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    <title>El Eco de Tandil</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Tandil.</subtitle>
    <updated>2025-12-14T16:00:05+00:00</updated>
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            En los últimos 17 años, solo el 11 por ciento de las medidas de abrigo terminó en una adopción
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                <![CDATA[Luciana Mateo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nmw8hkNos1j1vAYsz0ND1ESx6rs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2023/11/silvia_monserrat_2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La cifra fue expuesta por la jueza Silvia Monserrat, a cargo del Juzgado de Familia N° 1. En diálogo con El Eco de Tandil, la magistrada explicó cómo funciona el sistema, dijo que el abrigo es la última instancia a la que se recurre y advirtió que el consumo de drogas por descuido de los adultos aparece como la primera negligencia que vulnera los derechos de niños y adolescentes.]]>
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                <published>2025-12-14T10:00:00+00:00</published>
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            La jueza Silvia Monserrat alertó por el aumento de la demanda ante situaciones de adicciones
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/fvchVZBVezWqz1uPUbSdOoB7vyE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/05/silvia_monserrat.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>“Estamos realmente muy preocupados”, reconoció la magistrada y consideró que la Ley de Salud Mental “fue pensada para un país bastante más desarrollado que el nuestro”. Anticipó que el fuero de Familia se reúne con otras instituciones en busca de estrategias de abordaje. En paralelo, sostuvo que “no está entre los intereses primarios de los senadores” cubrir los cargos vacantes en la Justicia bonaerense.]]>
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                <updated>2025-11-12T19:30:02+00:00</updated>
                <published>2025-05-10T04:30:00+00:00</published>
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            “Nadie estará obligado a divorciarse en el registro civil”, dijo la jueza Monserrat
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/LmD3dyuRJxmHPWUOYpKEQEunToo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2021/10/monserrat13-10%283%29._j_p_g.JPG" class="type:primaryImage" /></figure><p>La titular del Juzgado de Familia 1 y presidenta del Foro de la Justicia de la Familia de la provincia de Buenos Aires Silvia Monserrat compartió su mirada en torno al proyecto de ley que elevó al Gobierno nacional para implementar el divorcio simplificado en sede administrativa y civil cuando la disolución del matrimonio sea de mutuo acuerdo entre las dos partes.</p><p>La iniciativa busca evitar la judicialización de los divorcios, que demandan más tiempo y recursos económicos para el pago de las costas judiciales y honorarios profesionales de abogados intervinientes.</p><p>En diálogo con Plataforma Magazine (EcoTV y 104.1 Tandil FM), la magistrada planteó que “podemos entender el sentido del proyecto del Poder Ejecutivo Nacional” en cuanto a la incorporación de otras iniciativas en las que intenta “eliminar trámites para que la sociedad pueda cumplir con determinados actos con mayor facilidad”.</p><p>En ese sentido, planteó la primera observación en torno a la condición de exprés. “Si va a ser más rápido no lo sabemos porque en el Fuero de Familia el divorcio es rápido”, alertó.</p><p>En función de este contexto, el espacio institucional que preside decidió salir a explicar que “esto es a favor de la gente, que nadie estará obligado a divorciarse en el registro civil. Es una opción más”, y que “bajo ningún punto de vista significa un gran desmedro en los intereses económicos de los abogados porque la enorme mayoría de los divorcios va por otra vía” y requerirá asesoramiento profesional.&nbsp;</p><p>“Lo que los colegios de abogado deberían hacer es empezar a mostrar que su rol es necesario para la prevención y no sólo para el conflicto”, dijo. De hecho, debería tomarse como un “servicio público y gratuito hacer asesoramiento a la sociedad para que después los abogados lo hagan en particular”.</p><p>De común acuerdo&nbsp;</p><p>A más precisiones, la jueza sostuvo que en 2015, cuando se aprobó el Código Civil y Comercial de la Nación, se eliminaron “todos los otros sistemas de divorcios que teníamos” y generó dos tipos.&nbsp;</p><p>Uno es por mutuo acuerdo, en el que “los dos integrantes de la pareja se presentan ante el juez y dicen que están de acuerdo en divorciarse”; mientras que el otro es el divorcio unilateral, que representa el “verdadero cambio de paradigma” que introduce el Código Civil. En este, uno de los miembros de la pareja se presenta ante el juez y pide el divorcio.&nbsp;</p><p>En ese sentido, aclaró que “los jueces no tenemos ninguna de las funciones jurisdiccionales. La única es aquella que le permite decidir. Acá no podemos decidir: si uno pide el divorcio, el divorcio se hace”.</p><p>Entonces “era una especie de divorcio administrativo porque dentro de las funciones que tenemos era casi como nombrar un empleado. No podíamos hacer otra cosa más que ver que realmente estaban casados, que había voluntad en una de las partes, cumplir con comunicarle al otro y dictábamos sentencia. Era bastante rápido”.</p><p>Ahora, el proyecto que presentó la Nación señala que, “así como la gente se casa en el registro civil, se puede divorciar de la misma manera que se unió”. En tanto, el único requisito es que “se presenten los dos de común acuerdo”. Así, el divorcio ya no será unilateral, sino que “tienen que estar los dos de acuerdo y es optativo. Tampoco es obligatorio”.</p><p>Bajo ese enfoque propuesto por la administración de Javier Milei, “si los integrantes de la pareja igual quieren ir al sistema judicial van a poder hacerlo”, explicó Monserrat.</p><p>Asimismo, la jueza la Familia llamó a diferenciar el divorcio de los efectos del divorcio. En el primero, “lo único que hace el juez es decir que quedan divorciados”, por lo que “si se pusieron de acuerdo porque tuvieron más tiempo separados, la fecha se retrotrae a la fecha a la que ambos acuerdan que estuvieron separados. Si no dicen nada, es la fecha de la presentación de la demanda. El juez no tiene ninguna facultad de decisión”.</p><p>Asesoramiento&nbsp;</p><p>Sobre el posicionamiento de los colegios de abogados, Monserrat expuso que la advertencia gira en torno a que, al llevarse adelante en sede administrativa, hará que se vean “vulnerados los derechos porque nadie los va a asesorar”.</p><p>Sin embargo, planteó: “Cuando uno se va a casar, ¿está asesorado? ¿Va a un abogado a consultar los derechos y obligaciones que va a tener? La gente no va al abogado para eso. La enorme mayoría se casa y las consecuencias jurídicas no importan”.