comercio de bienes.Categoría DIngreso bruto: $19.926.340,10Impuesto integrado: $19.381,24 (servicios) y $18.048,78 (comercio de bienes)Aporte previsional: $15.800,32Obra social: $19.865,77Total a pagar: $55.047,33 en el caso de servicios y $53.714,87 para el comercio de bienes.Categoría EIngreso bruto: $23.439.190,34Impuesto integrado: $36.339,83 (servicios) y $28.829,60 (comercio de bienes)Aporte previsional, $17.380,35Obra social: $24.226,55Total a pagar: $77.946,73 en el caso de servicios y $70.436,50 para el comercio de bienes.Categoría FIngreso bruto: $29.374.695,90Impuesto integrado: $51.118,03 (servicios) y $37.551,16 (comercio de bienes)Aporte previsional: $19.118,38Obra social: $27.860,54Total a pagar: $98.096,95 en el caso de servicios y $84.530,08 para el comercio de bienes.Categoría GIngreso bruto: $35.128.502,31Impuesto integrado: $93.029,96 (servicios) y $46.514,98 (comercio de bienes)Aporte previsional: $26.765,73Obra social: $30.040,93Total a pagar: $149.836,62 en el caso de servicios y $103.321,64 para el comercio de bienes.Categoría HIngreso bruto: $53.298.417,30Impuesto integrado: $266.492,09 (servicios) y $133.246,04 (comercio de bienes)Aporte previsional: $37.472,03Obra social: $36.097,56Total a pagar: $340.061,68 en el caso de servicios y $206.815,63 para el comercio de bienes.Categoría IIngreso bruto: $59.657.887,55Impuesto integrado: $529.955,85 (servicios) y $211.982,34 (comercio de bienes)Aporte previsional: $52.460,84Obra social: $44.576,86Total a pagar: $626.993,55 en el caso de servicios y $309.020,04 para el comercio de bienes.Categoría JIngreso bruto: $68.318.880,36Impuesto integrado: $635.947,02 (servicios) y $254.378,81 (comercio de bienes)Aporte previsional: $73.445,18Obra social: $50.027,83Total a pagar: $759.420,03 en el caso de servicios y $377.851,82 para el comercio de bienes.Categoría KIngreso bruto: $82.370.281,28Impuesto integrado: $890.325,83 (servicios) y $296.775,28 (comercio de bienes)Aporte previsional: $102.823,25Obra social: $57.174,67Total a pagar: $1.050.323,75 en el caso de servicios y $456.773,20 para el comercio de bienes.]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6jTZJ2-ryTvVKWAe2nAEjLsoqyk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure>ARCA habilitó la inscripción al régimen simplificado para pequeños contribuyentes. Paso a paso para darse de alta, qué condiciones hay que cumplir y los montos actualizados según cada categoría.]]>
                </summary>
                                <category term="instruyendo-al-ciudadano" label="Instruyendo al Ciudadano" />
                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2025-06-17T13:02:04+00:00</published>
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        <title>
            ARCA lanzó el “Monitor de Facturación” para monotributistas: cómo funciona y por qué es clave no ignorarlo
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/instruyendo-al-ciudadano/arca-lanzo-el-monitor-de-facturacion-para-monotributistas-como-funciona-y-por-que-es-clave-no-ignorarlo" type="text/html" title="ARCA lanzó el “Monitor de Facturación” para monotributistas: cómo funciona y por qué es clave no ignorarlo" />
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[Roger Rotonda]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/instruyendo-al-ciudadano/arca-lanzo-el-monitor-de-facturacion-para-monotributistas-como-funciona-y-por-que-es-clave-no-ignorarlo">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/82PHrDNzvnla1dkFMvtLwaPwazI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/03/arca.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>En el marco de una serie de medidas orientadas a reforzar el control fiscal, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó el “Monitor de Facturación”, una herramienta digital destinada a ayudar a los monotributistas a llevar un control detallado de sus ingresos mensuales. La iniciativa busca evitar errores que puedan derivar en multas o exclusiones del régimen.</p><p>Este nuevo sistema funciona como una barra de progreso que se completa mes a mes, en función de las facturas emitidas por el contribuyente. Si el nivel de facturación se acerca o supera el tope permitido para su categoría, el sistema enviará alertas automáticas para advertir la necesidad de recategorizarse o, eventualmente, pasarse al régimen general.