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    <title>El Eco de Tandil</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Tandil.</subtitle>
    <updated>2026-06-11T22:15:06+00:00</updated>
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            El Gobierno reglamentó el blanqueo laboral con quitas de hasta el 90 por ciento en las deudas
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GcCtqzSRPpG8TjQo8cPOlF6m8tc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó este jueves el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER). La medida, formalizada mediante la Resolución 5862/2026 publicada en el Boletín Oficial, se enmarca en la Ley de Modernización Laboral y busca facilitar la regularización de relaciones laborales no declaradas o con registración deficiente en el sector privado.</p><p>El programa alcanza a aquellas relaciones laborales iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026 que se encuentren vigentes al momento de la adhesión. Los empleadores tendrán tiempo hasta el 28 de noviembre de 2026 para inscribirse e incluir obligaciones vencidas hasta el período de octubre de 2026. Quedan excluidas de esta normativa las relaciones laborales del sector público.</p>Detalles de la condonación y facilidades de pago<p>La quita de deuda por aportes y contribuciones a la seguridad social se segmenta según el tamaño de la empresa. Las micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro accederán a una condonación del 90% de lo adeudado. Por su parte, las medianas empresas de los tramos 1 y 2 obtendrán un 80%, mientras que el resto de los empleadores recibirá una quita del 70%. En caso de cancelar el saldo restante al contado, se aplicará una reducción adicional del 50 por ciento.</p><p>Para el Fondo del Sistema Nacional del Seguro de Salud, Riesgos del Trabajo y el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio, la condonación será del 100% tanto en capital como en intereses. La deuda remanente podrá financiarse con una tasa preferencial del 1% mensual. Las micro y pequeñas empresas podrán acceder a planes de hasta 72 cuotas, las medianas hasta 48 y el resto de los empleadores hasta 36 cuotas, con montos mínimos de 50.000 pesos.</p>Contexto y alcance<p>La iniciativa surge en un escenario donde la informalidad laboral alcanzó al 43% de los trabajadores en el cuarto trimestre de 2025, según datos del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), con más de 5,6 millones de asalariados fuera del sistema previsional. Sectores como la construcción y el servicio doméstico presentan las tasas más elevadas, con 52,6% y 78% respectivamente.</p><p>El trámite de adhesión se realizará a través del servicio con clave fiscal Simplificación Registral y el plan de facilidades mediante Mis Facilidades, herramientas que estarán operativas a partir del próximo martes 16 de junio. La regularización también implica beneficios penales, extinguiendo la acción por delitos tributarios vinculados a las obligaciones incluidas, siempre que no exista sentencia firme.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GcCtqzSRPpG8TjQo8cPOlF6m8tc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero oficializó el régimen que permite regularizar trabajadores no declarados con planes de pago de hasta 72 cuotas.]]>
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                                <updated>2026-06-11T22:15:06+00:00</updated>
                <published>2026-06-11T22:02:19+00:00</published>
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            El Gobierno amplió a 446 la cantidad de convenios colectivos que deberán renegociar empresarios y sindicalistas
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/el-gobierno-amplio-a-446-la-cantidad-de-convenios-colectivos-que-deberan-renegociar-empresarios-y-sindicalistas" type="text/html" title="El Gobierno amplió a 446 la cantidad de convenios colectivos que deberán renegociar empresarios y sindicalistas" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oi4Zkm7X-Vp1VdX0ZtARoweDUak=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/reforma_laboral.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno nacional revisó su decisión inicial de intimar a la renegociación de 150 convenios colectivos de trabajo que se encuentran vencidos. Según se anunció oficialmente, la medida alcanzará finalmente a 446 convenios, en lo que representa uno de los efectos más significativos de la reglamentación de la reforma laboral puesta en marcha este jueves.</p><p>El secretario de trabajo, Julio Cordero, será el encargado de intimar a los sectores empresariales y sindicales para rediscutir las cláusulas vinculadas tanto a las condiciones de trabajo como a las cuotas solidarias o aportes compulsivos pactados entre las partes.</p><p>Esta extensión en el número de convenios responde a una interpretación estricta de la Ley 27.802 de Modernización Laboral. Esta normativa dinamitó la ultraactividad, un principio que permitía la vigencia de un convenio colectivo incluso después de su vencimiento hasta que fuera reemplazado por uno nuevo. Dicho mecanismo era considerado por los gremios como una garantía de estabilidad, ya que evitaba la pérdida de derechos adquiridos ante el estancamiento de las negociaciones.</p><p>No obstante, la nueva ley mantiene la ultraactividad para las denominadas cláusulas normativas, que son aquellas que definen las condiciones de trabajo. Por el contrario, las cláusulas obligacionales, como las cuotas solidarias y aportes especiales, pierden vigencia al momento del vencimiento del convenio.</p><p>A través del decreto 407, que reglamenta la Ley 27.802, el Gobierno abre la puerta para que, en esta etapa de diálogo, las empresas y los sindicatos renegocien la totalidad de las cláusulas posibles, permitiendo así una actualización integral de las condiciones laborales actuales y futuras.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oi4Zkm7X-Vp1VdX0ZtARoweDUak=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/reforma_laboral.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La medida, impulsada por la Secretaría de Trabajo, busca actualizar los acuerdos vencidos en el marco de la Ley de Modernización Laboral.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-06-11T13:44:20+00:00</updated>
                <published>2026-06-11T13:42:32+00:00</published>
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            Reforma laboral: ARCA reglamentó el régimen para regularizar empleos no registrados
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/economia/reforma-laboral-arca-reglamento-el-regimen-para-regularizar-empleos-no-registrados" type="text/html" title="Reforma laboral: ARCA reglamentó el régimen para regularizar empleos no registrados" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/economia/reforma-laboral-arca-reglamento-el-regimen-para-regularizar-empleos-no-registrados">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Bk-VrmezGGTdjIqC7aRJ97-YHgk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/reforma_laboral.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), una iniciativa diseñada para regularizar relaciones laborales mediante importantes condonaciones de deuda y planes de pago de hasta 72 cuotas.&nbsp;</p><p>La medida fue formalizada este jueves a través de la Resolución General 5862/2026, publicada en el Boletín Oficial, donde se establecieron los requisitos y plazos para que los empleadores del sector privado normalicen situaciones de trabajadores no registrados o con datos declarados de forma deficiente.</p><p>El esquema alcanza a los vínculos laborales iniciados hasta el 5 de marzo de 2026 inclusive, siempre que se encuentren vigentes al momento de la adhesión. Los empleadores tendrán tiempo hasta el 28 de noviembre de 2026 para realizar el registro formal de su personal, pudiendo incluir obligaciones devengadas hasta el período de octubre de este año.</p>Alcance y beneficios del régimen<p>La normativa contempla tanto a las relaciones laborales totalmente no registradas como a aquellas que presentan irregularidades, tales como una fecha de inicio posterior a la real o una remuneración declarada inferior a la efectivamente percibida. El régimen incluye la condonación parcial de deudas de capital e intereses correspondientes a aportes y contribuciones destinados a los subsistemas de seguridad social, tales como el SIPA, PAMI, Fondo Nacional de Empleo y Asignaciones Familiares.</p><p>Asimismo, se otorga una condonación del 100% de la deuda vinculada a aportes y contribuciones al Sistema Nacional del Seguro de Salud, Ley de Riesgos del Trabajo (ART) y Seguro Colectivo de Vida Obligatorio. Para saldar la deuda remanente, ARCA ofrece dos vías de cancelación que deberán concretarse antes del 28 de noviembre de 2026.</p>Procedimientos y exclusiones<p>Para adherirse, los empleadores deberán utilizar el servicio con Clave Fiscal denominado Simplificación Registral, aplicando los códigos de modalidad de contratación específicos según el tamaño de la empresa. En los casos de rectificación de remuneraciones, se deberá emplear el sistema Declaración en Línea o las versiones actualizadas de los aplicativos de seguridad social.</p><p>La norma aclara que quedan excluidas las relaciones laborales del Sector Público nacional, provincial o municipal. Del mismo modo, no podrán adherirse aquellos empleados que ya hubieran sido regularizados previamente bajo la Ley de Bases. Si bien la resolución general entró en vigencia de forma inmediata, ARCA informó que los sistemas informáticos específicos estarán plenamente disponibles a partir del 16 de junio de 2026.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Bk-VrmezGGTdjIqC7aRJ97-YHgk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/reforma_laboral.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero oficializó el nuevo esquema que permite blanquear relaciones laborales con condonación de deudas y planes de pago.]]>
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                                                <category term="economia" label="Economía" />
                                <updated>2026-06-11T11:48:45+00:00</updated>
                <published>2026-06-11T11:48:43+00:00</published>
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            En el Día del Periodista, Hugo Alconada Mon con El Eco: &quot;El periodismo local es clave&quot;