</p><p>En esa línea, y respaldada en más de tres décadas en el ejercicio de la profesión, aseguró que “no estoy en contra de los abogados” y agregó que “me parece muy bien y creo en la función del abogado como un asesor”.</p><p>En consecuencia, observó que es una acción que las entidades que representan a los letrados deberían reforzar, en la “necesidad de ir al abogado como vamos al médico cuando nos vamos a hacer un chequeo. Como prevención y no cuando tenemos un conflicto”.</p><p>“Si las partes no se ponen de acuerdo ahí está la función del juez, que es el que va a decidir frente a la falta de voluntad de las partes. El juez lo único que hace es dictar la sentencia”, enfatizó la jueza Monserrat.</p><p>El planteo de los abogados</p><p>En otro de los argumentos que sustentan el posicionamiento, la presidenta del Foro de la Justicia de la Familia bonaerense expuso como dato relevante la incidencia en la tasa de disolución de matrimonios por acuerdo entre las partes.</p><p>“Desde 2015 tuvimos aproximadamente 4.500 divorcios” y “solo el 38 por ciento vino por común acuerdo”, precisó sobre una cifra que consideró baja.</p><p>El 62 por ciento seguirá yendo a la justica por tratarse de un divorcio unilateral y los que podrían ir al registro civil a disolver el matrimonio será “ese 38 por ciento” en los parámetros que fija el proyecto de ley.</p><p>De todos modos, resaltó que esta opción aliviará la tarea del Fuero de Familia, que está “muy colapsada, pero también la gente podrá optar” dado que se apoya en la voluntad de las personas.</p><p>Entre otros detalles, sumó que los honorarios de un divorcio giran en torno al millón y medio de pesos. “Tenemos dos defensores oficiales, un consultorio jurídico gratuito en los colegios de abogados, pero los requisitos para que uno pueda acceder son que los ingresos que debe tener la pareja deben ser muy bajos”, apuntó Monserrat.</p><p>Los abogados “hablan de vulneración de derechos” y “no queremos que se vulneren los derechos. Para todo el resto de las cuestiones, que son los efectos del divorcio, igualmente se va a tramitarse por vía judicial y van a requerir acendramiento legal”.</p><p>En otro pasaje de la entrevista televisiva, la jueza de Familia expuso el planteo de la Cámara de Apelaciones de Azul con respecto a cuál es el cambio de paradigma que produce el Código Civil y Comercial. “Y creo que este proyecto está en línea con ese paradigma y no contrario al Código”, aseguró.</p><p>En ese sentido, manifestó que el tribunal de alzada “dice que cuando se cambia el código, los procesos de divorcio reconocen como causa al nuevo paradigma del derecho de familia en el cual prima el respeto por la autonomía de la voluntad y la vida privada en la que se procura que el Estado no se entrometa en la esfera de la decisión personal de las personas”.</p><p>“Está diciendo lo contrario que dice el Colegio de Abogados. La Cámara está diciendo que cuando las partes están de acuerdo, nosotros no debemos meternos”, subrayó Monserrat.</p><p>El proyecto de ley</p><p>Según señaló el Gobierno nacional al elevar el proyecto, son varios los países que tienen un sistema de divorcio administrativo o uno de divorcio notarial, entre los que se encuentran Brasil, Portugal, Colombia, México, Ecuador, Bolivia, Noruega, Italia, Rumania, Estonia, Letonia y Japón.</p><p>En defensa de la institución del divorcio vincular matrimonial, en el texto del proyecto el Poder Ejecutivo rebatió la teoría de que la disolución formal del vínculo matrimonial “traería aparejada la destrucción de la familia y la sociedad”.</p><p>“Si bien las restricciones, prohibiciones y obstáculos al divorcio se basaron en el argumento de que facilitar el divorcio traería aparejada la destrucción de la familia y la sociedad, esto no sucedió, más allá de un aumento en los divorcios inmediatamente posterior a la sanción de la Ley 26.994, que fue producido por la acumulación de separaciones de hechos ya existentes que fueron transformadas en divorcios”, reseñó el Ejecutivo.</p><p>“Asimismo, se sostuvo que el divorcio causaba deficiencias en el desarrollo de los hijos y otros efectos negativos, situación que fue estudiada a lo largo de los años y en la que se concluyó que en las familias disfuncionales no es el divorcio per se lo que tiene un efecto negativo en los hijos, sino que la situación de deterioro matrimonial, haya divorcio o no, es lo que genera estos efectos negativos”, concluyó la letra oficial.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/LmD3dyuRJxmHPWUOYpKEQEunToo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2021/10/monserrat13-10%283%29._j_p_g.JPG" class="type:primaryImage" /></figure>La titular del Juzgado de Familia Silvia Monserrat abordó detalles del proyecto de ley que elevó el Gobierno nacional.]]>
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                                <category term="la-ciudad" label="La Ciudad" />
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                <published>2024-12-23T00:52:42+00:00</published>
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            El funcionario del registro Civil podría realizar el divorcio
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                <![CDATA[Eco TV]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5484q87wA7XncXJHJ9Rw66dll-s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/12/silvia_monserrat.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La doctora Silvia Monserrat, juez de famillia del juzgado número uno de Tandil estuvo en Plataforma Magazine y se opone al proyecto del divorcio administrtivo]]>
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                <updated>2024-12-19T20:08:47+00:00</updated>
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            Subrogación de vientre en Argentina
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Ag2-g8lPddhP8azGU2C6ub4pWqA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2024/11/silvia_monserrat.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Dra. Silvia Monserrat, titular del juzgado de familia N°1 de Tandil, dialogó con Plataforma Magazine sobre la subrogación de vientre en Argentina. Conocé qué dice la ley y cuáles podrían ser las acepciones.]]>
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                <updated>2024-11-26T18:55:39+00:00</updated>
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            Silvia Monserrat: “Lo que hace la justicia es insuficiente si toda la sociedad no se compromete en la misma lucha”