</p><p>El Monitor también tiene en cuenta procesos de exclusión automática y recategorización de oficio, lo que implica un control más activo por parte del organismo sobre el cumplimiento del régimen simplificado.</p>Escalas actualizadas del monotributo tras el aumento del 21,4%<p>Con la actualización por inflación semestral, los nuevos topes de facturación anual para cada categoría son los siguientes:</p>Categoría A: $7.813.063,45Categoría B: $11.447.046,44Categoría C: $16.050.091,57Categoría D: $19.926.340,10Categoría E: $23.439.190,34Categoría F: $29.374.695,90Categoría G: $35.128.502,31Categoría H: $53.298.417,30Categoría I: $59.657.887,55Categoría J: $68.318.880,36Categoría K: $82.370.281,28Cuotas mensuales vigentes desde mayo de 2025<p>Los valores a pagar mensualmente también se actualizaron. A continuación, los importes según categoría y tipo de actividad (servicios o venta de bienes):</p>Categoría A: $32.221,32Categoría B: $36.679,00Categoría C: $42.951,26Categoría D: $55.047,33 (servicios) / $53.714,87 (venta)Categoría E: $77.946,73 (servicios) / $70.436,50 (venta)Categoría F: $98.096,95 (servicios) / $84.530,08 (venta)Categoría G: $149.836,63 (servicios) / $103.321,64 (venta)Categoría H: $340.061,68 (servicios) / $206.815,64 (venta)Categoría I: $626.993,55 (servicios) / $309.020,04 (venta)Categoría J: $759.420,03 (servicios) / $377.851,82 (venta)Categoría K: $1.050.323,75 (servicios) / $456.773,19 (venta)<p>Con esta nueva funcionalidad, ARCA apunta a una gestión más transparente y automatizada del monotributo, dándole al contribuyente una herramienta clara para mantenerse dentro del régimen sin incurrir en irregularidades.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/82PHrDNzvnla1dkFMvtLwaPwazI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/03/arca.png" class="type:primaryImage" /></figure>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) presentó una nueva herramienta para que los monotributistas controlen sus ingresos y eviten multas por pasarse del tope de su categoría.]]>
                </summary>
                                <category term="instruyendo-al-ciudadano" label="Instruyendo al Ciudadano" />
                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2025-04-30T16:42:15+00:00</published>
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            Se perdieron 450 mil aportantes a la seguridad social en el primer año de Milei
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/se-perdieron-450-mil-aportantes-a-la-seguridad-social-en-el-primer-ano-de-milei" type="text/html" title="Se perdieron 450 mil aportantes a la seguridad social en el primer año de Milei" />
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/nacionales/se-perdieron-450-mil-aportantes-a-la-seguridad-social-en-el-primer-ano-de-milei">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lXr3VmH3_M2Sr_--UpbjDMJSPW0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/11/milei_en_uala.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En medio del ajuste fiscal aplicado por el gobierno de Javier Milei, el año pasado se perdieron casi 450 mil aportes a la seguridad social.</p><p>Esto incluye a los trabajadores independientes y en relación de dependencia aportantes a los regímenes de la Seguridad Social, de acuerdo a los datos de la Subsecretaría de Seguridad Social.</p><p>En noviembre de 2024 había 12.648.423 aportantes. Un año antes, eran 13.097.626. En un año, se perdieron 449.203 aportantes.</p><p>Entre los trabajadores en relación de dependencia públicos y privados, la reducción de aportantes fue de 172.220 personas: 85.598 menos del sector privado y 85.017 menos del sector público. Y 1.605 menos de trabajadores de otros regímenes.</p><p>Entre los trabajadores independientes, los monotributistas se redujeron en 19.609 y autónomos 267.856. Las trabajadoras de casas particulares sumaron 10.482 (de 355.722 a 366.204).</p><p>La reducción del número de aportantes incide negativamente en el financiamiento de la seguridad social.</p><p>De los 12,6 millones de aportantes a la Seguridad Social, la amplia mayoría desempeña su trabajo en relación de dependencia (76,9%), al que se agrega un 2,9% correspondiente a trabajadoras de casas particulares, mientras que un 20,2% lo hace de forma independiente.</p><p>Como la población ocupada se estima en torno de los 20 millones, habría 7,5 millones de personas en la informalidad, entre asalariados y el resto de las modalidades de trabajo.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lXr3VmH3_M2Sr_--UpbjDMJSPW0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/11/milei_en_uala.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Fue consecuencia de los despidos en medio de la recesión. El Gobierno dice que este año se irán recuperando.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2025-04-01T23:26:40+00:00</updated>