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/i6R0NiFgOTtd6HJrMR9I-ewwpvc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/hugo_alconada_mon_06_06_26.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Hugo Alconada Mon es uno de los periodistas de investigación más destacados de los últimos años. Con motivo de su visita a Tandil –donde brindó una charla a sala llena en la Cámara Empresaria-, y en coincidencia con el Día del Periodista, el prosecretario de La Nación dialogó con El Eco: sobre la tensión entre periodismo y poder, sobre nuevas tecnologías, sobre los cambios en el oficio, sobre el rol de los medios de enfoque local y sobre la posible derogación del Estatuto de la profesión. Todo en el marco de cambios profundos por el avance de la Inteligencia Artificial, y un contexto político en el que el propio presidente de la Nación suele repetir que “no odiamos lo suficiente a los periodistas”.</p><p>“El periodismo local es clave. Primero porque hay múltiples zonas, no digo pueblos, digo regiones enteras de Provincias en las que no hay periodistas. No periodistas de investigación, sino periodistas. Hay zonas enteras donde no hay nadie que escriba o averigüe sobre&nbsp; el intendente, los gastos de la ciudad o los gastos del Concejo Deliberante. Y la calidad de la información que hay en esa zona decrece de una manera sustancial. Pueden aumentar los riesgos de corrupción, pero no es solamente es eso. No hay nadie que provea de información a la comunidad, y ahí baja la calidad”, planteó en el programa Diálogos.</p><p>Como parte de La Nación, Alconada Mon trabajó en casos de gran impacto público –Ciccone, Odebrecht, y más cerca en el tiempo, en el caso Libra-, pero también es autor de novelas históricas –La cacería de hierro-, y entre muchos otros libros, el reciente “Topos, La historia real de los espías rusos que tomaron Buenos Aires como base de operaciones”. Uno de los ejes centrales de su trayectoria es el vínculo entre periodismo y poder, y desde ese lugar partió la entrevista con El Eco.</p>“No odiamos lo suficiente a los periodistas”<p>-Toda tu trayectoria profesional ha estado vinculada a esa tensión constante entre periodismo y poder. La pregunta inicial es ¿Hay una tensión particular entre medios y poder, o siempre estuvo latente y hoy está más expuesta?</p><p>- Hugo Alconada Mon: Creo que cada etapa ha tenido sus chisporroteos y la relación entre prensa y poder siempre ha tenido esta cosa tensa. A lo largo de las décadas ha sido así no solamente desde el retorno de la democracia, ni te digo durante tiempos de la dictadura.</p><p>Hay un muy buen académico, Fernando Ruiz, que ha dedicado todo su trabajo profesional a abordar la relación entre periodistas y gobiernos. Y cruje, todo el tiempo cruje.</p><p>Desde el retorno a democracia hemos tenido momentos más calmos, en tiempos de Menem se derogó el desacato, pero después estuvieron evaluando una Ley Mordaza, mataron a José Luis Cabezas, y el kirchnerismo tenía los retratos de unos cuantos colegas en Plaza de Mayo para que la gente fuera a escupirlos.</p><p>La característica especial de este gobierno es esta impronta de “no odiamos lo suficiente a los periodistas”, ya como grupo, como como sector. Es un concepto ya por lo menos complejo. Si vas por el lado de la ironía, como dice Carlitos Pagni, “¿Después que viene? ¿No vamos a odiar lo suficiente a los plomeros, o a todos los barrenderos municipales?” Ya empieza mal la relación, ya arranca mal.</p><p>-Y además, esto viene de un contexto global, no es tampoco un invento argentino…</p><p>-Tal cual, ni siquiera es original, es un plagio. Esto viene replicado de Estados Unidos, con un matiz. Donald Trump allá habla de “We don't hate the media enough” es decir no odiamos lo suficiente a los medios de comunicación, a las empresas periodísticas.</p><p>Acá en cambio Javier Milei excluye a los medios de comunicación o a las empresas, o a los empresarios dueños de medio y se concentra en los periodistas. Y carga más las tintas sobre determinados periodistas. De manera muy astuta, creo que carga las tintas y los dardos sobre aquellos periodistas que pueden hablarle al electorado que eventualmente podría votar por él en una elección, sea en primera o en segunda vuelta.</p>De la máquina de escribir a la IA<p>-¿Cómo ha cambiado a lo largo de los años la trayectoria, el trabajo periodístico?</p><p>-Yo empecé en la redacción que todavía había computadoras y todavía había colegas veteranos que escribían con dos dedos, en máquinas de escribir, y fumando. Y no para cargar una medalla, sino simplemente porque se me dio, la primera nota que se escribió con un teléfono inteligente en la historia de La Nación fue mía.</p><p>Yo vivía en los Estados Unidos, estaba como corresponsal ante la Casa Blanca. Tenía uno de los primeros teléfonos que se podía escribir y era un acto de campaña en Denver, Colorado, de Barack Obama.</p><p>Escribí el texto completo en mi telefonito y lo mandé. Ahora ya estamos en la fase de inteligencia artificial. Esto yo no lo tomo ni como el final de los tiempos, ni nada, es parte del recorrido. Es un proceso al cual tenemos que adaptarnos y que hay que aprovecharlo. Y yo lo uso de manera intensiva en mi trabajo.</p><p>- Pensando en el periodismo de investigación ¿Qué pesa más hoy? ¿El uso de determinadas herramientas de IA, o tomarse un café con una fuente?</p><p>-Es la combinación. Por un lado, la importancia del teléfono. Por otro, como dijo Bob Woodward, el legendario periodista de Washington Post que investigó el caso Watergate cuando le preguntaron por un consejo para un periodista joven, él dijo “Get good shoes”, es decir conseguite buenos zapatos, empezá a caminar.</p><p>Ahora, por ejemplo, para el procesamiento de grandes volúmenes de datos, si yo tuviera que abordar como hemos tenido que abordar en nuestro trabajo, volúmenes como lo que fue Wikileaks o Panamá Papers o Pandora Papers, lo abordaría muy distinto.</p><p>De hecho es lo que me pasa en algunas investigaciones en desarrollo. Por ejemplo la justicia ordena el secuestro de todos los teléfonos celulares de todos los investigados y les descargan todo el contenido de todos los WhatsApp. Hay una cantidad de material inmenso.</p><p>En lo de Novelli (Libra), tuvimos que conseguir un disco externo porque no podías meter todo el material en un pendrive. Si después tuvieras que ver uno por uno todos los documentos, no terminás nunca. Ahí es donde la inteligencia artificial te permite ir buscando, indagando, procesando, buscando patrones. Cuando hay algo que salta, eso sí lo revisas de manera manual. Se te puede escapar la tortuga, pero es&nbsp; menos probable que se te escape la tortuga que si fueras a revisar uno por uno los documentos.</p><p>-¿Trabajan en equipo los casos de esas dimensiones?</p><p>-Hacemos un juego muy flexible. Hay investigaciones que Nicolás Pizzi tiene por su lado, Ignacio Grimaldi por otro, y yo por mi lado. Pero después hay investigaciones que por volumen o por complejidad, nos vamos sumando.</p><p>Por ejemplo AFA. Fue también uno de estos trabajos donde accedimos a mucho material bancario y eran decenas de miles de transferencias bancarias. Ahí nos pusimos los tres, más Ricardo Brom que es el primer ingeniero en sistemas que pasa a trabajar adentro de la redacción tiempo completo. De hecho su escritorio está frente al mío.</p><p>-Qué bueno que haya medios que permitan eso, que el periodista no sea un mero redactor que tiene que sacar volumen, sino que le da espacio y tiempo a las investigaciones. De ahí sale el periodismo de calidad…</p><p>-Sí. Por supuesto que es una situación de frazada corta. Me van a decir “Hugo ¿Frazada corta en La Nación, que son 400 tipos?”, y me dirán que con esa cantidad de gente no puede ser una frazada corta. Pero después hay una elección presidencial y no importa si vos trabajás en deportes o en espectáculos. Todo el mundo va a la redacción a procesar Excels, a poner infografías, a poner el hombro. Y cuando hay algo muy sensible, yo dejo de costado mi trabajo y pregunto en qué ayudo. Me he puesto a llenar cajas como cualquiera, es parte del trabajo.</p><p>Pero también coincido en que cuando tenés la oportunidad, hacés la diferencia, ese valor añadido. Una vez estuve charlando con el director y dueño del New York Times, Arthur Sulzberger. Justo ellos acababan de ganar un Pulitzer a la mejor cobertura en profundidad, y era porque habían destinado un periodista a seguir la vida de los colibríes del estado de Florida durante un año.</p><p>En la charla, él me hablaba de la calidad y del valor añadido. Y me salió del alma decirle que podía decir eso porque podía destinar un tipo a seguir los colibríes. Se empezó a reír y me dijo que ellos tenían 1800 personas trabajando. Pero que lo que hacían era no hacer lo que hacían todos.</p><p>En ese momento Bush estaba en China y acababa de tener una conferencia de prensa. Ningún periodista del New York Times estaba en esa conferencia. Los cuatro que habían mandado estaban del otro lado de la cortina, hablando con funcionarios chinos y norteamericanos, extrayendo información. Porque lo que estaba diciendo Bush lo podían tomar de agencia de noticias, o desde Nueva York por televisión. Por eso, a veces la frazada es corta, o a veces se están colocando mal los recursos.</p><p>¿Qué es lo que hace distintivo a un periodista de Tandil? Aquello que pueda abordarlo de un modo que ningún otro periodista pueda abordar.</p><p>-Recorrés el país, y volviendo también sobre este marco general de redes sociales, ¿Qué lugar crees que tiene el periodismo local hoy?</p><p>-Es clave. Primero porque hay múltiples zonas, no digo pueblos, digo regiones enteras de Provincias en las que no hay periodistas. No periodistas de investigación, sino periodistas. Hay zonas enteras donde no hay nadie que escriba o averigüe sobre&nbsp; el intendente, los gastos de la ciudad o los gastos del Concejo Deliberante. Y la calidad de la información que hay en esa zona decrece de una manera sustancial. Pueden aumentar los riesgos de corrupción, pero no es solamente es eso. No hay nadie que provea de información a la comunidad, y ahí baja la calidad.