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/U2zDSOFkyb5g0PBBc4ihj27ZBE8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2021/10/monserrat13-10%282%29._j_p_g.JPG" class="type:primaryImage" /></figure><p>La doctora Silvia Monserrat es titular del Juzgado de Familia N° 1 de Tandil y actual presidenta del FOJUFAM (Foro de la Justicia de Familia de la provincia de Buenos Aires).</p><p>En relación a un nuevo 8M, reflexionó acerca de la brecha de género y la equidad como asignatura pendiente para erradicar los problemas e injusticias a las que se siguen enfrentando las mujeres.</p><p>“El Día Internacional de la Mujer se ha instituido para tomar conciencia sobre la necesidad de generar estrategias que nos permitan lograr la equidad de género, equidad que no se ha alcanzado en ninguno de los países que son monitoreados al respecto”, sostuvo la magistrada.</p><p>“De aquellas denuncias recibidas, más del 70% son por violencia de género. La erradicación de la violencia de género es una obligación asumida por la República Argentina y el Poder Judicial en su totalidad -no solo el Fuero de Familia- debe disponer medidas para tutelar a las víctimas, cada juzgado según su competencia” agregó.</p><p>Monserrat explicó cómo es el abordaje de la justicia en cada caso de violencia que se recibe: “En 10 años, desde 2012 a 2022, las causas de violencia en el Fuero han crecido de manera exponencial: de 65000 a más de 160000 en toda la Provincia”.</p><p>“Quienes integramos el Fuero, con total dedicación y voluntad de servicio, sabemos que lo que hacemos, aun cuando lo hagamos en los límites de la ley, es insuficiente si la sociedad en su conjunto no se compromete en la misma lucha” remarcó Monserrat.</p><p>Por último, reflexionó sobre el Día Internacional de Mujeres y Disidencias: “El 8 de Marzo es un día para conmemorar a las mujeres que hicieron historia en esa lucha y a las miles de anónimas que estudian, trabajan, se esfuerzan -muchas veces en soledad- atienden a su familia y no pierden la esperanza de que algún día el objetivo se haya alcanzado”.</p><p>Sobre el Foro</p><p>El Foro de la Justicia de Familia de la provincia de Buenos Aires nuclea a más de 100 jueces y juezas de todo el territorio bonaerense.</p><p>Desde sus inicios generó una amplia convocatoria en sus encuentros, logrando el reconocimiento de los colegas y plasmando la necesidad de que el Fuero obtuviera una representación real y activa frente Poder Judicial y al resto de los poderes republicanos.</p><p>También se constituyó como un nexo de comunicación entre el sistema judicial del Fuero de Familia y la sociedad, lo cual condujo a la necesidad de asumirse como organización jurídica.</p><p>La evolución del FOJUFAM y el crecimiento en la participación de quienes conforman los juzgados de Familia revelaron una de sus premisas fundamentales: la necesidad de una mayor inclusión, es decir, no solo un mayor número de jueces y juezas, sino también de funcionarios, peritos, agentes administrativos y todos quienes trabajan diariamente en la competencia asignada a esas organizaciones jurisdiccionales.</p><p>El Foro también ha reclamado de manera insistente por la creación de nuevos organismos, la participación en el mapa judicial, una mejor articulación con el Fuero Penal y la dotación de custodia policial a los juzgados de Familia para poder garantizar la seguridad de las víctimas, del personal, de funcionarios y magistrados dentro de las dependencias.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/U2zDSOFkyb5g0PBBc4ihj27ZBE8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2021/10/monserrat13-10%282%29._j_p_g.JPG" class="type:primaryImage" /></figure>La doctora Silvia Monserrat, titular del Juzgado de Familia N° 1 de Tandil reflexionó sobre un nuevo 8 de marzo y sostuvo que “más del 70% de las denuncias son por violencia de género”.]]>
                </summary>
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            La jueza Monserrat expuso que las 700 vacantes del Poder Judicial &quot;son de gravedad institucional&quot;
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.eleco.com.ar/la-ciudad/la-jueza-monserrat-expuso-que-las-700-vacantes-del-poder-judicial-son-de-gravedad-institucional">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/U2zDSOFkyb5g0PBBc4ihj27ZBE8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2021/10/monserrat13-10%282%29._j_p_g.JPG" class="type:primaryImage" /></figure><p>Recientemente, el Foro de Jueces del Fuero de Familia expuso públicamente la compleja situación del Poder Judicial actual en la provincia de Buenos Aires. De acuerdo con las estadísticas –a las que se puede acceder desde la web de la Suprema Corte bonaerense- el total de causas ingresadas durante 2022 ascendió a 321.345. A la fecha, hay 114 juzgados de familia funcionando con alta y dispar litigiosidad por el ingreso de causas que duplica la media: de un promedio de 3000, hoy registran 6000.</p><p>A la alta litigiosidad, se suma la existencia de vacantes (juzgados sin jueces a cargo por jubilación, fallecimiento o exoneración), algunos de larga data, con más de cuatro años sin titular a cargo y sin miras de tener una cobertura efectiva y permanente.&nbsp;</p><p>En diálogo con El Eco de Tandil, Silvia Monserrat, titular del Juzgado de Familia 1 de la ciudad y presidenta del Foro, compartió su análisis en torno a la problemática de la vacancia en el Poder Judicial y las consecuencias que ello tiene en la administración de la justicia en un territorio tan vasto como heterogéneo.&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/U2zDSOFkyb5g0PBBc4ihj27ZBE8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2021/10/monserrat13-10%282%29._j_p_g.JPG" class="type:primaryImage" /></figure>La titular del Juzgado de Familia 1 de Tandil y presidenta del Foro de Jueces del Fuero de Familia, Silvia Monserrat, evidenció la preocupación del sector por la falta de voluntad política para designar magistrados y funcionarios judiciales en la provincia. La situación actual afecta las garantías para eliminar la vulnerabilidad y complejiza el trabajo de los juzgados en la resolución de causas vinculadas a violencia, niñez y salud mental.]]>
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                <updated>2025-07-17T15:40:04+00:00</updated>
                <published>2023-11-18T10:06:26+00:00</published>
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        <title>
            Convocan y capacitan a personas o familias de Tandil para ser parte del programa de Cuidadores Familiares
        </title>