                <published>2025-04-01T23:22:23+00:00</published>
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        <title>
            Monotributo: cómo verificar y regularizar deudas antes de que se produzca la baja de oficio
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/instruyendo-al-ciudadano/monotributo-como-verificar-y-regularizar-deudas-antes-de-que-se-produzca-la-baja-de-oficio" type="text/html" title="Monotributo: cómo verificar y regularizar deudas antes de que se produzca la baja de oficio" />
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/instruyendo-al-ciudadano/monotributo-como-verificar-y-regularizar-deudas-antes-de-que-se-produzca-la-baja-de-oficio">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7TPsd13ia9G3WSMbipCls1-t10Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/03/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Monotributo, el régimen simplificado para pequeños contribuyentes, facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Sin embargo, los monotributistas deben tener en cuenta que no pagar en término puede generar intereses y, si la deuda supera los 10 meses, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) tiene la facultad de dar la baja de oficio, lo que impide la emisión de facturas y la continuidad en el sistema.</p>¿Quiénes están exentos de pagar el Monotributo?<p>ARCA también aclaró que existe un grupo de contribuyentes que no deben abonar el Monotributo siempre y cuando cumplan con ciertas condiciones, aunque esas situaciones deben ser verificadas directamente en la plataforma de ARCA.</p><p>¿Cómo saber si tengo deuda en el Monotributo?</p><p>Para verificar si tenés pagos vencidos, simplemente seguí estos pasos:</p>Ingresar al portal de ARCA (ex AFIP) con tu CUIT y clave fiscal.Acceder a la sección "Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos" (CCMA).Revisar el estado de cuenta y los períodos impagos.Utilizar la calculadora de intereses para conocer el monto total adeudado.<p>El sistema te mostrará la deuda consolidada, sumando los intereses y posibles multas.</p>¿Cómo abonar el Monotributo vencido?<p>Si detectas que tienes deuda, podés regularizarla en tres sencillos pasos:</p><p>Generar el Volante Electrónico de Pago (VEP):</p>Ingresar al portal de ARCA con tu clave fiscal.Seleccionar "Presentación de DDJJ y Pagos" o CCMA.Generar un VEP por cada mes adeudado.<p>Realizar el pago: Puedes abonar a través de varios métodos:</p>Transferencia electrónicaCódigo QRHome bankingBilleteras virtualesTarjeta de crédito o débito automáticoNet Cash BBVA<p>Confirmar la cancelación: El pago se reflejará en el sistema de Cuentas Tributarias en un plazo de 48 horas. Si el VEP vence sin ser abonado, será necesario generar uno nuevo.</p>¿Qué pasa si no pago mi deuda de Monotributo?<p>Si la deuda supera los 10 meses, ARCA puede aplicar la baja de oficio, lo que implica que el contribuyente quedará fuera del régimen y no podrá emitir facturas ni continuar operando como monotributista. Para evitar esta situación, se pueden solicitar planes de facilidades de pago, lo que permite regularizar la deuda en cuotas con tasas de interés reducidas.</p><p>Más de 3,5 millones de contribuyentes se encuentran actualmente adheridos al régimen simplificado en Argentina. Es fundamental mantener los pagos al día para evitar inconvenientes y seguir operando sin problemas.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7TPsd13ia9G3WSMbipCls1-t10Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/03/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Los monotributistas deben tener en cuenta que no pagar en término puede generar intereses y, si la deuda supera los 10 meses, ARCA tiene la facultad de dar la baja de oficio, lo que impide la emisión de facturas y la continuidad en el sistema.]]>