</p><p>Entonces es clave y a su vez, esto no pasa muchas veces por una cuestión de súper esfuerzos. En un momento pude hacer un entrenamiento especial que duró semanas en Estados Unidos. Fui a entrenarme en periodismo de investigación con gente del New York Times, del Wall Street Journal, del Chicago Tribune. Ese año el premio Pulitzer a la mejor investigación lo había ganado el Willamette Week, un semanario gratuito de Portland, Oregon. Me fui a verlos.</p><p>Le ganó al New York Times que tiene 1800 tipos, porque los tipos obtuvieron el dato de que al parecer el intendente de Portland tenía un caso de abuso de una muchacha que había sido baby sitter, que había cuidado de sus hijos. Cuando empiezan a averiguar y a tirar de la cuerda, había un antecedente. Tiraron de la cuerda y para cuando publicaron, lo tumbaron.</p><p>Entonces ahí vos tenés la relevancia de un diario local, de un semanario local que a su vez expone algo de interés público, de relevancia pública, con pocos recursos. Les tomó más tiempo, pero lo hicieron.</p>Hugo Alconada Mon en la Cámara Empresaria de TandilPeriodismo sobre periodismo<p>-Hiciste mención a 678. ¿Qué mirada tenés, no de 678, sino de que el periodismo también aporte su mirada o su perspectiva sobre las cosas que pasan, sobre la vida periodística?</p><p>-Mientras que se divida qué es información y qué es opinión… Siempre y cuando tu mirada, tu visión, tu sesgo ideológico, tu afinidad partidaria, no te nuble y no te lleve a ocultar información. Y que vos estés en condiciones de contarla completa.</p><p>Yo soy de Estudiantes de La Plata, voy a la cancha, me encanta Estudiantes. Pero cuando hablo de Estudiantes lo hago con el corazoncito. Ahora si después me encuentro con algo desagradable, y tengo una de dos, y una es decir que no estoy en condiciones de opinar porque mi corazón es de Estudiantes y me compromete.</p><p>Incluso ahora con lo de mi cuñada, yo no estoy en condiciones de poder hablar de una manera correcta, y que a su vez el otro tenga la seguridad de que yo estoy siendo imparcial, prolijo, y aportando otra información. Por respeto a los que me están viendo, cierro el pico.</p><p>En Argentina se ha puesto en tela de juicio al periodismo, y me parece genial. ¿Por qué vamos a quedarnos nosotros exentos de las críticas como sector, como oficio? Más de una vez somos injustos, y más de una vez hablamos con ligereza. Lo he vivido cantidad de veces del otro lado del mostrador. Han escrito sobre mí y yo digo, “Eso no es verdad”.</p><p>Cuando han hecho periodismo sobre nosotros nos hemos dado cuenta que se han cometido errores. Entonces también nosotros tenemos decir, mirando para el otro lado decir ¿Qué error pude haber cometido? ¿Qué debería corregir? ¿Qué debería mejorar?</p><p>En el diario La Nación había una máxima, una de las mayores del diario, en un cartelazo. Que decía “Siempre que vayamos a escribir sobre alguien tenemos que llamarlo”, y con mayúsculas y subrayado, la palabra “ANTES".</p>La derogación del Estatuto del Periodista<p>-¿Qué mirada tenés sobre la derogación del Estatuto del Periodista?</p><p>-Para mí es peligroso. Por supuesto que hay una necesidad, y creo que es necesario modernizar la legislación laboral argentina sin duda. Tenemos una legislación que tiene más de 70 años. No existen las redacciones de hace 45, 50, o 60 años, eso es cierto.</p><p>Al mismo tiempo aquí la pregunta que yo también me hago es si las reformas que se están haciendo son para mejor, y si se han hecho previa consulta con las personas que saben, o las han hecho de una manera, bien intencionada no lo dudo, pero sin la información suficiente para tomar las decisiones correctas. ¿A quiénes les preguntaron?</p><p>Me da la sensación que se apuran más por el título que por la verdadera reforma.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/i6R0NiFgOTtd6HJrMR9I-ewwpvc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/hugo_alconada_mon_06_06_26.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Una extensa charla con el destacado periodista de investigación del diario La Nación.]]>
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                                <updated>2026-06-08T12:20:07+00:00</updated>
                <published>2026-06-07T07:30:00+00:00</published>
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            La UIA defendió la reforma laboral de Milei y pidió una reforma impositiva
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/economia/la-uia-defendio-la-reforma-laboral-de-milei-y-pidio-una-reforma-impositiva" type="text/html" title="La UIA defendió la reforma laboral de Milei y pidió una reforma impositiva" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/442MvZ7iIk3dPRiEdzqU-IvVrvY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/rapallini.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Unión Industrial Argentina (UIA) defendió la reforma laboral que impulsó el Gobierno nacional, aunque advirtió que la estabilidad económica “por sí sola no alcanza”.</p><p>El presidente de la entidad, Martín Rappallini, resaltó la necesidad de promover el empleo formal y acompañar la transformación tecnológica, donde explicó que la tecnología “por sí sola no genera bienestar”, sino que lo hace “cuando aumenta la productividad y se transforma en inversión, empleo y salarios mejores”.</p><p>“Argentina llega a esta Conferencia desde una realidad concreta. La tasa de desocupación alcanzó el 7,5% durante 2025, llevamos 15 años sin crecimiento del empleo privado, y la informalidad laboral se encuentra en torno al 43%. Estos datos representan un desafío que compartimos trabajadores, empresas y gobiernos: cómo construir más empleo formal y de calidad en un escenario atravesado por profundas transformaciones tecnológicas, económicas y geopolíticas”, destacó durante su discurso en la 114ª Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).</p><p>En la misma línea, destacó los avances impulsados por la reforma laboral del Gobierno. Según Rappallini, representa “un punto de inflexión” y “un paso concreto hacia la modernización de las relaciones laborales”.</p><p>“Promueve la contratación y la adecuación de los equipos de trabajo a las nuevas tecnologías, refuerza el sistema de riesgos del trabajo y genera previsibilidad jurídica para quienes quieren invertir y contratar”.</p><p>También subrayó la estabilidad económica y la baja de la inflación como otro de los pilares de la recuperación macroeconómica.</p><p>Los reclamos</p><p>Sin embargo, el sector industrial alertó que la estabilidad económica, por sí sola, “no alcanza” para afrontar el proceso de transformación tecnológica.</p><p>Entre varios reclamos, Rappallini pidió un cambio en los marcos regulatorios e impositivos que “permitan adaptarse y competir en igualdad de condiciones con el resto del mundo”.</p><p>También enumeró el acceso al crédito productivo, el cierre de las brechas digitales, la capacitación continua de trabajadores y empresarios y el impulso hacia los sistemas educativos.</p><p>Por último, el empresario reclamó un mayor “diálogo social” de la clase política con los trabajadores y empleadores.</p><p>“El tripartismo no es solamente una metodología de trabajo; es una herramienta indispensable para construir consensos duraderos en tiempos de cambio”, sostuvo.</p><p>Y concluyó: “Construir sociedades donde empresarios y trabajadores puedan desplegar plenamente su potencial, aumentar su productividad y fortalecer sus capacidades para generar más oportunidades para las próximas generaciones”. (NA).</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/442MvZ7iIk3dPRiEdzqU-IvVrvY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/rapallini.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El presidente de la entidad, Martín Rappallini, resaltó la necesidad de promover el empleo formal y acompañar la transformación tecnológica. Además explicó que la tecnología “por sí sola no genera bienestar”, sino que lo hace “cuando aumenta la productividad y se transforma en inversión, empleo y salarios mejores”.]]>
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                                                <category term="economia" label="Economía" />
                                <updated>2026-06-06T05:00:01+00:00</updated>
                <published>2026-06-06T05:00:00+00:00</published>
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            La CGT llevó a la OIT su rechazo a la reforma laboral
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hUQcjs18AfksHivCKID863tV3qM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/jorge_sola.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El cosecretario general de la CGT Jorge Sola presentó durante la 114ª Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que se realiza en Ginebra, Suiza, una denuncia contra el gobierno de Javier Milei por presuntos incumplimientos de normas internacionales que regulan el mundo del trabajo, a partir de la reciente reglamentación de la reforma laboral.</p><p>“En Argentina, el tripartismo ha sido reemplazado por la imposición. (Se pretende) redefinir de raíz el modelo de relaciones laborales del país, basado en una premisa tan equivocada como peligrosa: ‘que la protección de los trabajadores es un obstáculo para el desarrollo económico'”, se quejó en su alocución en la cumbre en el país europeo.</p><p>“Esto no es una disputa sobre tecnicismos administrativos o simples ajustes presupuestarios; es la denuncia formal del desmantelamiento sistemático de un modelo democrático de gobernanza del trabajo que nos tomó décadas construir y que el actual Gobierno Nacional está demoliendo desde diciembre de 2023”, agregó Sola.</p><p>En paralelo, otro de los cosecretarios generales de la central, Cristian Jerónimo, sostuvo que existen antecedentes internacionales que respaldan la posición de las organizaciones gremiales y no la del Gobierno.</p><p>“No cumplen con el derecho internacional, la Corte de La Haya le dio la razón a los trabajadores sobre que el derecho a huelga es un derecho adquirido en las bases de todos los trabajadores”, afirmó en una entrevista radial.</p><p>Consultado sobre la posibilidad de avanzar con medidas de fuerza, Jerónimo dijo que “no se descarta un paro general”, tras los cuatro que la CGT ya realizó desde que gobierna Milei.</p><p>Hace unos días el Gobierno reglamentó aspectos centrales de la reforma laboral mediante el decreto 407, publicado en el Boletín Oficial, fijando así el alcance de distintos artículos de la Ley vinculados con la registración del empleo, los recibos de sueldo, las licencias médicas, las desvinculaciones laborales y los trámites jubilatorios, entre otras cuestiones. (NA).</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hUQcjs18AfksHivCKID863tV3qM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/jorge_sola.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Cristian Jerónimo, uno de los cosecretarios de la central obrera, sostuvo que existen antecedentes internacionales que respaldan la posición de las organizaciones gremiales y no la del Gobierno.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-06-05T06:00:05+00:00</updated>