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/VBltxe4p9v5KlIdEkpjZCBLLYCY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/10/instruyendo_adopcion.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Juzgado de Familia N° 1 de Tandil forma parte de la experiencia piloto del Programa de Cuidadores Familiares, que nació a partir de la propuesta de un juez de familia de San Miguel y que luego la SCBA (Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires) extendió a otros organismos judiciales afines, sumando hasta hoy 8 juzgados en el territorio bonaerense.&nbsp;El objetivo del Programa es convocar y capacitar a personas y/o familias que quieran ofrecerse como cuidadores familiares para el acompañamiento –convivencial o no- de niños, niñas y adolescentes entre 10 y 17 años en situación de abrigo, es decir, carecen de cuidados parentales -porque se los ha sacado de su grupo familiar de origen- y han sido institucionalizados o se encuentran transitoriamente al cuidado de una familia. “Cuando se desvincula de su familia de origen a un niño, niña o adolescente se evalúa si luego de un tiempo puede retornar a ella, a una familia ampliada o a un referente afectivo. Pero si eso no es posible permanece institucionalizado, sin cuidados parentales", señalaron.&nbsp;Por otra parte, en toda la Provincia, la postpandemia reveló una baja notoria en la cantidad de inscriptos en el registro de adoptantes. Actualmente, tenemos la menor cantidad de inscriptos que he visto en los últimos 14 años, desde que me desempeño en el Poder Judicial y un enorme porcentaje de inscriptos –alrededor de un 80%- busca chicos por debajo de los 5 años. Por esa razón, quienes tienen entre 10 y 17 años son los chicos con mayores dificultades para encontrar adoptantes”, amplió la doctora Silvia Monserrat, titular del Juzgado de Familia N° 1, el único del Departamento Judicial de Azul que participa de esta experiencia de la SCBA.</p><p>El Registro&nbsp;</p><p>Para la puesta en marcha de este Programa se pensó en la creación de un Registro de Cuidadores Familiares, es decir, se busca generar una nómina de personas que tengan voluntad de acompañar y asistir solidariamente pero que no necesariamente quieran adoptar. No siempre la figura de adopción resulta viable porque no se han encontrado postulantes, aquellos chicos no dan su consentimiento subjetivo para ser adoptados o la adopción no resulta ser la figura adecuada para ellos. “Esta tarea es casuística: cada caso se da en función de los requerimientos de aquel niño, niña o adolescente y de lo que el cuidador ofrezca. Como cualquier vínculo, se construye en función del compromiso que se asume, de las posibilidades y proyectos de ambas partes”, agregó la Jueza.</p><p>RequisitosDeben ser mayores de edad, solos o en relación de pareja: no importa la situación legal en la que se encuentren pero es importante que si están en pareja ambos tengan la voluntad de ser cuidadores, aunque el rol lo ejerza solo uno. Lo mismo sucede con las adopciones: tenemos solicitudes monomaternales, monoparentales, homosexuales y heterosexuales. El tipo de familia es indiferente siempre que el niño, niña o adolescente lo acepte.El cuidador va a asumir un compromiso que puede ir variando, siempre que pueda brindar todo el apoyo que pueda y que el otro necesite. Ese apoyo no se entiende solo en términos económicos porque el Estado debe seguir garantizando ese respaldo hasta los 18 años. La obligación del sistema de protección y promoción es recuperar los derechos vulnerados de esos chicos en todos los aspectos: social, económico, psicológico, psiquiátrico, es decir, en la salud integral en los niveles que se necesite según el caso. Por lo tanto, no se busca primordialmente apoyo económico sino apego familiar, un lugar donde el chico pueda vivir o compartir un fin de semana, contar con una persona que sea un modelo a seguir, que lo va a respetar, acompañar y ayudar en los conflictos e inquietudes. La intención de este Programa es contribuir en la reparación de los derechos vulnerados de aquellos chicos que se encuentran en esa situación.</p><p>Pueden participar de este programa las personas que están inscriptas en el registro de adopción. Automáticamente se los consigna en el registro de adoptantes como transitoriamente no disponible, es decir, no van a ser llamado para ningún proceso hasta el momento de efectuar la reinscripción, donde se readecuará ese proyecto adoptivo.</p><p>Inscripción</p><p>Los interesados en ser parte de la nómina deberán completar el formulario on line que se encuentra en la página web https://adopciones.scba.gov.ar/AltaFormularioCuidador.aspx , consignando todos los datos que se solicitan. Luego deberán realizar los talleres de capacitación e información profesional y finalmente serán evaluados para ponderar su inclusión en el Registro.&nbsp;Quienes se inscriban en el Registro de Cuidadores Familiares podrán ser convocados para asumir las responsabilidades de cuidado, autorizándoselos por medio de figuras jurídicas tales como las de referentes afectivos, tutores, guardadores u otras dispuestas por el juez o jueza que entienda en la causa.Sin inscripción, no se puede participar de los talleres. Aquellos que tengan alguna duda o dificultad para realizar el trámite on line pueden acercarse al Juzgado de Familia N° 1 (Yrigoyen 857) donde recibirán la asistencia que necesite.“En Tandil estamos abriendo este Registro que permanecerá abierto a todos los interesados y que en abril brindará los primeros talleres de capacitación para quienes ya se hayan postulado. Es condición excluyente inscribirse para tomar los talleres obligatorios y virtuales, donde se brinda información y se mostrarán otras experiencias para que la gente pueda conocer diferentes casos. &nbsp;Luego de la capacitación los interesados resolverán si desean seguir adelante y asumir el compromiso. En tal caso, posteriormente serán evaluados por un equipo técnico. Nosotros tenemos la obligación de saber si una persona cumple con los requisitos legales necesarios y está preparada para la frustración. Muchas de estas vinculaciones suelen ser frustrantes, por lo tanto debe estar preparada para el nivel de dificultades que conlleva y no siempre cuenta con la resiliencia necesaria para este tipo de procesos. &nbsp;No se trata de un acto de caridad, sino de conocer las fortalezas propias para poder brindar a esos chicos lo que necesitan, sin expectativas”, concluyó Monserrat.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/VBltxe4p9v5KlIdEkpjZCBLLYCY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2022/10/instruyendo_adopcion.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La jueza Silvia Monserrat explicó cómo funciona esta experiencia piloto de la SCBA]]>
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                                <category term="la-ciudad" label="La Ciudad" />
                <updated>2025-11-12T19:25:02+00:00</updated>
                <published>2023-03-22T16:55:33+00:00</published>
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        <title>
            El Juzgado de Familia 1 de Tandil ordenó notificar una petición de divorcio por correo electrónico