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                                <category term="instruyendo-al-ciudadano" label="Instruyendo al Ciudadano" />
                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2025-03-05T13:33:09+00:00</published>
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        <title>
            ARCA establece fecha límite para la recategorización del monotributo: todo lo que tenés que saber
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/interes-general/arca-establece-fecha-limite-para-la-recategorizacion-del-monotributo-todo-lo-que-tenes-que-saber" type="text/html" title="ARCA establece fecha límite para la recategorización del monotributo: todo lo que tenés que saber" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/interes-general/arca-establece-fecha-limite-para-la-recategorizacion-del-monotributo-todo-lo-que-tenes-que-saber">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/82PHrDNzvnla1dkFMvtLwaPwazI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/03/arca.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció que los monotributistas deberán realizar la recategorización correspondiente antes del 5 de febrero. Este trámite es fundamental para ajustar los ingresos generados a los parámetros establecidos por el fisco. El organismo fiscal subrayó la importancia de que todos los adheridos al Régimen Simplificado como monotributistas cumplan con esta obligación, de lo contrario, se podrían aplicar sanciones o realizar ajustes de oficio.</p><p>¿Cómo realizar la recategorización?</p><p>Los monotributistas deben realizar la recategorización cada seis meses, en caso de corresponder. Para ello, deberán revisar detalladamente su actividad durante los últimos 12 meses y analizar posibles cambios en diferentes aspectos de su situación fiscal, tales como:</p>Los ingresos brutos generados.El monto destinado a alquileres.La superficie utilizada para la actividad.El nivel de energía consumida.<p>Este análisis es clave para determinar si es necesario un cambio en la categoría correspondiente dentro del Régimen Simplificado.</p><p>Plazos y sanciones</p><p>La fecha límite para completar la recategorización era el 5 de febrero. Si el contribuyente no efectuó el trámite dentro del plazo, ARCA tiene la facultad de realizar la recategorización de oficio, ajustando la categoría de acuerdo con los datos disponibles. En caso de que la recategorización no se realice correctamente, también podrían aplicarse sanciones.</p><p>Por otro lado, ARCA informó que habrá una segunda instancia para completar la recategorización en julio de este año. Sin embargo, la fecha exacta para esa oportunidad aún no ha sido confirmada oficialmente.</p><p>La importancia de la recategorización</p><p>Cumplir con la recategorización del monotributo es esencial para mantener la situación fiscal al día y evitar inconvenientes con el fisco. Este trámite permite ajustar la categoría de acuerdo con la realidad económica de cada contribuyente y asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.</p><p>Es recomendable que todos los monotributistas mantengan sus datos actualizados, ya que esto facilita la planificación financiera y reduce el riesgo de sanciones o ajustes inesperados.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/82PHrDNzvnla1dkFMvtLwaPwazI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/03/arca.png" class="type:primaryImage" /></figure>ARCA informó que habrá una segunda instancia para completar la recategorización en julio de este año. Sin embargo, la fecha exacta para esa oportunidad aún no ha sido confirmada oficialmente.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2025-03-05T13:03:05+00:00</published>
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        <title>
            Cómo simplificar la gestión diaria
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/opinion/como-simplificar-la-gestion-diaria" type="text/html" title="Cómo simplificar la gestión diaria" />
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        <author>