                <published>2026-06-05T06:00:00+00:00</published>
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            Reforma laboral: Gobierno nacional reglamentó el fondo para financiar indemnizaciones
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/economia/reforma-laboral-gobierno-nacional-reglamento-el-fondo-para-financiar-indemnizaciones" type="text/html" title="Reforma laboral: Gobierno nacional reglamentó el fondo para financiar indemnizaciones" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Dlg-jWcez30_mf0iLL1gEZ10wpE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/milei_fundacion_libertad.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Poder Ejecutivo Nacional oficializó ayer la puesta en marcha del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una de las herramientas centrales derivadas de la ley de reforma laboral.</p><p>Mediante el Decreto 408, publicado en el Boletín Oficial, la administración de Javier Milei fijó las bases operativas, los mecanismos de financiamiento y el alcance técnico que regulará este nuevo sistema de coberturas para despidos.</p><p>La normativa establece que el esquema entrará en vigencia efectiva a partir del 1ro. de noviembre de este año, postergando la aplicación inicial prevista para este mes debido al impacto fiscal de la medida. El sistema estará destinado con exclusividad a los empleadores del sector privado y se instrumentará a través de fideicomisos financieros o fondos comunes de inversión, bajo la supervisión directa de la Comisión Nacional de Valores (CNV).</p><p>Cada firma empleadora dispondrá de una cuenta individual donde acumulará las contribuciones mensuales. El incentivo principal para las empresas radica en una reducción de las contribuciones patronales ordinarias destinadas al sistema de seguridad social, la cual resultará equivalente a los recursos económicos volcados por la compañía dentro del FAL.</p><p>Requisitos, operatividad y exenciones</p><p>La reglamentación dispone que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) centralizará la recaudación y posterior derivación de los fondos hacia las cuentas de inversión. Los recursos acumulados se utilizarán para abonar futuras indemnizaciones, siempre y cuando el trabajador registre un vínculo laboral debidamente formalizado con un mínimo de 12 meses de antigüedad previos a la desvinculación.</p><p>Asimismo, el decreto introduce un período de carencia obligatorio de seis meses continuos, contados a partir del primer pago realizado por la empresa, antes de que el empleador quede habilitado para solicitar la cobertura del fondo ante un despido.</p><p>“Las inversiones de los FAL se limitarán exclusivamente a instrumentos financieros emitidos y negociados en la Argentina”, detalla el texto oficial respecto del destino de los activos del fideicomiso.</p><p>Con el objetivo de fomentar la adhesión empresaria y evitar sobrecostos, las cuentas bancarias utilizadas por estos vehículos de inversión colectiva quedarán exentas del Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios. Por otra parte, la norma prevé que aquellos empleadores que demuestren un saldo suficiente para cubrir la totalidad de sus contingencias laborales potenciales podrán solicitar la suspensión temporal de sus aportes mensuales.</p><p>El decreto otorga un plazo de 45 días hábiles para que la Secretaría de Trabajo, la CNV, ARCA y la Secretaría de Finanzas dicten las normas complementarias y aclaratorias necesarias para la puesta en marcha definitiva del sistema en el penúltimo mes del año. (NA).</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Dlg-jWcez30_mf0iLL1gEZ10wpE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/milei_fundacion_libertad.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El fondo forma parte de las modificaciones introducidas por la reforma laboral. Ayer la administración de Javier Milei fijó las bases operativas, los mecanismos de financiamiento y el alcance técnico que regulará este nuevo sistema de coberturas para despidos. El esquema entrará en vigencia efectiva a partir del 1ro. de noviembre de este año.]]>
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                                <updated>2026-06-02T05:00:09+00:00</updated>
                <published>2026-06-02T05:00:00+00:00</published>
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            Cómo será el nuevo recibo de sueldo tras la reglamentación de la reforma laboral
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/como-sera-el-nuevo-recibo-de-sueldo-tras-la-reglamentacion-de-la-reforma-laboral" type="text/html" title="Cómo será el nuevo recibo de sueldo tras la reglamentación de la reforma laboral" />
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                <![CDATA[El Eco IA]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/iNtvS8PIDElSzuezEE836OmWXa4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/recibo_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La reglamentación de la reforma laboral introdujo modificaciones en los formatos de los recibos de sueldo. El objetivo central de la medida es permitir que los trabajadores conozcan en detalle el desglose de los distintos ítems que componen sus haberes.</p><p>El ministro de Modernización, Federico Sturzenegger, aseguró que se busca transparentar los costos laborales y las retenciones aplicadas a los salarios. La modificación implementada pretende que el trabajador identifique, mediante una lectura en cascada, la diferencia real entre lo que paga la empresa y lo que finalmente percibe el empleado en su cuenta.</p><p>“Todo aquello que le sacan al trabajador va a quedar registrado, explicitado y hecho visible”.</p><p>Sobre este punto, el ministro explicó que el nuevo diseño permitirá exponer todo lo que se recauda por encima del sueldo neto y hacia dónde fluye exactamente ese dinero. El propósito de la medida es que el ciudadano identifique el destino del fruto de su trabajo y el funcionamiento del sistema recaudatorio.</p><p>&nbsp;</p>El esquema se dividirá en tres segmentos diferenciadosPrimer cuerpo: Se detallarán todas las contribuciones que realiza el empleador, independientemente de su destino. Esto incluye fondos para organismos de seguridad social, sindicatos, federaciones y otros entes. Sturzenegger definió esto como un "sinceramiento total de los costos" destinados a distintas personas jurídicas.Segundo cuerpo: Mantendrá el formato tradicional. Se consignará el sueldo bruto y se aplicarán los descuentos legales hasta alcanzar el salario neto o "de bolsillo".Tercer cuerpo: Se incorporará una descomposición gráfica de la denominada "cuña fiscal y sindical".<p>Sobre este último punto, el ministro explicó que el diseño permitirá exponer "todo lo que se recauda por encima del sueldo neto y hacia dónde fluye exactamente ese dinero".</p><p>El propósito de la medida es que el ciudadano identifique el destino del fruto de su trabajo y el funcionamiento del sistema recaudatorio</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/iNtvS8PIDElSzuezEE836OmWXa4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/recibo_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La normativa introduce cambios en el formato de los recibos para transparentar los costos laborales y el detalle de las retenciones aplicadas a los salarios.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-06-01T15:35:06+00:00</updated>
                <published>2026-06-01T15:25:10+00:00</published>
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        <title>
            La litigiosidad laboral sigue en aumento, pese a la ley laboral
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/la-litigiosidad-laboral-sigue-en-aumento-pese-a-la-ley-laboral" type="text/html" title="La litigiosidad laboral sigue en aumento, pese a la ley laboral" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/nacionales/la-litigiosidad-laboral-sigue-en-aumento-pese-a-la-ley-laboral">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4g-i3h-h6B32rf0QAoYzdi6GZlU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/litigios.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>A pesar de las reformas impulsadas por el Gobierno para frenar a la industria del juicio, la cantidad de conflictos y demandas judiciales entre empleados y empleadores continúa con una tendencia alcista y alcanzó casi los 40 mil casos en abril.</p><p>Con respecto al primer cuatrimestre de 2025, se encuentra un 2,3 por ciento por encima, lo que confirma el crecimiento de las demandas que alcanza volúmenes desproporcionados respecto de cualquier comparación internacional con sistemas similares.</p><p>De acuerdo con los últimos datos notificados en el sistema de Riesgos del Trabajo en abril de 2026, durante los primeros cuatro meses se acumularon 39.687 nuevos casos, con una proyección de 138.600 demandas para todo el año.</p><p>Solamente en abril, los casos registrados ascienden a 12.727 juicios en todo el sistema. Tomando en cuenta la medición año vs. año, ingresaron 135 mil demandas al sistema.</p><p>&nbsp;</p>La situación en el país<p>&nbsp;</p><p>Dentro de las provincias, la litigiosidad también se presenta como un problema grave a resolver.</p><p>Santa Fe fue la jurisdicción con la mayor variación interanual entre las cinco grandes, presentando un aumento del 24,9 por ciento en comparación con los ingresos y marcando nuevamente el fuerte contraste del acontecer de la provincia respecto del total nacional.</p><p>Entre las nueve provincias con mayor volumen de juicios, Entre Ríos presenta el mayor aumento del acumulado de 12 meses con una variación del 33 por ciento. Por su parte, Chubut comienza a mostrar bajas interanuales tras los altos registros de 2025, pero continúa como la segunda jurisdicción con mayor crecimiento (24 por ciento).</p><p>Si bien en otras provincias se reflejan variaciones más altas en la medición contra el mismo mes del último año, el territorio que gobierna Maximiliano Pullaro registró 2.241 juicios en abril y acumuló 6.535 nuevos casos en el primer cuatrimestre (19,5 puntos por encima del mismo período en 2025).</p><p>La provincia de Buenos Aires, por el contrario, presentó una baja mensual del 4,9 por ciento, aunque en términos acumulados se encuentra en los mismos niveles de 2025. NA</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4g-i3h-h6B32rf0QAoYzdi6GZlU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/litigios.webp" class="type:primaryImage" /></figure>A pesar de las reformas impulsadas por el Gobierno para frenar a la industria del juicio, la cantidad de conflictos y demandas judiciales entre emplea...]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-05-23T22:00:56+00:00</updated>