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YyCPx4kKaYgqeD33riWbnOS41Po=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/04/Monserrat-Silvia-03-04-19-4.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Juzgado de Familia 1 de Tandil protagonizó días atrás un hecho inédito en el marco de la pandemia por el coronavirus: en un caso de divorcio por petición unilateral, se ordenó que la notificación se enviara por correo electrónico ya que la persona a la cual se debía dar aviso reside en Inglaterra.</p>
<p>“Les quiero aclarar que esto es excepcional, no es que vamos a notificar cualquier tipo de proceso judicial vía email porque todavía tiene algún nivel de inseguridad importante, es dificultoso estar seguro quién es el dueño del correo electrónico y demás”, manifestó la jueza Silvia Monserrat en diálogo con el programa Tandil Despierta, que se emite por Eco TV y Tandil FM 104.1, y agregó: “Se están utilizando ahora por la pandemia, pero sobre todo cuando la Corte hace convenio con un organismo público y entonces queda muy en claro que el email que se proporciona es oficial”.</p>
<p>En este caso, la casilla la había proporcionado la otra persona y no se tenía la seguridad de que perteneciera a ella. No obstante, como a partir del Código Civil y Comercial de la Nación los divorcios ya no son como antes, no correspondía proponer un convenio sino simplemente notificar la separación y el cambio de estado civil.</p>
<p>“Antes podía pasar que había controversias, de modo que había que comprobar las causales y el juez tenía que dictar una sentencia en función de las pruebas. Por ejemplo una de las partes podía decir que hacía cinco años que ya no estaban juntos pero la otra manifestaba que no era cierto, y eso había que comprobarlo”, reveló Monserrat.</p>
<p>Sin embargo, desde que se promulgó el Código Civil y Comercial, en octubre de 2014, apareció el divorcio unilateral, en el que no hay conflicto, no hay controversia. En estos casos, los jueces no deben decidir nada sino que deben resolver si se cumplieron los requisitos de ley para decretar la disolución.</p>
<p>“Cuando se hace la petición de divorcio es lógico que, si bien el código no lo exige, se le comunique a la otra parte que alguien le está pidiendo la separación y que, obviamente, a partir de la sentencia va a cambiar de estado civil. Pero además, el Código Civil le exige al presentante que proponga un convenio regulador, porque la Ley considero que el divorcio por sí solo atrae otros conflictos, que tienen que ver con el cuidado de los hijos, la distribución de bienes y demás”, explicó la jueza.</p>
<p>De esta manera, cuando se hace la presentación también se debe llevar una propuesta y si el otro cónyuge está de acuerdo cuando toma conocimiento, el juez dicta sentencia y homologa el acuerdo. En caso de que no lleguen a un acuerdo, se fija una audiencia para que las partes compongan el conflicto.</p>
<p>La decisión </p>
<p>Uno de los principales motivos por los que la jueza tomó tal determinación fue que no había necesidad de convenio regulador ya que la pareja nunca tuvo bienes en común y la única hija que tienen ya es mayor de edad, puesto que se habían casado hacía ya 40 años y estaban separados desde hace un tiempo.</p>
<p>“A mí me constaba la separación porque el proceso se inició cinco años atrás. Lo que había ocurrido es que no había podido localizar a uno de los cónyuges entonces había quedado sin movimiento el expediente. Pero ahora lo volvieron a tomar, lo adecuaron al Código Civil y Comercial y me avisaron que una de las partes no vive en el país pero que tiene un domicilio real y un domicilio electrónico”, refirió Monserrat.</p>
<p>Completó, entonces, que el único sentido de la notificación era que la otra persona supiera del proceso de separación y que terminaría divorciado, pero que nada podía generar un conflicto.</p>
<p>“Hacerla por el consulado, por la cancillería, como se hacen las notificaciones en el extranjero es un proceso muy largo y que en este momento, donde muchas fronteras están cerradas y no hay muchos vuelos, podía tardar mucho. Entonces tomé la decisión de comunicarlo por email”, añadió.</p>
<p>De cualquier forma reconoció que lo enviará desde el correo del juzgado, lo firmará ella y notificará a la parte restante. Luego, le pasarán todo al fiscal para que haga el control de legalidad y dicte la sentencia.</p>
<p>Casos similares</p>
<p>La repercusión que tuvo la decisión que adoptó le causó gracia y comentó que, por lo general, las sentencias que se publican no son las de los jueces de primera instancia sino las de la Cámara o la Corte.</p>
<p>“Ahora lo han empezado a publicar y hay muchas cosas que parecen novedosas, pero que la realidad es que nosotros hace mucho tiempo que lo venimos haciendo”, aseguró.</p>
<p>En ese sentido contó que una colega le informó que hace años se comunicó por Skype con un hombre que estaba en Australia para notificarlo de una causa. “En el fondo la gente no sabe cómo se trabaja en un juzgado de primera instancia, lo innovadores que hemos sido y lo innovador que ha sido el fuero de Familia en este momento de pandemia”, finalizó.</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YyCPx4kKaYgqeD33riWbnOS41Po=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/04/Monserrat-Silvia-03-04-19-4.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Como la persona que debe ser notificada está en Inglaterra y como no hay necesidad de un convenio regulador, se tomó la decisión de efectuar la comunicación por correo electrónico. La jueza Silvia Monserrat habló con este medio y detalló lo acontecido.]]>
                </summary>
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                <updated>2020-08-06T11:35:31+00:00</updated>
                <published>2020-08-05T04:30:48+00:00</published>
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            Inédito: ordenaron notificar una petición de divorcio por correo electrónico
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1HMj0XfQ4wiwRfFh0iXy226UhpY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/04/Monserrat-Silvia-03-04-19-5.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Juzgado de Familia n° 1 de Tandil protagonizó días atrás un hecho inédito en el marco de la pandemia por el coronavirus: en un caso de divorcio por petición unilateral, se ordenó que la notificación se enviara por correo electrónico ya que la persona a la cual se debía dar aviso reside en Inglaterra.</p>
<p>“Les quiero aclarar que esto es excepcional, no es que vamos a notificar cualquier tipo de proceso judicial vía email porque todavía tiene algún nivel de inseguridad importante, es dificultoso estar seguro quién es el dueño del correo electrónico y demás”, manifestó la jueza Silvia Monserrat en diálogo con el programa Tandil Despierta, que se emite por Eco TV y Tandil FM 104.1, y agregó: “Se están utilizando ahora por la pandemia, pero sobre todo cuando la Corte hace convenio con un organismo público y entonces queda muy en claro que el email que se proporciona es oficial”.</p>