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                <![CDATA[Yanina Beade]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/opinion/como-simplificar-la-gestion-diaria">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xqm-X60nN-Kr4M3EVQvUKLoyk0g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2021/12/impuestos.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En un contexto donde la digitalización avanza rápidamente, los monotributistas en Argentina cuentan con nuevas herramientas que simplifican su gestión diaria y reducen riesgos frente a la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero, ex AFIP).</p><p>Entre las iniciativas destacadas se encuentran el Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (Padic) y la posibilidad de emitir facturas desde el celular.</p><p>El Padic está diseñado para monotributistas que cuentan con colaboradores a su cargo, buscando formalizar relaciones laborales de forma flexible y dentro de la normativa vigente. Por esta vía los contribuyentes pueden:</p><p>Declarar hasta tres colaboradores independientes para nuevos emprendimientos productivos, sin establecer relaciones laborales tradicionales.Cumplir con las obligaciones laborales y tributarias. Según la Ley 27.742, cada colaborador debe realizar su aporte como monotributista o autónomo y contar con cobertura de accidentes personales.Evitar sanciones por informalidad, ya que el vínculo de colaboración puede rescindirse en cualquier momento sin afectar la posibilidad de que las partes mantengan relaciones de dependencia con terceros.Cómo inscribirseIngresar al portal de ARCA con clave fiscal nivel 3 o superior.</p><p>Seleccionar el servicio Padic y completar los datos del emprendimiento (nombre, actividad, domicilio, CUIT de los colaboradores -hasta 3-, entre otros).</p><p>Generar el Código Padic específico para el emprendimiento.Los colaboradores recibirán una notificación en su Domicilio Fiscal Electrónico y tendrán 72 horas para aceptar o rechazar la invitación.Preguntas frecuentes— ¿Se puede utilizar para transformar emprendimientos ya existentes con empleados?</p><p>— No, la normativa prohíbe fragmentar o dividir establecimientos existentes ni sustituir relaciones laborales por esta figura.</p><p>— ¿Cómo funciona en la práctica?</p><p>— Por ejemplo, un electricista monotributista puede asociarse con un plomero, un gasista y un pintor para un emprendimiento de mantenimiento domiciliario, siempre que todos estén inscriptos como monotributista o autónomo.</p><p>— ¿Qué ocurre ante conflictos o inconvenientes?</p><p>— Los colaboradores son independientes y deben resolver cualquier reclamo según su vínculo con el Código Padic. La normativa prohíbe encubrir relaciones de dependencia, aunque la falta de reglamentación específica genera incertidumbre sobre cómo se resolverán los conflictos en organismos como ARCA o el Ministerio correspondiente.</p><p>La posibilidad de emitir comprobantes desde un teléfono inteligente ha revolucionado la gestión de los monotributistas.</p><p>Facturación desde el celularCon la app “Facturador Móvil” de ARCA, cualquier contribuyente puede generar facturas electrónicas rápidamente, sin necesidad de computadoras.Además, permite emitir facturas tipo C (y tipo A para responsables inscriptos).Ofrece carga automática de datos para evitar errores.Es gratuita y fácil de usar, ideal para comercios y trabajadores independientes.Cómo instalar la appEn Android e iOS: Ingresar a facturador.afip.gob.ar, seleccionar “Instalar” y crear un acceso directo en la pantalla de inicio.En PC: Usar Google Chrome, hacer clic en “Instalar” y generar un acceso directo en el escritorio.</p><p>Una vez configurado el punto de venta, los usuarios pueden emitir facturas, consultar el historial y enviar comprobantes por correo o mensajería instantánea. Además, permite emitir notas de crédito tipo C y mantener sesiones activas hasta por ocho horas.</p><p>Lo que se vieneA partir de 2025, las recategorizaciones del monotributo tendrán nuevas fechas: el 5 de febrero (correspondiente al período 2024) y el 5 de agosto. Estas modificaciones se suman al posible ajuste de los parámetros de las categorías y de los montos a pagar.</p><p>En resumen, herramientas como el Padic y el Facturador Móvil no solo simplifican las tareas diarias de los monotributistas, sino que también representan un cambio cultural en la relación entre los contribuyentes y los organismos de recaudación.</p><p>Adaptarse a esta nueva realidad digital es clave para quienes buscan mayor eficiencia y formalidad en su actividad.</p><p>La autora es Contadora Pública, especializada en tributación y docente UBA</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xqm-X60nN-Kr4M3EVQvUKLoyk0g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2021/12/impuestos.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>En un contexto donde la digitalización avanza rápidamente, los monotributistas en Argentina cuentan con nuevas herramientas que simplifican su gestión...]]>