                <published>2026-05-23T22:00:22+00:00</published>
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            Alemania busca eliminar el límite de ocho horas diarias para flexibilizar la jornada laboral
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/mundo/alemania-busca-eliminar-el-limite-de-ocho-horas-diarias-para-flexibilizar-la-jornada-laboral" type="text/html" title="Alemania busca eliminar el límite de ocho horas diarias para flexibilizar la jornada laboral" />
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                <![CDATA[El Eco IA]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ezGSRvFJ7CNfcR63lFEgv1VEtMc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/jornada_laboral.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La jornada laboral en buena parte de Europa, establecida bajo un límite de ocho horas diarias desde hace más de un siglo, enfrenta un cambio de paradigma en Alemania. El gobierno alemán proyecta una reforma ambiciosa que busca eliminar el tope diario como métrica principal para instaurar una jornada semanal flexible.</p><p>Según adelantó el diario alemán Welt, el proyecto de ley llegará al Bundestag en junio de 2026. La iniciativa no pretende que los empleados trabajen más horas en total, sino que el cómputo de 48 horas semanales que establece la legislación sea la referencia legal. Esto permitiría a los trabajadores distribuir su carga horaria de manera desigual a lo largo de la semana, facilitando la conciliación familiar o permitiendo a las empresas reforzar la actividad en días de alta demanda y reducirla cuando la carga de trabajo baje.</p>El marco legal y las nuevas exigencias<p>Actualmente, la Arbeitszeitgesetz (Ley de Jornada Laboral) establece que ningún empleado puede superar las ocho horas de labor por día, con excepciones de hasta diez horas en días puntuales. La reforma propuesta por la ministra de Trabajo, Bärbel Bas, busca adaptar la normativa a la Directiva europea sobre el tiempo de trabajo y a una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 2019, que obliga a registrar las horas diarias de forma efectiva.</p><p>Para evitar posibles abusos, Bärbel Bas incluyó en el proyecto la obligatoriedad del registro horario electrónico. Sin este control, la funcionaria advirtió que la flexibilidad podría derivar en un mecanismo de explotación en sectores con poca representación sindical, como el reparto de última milla y la paquetería.</p>Rechazo de los sectores gremiales<p>La propuesta no cuenta con el aval de todos los sectores. La Confederación Sindical Alemana (DGB) manifestó su rotunda oposición a través de su presidenta, Yasmin Fahimi, según lo publicado por el medio Handelsblatt.</p><p>"Estamos viendo intentos de cuestionar la jornada laboral de ocho horas o de socavar los sistemas de seguridad social. No toquen la jornada laboral de ocho horas", declaró la dirigente.</p><p>Los sindicatos aseguran que, sin un límite diario, los trabajadores que no cuenten con un convenio colectivo fuerte quedarán expuestos a jornadas cada vez más largas, lo que pone en riesgo los derechos laborales conquistados históricamente.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ezGSRvFJ7CNfcR63lFEgv1VEtMc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/jornada_laboral.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El gobierno alemán impulsa un proyecto de ley para reemplazar el tope diario de trabajo por un máximo semanal de 48 horas, una medida que genera fuertes críticas de los sindicatos.]]>
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                                                <category term="mundo" label="Mundo" />
                                <updated>2026-05-11T16:35:06+00:00</updated>
                <published>2026-05-11T16:29:58+00:00</published>
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            La Justicia levantó la cautelar que suspendía artículos de la Ley de Modernización Laboral
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/la-justicia-levanto-la-cautelar-que-suspendia-articulos-de-la-ley-de-modernizacion-laboral" type="text/html" title="La Justicia levantó la cautelar que suspendía artículos de la Ley de Modernización Laboral" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Bk-VrmezGGTdjIqC7aRJ97-YHgk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/reforma_laboral.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 dejó sin efecto la medida cautelar que había suspendido la vigencia de 81 artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, en una causa iniciada por la CGT contra el Estado Nacional. La resolución fue firmada por la jueza federal Macarena Marra Giménez, quien sostuvo que el magistrado laboral que había dictado la cautelar carecía de competencia y que no estaban reunidos los requisitos legales para mantener la suspensión de la norma.</p><p>Según se desprende del fallo, la magistrada resolvió: “Dejar sin efecto la medida cautelar otorgada mediante resolución del 30/3/2026, que suspendió 81 artículos de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802”.</p><p>El dictamen recordó que la Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal había definido previamente que la competencia correspondía al fuero contencioso administrativo y no al laboral. En ese marco, Macarena Marra Giménez citó la Ley 26.854 de medidas cautelares contra el Estado, que establece que los jueces deberán abstenerse de decretar medidas cautelares cuando el conocimiento de la causa no fuese de su competencia.</p><p>La resolución cuestionó además el alcance de la cautelar dictada originalmente por el Juzgado Nacional del Trabajo N°63, que había suspendido artículos vinculados con contratos laborales, indemnizaciones, negociación colectiva, huelga, actividad sindical, vacaciones, jornada laboral y modalidades de contratación.</p>Presunción de legitimidad<p>La jueza señaló que la accionante persigue la suspensión de una amplia gama de cuestiones cuya complejidad excede el ámbito de apreciación del remedio preliminar deducido. Asimismo, remarcó que analizar la constitucionalidad de ese conjunto de normas en una instancia cautelar implicaría adelantar criterio sobre la cuestión de fondo y sostuvo que realizar un examen de este tipo sobre una ley dictada por el Congreso Nacional resultaría un claro abuso del instituto cautelar.</p><p>La magistrada también enfatizó que las leyes gozan de una presunción de legitimidad que opera plenamente y consideró que el planteo de la CGT requiere un examen profundo de estudio sobre los derechos involucrados. El fallo añadió que no existía peligro en la demora que justificara mantener la suspensión de la ley, debido a que la causa tramita bajo el procedimiento sumarísimo.</p><p>Finalmente, Macarena Marra Giménez aclaró que la decisión no implica adelantar opinión sobre la constitucionalidad de la reforma laboral ni sobre la legitimación de la CGT para impulsar la demanda colectiva, cuestiones que serán resueltas en la sentencia definitiva.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Bk-VrmezGGTdjIqC7aRJ97-YHgk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/reforma_laboral.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 dejó sin efecto la medida que frenaba la vigencia de 81 artículos de la normativa, tras un planteo judicial impulsado por la CGT.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-05-08T17:37:56+00:00</updated>
                <published>2026-05-08T17:37:55+00:00</published>
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            El Gobierno reglamentó el régimen que reduce aportes patronales para nuevas contrataciones
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/el-gobierno-reglamento-el-regimen-que-reduce-aportes-patronales-para-nuevas-contrataciones" type="text/html" title="El Gobierno reglamentó el régimen que reduce aportes patronales para nuevas contrataciones" />