<p>En este caso, la casilla la había proporcionado la otra persona y no se tenía la seguridad de que perteneciera a ella. No obstante, como a partir del Código Civil y Comercial de la Nación los divorcios ya no son como antes, no correspondía proponer un convenio sino simplemente notificar la separación y el cambio de estado civil.</p>
<p>“Antes podía pasar que había controversias, de modo que había que comprobar las causales y el juez tenía que dictar una sentencia en función de las pruebas. Por ejemplo una de las partes podía decir que hacía cinco años que ya no estaban juntos pero la otra manifestaba que no era cierto, y eso había que comprobarlo”, reveló Monserrat.</p>
<p>Sin embargo, desde que se promulgó el Código Civil y Comercial, en octubre de 2014, apareció el divorcio unilateral, en el que no hay conflicto, no hay controversia. En estos casos, los jueces no deben decidir nada sino que deben resolver si se cumplieron los requisitos de ley para decretar la disolución.</p>
<p>“Cuando se hace la petición de divorcio es lógico que, si bien el código no lo exige, se le comunique a la otra parte que alguien le está pidiendo la separación y que, obviamente, a partir de la sentencia va a cambiar de estado civil. Pero además, el Código Civil le exige al presentante que proponga un convenio regulador, porque la Ley considero que el divorcio por sí solo atrae otros conflictos, que tienen que ver con el cuidado de los hijos, la distribución de bienes y demás”, explicó la jueza.</p>
<p>De esta manera, cuando se hace la presentación también se debe llevar una propuesta y si el otro cónyuge está de acuerdo cuando toma conocimiento, el juez dicta sentencia y homologa el acuerdo. En caso de que no lleguen a un acuerdo, se fija una audiencia para que las partes compongan el conflicto.</p>
<p>En esta ocasión, uno de los principales motivos por los que la jueza tomó tal determinación fue que no había necesidad de convenio regulador ya que la pareja nunca tuvo bienes en común y la única hija que tienen ya es mayor de edad, puesto que se habían casado hacía ya 40 años y estaban separados desde hace un tiempo.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1HMj0XfQ4wiwRfFh0iXy226UhpY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/04/Monserrat-Silvia-03-04-19-5.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Juzgado de Familia n° 1 de Tandil protagonizó días atrás un hecho inédito en el marco de la pandemia por el coronavirus: en un caso de divorcio por...]]>
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                <updated>2020-08-04T17:36:13+00:00</updated>
                <published>2020-08-04T10:41:11+00:00</published>
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            La jueza Monserrat aseguró que sólo el 15 por ciento de las medidas de abrigo terminan en adopción
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                <![CDATA[El Eco de Tandil]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YyCPx4kKaYgqeD33riWbnOS41Po=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/04/Monserrat-Silvia-03-04-19-4.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Luego de que desde la Mesa contra la Violencia Familiar y de Género salieran a cuestionar las prácticas institucionales respecto a la niñez, la jueza Silvia Monserrat expresó su sorpresa porque desde la organización se “esté defendiendo a los victimarios y no a las víctimas”.</p>
<p>Además, criticó los dichos de Yanina Venier, la coordinadora de la Mesa,  quien manifestó que “una medida de adoptabilidad debe llegar cuando se hayan agotado todas las otras instancias, lo que estas familias dicen y que nosotros reconocemos como una práctica habitual es que lamentablemente cuando una medida de abrigo se toma hay un continuo de prácticas que llevan a la adoptabilidad y pocas veces a la re vinculación familiar”.</p>
<p>En diálogo con El Eco de Tandil, la magistrada sostuvo que “me resultó sorprendente que desde una Mesa de Violencia se esté defendiendo a los victimarios y no a las victimas, porque en estas historias las víctimas son los niños, las niñas y los adolescentes que nosotros tenemos institucionalizados”.</p>
<p>Asimismo, cuestionó “la justificación de que eso se mira desde la perspectiva de género porque las madres pudieron ser víctimas de violencia. Yo creo que la perspectiva de género que aplican es errónea porque parte del concepto de considerar que todas las mujeres tenemos la obligación de maternar, o que tenemos que tener las capacidades para hacerlo, y no es así”.</p>
<p>“El 15 por ciento termina en adopción”</p>
<p>Por otro lado, consideró que “evidentemente hablan desde el desconocimiento y desde escuchar solamente una voz o desde un imaginario popular. La señorita Venier obviamente no conoce cómo funciona el sistema, nosotros hace 11 años que estamos en el sistema”.</p>
<p>“Las estadísticas no dicen lo que está diciendo la coordinadora de la Mesa”, sostuvo.</p>
<p>Al respecto, puntualizó que de acuerdo a las estadísticas del Juzgado de Familia 1, del cual es la titular, en los últimos 5 años pasaron 220 medidas de abrigo, de las cuales solamente el 15 por ciento terminaron en una adopción.</p>
<p>“Eso significa que hay un 75 por ciento de las medidas de abrigo en las cuales el abrigado vuelve o con su familia de origen porque se revirtieron las situaciones o dentro de la familia ampliada. La enorme mayoría de las causas de abrigo no termina en adopción”, aclaró.</p>
<p>Por otra parte, afirmó que tampoco es cierto que las familias no saben que pueden tener un abogado, porque “desde el momento que se toma la medida de abrigo, el Servicio Local y después el Juzgado les hace una notificación expresa a las familias donde se les dice que tienen derecho a tener un abogado y además se les pone a disposición a la Defensoría Oficial y al consultorio jurídico gratuito como opciones para que ellos vayan a consultar”.</p>
<p>“Yo no creo que la gente no sepa que puede tener un abogado porque además dentro de las familias existen historias repetidas, familias que ya han pasado por este proceso y han tenido abogado. Yo creo que las familias saben perfectamente cómo manejarse con el sistema”, enfatizó.</p>
<p>Y sostuvo que “cuando se pone en juego la actuación en la niñez vulnerada no sólo se está criticando a los órganos administrativos, es decir a las políticas provinciales y municipales de la niñez, sino que se está criticando al poder judicial en su conjunto, desde los jueces que intervenimos, los juzgados, el equipo técnico el asesor, la Defensora Oficial”.</p>
<p>Asimismo, resaltó que “la Defensora Oficial es una excelente profesional pero no puede cambiar la realidad, por mucho esfuerzo que ella haga, la Cámara termina ratificando nuestras decisiones”.</p>