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                                <category term="opinion" label="Opinión" />
                <updated>2024-12-03T18:31:41+00:00</updated>
                <published>2024-12-03T18:27:30+00:00</published>
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        <title>
            Monotributo social: los beneficiarios ahora tendrán que pagar una parte de la obra social
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/economia/monotributo-social-los-beneficiarios-ahora-tendran-que-pagar-una-parte-de-la-obra-social" type="text/html" title="Monotributo social: los beneficiarios ahora tendrán que pagar una parte de la obra social" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1o0BYcT-rcgpYBR7sP5nhksyFwo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/09/monotributo_social.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>A partir de ahora, el titular que quiera seguir inscripto en la categoría tributaria optativa del Monotributo Social deberá abonar el 50% del componente de la obra social por sí mismo y por cada incorporación de adherentes, quedando exento de abonar el importe integrado y computándose los aportes regulares en la Prestación Básica Universal del SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino).</p><p>Así lo anunció el Ministerio de Capital Humano a cargo de Sandra Petovello a través de la Resolución 630/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial, en donde se argumenta cuatro razones por las cuales este programa no cumple la función que debería cumplir. Esta medida implica en la actualidad unos $6.900 mensuales, un golpe al bolsillo de los trabajadores que menos facturan.</p><p>Cabe recordar que días atrás el Gobierno anunció la “baja” del 10% de las personas adheridas al régimen del Monotributo Social, esto es más de 62.000 personas. En ese sentido adujeron que existe una incompatibilidad con la ley vigente. Por ejemplo, 27.000 tenían trabajo registrado y habían 1.900 fallecidos.</p><p>En tanto, los contribuyentes registrados ante la AFIP como monotributistas sociales -y que sean beneficiarios de alguna ayuda social por parte del Estado- tienen que hacer un trámite especial para seguir bajo el mismo régimen. Este punto, sin embargo, aún no se oficializó.</p>Quiénes pueden ser monotributistas sociales<p>Está destinado a personas que realizan una actividad económica y se encuentran en situación de vulnerabilidad socioeconómica que cumplan con alguna de las siguientes categorías:</p>Trabajadores independientes de bajos ingresos.Emprendedores de la economía social.Beneficiarios de programas sociales.Pequeños productores.<p>El objetivo de la herramienta es formalizar la actividad económica, promoviendo su inclusión en el sistema tributario y de seguridad social de:</p>Trabajadores independientes.Microemprendedores de bajos ingresos]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1o0BYcT-rcgpYBR7sP5nhksyFwo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/09/monotributo_social.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo a cargo de Sandra Petovello anunció un nuevo cambio, en la espera de un reempadronamiento ya anunciado.]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2024-09-10T18:16:16+00:00</updated>
                <published>2024-09-10T18:16:11+00:00</published>
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            El contador Símaro indicó que los cambios en el Monotributo eran necesarios