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                <![CDATA[El Eco IA]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2KbFzc9sRlYNfmv-eRmY5qq1Y5I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/05/empleado.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno nacional reglamentó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), una medida enmarcada en la reforma laboral que reduce las contribuciones patronales por un período de cuatro años para quienes incorporen nuevos trabajadores. La normativa fue oficializada mediante el decreto 315/2026 publicado en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y los ministros Sandra Pettovello y Luis Caputo.</p><p>La implementación de esta medida se produce tras un fallo judicial favorable al Ejecutivo, en el cual la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal se declaró competente para intervenir en la demanda de la Confederación General del Trabajo (CGT) contra la reforma laboral, ordenando que el expediente sea remitido desde el fuero laboral.</p><p>El objetivo central del RIFL es impulsar las contrataciones en el sector privado de personas que no contaran con una relación laboral registrada al diez de diciembre de 2025. El beneficio alcanza a quienes hayan estado desempleados en los seis meses previos al alta laboral, a los inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) o a aquellos cuyo último empleo haya sido en el sector público nacional, provincial o municipal.</p><p>Bajo este nuevo esquema, el empleador pagará menores contribuciones patronales por cada nuevo trabajador, fijándose una alícuota de solo el ocho por ciento, que incluye el tres por ciento destinado al Fondo de Indemnizaciones. Según la reglamentación, esta reducción podrá ser aplicada por quienes hayan adquirido el carácter de empleador inscripto ante la ARCA a partir del diez de diciembre de 2025, con un tope máximo del 80% de su nómina de trabajadores.</p><p>En cuanto a la distribución de los fondos, las contribuciones que se determinen por la aplicación de la alícuota del dos por ciento se repartirán entre el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el Fondo Nacional de Empleo y el Régimen de Asignaciones Familiares. Por otro lado, las contribuciones del tres por ciento restante tendrán como destino el subsistema regido por el INSSJP. Finalmente, el decreto aclara que los ingresos adicionales que perciba el trabajador tras el inicio del vínculo laboral no afectarán los beneficios otorgados al empleador.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2KbFzc9sRlYNfmv-eRmY5qq1Y5I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/05/empleado.webp" class="type:primaryImage" /></figure>A través del decreto 315/2026, el Poder Ejecutivo oficializó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral que establece beneficios impositivos por cuatro años para fomentar el empleo registrado.]]>
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                                <updated>2026-05-04T11:38:16+00:00</updated>
                <published>2026-05-04T11:34:07+00:00</published>
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        <title>
            El pluriempleo ya alcanza a 1,6 millones de trabajadores
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/economia/el-pluriempleo-ya-alcanza-a-16-millones-de-trabajadores" type="text/html" title="El pluriempleo ya alcanza a 1,6 millones de trabajadores" />
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        <author>
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/economia/el-pluriempleo-ya-alcanza-a-16-millones-de-trabajadores">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/B1ZDbN8XLqZAoyXN2TW9TsCwRKI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/01/trabajo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El mercado laboral argentino cerró 2025 con una señal contundente: el pluriempleo dejó de ser una excepción para convertirse en una estrategia extendida. De acuerdo con los datos del cuarto trimestre de la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) del INDEC, 1,6 millones de personas tienen más de un trabajo, lo que representa el 12,2% del total de ocupados.</p><p>Se trata de uno de los niveles más altos de toda la serie histórica y consolida una tendencia creciente que se viene profundizando en los últimos años. En 2016, el pluriempleo alcanzaba al 8,8% de los trabajadores, mientras que en 2025 escaló al 12,2%, con una aceleración marcada desde 2022.</p><p>Incluso la caída registrada en 2020, en plena pandemia, no modificó la tendencia de fondo. El indicador no solo se recuperó, sino que alcanzó un pico en 2024 (12,4%) y se mantuvo en niveles elevados durante el año siguiente.</p><p>Detrás de estos números aparece un cambio estructural: cada vez más trabajadores necesitan combinar empleos para sostener o mejorar su nivel de ingresos, ante la imposibilidad de lograrlo con una sola ocupación.</p><p>Perfiles y brechas</p><p>El pluriempleo presenta características definidas, aunque con fuerte heterogeneidad. Las mujeres son mayoría, ya que representan el 56,6% del total y tienen mayor propensión a tener más de un trabajo: el 15,5% de las ocupadas está en esta situación, frente al 9,5% de los varones.</p><p>Esta diferencia se vincula con la estructura del empleo, especialmente en sectores como el trabajo en casas particulares, altamente feminizado, con ingresos bajos y jornadas fragmentadas, que favorecen la multiplicación de ocupaciones.</p><p>Edades e intensidad</p><p>Lejos de concentrarse en los jóvenes, el fenómeno se da principalmente en edades centrales: casi 9 de cada 10 pluriempleados tienen entre 30 y 65 años, lo que indica que se trata de trabajadores en plena inserción laboral.</p><p>En cuanto a la intensidad, el esquema más común es el de dos empleos: el 83% de los casos responde a esta modalidad. Un 10,5% tiene tres trabajos, mientras que solo una minoría alcanza niveles más extremos. Esto sugiere que el pluriempleo funciona, en general, como una estrategia de complementación de ingresos.</p><p>Diversidad de sectores</p><p>La distribución ocupacional muestra que el fenómeno atraviesa distintos segmentos. El servicio doméstico es la actividad individual más frecuente (13%), seguido por tareas administrativas y contables (18,6%). También se destacan el comercio y las ventas (9,6%), las profesiones —especialmente en salud y educación— (10,2%) y las ocupaciones técnicas (5,8%).</p><p>Esta diversidad evidencia que el pluriempleo no se limita a sectores precarios, sino que también alcanza a actividades calificadas, donde puede responder a una lógica de intensificación del trabajo.</p><p>En términos de ingresos, quienes tienen más de un empleo perciben en promedio un 13% más que quienes tienen uno solo, con una mediana 33% superior. Sin embargo, esta diferencia se explica por la acumulación de fuentes de ingreso y no necesariamente por mejores condiciones laborales.</p><p>Además, el fenómeno se presenta tanto en los sectores de menores ingresos —como estrategia de subsistencia— como en los de mayores recursos, donde aparece vinculado a la ampliación del ingreso.</p><p>Impacto en los hogares y distribución territorial</p><p>Más de 6 de cada 10 pluriempleados son jefes o jefas de hogar, lo que demuestra que estos ingresos son centrales para la economía familiar. A su vez, la participación de otros integrantes del hogar refleja estrategias económicas compartidas frente a la pérdida de poder adquisitivo.</p><p>Desde el punto de vista territorial, el 54,6% de los pluriempleados reside en el Gran Buenos Aires, donde conviven mayores oportunidades laborales con condiciones que impulsan la diversificación de ingresos.</p><p>En cuanto a la inserción laboral, el 75,8% trabaja en establecimientos fijos, aunque una proporción relevante lo hace en domicilios o de forma itinerante. En términos de protección social, el panorama es desigual: si bien el 64,8% realiza aportes jubilatorios, más de un tercio no cuenta con ellos.</p><p>Una respuesta a la erosión de ingresos</p><p>En sus conclusiones, la Fundación Encuentro sostuvo que “lejos de ser un fenómeno marginal, el pluriempleo involucra a 1,6 millones de trabajadores y se extiende a distintos segmentos ocupacionales, territoriales y de ingresos”.</p><p>Además, advirtió que su crecimiento “no puede interpretarse como una mejora en la inserción laboral, sino como resultado de la erosión de los ingresos”. En esa línea, señalaron que, aunque quienes tienen más de un empleo registran mayores ingresos, esto se debe a la acumulación de trabajos y no a mejores condiciones.</p><p>Finalmente, remarcaron que el pluriempleo expresa un proceso de intensificación del trabajo más que una mejora en su calidad, y que se consolida como una respuesta cada vez más extendida frente a un mercado laboral que no garantiza ingresos suficientes ni condiciones homogéneas de protección.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/B1ZDbN8XLqZAoyXN2TW9TsCwRKI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/01/trabajo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La cifra equivale al 12,2% de los empleados en Argentina, de acuerdo con datos del INDEC. Es una estrategia tanto de subsistencia, en el caso de los niveles más bajos, como para mejorar la calidad de vida en los niveles altos.]]>
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                                                <category term="economia" label="Economía" />
                                <updated>2026-05-02T20:35:04+00:00</updated>
                <published>2026-05-02T20:25:48+00:00</published>
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        <title>
            El Gobierno obtuvo otro fallo favorable a la reforma laboral
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        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/el-gobierno-obtuvo-otro-fallo-favorable-a-la-reforma-laboral" type="text/html" title="El Gobierno obtuvo otro fallo favorable a la reforma laboral" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/nacionales/el-gobierno-obtuvo-otro-fallo-favorable-a-la-reforma-laboral">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mxMRE9v9PkSVEA1piJIOu7wHmHk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/reforma_3.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Fue un revés para la central obrera que quiso que el expediente cambie de Cámara.</p><p>El fallo, en línea con el pedido que había hecho la Casa Rosada, fue firmado por los jueces Rogelio Vincenti y Marcelo Daniel Duffy, integrantes de la Sala IV, confirmó la Agencia Noticias Argentinas.</p><p>Según indicaron fuentes judiciales, el conflicto se originó cuando el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal 12 se declaró competente para intervenir en la causa. En ese marco, el Juzgado Nacional del Trabajo 63 rechazó ese criterio y dispuso remitir las actuaciones a la Cámara del Trabajo.</p><p>Por eso, la Cámara resolvió que le corresponde intervenir para dirimir la contienda y determinó que el expediente debe continuar en el fuero contencioso administrativo federal, de acuerdo con lo establecido en la ley 26.854 y la jurisprudencia de la Corte Suprema.</p><p>En su resolución, el tribunal cuestionó el trámite adoptado por el juzgado laboral, al señalar que se apartó del procedimiento previsto para este tipo de planteos y generó un conflicto innecesario que afecta la celeridad del proceso.</p><p>Al analizar la cuestión, los camaristas consideraron que el caso involucra aspectos federales que exceden el ámbito del derecho laboral, entre ellos la validez de una ley del Congreso y la organización de la competencia judicial, lo que justifica la intervención del fuero contencioso administrativo.</p><p>Para la central obrera, es una mala noticia: saben que el Fuero Contencioso es afín a la gestión Javier Milei y creen que convalidará la vigencia total de la normativa que cuestionó mediante una cautelar por inconstitucionalidad.</p><p>De todas maneras, al igual que el Gobierno, sabe todo el recorrido judicial finalizará en el máximo tribunal de Justicia, la Corte Suprema. NA</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mxMRE9v9PkSVEA1piJIOu7wHmHk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/reforma_3.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió que la causa iniciada por la CGT contra el Estado Nacional por la constitucionalidad de la reforma laboral deberá tramitarse en ese fuero y no en la Justicia Nacional del Trabajo.]]>