<p>Historias repetidas</p>
<p>Monserrat remarcó que “el tiempo no es infinito en la vida de los niños, porque está muy estudiado que cuando se crían con un apego ineficiente, irresponsable, terminan con serios daños. De hecho los chicos que se mantienen en círculos de familias que vulneran, cuando son adultos se convierten en padres o madres que vulneran, porque nunca aprendieron que hay otra manera de relacionarse con sus hijos”.</p>
<p>“Nosotros hemos visto que muchas veces las medidas de abrigo fracasan sobre todo en el caso de los adolescentes porque abandonan el programa, vuelven con su familia de origen y después nosotros los vemos de adultos cómo repiten la propia historia con sus hijos”, afirmó.</p>
<p>Frente a ese panorama, sostuvo que “lo que queremos hacer como sociedad es evitar que haya más abrigos. Lo que las organizaciones sociales tienen que hacer es trabajar con las familias vulnerables, enseñarles a maternar y paternar y a ser familia, pero no creer que eso se hace en 180 días, porque cuando se llega al abrigo no significa que las instituciones no han trabajado con anterioridad”.</p>
<p>“En esos 180 días las familias tienen que entender que deben dar muestras de que desean efectivamente producir un cambio en sus vidas, pero si nosotros los mandamos a hacer terapia y nos contestan ‘yo no voy porque no estoy loca’, o se niegan a cambiar la forma de relacionarse con sus hijos, son los propios hijos los que después terminan pidiendo familia”, manifestó.</p>
<p>Además, aclaró que “nosotros no podemos obligar a ningún niño, o niña mayor de 10 años a entrar en un proceso de vinculación si no lo pide”.</p>
<p>“Cuando se toma la medida de abrigo se están jugando los últimos cartuchos, son las últimas posibilidades que tiene esa familia en 180 días de demostrar que tiene voluntad de cambiar. Hay muchas familias que lo logran, la mayoría lo logra”, indicó.</p>
<p>Asimismo, expuso que “la estadística que estoy dando coincide con la de la provincia de Buenos Aires, la cantidad de casos que va a adopción es infinitamente menor que los que vuelven a su sistema familiar”.</p>
<p>“Nadie quiere en el sistema que los chicos salgan de su familia de origen, pero también es cierto que la ley nos da 180 días para trabajar. No es importante si tienen o no abogado, lo importante es si la familia está dispuesta a cambiar las actitudes, pero primero tienen que hacer una autocrítica”, afirmó.</p>
<p>Y agregó que “no le pueden echar la culpa al sistema. Las organizaciones pueden también ayudar a esas familias a que hagan autocrítica, para que no repitan la historia, para que si un hijo lamentablemente fue a adopción que el próximo que tengan lo puede sostener en su núcleo familiar”.</p>
<p>En cuanto al cuestionamiento desde la Mesa de que a muchas víctimas de violencia de género se les quita los hijos, afirmó que “a las víctimas de violencia de género se las protege, se van a la casa de abrigo con sus hijos, pero también es cierto que muchas mujeres no sostienen el estar en la casa de abrigo porque lógicamente hay muchos controles y obligaciones a las que no están acostumbradas y muchas de ellas terminan volviendo con los victimarios, poniendo en riesgo a sus hijos”.</p>
<p>“Lamentablemente también hemos tenido historias de madres que han sido gravemente víctimas de violencia de género pero que ellas se convierten en victimarias de sus hijos, porque están inmersas en un círculo de violencia del que nunca pudieron salir”, indicó.</p>
<p>El derecho del niño</p>
<p>Por otra parte, Monserrat enfatizó que los chicos que son abrigados son “víctimas de maltratos, ya sea físico, psicológico, por omisión, chicos que no están escolarizados, que llegan a los 10, 11 años y no han alcanzado la lecto escritura, que tienen problemas de salud que no están atendidos, muchas de esas  madres cuando tienen que elegir entre la pareja y los hijos y eligen a la pareja”.</p>
<p>“Decir que no trabajamos en la vinculación es una barbaridad. Pero estas familias que han llegado a este límite (en referencia a los que están acampando en ambos juzgados) son todos niños que están en estado de adoptabilidad o cerca de ese estado, piden más oportunidades pero el niño también tiene derecho”, manifestó.</p>
<p>Y se preguntó “cuál de los dos derechos es más importante, el del adulto que eligió y que ya tiene una vida construida, o del niño que tiene toda una vida por construir y no puede seguir esperando que su papá o su mamá cambien de actitud”.</p>
<p>Por otro lado, mencionó que en algunos pocos casos en estos 11 años que está al frente del Juzgado en los cuales la Cámara de Apelaciones de Azul “bajo determinadas circunstancias revocó decisiones que nosotros habíamos tomado de estados de desamparo, con los años vimos que lamentablemente en su momento nuestra decisión había sido acertada porque los niños a la larga terminaron nuevamente siendo vulnerados”.</p>
<p>“Yo creo en el sistema legal y la gente también tiene que creer en él. Es difícil para alguien que no conoce los expedientes opinar, porque están escuchando una sola campana. Además, no puede ser que todos estemos equivocados, nosotros somos los que escuchamos a los niños. Los únicos privilegiados deben ser los niños y son los únicos que no son responsables de nada, todos los adultos somos responsables de algo, los niños nunca”, finalizó.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YyCPx4kKaYgqeD33riWbnOS41Po=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/04/Monserrat-Silvia-03-04-19-4.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La magistrada manifestó su sorpresa porque la Mesa contra la Violencia “esté defendiendo a los victimarios y no a las víctimas”. “La enorme mayoría de las causas de abrigo no termina en adopción”, aclaró.  ]]>
                </summary>
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                <updated>2020-07-18T12:11:15+00:00</updated>
                <published>2020-07-17T06:23:49+00:00</published>
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            El Juzgado de Familia alertó que los casos de violencia son los más recurrentes en cuarentena
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TdzA1kpDcbm6gYM5zFXBCtPO0wI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/04/Monserrat-Silvia-03-04-19-3.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio vigentes desde el 20 de marzo pasado frente al avanza del coronavirus, limitaron el funcionamiento del Poder Judicial y sus reparticiones, que debieron implementar una serie de mecanismos para adaptarse al contexto, con la posibilidad de implementar tareas de manera remota, completar ciertos trámites vía digital y a distancia.</p>