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/la-ciudad/el-contador-simaro-indico-que-los-cambios-en-el-monotributo-eran-necesarios" type="text/html" title="El contador Símaro indicó que los cambios en el Monotributo eran necesarios" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/la-ciudad/el-contador-simaro-indico-que-los-cambios-en-el-monotributo-eran-necesarios">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6rViRVwtuDXLwAYfrkWrX0kIa90=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/simaro_gustavo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>A través del decreto 661 que lleva la firma del presidente Javier Milei, el ministro de Economía, Luis Caputo, y la canciller Diana Mondino, quedaron oficializados los cambios en el Monotributo que fueron establecidos a través de la reforma fiscal. Las modificaciones entrarán en vigencia a partir del 1 de agosto y El Eco Multimedios dialogó con Gustavo Símaro, contador local, para poner sobre el llano las mismas.</p><p>El contador comenzó explicando que “era un cambio necesario” debido a los fenómenos inflacionarios que se viven hace rato en la Argentina. “Es necesario ir adecuando las escalas, tanto de lo que se puede facturar en cada categoría, como lo que hay pagar según en qué categoría se esté”, agregó.&nbsp;</p><p>En ese sentido, señaló que a través de estas modificaciones afrontamos una recategorización que está venciendo durante el mes de agosto y que, como característica, va a incluir en los montos de facturación autorizados, la facturación desde el 1 de enero.&nbsp;</p><p>“Es decir que aquellos que se hubieran salido por las categorías anteriores del Monotributo, estas salidas no es tal sino que siguen estando incluidos, no pasan a responsable inscriptos”, explicó al mismo tiempo que destacó la importancia de esta cuestión ya que había gente que se había salido no por vender más sino por vender lo mismo a precios mayores.</p><p>Vale aclarar que este rige solamente para los que se salieron a partir del 1 de enero. Algunos ya habían quedado excluidos durante el 2023 y en ese caso no vuelven a quedar dentro del Monotributo.&nbsp;</p><p>A la hora de explicar cómo quedaría cada categoría, indicó que la A, la más baja, permite una facturación de hasta 6.450.000 pesos anuales, aproximadamente unos 520.000 pesos por mes. Mientras que una categoría máxima permite una facturación de 68 millones anuales, es decir poco más de 5.5 millones de pesos mensuales.&nbsp;</p><p>A su vez comentó que la categoría más baja pagaría por mes 26 mil pesos y en la categoría K, la más alta, hay una diferenciación: quienes facturen servicios, es decir un carpintero, un médico o un fletero, va a pagar 867 mil pesos por mes; y los que venden mercadería, productos tangibles, van a pagar 377.084 pesos por mes en la categoría máxima.&nbsp;</p><p>“Lo importante que tiene este cambio es que las actualizaciones ya son por Ley y no son arbitrarias del Poder Ejecutivo. Los indicadores ya están predeterminados en la Ley, entonces se quitó la arbitrariedad que podía haber antes”, opinó Símaro que luego señaló: “En definitiva lo que todo necesitamos es que se termine de una vez por toda la inflación porque vamos a terminar con estas recategorizaciones y demás”.&nbsp;</p>Un cambio favorable<p>Por otra parte, el contador señaló que esta nuevo cuadro tributario tiene cosas a favor del contribuyente y ejemplificó: “El que prestaba servicio antes no podía llegar a la última categoría, ahora sí puede llegar hasta la categoría K, con el pago de una suma importante mensual pero por lo menos tiene la opción”.&nbsp;</p><p>También destacó que las categorías ampliaron su rango. Esto, según Simaro, es importante ya que a veces no todos los precios de la inflación suben de la misma manera, hay rubros que suben más que otros con lo cual puede haber gente que haya cambiado de categoría para arriba o para abajo, por eso concluyó: “Era un cambio necesario”.</p><p>Entre otras cosas que entiende el contador a destacar es que el monto de facturación se hizo retroactivo al 1 de enero pero no así el pago. Por eso comentó: “Los nuevos pagos son a partir del mes de agosto, los montos de facturación son desde enero. En líneas generales el cambio es positivo pero el problema de fondo de todos estos cambios es el fenómeno inflacionario”.</p><p>A su vez, Símaro también reconoció que la gente empieza a averiguar sobre situación de cara a lo que será la implementación de estos nuevos montos a partir del próximo jueves 1 de agosto. “El área tributaria de los estudios contables están en un momento de fuerte vorágine”, sentenció.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6rViRVwtuDXLwAYfrkWrX0kIa90=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/simaro_gustavo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El gobierno nacional reglamentó los cambios en el Monotributo dispuestos en la reforma fiscal. Gustavo Símaro analizó los cambios en los topes de facturación, las escales y las cuotas del Régimen Simplificado que entrará en vigencia el mes siguiente. “Era un cambio necesario”, indicó.]]>