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                                <updated>2026-04-28T22:40:24+00:00</updated>
                <published>2026-04-28T22:39:23+00:00</published>
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        <title>
            El Gobierno obtuvo otro fallo favorable a la reforma laboral
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/el-gobierno-obtuvo-otro-fallo-favorable-a-la-reforma-laboral-1" type="text/html" title="El Gobierno obtuvo otro fallo favorable a la reforma laboral" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mxMRE9v9PkSVEA1piJIOu7wHmHk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/reforma_3.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Fue un revés para la central obrera que quiso que el expediente cambie de Cámara.</p><p>El fallo, en línea con el pedido que había hecho la Casa Rosada, fue firmado por los jueces Rogelio Vincenti y Marcelo Daniel Duffy, integrantes de la Sala IV, confirmó la Agencia Noticias Argentinas.</p><p>Según indicaron fuentes judiciales, el conflicto se originó cuando el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal 12 se declaró competente para intervenir en la causa. En ese marco, el Juzgado Nacional del Trabajo 63 rechazó ese criterio y dispuso remitir las actuaciones a la Cámara del Trabajo.</p><p>Por eso, la Cámara resolvió que le corresponde intervenir para dirimir la contienda y determinó que el expediente debe continuar en el fuero contencioso administrativo federal, de acuerdo con lo establecido en la ley 26.854 y la jurisprudencia de la Corte Suprema.</p><p>En su resolución, el tribunal cuestionó el trámite adoptado por el juzgado laboral, al señalar que se apartó del procedimiento previsto para este tipo de planteos y generó un conflicto innecesario que afecta la celeridad del proceso.</p><p>Al analizar la cuestión, los camaristas consideraron que el caso involucra aspectos federales que exceden el ámbito del derecho laboral, entre ellos la validez de una ley del Congreso y la organización de la competencia judicial, lo que justifica la intervención del fuero contencioso administrativo.</p><p>Para la central obrera, es una mala noticia: saben que el Fuero Contencioso es afín a la gestión Javier Milei y creen que convalidará la vigencia total de la normativa que cuestionó mediante una cautelar por inconstitucionalidad.</p><p>De todas maneras, al igual que el Gobierno, sabe todo el recorrido judicial finalizará en el máximo tribunal de Justicia, la Corte Suprema. NA</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mxMRE9v9PkSVEA1piJIOu7wHmHk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/reforma_3.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió que la causa iniciada por la CGT contra el Estado Nacional por la constitucionalidad de la reforma laboral deberá tramitarse en ese fuero y no en la Justicia Nacional del Trabajo.]]>
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                                <updated>2026-04-28T22:40:27+00:00</updated>
                <published>2026-04-28T22:39:23+00:00</published>
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        <title>
            El Gobierno ganó otra batalla judicial y la reforma laboral se definirá en el fuero contencioso
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/politica/el-gobierno-gano-otra-batalla-judicial-y-la-reforma-laboral-se-definira-en-el-fuero-contencioso" type="text/html" title="El Gobierno ganó otra batalla judicial y la reforma laboral se definirá en el fuero contencioso" />
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            <name>
                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YWmEw5kDi26tbuOOB6UgVHldaCA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/01/milei_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno nacional sumó un nuevo triunfo en la disputa judicial por la reforma laboral, luego de que se resolviera que las impugnaciones contra la norma deberán tramitarse en el fuero contencioso administrativo federal y no en la Justicia laboral.</p><p>La decisión se dio en el marco del conflicto de competencia planteado tras las presentaciones de la CGT, que había logrado frenar parcialmente la aplicación de varios artículos mediante una medida cautelar. Con este fallo, se determinó que el expediente pase al ámbito contencioso, donde se analizará tanto la validez de la cautelar como el fondo de la cuestión.</p><p>El eje de la disputa radica en definir qué tribunal debe intervenir en una causa que cuestiona la constitucionalidad de una ley nacional. Desde el Gobierno sostienen que, al tratarse de una norma y de una acción contra el Estado, corresponde la intervención del fuero contencioso, especializado en derecho público.</p><p>En esa línea, el fallo consideró que no se trata de un conflicto laboral tradicional entre empleadores y trabajadores, sino de una controversia de carácter institucional, lo que justifica el cambio de jurisdicción.</p><p>Un cambio clave en la estrategia judicial</p><p>El traslado de la causa implica un giro significativo en la batalla legal por la reforma laboral. Para el oficialismo, el fuero contencioso administrativo representa un ámbito más favorable para defender la legalidad de la norma y sostener su aplicación.</p><p>En cambio, desde sectores sindicales advierten que la decisión puede debilitar la discusión en torno a los derechos laborales, al alejar el debate del ámbito específico del trabajo.</p><p>La resolución no aborda aún la constitucionalidad de la reforma, sino únicamente qué tribunal debe analizar el caso. Sin embargo, el cambio de fuero podría influir en los tiempos del proceso y en el enfoque jurídico con el que se evalúe la norma.</p><p>Un conflicto que podría escalar</p><p>El escenario aún no está completamente cerrado. Si la Justicia laboral insiste en mantener la causa, podría generarse un conflicto de competencia entre fueros, una situación que eventualmente debería resolver la Corte Suprema.</p><p>En ese contexto, la disputa judicial por la reforma laboral continúa abierta y suma capítulos en los tribunales, mientras se define el futuro de una de las iniciativas más relevantes del Gobierno en materia económica y laboral.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YWmEw5kDi26tbuOOB6UgVHldaCA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/01/milei_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Un fallo clave resolvió el conflicto de competencia y desplazó a la Justicia laboral, en una decisión que puede incidir en el futuro de la ley.]]>
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                                                <category term="politica" label="Política" />
                                <updated>2026-04-28T21:41:47+00:00</updated>
                <published>2026-04-28T21:39:24+00:00</published>
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        <title>
            El Gobierno anticipó que la reforma laboral “terminará en la Corte”
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/el-gobierno-anticipo-que-la-reforma-laboral-terminara-en-la-corte" type="text/html" title="El Gobierno anticipó que la reforma laboral “terminará en la Corte”" />
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/nacionales/el-gobierno-anticipo-que-la-reforma-laboral-terminara-en-la-corte">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8wRFJp015x0BRy0D1ND8mfERsFE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/milei_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno nacional anticipó que la disputa por la reforma laboral se resolverá en la Corte Suprema de Justicia, en un contexto marcado por las presentaciones judiciales impulsadas por la Confederación General del Trabajo (CGT).</p><p>“La vigencia o no de la reforma laboral va a ser determinada por la Corte Suprema, ahí va a terminar”, afirmó un funcionario de primera línea del entorno del presidente Javier Milei, al referirse al futuro de la normativa.</p><p>En el oficialismo consideran que la estrategia judicial del sindicalismo es el único camino que le queda, aunque anticipan que el desenlace no será favorable para la central obrera cuando intervenga el máximo tribunal.</p><p>La tensión se incrementó luego de que la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declarara la semana pasada la validez de la reforma laboral, en el marco de la causa “Confederación General del Trabajo de la República Argentina / Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional s/ Acción Declarativa”.</p><p>En ese fallo, los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González resolvieron modificar el alcance de la apelación, lo que permitió que la normativa impulsada por el Gobierno recuperara su plena vigencia operativa, tras la medida cautelar que había suspendido 82 artículos.</p><p>Sin embargo, el conflicto judicial está lejos de cerrarse. Este lunes, la CGT recusó a ambos magistrados y solicitó la nulidad absoluta del fallo, al considerar que hubo prejuzgamiento sobre cuestiones de fondo vinculadas a los derechos laborales en discusión.</p><p>Además, la central obrera cuestionó particularmente a Pesino, al señalar un supuesto favorecimiento a la posición del Estado nacional, en paralelo a un pedido ante el Consejo de la Magistratura para que continúe en su cargo más allá de los 75 años, tal como lo establece la Constitución Nacional.</p><p>En el escrito presentado, la dirigencia sindical definió como “descalificable” la conducta del Estado, al sostener que promover la continuidad de un magistrado que falló a favor del oficialismo “constituye una conducta contraria a la ética” y una causa objetiva de apartamiento.</p><p>De esta manera, la disputa por la reforma laboral se encamina a una definición judicial de máxima instancia, en un escenario de fuerte confrontación entre el Gobierno y el movimiento obrero.</p><p>&nbsp;</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8wRFJp015x0BRy0D1ND8mfERsFE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/milei_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>En medio de la ofensiva judicial de la CGT, el oficialismo aseguró que la definición quedará en manos del máximo tribunal.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-04-27T22:10:08+00:00</updated>