<p>En diálogo con el ciclo radial “Dos a las siete”, que se emite de lunes a viernes de 19 a 20 por la 104.1 Tandil FM, la titular del Juzgado de Familia 1 de Tandil, Silvia Monserrat, se refirió a este esquema excepcional, la modalidad de trabajo que habilitó la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires para atender no sólo lo urgente sino aquellas cuestiones que demandaban una resolución de la Justicia.</p>
<p>“Estamos haciendo lo mejor que podemos, pero creo que se está dando respuesta”, consideró la abogada.</p>
<p>Pese a este cuadro, la magistrada alertó sobre los casos más recurrentes durante la pandemia y ratificó que son los de violencia de género. Y planteó que, en un primer momento, este tipo de causas “bajó bastante” debido a que “mucha violencia se produce precisamente por el roce social”. Es decir que, “si víctima y victimario están en su domicilio y no trasgreden el aislamiento, es más difícil el encuentro y que se genere violencia”.</p>
<p>Sin embargo, sostuvo que &#8220;nos quedaban los casos más graves”, que son los del “agresor conviviente”, y en ese punto también obligó a “encontrar solución”.</p>
<p>Subrayó que la Provincia “está trabajando con el Ministerio de la Mujer en la Provincia&#8221; y que &#8220;bajaron las denuncias de comisaría, pero subieron los llamados a las líneas de atención disponibles. Hemos dado respuesta dentro de lo que se ha podido”.</p>
<p>Las medidas</p>
<p>A modo de contexto, la jueza realizó un repaso sobre las distintas acciones que tomó la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires frente a una medida “sorpresiva”, que obligó a ajustar los procedimientos judiciales al aislamiento social preventivo y obligatorio impuesto por el Gobierno nacional desde el 20 de marzo y que se mantendrá, en principio, hasta el próximo domingo.</p>
<p>En principio, el organismo bonaerense decidió priorizar la salud de los empleados, de los funcionarios y magistrados del Poder Judicial y emitió una resolución en cumplimiento con el escenario que se desencadenó hace un mes y habilitó los juzgados por turno, “que es lo habitual y hay todo el año”.</p>
<p>En Tandil, por ejemplo, cada 15 días se rota entre las dos dependencias del fuero de familia.</p>
<p>En ese marco, dictaminó que “se debe trabajar las cuestiones urgentes”, en una modalidad de funcionamiento similar a la que se realiza durante las ferias. “En el Juzgado de Familia todo es urgente, lo que sucede es que la mayor urgencia es la que atendemos durante la feria, que son los procesos protectorios: violencia, salud mental, niñez vulnerada y alguna medida cautelar”, ejemplificó.</p>
<p>En ese sentido, se insistió en la posibilidad de habilitar el trabajo desde los hogares para evitar la movilización del personal hasta las oficinas y cumplir con lo dispuesto por el Estado nacional en medio de la pandemia por el coronavirus.</p>
<p>“Sabíamos que había posibilidad de trabajar remoto. Por eso pedimos a la Corte que nos habilitaran trabajo remoto, para hacer desde mi casa todo lo que puedo hacer con la computadora del Juzgado”, resaltó.</p>
<p>“Más allá de lo absolutamente urgente&#8221;</p>
<p>En cuanto al criterio para definir la actuación ante un caso urgente, Monserrat sostuvo que responde a lo que considere el magistrado. De todos modos, reconoció que, con el correr de los días y en medio de la organización de las tareas a este nuevo escenario, “empezamos a darnos cuenta que no es como una feria, que dura 30 días”, sino que se presenta como algo “imprevisible” el tiempo que pueda mantenerse esta situación.</p>
<p>Entonces, la mayoría de los magistrados del Fuero de Familia de la provincia coincidió en señalar que debía considerarse la posibilidad de atender y resolver aquellas cuestiones “más allá de lo absolutamente urgente”.</p>
<p>En esa misma se pronunció posteriormente la Corte, que solicitó que “pudiéramos avanzar en todas las cuestiones que habían quedado pendientes, como sentencias o resoluciones”.</p>
<p>“El Fuero de Familia siempre va delante de los otros fueros precisamente por la necesidad de la sociedad porque había cuestiones por resolver”, enfatizó Monserrat.</p>
<p>A modo de ejemplo citó una circunstancia que particularmente requirió atención en medio de la cuarentena y que tienen relación al régimen de comunicación establecido entre padres separados con hijos. “El menor no se podía trasladar (de un domicilio a otro), había que sacar una cautelar y decirle a uno de los progenitores que tenía la obligación de utilizar otros medios para que el otro progenitor se comunicara”, graficó.</p>
<p>Con funcionamiento limitado</p>
<p>A pesar de la posibilidad de valerse de herramientas digitales para resolver los expedientes que llegan a la oficina, la magistrada admitió que logran adaptar el funcionamiento al esquema actual, pero “no estamos trabajando al ciento por ciento”.</p>
<p>Según expuso, “hay muchas cuestiones que todavía tenemos que resolver”, como por ejemplo aquellas que son presenciales y que “no alcanza con hacerlo por escrito, como una entrevista, una audiencia, la entrevista con los peritos, la intervención de los consejeros”.</p>
<p>De todos modos, ratificó que la expectativa es apuntar a la tecnología para estos procesos. “Lo primero que hicimos fue pedirles a las comisarías que enviaran las denuncias por mail y a la víctima le comunicamos la resolución por WhatsApp”, explicó sobre una modalidad de trabajo que además contribuye en que la policía se libere de las notificaciones y se agilizaba la respuesta.</p>
<p>En medio de una serie de gestiones para adaptar las tareas y las dificultades a las que se afrontan para lograr una coordinación entre todos los actores involucrados, la jueza planteó que, en Tandil, “como no es una ciudad tan grande, los consejeros empezaron a comunicarse con los abogados para tratar de cualquier forma estas audiencias, por WhatsApp o por Microsoft Teams cuando lo tengamos todos en funcionamiento”.</p>
<p>“Cada uno de nosotros va generando de manera creativa qué podemos hacer para resolver las cuestiones urgentes”, valoró Monserrat.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TdzA1kpDcbm6gYM5zFXBCtPO0wI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2019/04/Monserrat-Silvia-03-04-19-3.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La titular del Juzgado de Familia 1, Silvia Monserrat, abordó detalles del esquema implementado en medio de las medidas de aislamiento y la urgencia de los expedientes. Sostuvo que “estamos haciendo lo mejor que podemos” para dar respuesta a las distintas cuestiones que se presentan. En medio de este escenario, aseguró que las denuncias sobre hechos de violencia se mantienen, e incluso aumentaron a través de las líneas telefónicas disponibles. ]]>
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                <updated>2020-04-26T07:38:35+00:00</updated>
                <published>2020-04-24T06:52:25+00:00</published>
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