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                                <category term="la-ciudad" label="La Ciudad" />
                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2024-07-29T10:07:08+00:00</published>
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            El Gobierno oficializó los cambios en el monotributo
        </title>
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/eiXNkw4ZHI9hsA7K-DHM3Gcd_lU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2023/06/monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno oficializó este miércoles las modificaciones que se introdujeron en el monotributo con la sanción de la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, mediante el Decreto 661/2024 publicado en el Boletín Oficial.</p><p>La normativa precisó que a partir del 2025 la AFIP actualizará los parámetros de facturación en enero y julio de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, detallando que "los montos actualizados surtirán efectos desde el primer día del primer mes inmediato siguiente a aquel en que se efectúe la actualización, inclusive".</p><p>Asimismo, aclaró que cuando de la proyección anual "surja que el sujeto queda excluido del régimen, por haberse superado los límites máximos aplicables, el pequeño contribuyente permanecerá dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), debiendo encuadrarse -hasta la próxima recategorización semestral-, en la Categoría K".</p><p>El texto oficial también explicó que las personas que hayan renunciado, pero continúan con su actividad podrán volver a adherir al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) en cualquier momento, en la medida en que cumplan con ciertas condiciones exigidas, en la categoría que les corresponda.</p><p>Con la reglamentación de los cambios quedan vigentes los aumentos en los montos de facturación, que según la categoría suben del 201% al %301; en el precio unitario de venta, que para quienes venden bienes se incrementa en un 213% para todas las categorías y en los alquileres devengados anuales, que aumentan del 211% al 309%.</p><p>Además, también se incrementan las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social. Para el caso de la cuota impositiva la suba va entre el 278% y 510%, para la cuota de seguridad social entre el 212% y 343% y para la cuota de obra social entre 212% y 214%.</p><p>Las nuevas escalas regirán a partir del 1 de agosto. Al respecto, se debe tener en cuenta que la AFIP extendió el plazo para la recategorización del monotributo hasta el 2 de agosto.</p><p>Así quedan las escalas de facturación anual completa:</p>Categoría A: pasará de $2.108.288,01 a $6.450.000 (aumento del 206%).Categoría B: pasará de $3.133.941,63 a $9.450.000 (aumento del 202%).Categoría C: pasará $4.387.518,23 a $13.250.000 (aumento del 208%).Categoría D: pasará de $5.449.094,55 a $16.450.000 (aumento del 202%).Categoría E: pasará de $6.416.528,72 a $19.350.000 (aumento del 202%).Categoría F: pasará de $8.020.660,9 a $24.250.000 (aumento del 203%).Categoría G: pasará de $9.624.793,05 a $29.000.000 (aumento del 202%).Categoría H: pasará de $11.916.410,45 a $44.000.000 (aumento del 270%).Categoría I: pasará de $13.337.213,22 a $49.250.000 (aumento del 269%).Categoría J: pasará de $15.285.088,04 a $56.400.000 (aumento del 269%).Categoría K: pasará de $16.957.968,71 a $68.000.000 (aumento del 301%).]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/eiXNkw4ZHI9hsA7K-DHM3Gcd_lU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2023/06/monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El decreto se publicó este martes en el Boletín Oficial.]]>
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                <updated>2024-07-24T11:55:36+00:00</updated>
                <published>2024-07-24T11:55:33+00:00</published>
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