                <published>2026-04-27T22:07:20+00:00</published>
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        <title>
            La CGT pidió la recusación de los jueces que reactivaron la reforma laboral
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/la-cgt-pidio-la-recusacion-de-los-jueces-que-reactivaron-la-reforma-laboral" type="text/html" title="La CGT pidió la recusación de los jueces que reactivaron la reforma laboral" />
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        <author>
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                <![CDATA[El Eco IA]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/nacionales/la-cgt-pidio-la-recusacion-de-los-jueces-que-reactivaron-la-reforma-laboral">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Kbnkl094hY7u_1u85DMeO15zqTc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/cgt_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>En la ciudad de Buenos Aires, la Confederación General del Trabajo (CGT) presentó un pedido de recusación contra los integrantes de la Cámara del Trabajo. La medida judicial incluye además una solicitud para declarar la nulidad del fallo emitido recientemente por el tribunal.</p><p>La presentación de la central obrera se dio luego de que el tribunal de alzada decidiera revocar la medida cautelar que mantenía inactiva la ley de reforma laboral. Con esta resolución, la normativa había recuperado su vigencia, lo que motivó la reacción legal de la entidad gremial.</p><p>A través de este planteo, la Confederación General del Trabajo busca cuestionar la intervención de los jueces en el proceso y dejar sin efecto la decisión que habilita la aplicación de las modificaciones en la legislación. El conflicto continúa ahora en los tribunales a la espera de una nueva resolución.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Kbnkl094hY7u_1u85DMeO15zqTc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/cgt_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La central obrera solicitó la nulidad del fallo y el apartamiento de los magistrados de la Cámara del Trabajo tras la revocación de la medida cautelar que frenaba la ley.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-04-27T14:28:52+00:00</updated>
                <published>2026-04-27T14:28:49+00:00</published>
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        <title>
            La Justicia habilitó la reforma laboral y vuelven a regir cambios en indemnizaciones y huelgas
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/politica/la-justicia-habilito-la-reforma-laboral-y-vuelven-a-regir-cambios-en-indemnizaciones-y-huelgas" type="text/html" title="La Justicia habilitó la reforma laboral y vuelven a regir cambios en indemnizaciones y huelgas" />
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Eco Multimedios]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/politica/la-justicia-habilito-la-reforma-laboral-y-vuelven-a-regir-cambios-en-indemnizaciones-y-huelgas">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wJR-I4-Rrhjw3oLczhHvLFhfU68=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/camara_nacional_del_trabajo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara del Trabajo aceptó la apelación presentada por el Gobierno nacional y dispuso la plena vigencia de los 82 artículos de la reforma laboral que permanecían suspendidos. La medida judicial impacta directamente sobre el cálculo de las indemnizaciones, la organización de las jornadas laborales, el régimen de vacaciones y el ejercicio del derecho a huelga en sectores considerados estratégicos.</p><p>A partir de esta sentencia, vuelve a tener validez el Título II de la normativa, que comprende los artículos del 58 al 77. Entre los puntos más destacados se encuentra la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema diseñado para financiar las indemnizaciones por despido. Este fondo se integrará mediante retenciones administradas por la ANSES, con alícuotas del uno por ciento para las grandes empresas y del 2,5 por ciento para las Pymes. Cada empleador deberá conformar una cuenta específica e inembargable en entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores.</p>Cambios en el cálculo de despidos<p>La nueva normativa modifica sustancialmente la base de cálculo para las indemnizaciones. Según el texto vigente, quedan excluidos del cómputo el aguinaldo, las vacaciones, los premios y cualquier otro concepto que no posea carácter mensual y habitual. Esta medida representa una reducción en el monto final que percibirán los trabajadores en comparación con el esquema anterior. Asimismo, se establece que si un trabajador reingresa a una empresa tras dos años de haber cortado el vínculo, la antigüedad anterior dejará de computarse.</p><p>En relación a la jornada laboral, el nuevo marco permite ampliar el límite diario de ocho a 12 horas, siempre que se respete un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas y un descanso semanal de 35 horas. Además, se incorpora el denominado banco de horas, un mecanismo que habilita a las empresas a compensar el tiempo trabajado mediante días de descanso o reducciones horarias en otras jornadas.</p>Vacaciones y servicios esenciales<p>Respecto al descanso anual, el empleador deberá otorgar las vacaciones entre el 1º de octubre y el 30 de abril, aunque las partes podrán acordar fechas diferentes por mutuo acuerdo. Los periodos de descanso podrán fraccionarse en lapsos no menores a siete días, garantizando que al empleado le toque la temporada de verano al menos una vez cada tres años.</p><p>Por otro lado, la reforma amplía el listado de actividades esenciales, incorporando sectores como telecomunicaciones, aeronáutica, comercio, servicios portuarios y educación. En estos casos, ante una medida de fuerza, se deberá garantizar la prestación de al menos el 75 por ciento del servicio. Además, se establece que las asambleas sindicales no podrán afectar el normal desarrollo de las actividades ni realizarse dentro del establecimiento sin autorización previa del empleador.</p><p>Ante este escenario, el dirigente Jorge Sola manifestó su preocupación por la seguridad jurídica de la medida. “Aplicar la reforma laboral hoy es jugar a pagar dos veces”, advirtió el referente gremial. Por su parte, en el ámbito judicial, trascendió que Mahiques pidió cinco años más de mandato para el juez que habilitó la reforma.</p><p>Finalmente, la reforma elimina la denominada ultraactividad de los convenios colectivos. Esto implica que, una vez vencido un convenio, sus condiciones dejarán de aplicarse automáticamente hasta que se firme uno nuevo. También se extiende el período de prueba para el personal de casas particulares, que pasa de tres a seis meses.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wJR-I4-Rrhjw3oLczhHvLFhfU68=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/camara_nacional_del_trabajo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara del Trabajo aceptó la apelación del Gobierno y puso en vigencia 82 artículos que modifican el esquema de despidos, la jornada laboral, el régimen de vacaciones y el derecho a huelga.]]>
                </summary>
                                                <category term="politica" label="Política" />
                                <updated>2026-04-24T20:45:06+00:00</updated>
                <published>2026-04-24T20:37:42+00:00</published>
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        <title>
            La Cámara del Trabajo restableció la vigencia de 82 artículos de la reforma laboral
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eleco.com.ar/nacionales/la-camara-del-trabajo-restablecio-la-vigencia-de-82-articulos-de-la-reforma-laboral" type="text/html" title="La Cámara del Trabajo restableció la vigencia de 82 artículos de la reforma laboral" />
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
            </name>
        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wJR-I4-Rrhjw3oLczhHvLFhfU68=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/camara_nacional_del_trabajo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara del Trabajo revocó el fallo que mantenía suspendidos 82 artículos de la reforma laboral aprobada este año por el Congreso. La decisión, tomada por la Sala ocho del tribunal, dejó sin efecto la medida cautelar que había dictado previamente el juez Raúl Ojeda.</p><p>A partir de esta resolución, los puntos clave de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) recuperan su plena vigencia en todo el territorio nacional. El tribunal determinó que la apelación presentada por el Estado nacional posee efecto suspensivo, lo que anula el freno previo mientras continúa el trámite en sede judicial.</p><p>La medida cautelar original había sido solicitada por la CGT bajo el argumento de que la reforma vulneraba principios constitucionales fundamentales, entre ellos la progresividad laboral y la protección del trabajador. Sin embargo, con este nuevo escenario jurídico, la normativa vuelve a estar operativa de manera inmediata.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wJR-I4-Rrhjw3oLczhHvLFhfU68=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/camara_nacional_del_trabajo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Sala ocho del tribunal revocó la medida cautelar que suspendía puntos centrales de la Ley de Modernización Laboral tras un planteo del Estado nacional.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-04-23T17:05:46+00:00</updated>
                <published>2026-04-23T17:05:44+00:00</published>
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